ARTÍCULO Nº 741 (CVE: BOME-A-2022-741) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5991 - martes, 16 de agosto de 2022 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR ANIMAL - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR ANIMAL


Emplazamiento y remisión de expediente en procedimiento ordinario nº10/2022, seguido a instancias por D. Mimun Manan Benaisa.

BOME-P-2022-2594 Descargar página

ASUNTO: NOTIFICACIÓN POSIBLES INTERESADOS EN  PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº 10/2022,INSTADO POR DON Mimun MANAN BENAISA  CONTRA LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA.

 

El Juzgado de lo Contencioso –Administrativo nº 3 de Melilla,en Procedimiento Ordinario nº 10/2022,ha acordado lo siguiente:

 

 Conforme a lo acordado en resolución de  fecha 27 de julio de 2022 dictada en el recurso contencioso-administrativo con los datos al margen, interpuesto por MIMUN MAANAN BENAISA contra resolución de esa Administración de fecha 25 de mayo de 2022 dictada en expediente 2022022494 /2022 sobre RECURSO CONTRA LA DENEGACION TITULO FAMILIA NUMEROSA, y en cumplimiento de lo dispuesto en los Arts. 48 de la LJCA, siendo necesarios el/los expediente/s que motivaron la/las resolución/ones impugnada/s, solicito a V. I.:

 

 -Ordene la remisión a este órgano judicial de aquel/aquellos a que se refiere el acto impugnado, en el plazo improrrogable de veinte días, o bien copia autentificada del mismo, debidamente foliado, y en su caso, con los documentos e índices correspondientes, interesándole, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 49 de la LJCA, que la resolución administrativa que se dicte a tal fin se notifique, en los cinco días siguientes a su adopción, a cuantos aparezcan como interesados en dicho expediente, emplazándoles para que puedan personarse como demandados ante este órgano judicial en el plazo de nueve días. La notificación se practicará con arreglo a lo dispuesto en la Ley que regule el procedimiento administrativo común. Hechas las notificaciones se incorporarán al expediente administrativo, y todo ello con el apercibimiento expreso contenido en el art. 48.7 de la LJ, en el supuesto de que transcurra el plazo concedido sin que haya sido remitido. El expediente administrativo con la implantación de la Justicia Digital deberá llegar al Órgano Judicial de forma digitalizada a través del cargador de expedientes administrativos (INSIDE), en el que se contendrá un índice detallado de los documentos remitidos ; en caso de no poder remitir el expediente a través del cargador , deberá remitirse en soporte informático.

 

- De conformidad con lo dispuesto en el Art. 38 de la LJCA, deberá, al remitir el expediente administrativo, comunicar a este órgano judicial si tiene conocimiento de la existencia de otros recursos contenciosoadministrativos en los que puedan concurrir los supuestos de acumulación que previene el Capítulo III de la Ley Procesal.

 

Lo que se publica a efecto del Emplazamiento Previsto en el art.48 L.J.C.A

 

Melilla 11 de agosto de 2022,

El Secretario Técnico de Políticas Sociales y Salud Pública,

Victoriano Juan Santamaría Martínez