ARTÍCULO Nº 727
(CVE: BOME-A-2022-727)
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BOME Nº 5989 - martes, 9 de agosto de 2022 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DEL MENOR Y LA FAMILIA - CONSEJERÍA DEL MENOR Y LA FAMILIA
Orden nº 505 de fecha 2 de agosto de 2022, relativa a concesión de subvención a la Fundación SAMU para el proyecto de preparación para la vida adulta de menores tuteladas de edades comprendidas entre los 16 y los 18 años de edad, con problemas socio familiares, sin ningún otro tipo de característica o problemática específica.

Consejería: CONSEJERÍA DEL MENOR Y LA FAMILIA
Datos
de Aprobación:
Órgano CONSEJERÍA DEL MENOR Y LA FAMILIA
Número ORDEN 2022001556
Fecha 23
de mayo de 2022
Registro en la BDNS: 628763
La Excma. Sra. Consejera del Menor y la Familia de la
Ciudad Autónoma de Melilla, mediante orden de 2 de agosto de 2022 registrada al
número 2022000505 ha resuelto lo que a continuación se transcribe que, en
aplicación del apartado 12 de la presente convocatoria, se publicará en el
Boletín Oficial de la Ciudad, de acuerdo con el artículo 45 de la Ley 39/2015
de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones públicas se remite para su publicación:
Con fecha de 13 de julio de 2022, se
recibe la Propuesta de Resolución Definitiva emitida por el Órgano Instructor
relativo a la CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO DE
CONCURRENCIA COMPETITIVA DE SUBVENCIONES PARA PROGRAMAS DE PREPARACIÓN PARA LA
VIDA ADULTA DE MENORES TUTELADAS DE EDADES
COMPRENDIDAS ENTRE LOS 16 Y LOS 18 AÑOS DE EDAD, CON PROBLEMAS SOCIO
FAMILIARES, SIN NINGÚN OTRO TIPO DE CARACTERÍSTICA O PROBLEMÁTICA ESPECÍFICA,
CON UN PRESUPUESTO DE 205.000 €, SEGUNDO SEMESTRE DEL AÑO 2022, que
textualmente dice:
“De acuerdo con el apartado 6 de la CONVOCATORIA PARA
LA CONCESIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE SUBVENCIONES
PARA PROGRAMAS DE PREPARACIÓN PARA LA VIDA ADULTA DE MENORES
TUTELADAS DE EDADES COMPRENDIDAS ENTRE LOS 16 Y LOS 18 AÑOS DE EDAD, CON
PROBLEMAS SOCIO FAMILIARES, SIN NINGÚN OTRO TIPO DE CARACTERÍSTICA O
PROBLEMÁTICA ESPECÍFICA, CON UN PRESUPUESTO DE 205.000 €, SEGUNDO
SEMESTRE DEL AÑO 2022 (BOME nº 5968, de 27 de mayo de 2022), por el órgano colegiado
al que se refiere dicha convocatoria, formula la siguiente Propuesta de
Resolución Definitiva:
En el BOME nº 5977 de 28 de junio de 2022 se publica la
Propuesta de Resolución Provisional de la convocatoria para la concesión
mediante procedimiento de concurrencia competitiva de subvenciones destinadas
para programas de preparación para la vida adulta de menores
tuteladas de edades comprendidas entre los 16 y los 18 años de edad, con
problemas socio familiares, sin ningún otro tipo de característica o
problemática específica, con un presupuesto de 205.000 €, segundo
semestre del año 2022.
En dicha propuesta de resolución, se plantea lo
siguiente:
1º Requerir a la Asociación FUNDACIÓN SAMU, CON CIF
G41914243 para que en el plazo de diez días aporte la Cédula de Habitabilidad
correspondiente a la vivienda donde se desarrollará el proyecto o, en su
defecto, el resguardo de haber solicitado dicho documento.
2º Conceder a la única solicitante de la presente
convocatoria, , FUNDACIÓN SAMU, CON CIF G41914243, la puntuación 50,5 puntos y,
por tanto, conceder una subvención de 205.000 € para el proyecto denominado
PREPARACIÓN PARA LA VIDA ADULTA DE MENORES
TUTELADAS DE EDADES COMPRENDIDAS ENTRE LOS 16 Y LOS 18 AÑOS DE EDAD, CON
PROBLEMAS SOCIO FAMILIARES, SIN NINGÚN OTRO TIPO DE CARACTERÍSTICA O
PROBLEMÁTICA ESPECÍFICA, CON UN PRESUPUESTO DE 205.000 €, SEGUNDO
SEMESTRE DEL AÑO 2022.
Con fecha 08 de julio de 2022, la FUNDACIÓN SAMU
presenta solicitud registrada al número 20220061563, en el que aporta la siguiente
documentación:
1º Acta Favorable de la Inspección Técnica de Edificios del Ayuntamiento de Madrid, fechada el 04 de julio de 2022, referido al inmueble objeto de la solicitud de concurrencia de dicha Fundación, en la que textualmente dice “una vez inspeccionado el edificio y construcciones consignadas el/la técnico firmante dictamina que sus condiciones de SEGURIDAD, SALUBRIDAD, ACCESIBILIDAD, ORNATO PÚBLICO Y

DECORO descrita en el artículo 7 de las
Ordenanzas sobre Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las
Edificaciones son FAVORABLES” .
2º Escrito consistente en la instancia general, en le
que textualmente dice “de
acuerdo con lo solicitado en el Boletín de la Ciudad Autónoma de Melill (sic), Nuestra
entidad la Fundación SAMU, cumple con presentar la documentación requerida en
la Resolución (sic) Provisional.”
El apartado 6 “in fine” de la Convocatoria publicada en
BOME nº 5968, de 27 de mayo de 2022 dispone que la propuesta de concesión definitiva se formulará por el instructor al
Consejero/a del Menor y la Familia, que será el competente para resolver la
convocatoria.
Por todo lo anterior, el órgano colegiado al que se
refiere la convocatoria
PROPONE:
Conceder a la única solicitante de la presente
convocatoria, la FUNDACIÓN SAMU, CON CIF G41914243, la puntuación 50,5 puntos
y, por tanto, conceder una subvención de 205.000 € para el proyecto denominado
PREPARACIÓN PARA LA VIDA ADULTA DE MENORES
TUTELADAS DE EDADES COMPRENDIDAS ENTRE LOS 16 Y LOS 18 AÑOS DE EDAD, CON
PROBLEMAS SOCIO FAMILIARES, SIN NINGÚN OTRO TIPO DE CARACTERÍSTICA O
PROBLEMÁTICA ESPECÍFICA, CON UN PRESUPUESTO DE 205.000 €, SEGUNDO
SEMESTRE DEL AÑO 2022.
En aplicación del apartado 12 de la presente
convocatoria, se publicará en el Boletín Oficial de la Ciudad, de acuerdo con
el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del procedimiento
administrativo común de las Administraciones Públicas
La presente orden no agota la vía administrativa y
contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante la Presidencia, como
órgano competente para resolverlo o ante el Consejero/a del Menor y la Familia,
que deberá elevar dicho recurso, junto con su informe a la Presidencia, de
acuerdo con el artículo 92 del Reglamento de Gobierno y Administración de la
Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario nº 2 de 30 de enero de 2017) y
121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas”
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente
14503/2022, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
Conceder a la única solicitante de la presente
convocatoria, la FUNDACIÓN SAMU, CON CIF G41914243, la puntuación 50,5 puntos
y, por tanto, conceder una subvención de 205.000 € para el proyecto denominado
PREPARACIÓN PARA LA VIDA ADULTA DE MENORES
TUTELADAS DE EDADES COMPRENDIDAS ENTRE LOS 16 Y LOS 18 AÑOS DE EDAD, CON
PROBLEMAS SOCIO FAMILIARES, SIN NINGÚN OTRO TIPO DE CARACTERÍSTICA O
PROBLEMÁTICA ESPECÍFICA, CON UN PRESUPUESTO DE 205.000 €, SEGUNDO
SEMESTRE DEL AÑO 2022.
En aplicación del apartado 12 de la presente
convocatoria, se publicará en el Boletín Oficial de la Ciudad, de acuerdo con
el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del procedimiento
administrativo común de las Administraciones Públicas
La presente orden no agota la vía administrativa y
contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante la Presidencia, como
órgano competente para resolverlo o ante el Consejero/a del Menor y la Familia,
que deberá elevar dicho recurso, junto con su informe a la Presidencia, de
acuerdo con el artículo 92 del Reglamento de Gobierno y Administración de la
Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario nº 2 de 30 de enero de 2017) y
121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas
Melilla 3
de agosto de 2022,
El
Secretario Técnico de Medio Ambiente y Sostenibilidad,
Juan Luis
Villaseca Villanueva