ARTÍCULO Nº 823 (CVE: BOME-A-2022-823) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6000 - viernes, 16 de septiembre de 2022 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE HACIENDA, EMPLEO Y COMERCIO - CONSEJERÍA DE HACIENDA, EMPLEO Y COMERCIO
Resolución nº 3085, de fecha 12 de septiembre de 2022, relativa a la aprobación definitiva del padrón correspondientes a la tasa por ocupación de subsuelo, suelo y vuelo de vía pública con aparatos surtidores de gasolina y análogos correspondiente al ejercicio 2022.
En función de lo
establecido en la Ordenanza Fiscal General de la Ciudad Autónoma de Melilla dada cuenta de la necesidad
de aprobar el padrón correspondiente a la TASA POR OCUPACIÓN DE SUBSUELO, SUELO Y VUELO DE
VÍA PÚBLICA CON APARATOS SURTIDORES DE GASOLINA Y ANÁLOGOS CORRESPONDIENTE AL
EJERCICIO 2022, en cumplimiento con el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
por el que aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales (TRLRHL) y con los artículos 62.3 y 102.3 de la Ley 58/2003, General
Tributaria (LGT), y el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, por el que se
aprueba el Reglamento General de Recaudación (RGR), y en uso de las facultades
que me han sido conferidas al efecto.
De acuerdo con
lo anterior, y visto el expediente 26404/2022, en virtud de las competencias
que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
Primero. - La Aprobación Definitiva del Padrón
correspondiente a la TASA POR OCUPACIÓN DE SUBSUELO, SUELO Y VUELO DE VÍA PÚBLICA CON
APARATOS SURTIDORES DE GASOLINA Y ANÁLOGOS CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2022, por importe de OCHENTA Y SEIS MIL
SEISCIENTOS CUARENTA EUROS CON DIECISIETE CÉNTIMOS(86.640,17 €).
Segundo. — Aprobar los períodos de
pago en período voluntario de las deudas de vencimiento periódico y notificación
colectiva correspondiente a la TASA POR OCUPACIÓN DE SUBSUELO, SUELO Y VUELO DE VÍA PÚBLICA CON
APARATOS SURTIDORES DE GASOLINA Y ANÁLOGOS CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2022, establecido en el Calendario
Fiscal aprobado con fecha 9 de noviembre de 2021 BOME 5911, que nos dice que se
iniciará en periodo de cobro en periodo voluntario de pago con fecha 19 de
agosto de 2022 y finalizará el 19 de diciembre de 2022.
Tercero. — Aprobar la exposición
pública correspondiente a la TASA POR OCUPACIÓN DE SUBSUELO, SUELO Y VUELO DE VÍA PÚBLICA CON
APARATOS SURTIDORES DE GASOLINA Y ANÁLOGOS CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2022.
El padrón
correspondiente estará expuesto al público, en las dependencias municipales
sito en Melilla Avenida Duquesa de la Victoria 21 Bajo 52004, por un período de
quince días a partir de la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA, mediante atención personalizada, debiendo los
interesados acreditar tal condición, a efectos de facilitarles el acceso a la
información tributaria correspondiente, en función de lo dispuesto en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales.
La información relativa a
los datos de los padrones o matrículas, en aplicación del deber de
confidencialidad de la información tributaria, solamente se facilitarán al
obligado tributario o su representante.
Para la consulta de los
datos del padrón o matrícula se utilizarán medios informáticos siempre que las
disponibilidades técnicas lo permitan. El acceso a dicha información se
realizará de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de
diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
Contra los actos de
aprobación de los padrones fiscales o matrículas y las liquidaciones
tributarias que los mismos contienen, los interesados podrán interponer recurso
de reposición, previo al recurso ContenciosoAdministrativo, ante el titular de
la Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio de la Ciudad Autónoma de Melilla,
en el plazo de un mes contados desde el día siguiente al de finalización del
período de exposición pública de los mismos, todo ello de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 14.4 del TRLRHL, o cualquier otro que convenga a sus
intereses.
Cuarto. — Aprobar el anuncio de
cobranza.
El cobro de los tributos de
cobro periódico por recibo se ajustará a los siguientes criterios:
A)
Plazos de ingreso: los plazos de ingreso en período voluntario serán los
establecidos en el calendario fiscal aprobado con fecha 9 de noviembre de 2021
en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla 5911.
B)
Modalidades de cobro: la recaudación de los tributos municipales y demás
ingresos derecho público que se gestionen mediante padrones fiscales o
matrículas se realizará:
- A través de las entidades
bancarias colaboradoras en la recaudación.
-
Red de Cajeros del sistema automatizado de pago de la Ciudad Autónoma de
Melilla situados en diversas dependencias de esta Administración.
-
En la Carpeta del Ciudadano de la Ciudad Autónoma de Melilla (www.melilla.es)
-
Mediante transferencia bancaria al número de cuenta
ES45-0182-42208402-0000-7001, indicando NIF y Referencia/Número Recibo.
C) Medios de pago:
·
La domiciliación bancaria.
·
En efectivo, mediante dinero de curso legal.
·
Tarjeta de crédito o débito.
1.
El pago mediante domiciliación bancaria: la domiciliación bancaria para
el pago de los recibos de padrón o matrícula podrá realizarse, hasta veinte
días antes del cargo en cuenta, por cualquiera de los siguientes medios:
— Por escrito y presentado por Registro de Entrada.
— En la Carpeta del Ciudadano de la Ciudad Autónoma
de Melilla (www.melilla.es).
La fecha de
cargo en cuenta de las domiciliaciones bancarias será el 17 de octubre de 2022,
según lo establecido en el calendario fiscal aprobado con fecha 9 de noviembre
de 2021 en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla 5911.
2.
El pago mediante tarjeta de crédito o débito:
— En cajeros
bancarios: serán a cargo del obligado al pago las comisiones o gastos que se
produzcan como consecuencia de descuentos en la utilización de tales tarjetas.
— A través
de las plataformas de pago disponibles en la web municipal en la dirección www.melilla.es sin
cargo para el obligado al pago por las comisiones o gastos que se produzcan
como consecuencia de descuentos en la utilización de tales tarjetas.
D) Los lugares, días y horas
de ingreso:
1.
En las oficinas de las entidades bancarias colaboradoras en la
recaudación, los días que sean laborables para estas durante el horario
comercial habitual.
2.
En los cajeros de las entidades colaboradoras, cualquier día y hora, no
obstante, el último día de pago, no se garantiza la disponibilidad de los
sistemas tecnológicos correspondientes después de las quince horas, pudiendo
incurrir el pago en extemporaneidad y sufrir el recargo ejecutivo del 5 por
100. Entidades colaboradoras en la recaudación: Unicaja, BBVA, La Caixa, Banco
Santander, Banco Sabadell y Cajamar.
3.
En la web municipal www.melilla.es. En la web municipal, a cualquier día y
hora; no obstante, el último día de pago no se garantiza la disponibilidad de
los sistemas tecnológicos correspondientes después de las catorce horas,
pudiendo incurrir el pago en extemporaneidad y sufrir el recargo ejecutivo del
5 por 100.
Pagos fuera de plazo: de
acuerdo con lo establecido en el artículo 24.2.b) del Reglamento General de
Recaudación (Real Decreto 939/2005, “Boletín Oficial del Estado” de 2 de
septiembre de 2005), se advierte de que, transcurrido el plazo voluntario de
ingreso sin haber realizado este, las deudas serán exigidas por el
procedimiento de apremio, devengándose los correspondientes recargos del
período ejecutivo a que se refiere el artículo 28 de la Ley 58/2003, General
Tributaria, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
Este anuncio tiene el
carácter de notificación colectiva, de conformidad con lo previsto en el
artículo 102 de la LGT, y el artículo 24 del RGR.
Melilla 12 de septiembre de 2022,
La Consejera de Hacienda, Empleo y Comercio,
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