ARTÍCULO Nº 711 (CVE: BOME-A-2022-711) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5988 - viernes, 5 de agosto de 2022 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - DELEGACIÓN DE GOBIERNO EN MELILLA - Área de Trabajo e Inmigración
Resolución de fecha 28 de julio de 2022, por la que se registra y publica el acuerdo alcanzado para la subida salarial del año 2022 del convenio colectivo de la Empresa Clece S.A. concesionaria del mantenimiento de la darsena pesquera del Puerto Noray de Melilla.
Resolución de
fecha 28 de julio de 2022 del Área de Trabajo e Inmigración de la Delegación del Gobierno en Melilla, por la que se registra y publica el acuerdo
alcanzado para la subida salarial del año 2022 del CONVENIO COLECTIVO DE LA
EMPRESA CLECE S.A. CONCESIONARIA DEL MANTENIMNIENTO DE LA DARSENA PESQUERA DEL
PUERTO NORAY DE MELILLA.
Visto
el texto del Acta de la Mesa Negociadora
para la actualización salarial correspondiente al año 2022 del CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA CLECE
S.A. CONCESIONARIA DEL MANTENIMNIENTO DE LA DARSENA PESQUERA DEL PUERTO NORAY
DE MELILLA, que fue suscrito con fecha
20 de mayo de 2022, de una parte por D. Cristóbal Javier Sánchez Sampalo y D.
Miguel Calvente Ayora, en representación de la empresa, y de otra por D.
Antonio Castillo Navarrete, en calidad de Delegado de Personal del Servicio y
D. José Luis Faus Arias, en calidad de Secretario General de FeSMC UGT Melilla
en representación de los trabajadores; y de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto
Refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y
en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de
Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo,
La
Delegada del Gobierno en Melilla, es competente para resolver el presente
expediente a tenor de lo dispuesto en el
REAL DECRETO 2725/1998, de 18 de diciembre, artículo 4 apartado 2: “ Los Delegados del Gobierno en la ciudades de
Ceuta y Melilla asumirán las competencias resolutorias o de emisión de
propuestas de resolución de los respectivos Directores de Trabajo e Inmigración
de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno”.
Por
Resolución del Delegado del Gobierno en Melilla, de fecha 11 de mayo de 2000,
BOME 15 de abril, se delegó en el Director del Área de Trabajo y Asuntos
Sociales, hoy Área de Trabajo e Inmigración de esta Delegación del Gobierno en
su ámbito territorial de actuación, la competencia de resolver: Expedientes de
Regulación de Empleo, Registro y Depósito de Convenios Colectivos y Registro e
Inscripción de Cooperativas.
ACUERDA
Primero.
Ordenar
la inscripción de la citada Acta en el
correspondiente Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con
notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer
su publicación en el «Boletín Oficial de
la Ciudad de Melilla».
Melilla, 28 de julio
de 2022
LA DIRECTORA DEL ÁREA
DE TRABAJO E INMIGRACIÓN,
ELENA NIETO DELGADO
ACTA REUNION DE LA REPRESENTACION LEGAL DE LOS TRABAJADORES DEL SERVICIO DE
MANTENIMIENTO DE LA DARSENA DE EMBARCACIONES MENORES Y DARSENA PESQUERA DEL
PUERTO NORAY DE MELILLA CON LA EMPRESA CLECE PARA ACORDAR LA SUBIDA SALARIAL
CORRESPONDIENTE AL 2022.
En
Melilla, en fecha 20 de mayo de 2022
REUNIDOS
En
representación de la parte empresarial (CLECE, S.A.):
Ø D. Cristóbal Javier Sanchez Sampalo
Ø D. Miguel Calvente Ayora.
Por
la parte social:
Ø D. Antonio Castillo Navarrete, Delegado de Personal del
Servicio.
Ø D. José Luis Faus Arias, Secretario General FeSMC UGT
Melilla.
Ambas
partes alcanzan el siguiente acuerdo derivado de la aplicación del II Convenio
colectivo de centro de trabajo publicado en el BOME el 16 de marzo de 2021.
En
relación con el contenido del artículo 2 del citado convenio colectivo, sobre
el incremento retributivo que corresponde finalizada la vigencia del convenio,
se acuerda que tal incremento se articule a través de la creación de una nueva
gratificación extraordinaria.
La
nueva gratificación extraordinaria se abonará en el mes de septiembre y se
devengará entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año en que se abona. Su
importe será igual a la suma de salario base y antigüedad.
A
partir de 2023, el importe de esta gratificación extraordinaria será igual a la
suma de salario base, antigüedad y plus de residencia.
Como
consecuencia de lo anterior, la tabla salarial correspondiente a 2022 queda
fijada en el Anexo I.
D.
José Luis Faus Arias, Secretario General FeSMC UGT Melilla. se compromete a
realizar las gestiones necesarias para publicar el presente acuerdo, quedando
autorizado expresamente para ello.
Y en
prueba de conformidad de cuanto antecede, y para su más exacto cumplimiento, lo
firman las partes por duplicado ejemplar, y a un solo efecto, en el lugar y
fecha indicados en el encabezamiento.
D. Cristóbal Javier Sanchez
Sampalo. D. Miguel Calvente
Ayora.
D. Antonio Castillo.
D. José Luis Faus Arias.
ANEXO I
TABLA SALARIAL 2022
CONVENIO COLECTIVO "PRESTACIÓN INTEGRAL
EN LAS DÁRSENAS DE
EMBARCACIONES MENORES Y
PESQUERA DEL PUERTO DE
MELILLA"
GRUPO/CATEGORÍA |
SALARIO BASE |
Nº PAGAS |
PLUS RESIDENCIA |
Nº PAGAS |
PLUS TRANSPORTE |
Nº PAGAS |
BONIF. CEUTA MELILLA |
Nº PAGAS |
PLUS TURNICIDAD |
Nº PAGAS |
JORNADA COMPLETA |
AÑO APLICADO |
Marinero
Oficial de Mto. |
1.282,80 € |
15 |
320,70 € |
14 |
192,42 € |
12 |
102,62 € |
11 |
192,42 € |
12 |
40 |
2021 |
Ayudante
de Marinería |
833,82 € |
15 |
208,46 € |
14 |
125,07 € |
12 |
66,71 € |
11 |
125,07 € |
12 |
40 |
2021 |