ARTÍCULO Nº 722 (CVE: BOME-A-2022-722) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5989 - martes, 9 de agosto de 2022 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD


Orden nº 981 de fecha 8 de agosto de 2022, relativa a horario especial de terrazas de hostelería del uno de junio al 30 de septiembre.

BOME-P-2022-2548 Descargar página

 

HORARIO ESPECIAL DE TERRAZAS DE HOSTELERÍA DEL UNO DE JUNIO AL 30 DE SEPTIEMBRE

 

El Consejero de Medio Ambiente y Sostenibilidad en uso de la competencia que tiene atribuidas, ha dictado con fecha 8 de agosto de 2022, Orden nº 2022000981 registrada en el Libro Oficial de Resoluciones No Colegiadas, en la que DISPONE:

 

PRIMERO.- Establecer el horario especial de verano para las terrazas de hostelería que abarca desde el 1 de junio hasta el 30 de septiembre en la cual la instalación y cese de la actividad en la terraza será hasta las 01.00 horas del día siguiente.

SEGUNDO.- En todo caso el horario de la terraza no podrá superar el horario establecido para el grupo del local en que se encuentra clasificada su licencia de apertura. Se compatibilizará el funcionamiento de terrazas y veladores para exclusivo uso de comidas y bebidas instalados en la vía pública con la normativa vigente en materia de contaminación acústica.

TERCERO.- Publíquese la presente Orden en el Boletín Oficial de Melilla (B.O.M.E.) Lo que se publica para general conocimiento y efectos.

 

Contra esta Orden, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente. Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015)

 

Todo ello, sin perjuicio de la posibilidad de los interesados de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime procedente bajo su responsabilidad

 

Melilla 8 de agosto de 2022,

El Secretario Técnico de Medio Ambiente y Sostenibilidad,

Juan Luis Villaseca Villanueva