ARTÍCULO Nº 784 (CVE: BOME-A-2022-784) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5995 - martes, 30 de agosto de 2022 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD


Extracto de la convocatoria pública, en régimen de concurrencia, de subvenciones a asociaciones de índole cultural domiciliadas en Melilla para la realización de actividades culturales y festivas 2022.

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TituloES: Convocatoria Pública, en régimen de concurrencia, de Subvenciones a Asociaciones de índole cultural domiciliadas en Melilla para la realización de actividades culturales y festivas 2022

TextoES: BDNS(Identif.):645633

 

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/645633)

 

Primero. Beneficiarios.

Podrán solicitar las subvenciones o ayudas económicas reguladas en la Base Primera:

 

- Asociaciones que carezcan de ánimo de lucro, con domicilio fiscal en Melilla.

- Que hayan sido constituidas antes del 01 de enero de 2021 y que hayan mantenido su actividad como mínimo hasta el 31 de diciembre de 2021.

- Que el objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía etc., así como impartir conferencias, charlas o cursos sobre cualquier aspecto relacionado con la cultura, así como el fomento, la conservación o enriquecimiento del patrimonio histórico, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico, paleontológico y etnológico.

 

No podrán solicitar las subvenciones de la presente convocatoria aquellas Asociaciones y Entidades cuyos proyectos han sido subvencionados en cantidad que sobrepase el 50 % del total de las actividades programadas por cualquier otra Administración o Entidad particular o sean objeto de alguna otra convocatoria de subvenciones o le haya sido concedida una ayuda económica concreta por la misma.

 

Tampoco podrán ser beneficiarios de las subvenciones de la presente convocatoria, quien lo haya sido, durante el año 2022, mediante concesión directa, de cualquier subvención en materia de cultura o festejos, mediante convenio o cualquier otro instrumento.

 

Quedan expresamente excluidas de la presente convocatoria las Asociaciones de Vecinos y las Federaciones de esta índole.

 

Segundo. Finalidad.

En materia de cultura, el objeto de la Ciudad Autónoma es el fomento de la cultura en todas sus manifestaciones, con especial y prioritaria atención a aquellas acciones que tengan en cuenta la especial pluralidad y diversidad de expresiones culturales de Melilla, en aras a favorecer las directrices establecidas en la Agenda Europea para la Cultura. Por tanto, se dará prioridad a las programaciones o actividades que contengan este principio en su formalización y que supongan:

 

1.1- El fomento de la música, la formación de la creatividad y difusión de la misma, así como el mantenimiento y la creación de sociedades de conciertos, asociaciones musicales, entidades musicológicas, orquestas y conjuntos instrumentales, corales y coreográficos, y la organización y la promoción de manifestaciones musicales de todo género.

1.2- El fomento del teatro y la promoción de todas las compañías y grupos teatrales, así como el desarrollo y la promoción de toda clase de actividades teatrales, festivales, certámenes, teatro infantil, juvenil y vocacional, el apoyo a la creatividad escénica y su difusión, y la ayuda a entidades teatrales y asociaciones de espectadores.

1.3- La promoción de la cinematografía y el fomento de toda clase de actividades y de la creatividad artística en este campo de la cultura, la ayuda a cineclubes y entidades culturales cinematográficas y el apoyo a manifestaciones cinematográficas en general. 1.4- El fomento de la creación literaria, la promoción del libro y de las ediciones sonoras y audiovisuales, la promoción de los hábitos de lectura, muy en particular en los sectores infantil y juvenil, el apoyo al autor y a su obra, la difusión cultural a través del libro y de las manifestaciones literarias y la creación y sostenimiento de fonotecas y videotecas.

1.5- La difusión del conocimiento del patrimonio cultural, histórico y arqueológico, monumental, arquitectónico y científico de interés para la Ciudad, así como la protección de este patrimonio a través de restauración del mismo a cargo de personal especializado o acciones tendentes a su conservación.

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1.6- El fomento de las artes plásticas o cualquier forma de expresión artística no numerada en los apartados anteriores.

1.7- La difusión de la cultura en general, a través de cursos formativos.

1.8- La difusión, promoción y salvaguarda del patrimonio cultural inmaterial, con especial atención a manifestaciones catalogadas por la UNESCO como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad y en general en atención al cumplimiento a Ley 10/2015, de 26 de mayo de Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial.

 

Tercero. Bases reguladoras.

La presente Convocatoria se regirá por las Bases Reguladoras publicadas en el BOME núm. 5782 de viernes 14 de agosto de 2020 “BASES QUE HAN DE REGIR LAS SUBVENCIONES A ASOCIACIONES DOMICILIADAS EN MELILLA PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES CULTURALES Y FESTIVAS ”.

Cuarto. Importe.

Máximo de 75.000 €, con cargo a la partida 14/33401/48900, subvenciones a entidades culturales.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Treinta días naturales a contar desde la publicación de la presente resolución.

 

Lugar de la Firma: Melilla

Fecha de la Firma: 2022-08-25

Firmante: ELENA FERNÁNDEZ TREVIÑO

Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad