ARTÍCULO Nº 721 (CVE: BOME-A-2022-721) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5989 - martes, 9 de agosto de 2022 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD


Resolución nº 944 de fecha 24 de julio de 2022, relativa a nombramiento de tribunal para la realización de las pruebas para la obtención del certificado de competencia profesional y su revisión.

BOME-P-2022-2547 Descargar página

 

La Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres en sus artículos 42 y 43 y el Real Decreto 1211/1990 de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en sus artículos 33 y 34 (tras su última modificación operada por el Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero), determinan que para el ejercicio de las actividades de transporte público de viajeros en autobús y de mercancías por carretera, con vehículos de MMA mayor de 3.500 Kg, será necesario acreditar previamente el cumplimiento del requisito de competencia profesional, requisito necesario para ejercer la profesión de transportista por carretera, según dispone el Reglamento (CE) número 1071/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009.

 

Por otra parte la Orden de 21 de julio de 2000 por la que se desarrolla el Reglamento de la ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, en materia de agencias de transporte de mercancías, transitarios y almacenista-distribuidoras, determina en sus artículos 6 y 8 que para el ejercicio de las actividades de agencias de transporte de mercancías, transitario y almacenista-distribuidor, será necesario acreditar previamente el cumplimiento del requisito de competencia profesional para la actividad de transporte interior e internacional de mercancías.

 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 22975/2022, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

 

 El nombramiento de Tribunal competente para la realización de las pruebas para la obtención  del certificado de competencia profesional y su revisión, conforme a lo dispuesto en el anexo II del  Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los transportes Terrestres y que estará compuesto por:

 

-Tribunal Titular:

 Presidente: D. Ernesto Rodriguez Gimeno.

Vocales: D. Carlos Susin Pertusa, D. Diego Giner Gutiérrez y D. Javier Facenda Fernandez.

Secretario: D. Salvador Silva Córdoba  

 

-Tribunal suplente:

Presidente: D. Luis Mayor Olea

Vocales: D. Francisco J Rubio Soler, D. Antonio Carmona Saavedra y D. José Luis Gámez Gómez

Secretario: D. Juan Luis Villaseca Villanueva

 

Melilla 24 de julio de 2022,

El Consejero de Medio Ambiente y Sostenibilidad,

Hassan Mohatar Maanan