ARTÍCULO Nº 727 (CVE: BOME-A-2022-727) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5989 - martes, 9 de agosto de 2022 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DEL MENOR Y LA FAMILIA - CONSEJERÍA DEL MENOR Y LA FAMILIA


Orden nº 505 de fecha 2 de agosto de 2022, relativa a concesión de subvención a la Fundación SAMU para el proyecto de preparación para la vida adulta de menores tuteladas de edades comprendidas entre los 16 y los 18 años de edad, con problemas socio familiares, sin ningún otro tipo de característica o problemática específica.

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Consejería: CONSEJERÍA DEL MENOR Y LA FAMILIA

 

Datos de Aprobación:

 

Órgano CONSEJERÍA DEL MENOR Y LA FAMILIA

Número ORDEN 2022001556

Fecha 23 de mayo de 2022

Registro en la BDNS: 628763

 

La Excma. Sra. Consejera del Menor y la Familia de la Ciudad Autónoma de Melilla, mediante orden de 2 de agosto de 2022 registrada al número 2022000505 ha resuelto lo que a continuación se transcribe que, en aplicación del apartado 12 de la presente convocatoria, se publicará en el Boletín Oficial de la Ciudad, de acuerdo con el artículo 45 de la Ley 39/2015 de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas se remite para su publicación:

 

Con fecha de 13 de julio de 2022, se recibe la Propuesta de Resolución Definitiva emitida por el Órgano Instructor relativo a la CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE SUBVENCIONES PARA PROGRAMAS DE PREPARACIÓN PARA LA VIDA ADULTA DE MENORES TUTELADAS DE EDADES COMPRENDIDAS ENTRE LOS 16 Y LOS 18 AÑOS DE EDAD, CON PROBLEMAS SOCIO FAMILIARES, SIN NINGÚN OTRO TIPO DE CARACTERÍSTICA O PROBLEMÁTICA ESPECÍFICA, CON UN PRESUPUESTO DE 205.000 €, SEGUNDO SEMESTRE DEL AÑO 2022, que textualmente dice:

 

“De acuerdo con el apartado 6 de la CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE SUBVENCIONES PARA PROGRAMAS DE PREPARACIÓN PARA LA VIDA ADULTA DE MENORES TUTELADAS DE EDADES COMPRENDIDAS ENTRE LOS 16 Y LOS 18 AÑOS DE EDAD, CON PROBLEMAS SOCIO FAMILIARES, SIN NINGÚN OTRO TIPO DE CARACTERÍSTICA O PROBLEMÁTICA ESPECÍFICA, CON UN PRESUPUESTO DE 205.000 €, SEGUNDO SEMESTRE DEL AÑO 2022 (BOME nº 5968, de 27 de mayo de 2022), por el órgano colegiado al que se refiere dicha convocatoria, formula la siguiente Propuesta de Resolución Definitiva:

 

En el BOME nº 5977 de 28 de junio de 2022 se publica la Propuesta de Resolución Provisional de la convocatoria para la concesión mediante procedimiento de concurrencia competitiva de subvenciones destinadas para programas de preparación para la vida adulta de menores tuteladas de edades comprendidas entre los 16 y los 18 años de edad, con problemas socio familiares, sin ningún otro tipo de característica o problemática específica, con un presupuesto de 205.000 €, segundo semestre del año 2022.

 

En dicha propuesta de resolución, se plantea lo siguiente:

 

1º Requerir a la Asociación FUNDACIÓN SAMU, CON CIF G41914243 para que en el plazo de diez días aporte la Cédula de Habitabilidad correspondiente a la vivienda donde se desarrollará el proyecto o, en su defecto, el resguardo de haber solicitado dicho documento.

2º Conceder a la única solicitante de la presente convocatoria, , FUNDACIÓN SAMU, CON CIF G41914243, la puntuación 50,5 puntos y, por tanto, conceder una subvención de 205.000 € para el proyecto denominado PREPARACIÓN PARA LA VIDA ADULTA DE MENORES TUTELADAS DE EDADES COMPRENDIDAS ENTRE LOS 16 Y LOS 18 AÑOS DE EDAD, CON PROBLEMAS SOCIO FAMILIARES, SIN NINGÚN OTRO TIPO DE CARACTERÍSTICA O PROBLEMÁTICA ESPECÍFICA, CON UN PRESUPUESTO DE 205.000 €, SEGUNDO SEMESTRE DEL AÑO 2022.

 

Con fecha 08 de julio de 2022, la FUNDACIÓN SAMU presenta solicitud registrada al número 20220061563, en el que aporta la siguiente documentación:

 

1º Acta Favorable de la Inspección Técnica de Edificios del Ayuntamiento de Madrid, fechada el 04 de julio de 2022, referido al inmueble objeto de la solicitud de concurrencia de dicha Fundación, en la que textualmente dice “una vez inspeccionado el edificio y construcciones consignadas el/la técnico firmante dictamina que sus condiciones de SEGURIDAD, SALUBRIDAD, ACCESIBILIDAD, ORNATO PÚBLICO Y 
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DECORO descrita en el artículo 7 de las Ordenanzas sobre Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones son FAVORABLES” .

2º Escrito consistente en la instancia general, en le que textualmente dice “de acuerdo con lo solicitado en el Boletín de la Ciudad Autónoma de Melill (sic), Nuestra entidad la Fundación SAMU, cumple con presentar la documentación requerida en la Resolución (sic) Provisional.”

 

El apartado 6 “in fine” de la Convocatoria publicada en BOME nº 5968, de 27 de mayo de 2022 dispone que la propuesta de concesión definitiva se formulará por el instructor al Consejero/a del Menor y la Familia, que será el competente para resolver la convocatoria.

 

Por todo lo anterior, el órgano colegiado al que se refiere la convocatoria

 

PROPONE:

 

Conceder a la única solicitante de la presente convocatoria, la FUNDACIÓN SAMU, CON CIF G41914243, la puntuación 50,5 puntos y, por tanto, conceder una subvención de 205.000 € para el proyecto denominado PREPARACIÓN PARA LA VIDA ADULTA DE MENORES TUTELADAS DE EDADES COMPRENDIDAS ENTRE LOS 16 Y LOS 18 AÑOS DE EDAD, CON PROBLEMAS SOCIO FAMILIARES, SIN NINGÚN OTRO TIPO DE CARACTERÍSTICA O PROBLEMÁTICA ESPECÍFICA, CON UN PRESUPUESTO DE 205.000 €, SEGUNDO SEMESTRE DEL AÑO 2022.

 

En aplicación del apartado 12 de la presente convocatoria, se publicará en el Boletín Oficial de la Ciudad, de acuerdo con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas

 

La presente orden no agota la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante la Presidencia, como órgano competente para resolverlo o ante el Consejero/a del Menor y la Familia, que deberá elevar dicho recurso, junto con su informe a la Presidencia, de acuerdo con el artículo 92 del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario nº 2 de 30 de enero de 2017) y 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas”

 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 14503/2022, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

 

Conceder a la única solicitante de la presente convocatoria, la FUNDACIÓN SAMU, CON CIF G41914243, la puntuación 50,5 puntos y, por tanto, conceder una subvención de 205.000 € para el proyecto denominado PREPARACIÓN PARA LA VIDA ADULTA DE MENORES TUTELADAS DE EDADES COMPRENDIDAS ENTRE LOS 16 Y LOS 18 AÑOS DE EDAD, CON PROBLEMAS SOCIO FAMILIARES, SIN NINGÚN OTRO TIPO DE CARACTERÍSTICA O PROBLEMÁTICA ESPECÍFICA, CON UN PRESUPUESTO DE 205.000 €, SEGUNDO SEMESTRE DEL AÑO 2022.

 

En aplicación del apartado 12 de la presente convocatoria, se publicará en el Boletín Oficial de la Ciudad, de acuerdo con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas

 

La presente orden no agota la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante la Presidencia, como órgano competente para resolverlo o ante el Consejero/a del Menor y la Familia, que deberá elevar dicho recurso, junto con su informe a la Presidencia, de acuerdo con el artículo 92 del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario nº 2 de 30 de enero de 2017) y 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

 

Melilla 3 de agosto de 2022,

El Secretario Técnico de Medio Ambiente y Sostenibilidad,

Juan Luis Villaseca Villanueva