ARTÍCULO Nº 830 (CVE: BOME-A-2022-830) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6000 - viernes, 16 de septiembre de 2022 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD


Resolución definitiva nº 1106, de fecha 13 de septiembre de 2022, relativa a la convocatoria pública en régimen de concurrencia competitiva de subvenciones para la realización de actuaciones dirigidas al fomento de empleo de mujeres desempleadas para la realización de servicios de conciliación en la Ciudad de Melilla.

BOME-P-2022-2879 Descargar página

La Excma. Sra. Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad mediante Orden con registro número 2022001106, del día 13 de septiembre de 2022, ha dispuesto lo siguiente:

 

“RESOLUCIÓN DEFINITIVA RELATIVA A CONVOCATORIA PUBLICA EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE ACTUACIONES DIRIGIDAS AL FOMENTO DE EMPLEO DE MUJERES DESEMPLEADAS PARA LA REALIZACIÓN DE SERVICIOS DE CONCILIACIÓN  EN LA CIUDAD DE MELILLA

 

A tenor de informe, del 10 de enero de 2022l, del órgano colegiado constituido en la convocatoria de referencia ( apartado décimo tercero) que resultó publicada en el Boletín Oficial de Melilla núm. 5911, del martes 09 de noviembre de 2021, cuyo tenor literal es el siguiente:

 

ACTA DE LA SESIÓN DE 10 de enero de 2022, CORRESPONDIENTE A LA CONVOCATORIA PUBLICA EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE ACTUACIONES DIRIGIDAS AL FOMENTO DE EMPLEO DE MUJERES DESEMPLEADAS PARA LA REALIZACIÓN DE SERVICIOS DE CONCILIACIÓN  EN LA CIUDAD DE MELILLA..

 

Reunido, el 10 de enero de 2022, el órgano colegiado correspondiente a la CONVOCATORIA PUBLICA EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE ACTUACIONES DIRIGIDAS AL FOMENTO DE EMPLEO DE MUJERES DESEMPLEADAS PARA LA REALIZACIÓN DE SERVICIOS DE CONCILIACIÓN  EN LA CIUDAD DE MELILLA , (BOME Número 5911 - martes, 09 de noviembre de 2021) con la asistencia de D. Germán Ortiz Sánchez como presidente, D. Juan Manuel Benavente Monedero y Dª. Alexandra Escoz de Gracia como vocales, actuando D. Arturo Jiménez Cano como secretario, formula pronunciamiento en relación con la alegación presentada en el plazo previsto por la entidad Asociación Mare Nostrum, con G-52021706, ante la propuesta de resolución provisional de la convocatoria que resultó publicada en BOME nº 5923 del día 21 de diciembre de 2021.

 

En el plazo otorgado solamente ha sido presentada alegación por la entidad arriba citada alegando lo siguiente :

 

Primero.- Existencia de error de trascripción en la propuesta de resolución provisional toda vez que esa entidad ofertó 60 plazas más 10 disponibles para casos de urgente necesidad y no 90 plazas tal como expone la propuesta de resolución provisional.

 

El órgano colegiado constata dicho error acordando su rectificación en la propuesta de resolución definitiva: donde dice “Asociación Mare Nostrum: Servicio ofertado para 90 menores. Obtiene 60 puntos” debe decir: “Asociación Mare Nostrum: Servicio ofertado para 60 menores. Obtiene 60 puntos”

 

Segundo.-  Asociación Mare Nostrum alega que en el apartado B de los criterios de concesión ( número de mujeres desempleadas que se van a contratar) ha obtenido 0 puntos cuando debiera haber obtenido  30 puntos puesto que si bien oferta un equipo para la realización del servicio compuesto por 7 mujeres a jornada completa y 9 a jornada parcial de 5 horas sin especificar de que se tratan de mujeres desempleadas esto “se debe dar por hecho y entendido”  ya que se trata de una convocatoria destinada a contratar a mujeres desempleadas tal como aparece en la convocatoria.

 

El órgano colegiado, al establecer el apartado sexto ( beneficiarios) de la Convocatoria  la exigencia del requisito, en ambas líneas a) y b), letra c), de que la actividad subvencionada debe ser realizada mediante la contratación  laboral de mujeres desempleadas que cuente con el perfil profesional necesario,  acuerda estimar la alegación formulada a este respecto por Asociación Mare Nostrum debiéndose proceder, en consecuencia, a una rectificación en la puntuación obtenida por esta entidad así como al recalculo de las cuantías a conceder, resultando lo siguiente:

 

Línea a) Entidades, Asociaciones y Fundaciones sin ánimo de lucro.

 

Apartado A.- Número de menores que se van a beneficiar del servicio de conciliación contenido en el proyecto presentado. Hasta un máximo de 60 puntos.

BOME-P-2022-2880 Descargar página

Se otorgarán a razón de 1 punto por menor beneficiario del proyecto.

 

-       Asociación Melillense de Formación : Servicio ofertado para 90 menores. Obtiene 60 puntos.

-       Asociación Mare Nostrum : Servicio ofertado para 60 menores. Obtiene 60 puntos.

 

Apartado B.- Número de mujeres desempleadas que se van a contratar para la prestación del  servicio de conciliación contenido en el proyecto presentado. Hasta un máximo de 30 puntos.

Se otorgarán a razón de 5 puntos por mujer desempleada que se contrate a jornada laboral completa y a razón de 2,5 puntos por mujer desempleada que se contrate laboralmente a media jornada o más sin alcanzar la jornada completa.

 

-       Asociación Melillense de Formación : Oferta la contratación de seis mujeres desempleadas a jornada completa . Obtiene 30 puntos.

-       Asociación Mare Nostrum : Oferta la contratación de siete mujeres desempleadas a jornada completa y nueve a jornada parcial. Obtiene 30 puntos.

 

Apartado C. Contribución a la integración  laboral de mujeres víctimas de violencia de género. Hasta un máximo de 5 puntos.

Se otorgarán a razón de 5 puntos por mujer desempleada, y  que tenga la condición reconocida por la Administración competente de victima de violencia de género, que se contrate.

 

-       Asociación Melillense de Formación : Oferta la contratación de una mujer desempleada victima de violencia de género a jornada completa . Obtiene 5 puntos.

-       Asociación Mare Nostrum :  Oferta la contratación de dos mujeres desempleada victima de violencia de género a jornada completa . Obtiene 5 puntos.

 

Apartado D.- Calidad técnica del proyecto presentado. Hasta un máximo de 5 puntos.

En este apartado se tendrán en consideración los siguientes aspectos:

 

1.   Innovación y calidad del proyecto.

1.1.    Calidad en la redacción, formato y estructura del proyecto

1.2.    Carácter innovador del proyecto.

1.3.    Calidad pedagógica del proyecto.

1.3.1.      Análisis contextualizado con justificación de la conveniencia de las actuaciones a las necesidades existentes.

1.3.2.      Objetivos y descripción de las acciones a desarrollar con indicación de las estrategias, la metodología a utilizar, la temporalización, los recursos previstos, etc.

 

2.   Viabilidad y concreción de las acciones propuestas.

3.Número de menores a los que se dirigen.

4.Número de mujeres desempleadas que se van a contratar.

5.             La incidencia social y educativa del proyecto propuesto, valorándose especialmente el número de personas beneficiadas ( menores atendidos y mujeres desempleadas contratadas) y el alcance de las actuaciones.

6.             Concreción y ajuste del presupuesto económico a las actuaciones educativas que se van a realizar.

7.             Procedimiento de evaluación del proyecto con especificación de indicadores e instrumentos y, en su caso, propuestas de mejora.

 

El órgano colegiado entiende que los proyectos presentados en esta línea de subvención  tiene una calidad similar que se hace merecedora de los 5 puntos previstos como máximo.

 

-          Asociación Melillense de Formación : Calidad del Proyecto . Obtiene 5 puntos.

-          Asociación Mare Nostrum :  Calidad del Proyecto . Obtiene 5 puntos.

 

En consecuencia, las entidades solicitantes obtienen el total de puntos:

 

Asociación Melillense de Formación :  Obtiene 100 puntos ( 60+30+5+5).

Asociación Mare Nostrum :  Obtiene 100 puntos ( 60+30+5+5)

 

TOTAL PUNTOS 200 puntos.

 

Existiendo crédito de 500.000 euros a repartir entre 200 puntos resulta un valor del punto obtenido de 2.500,00 euros./ punto.

 

 

BOME-P-2022-2881 Descargar página

Por ello, se propone la siguiente concesión:

 

ENTIDAD /IMPORTE SOLICITADO

PUNTOS/ IMPORTE

SUBVENCIÓN IMPORTE

 

 

 

ASOCIACIÓN MELILLENSES DE FORMACIÓN

281.560,83 €

100p/250.000,00€

250.000,00€

 

 

 

ASOCIACIÓN MARE NOSTRUM

328.713,82 €

100p /250.000,00€

250.000,00

 

 

500.000,00 €

TOTAL

200 puntos

 

 

No existe sobrante  en ésta Línea al concederse cuantías menores al los  importes solicitados.

 

Línea b) Entidades de economía social, empresarios/as individuales,  microempresas y pymes con hasta 50 trabajadores.

 

Apartado A.- Número de menores que se van a beneficiar del servicio de conciliación contenido en el proyecto presentado. Hasta un máximo de 60 puntos.

Se otorgarán a razón de 1 punto por menor beneficiario del proyecto.

 

-       Hosseines H y H S.L.L. : Servicio ofertado para 150 menores. Obtiene 60 puntos.

-       Academia Vetonia S.L. :  Servicio ofertado para 60 menores ( 8 en horario matinal y 52 en horario de tarde) . Obtiene 60 puntos.

-       Martimaniac Pruducciones S.L.: Servicio ofertado para 60 menores. Obtiene 60 puntos.

 

Apartado B.- Número de mujeres desempleadas que se van a contratar para la prestación del  servicio de conciliación contenido en el proyecto presentado. Hasta un máximo de 30 puntos.

Se otorgarán a razón de 5 puntos por mujer desempleada que se contrate a jornada laboral completa y a razón de 2,5 puntos por mujer desempleada que se contrate laboralmente a media jornada o más sin alcanzar la jornada completa.

 

-       Hosseines H y H S.L.L. :  Oferta la contratación de diez mujeres desempleadas, de las cuales seis a jornada completa y cuatro a media jornada . Obtiene 30 puntos

-       Academia Vetonia S.L. :  Oferta la contratación de doce mujeres desempleadas con una jornada diaria de cinco horas. Obtiene 30 puntos ( 12x2.5)

-       Martimaniac Pruducciones S.L.: Oferta la contratación de seis mujeres desempleadas, sin especificar sin son a jornada completa o a media jornada . Obtiene 15 puntos. Ya que al no concretarse la jornadas de dichas mujeres el órgano opta por puntuar con el mínimo de 2.5 puntos.

 

Apartado C. Contribución a la integración  laboral de mujeres víctimas de violencia de género. Hasta un máximo de 5 puntos.

Se otorgarán a razón de 5 puntos por mujer desempleada, y  que tenga la condición reconocida por la Administración competente de victima de violencia de género, que se contrate.

 

-       Hosseines H y H S.L.L. : Oferta la contratación de dos mujeres desempleadas victima de violencia de género a jornada completa . Obtiene 5 puntos.

-       Academia Vetonia S.L. :  Oferta la contratación de tres mujeres desempleadas victima de violencia de género a jornada completa . Obtiene 5 puntos

-       Martimaniac Pruducciones S.L.: Oferta la contratación de una mujer desempleada victima de violencia de género a jornada completa . Obtiene 5 puntos

 

Apartado D.- Calidad técnica del proyecto presentado. Hasta un máximo de 5 puntos.

En este apartado se tendrán en consideración los siguientes aspectos:

 

1.   Innovación y calidad del proyecto.

1.1.    Calidad en la redacción, formato y estructura del proyecto

1.2.    Carácter innovador del proyecto.

1.3.    Calidad pedagógica del proyecto.

1.3.1.      Análisis contextualizado con justificación de la conveniencia de las actuaciones a las necesidades existentes.

1.3.2.      Objetivos y descripción de las acciones a desarrollar con indicación de las estrategias, la metodología a utilizar, la temporalización, los recursos previstos, etc.

2.   Viabilidad y concreción de las acciones propuestas.

3.Número de menores a los que se dirigen.

4.Número de mujeres desempleadas que se van a contratar.

BOME-P-2022-2882 Descargar página

5.             La incidencia social y educativa del proyecto propuesto, valorándose especialmente el número de personas beneficiadas ( menores atendidos y mujeres desempleadas contratadas) y el alcance de las actuaciones.

6.             Concreción y ajuste del presupuesto económico a las actuaciones educativas que se van a realizar.

7.             Procedimiento de evaluación del proyecto con especificación de indicadores e instrumentos y, en su caso, propuestas de mejora.

 

El órgano colegiado entiende, examinados los proyectos de servicios de conciliación presentados, que los proyectos en esta línea de subvención  tiene una calidad similar que se hace merecedora de los 5 puntos previstos como máximo.

 

-       Hosseines H y H S.L.L. : Calidad del proyecto . Obtiene 5 puntos.

-       Academia Vetonia S.L. : Calidad del proyecto . Obtiene 5 puntos.

-       Martimaniac Pruducciones S.L.: Calidad del proyecto.  Obtiene 5 puntos

 

En consecuencia, las entidades solicitantes de la Línea de subvención b) obtienen el total de puntos:

 

-       Hosseines H y H S.L.L. :  Obtiene 100 puntos( 60+30+5+5).

-       Academia Vetonia S.L. : Obtiene 100 puntos( 60+30+5+5).

-       Martimaniac Pruducciones S.L.:Obtiene 85 puntos ( 60+15+5+5)

 

TOTAL PUNTOS 285 puntos.

 

Existiendo crédito de 500.000,00 euros a repartir entre 285 puntos resulta un valor del punto obtenido de 1.754,385 euros./ punto.

 

Por ello, se propone la siguiente concesión:

 

ENTIDAD /IMPORTE SOLICITADO

PUNTOS/ IMPORTE

SUBVENCIÓN IMPORTE

 HOSSEINES HYH S.L.L. 458.296,90 €

100p/175.438,59 €

175.438,59 €

ACADEMIA VETONIA S.L. 227.210,00 €

100p/175.438,59 €

175.438,59€

 MARTIMANIAC PRODUCCIONES S.L. 219.600,00 €

85 p/ 149.122,81 €

149.122,81 €

 

 

499.999,99 €

TOTAL

285 puntos

 

 

Tercero.- Por lo expuesto, el órgano colegiado informa el resultado final de la evaluación efectuada según los criterios de concesión  que rigen, una vez estimada la alegación presentada por la Asociación Mare Nostrum, resultando lo siguiente:

 

Procede inadmitir, por presentación fuera del plazo previsto, la solicitud presentada por  la Asociación Integramel, con cif G52041860, con número de registro de entrada 2021101458 del día 25.11.2021, puesto si bien remitió la solicitud por email al correo educación@melilla.es a las 22.21 horas del día 24.11.2021  no resulta legalmente válido a tenor del artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en concordancia con el Reglamento de los Registros de entrada y salida de documentos de la Ciudad Autónoma de Melilla publicado en BOME extraord. 18 del 22.12.2004.

 

Línea a) Entidades, Asociaciones y Fundaciones sin ánimo de lucro.

 

ENTIDAD /IMPORTE SOLICITADO

PUNTOS/ IMPORTE

SUBVENCIÓN IMPORTE

 

 

 

ASOCIACIÓN MELILLENSES DE FORMACIÓN

281.560,83 €

100p/250.000,00€

250.000,00€

 

 

 

ASOCIACIÓN MARE NOSTRUM

328.713,82 €

100p /250.000,00€

250.000,00

 

 

500.000,00 €

TOTAL

200 puntos

 

 

 

 

BOME-P-2022-2883 Descargar página

Línea b) Entidades de economía social, empresarios/as individuales,  microempresas y pymes con hasta 50 trabajadores.

 

ENTIDAD /IMPORTE SOLICITADO

PUNTOS/ IMPORTE

SUBVENCIÓN IMPORTE

 HOSSEINES HYH S.L.L. 458.296,90 €

100p/175.438,59 €

175.438,59 €

ACADEMIA VETONIA S.L. 227.210,00 €

100p/175.438,59 €

175.438,59€

 MARTIMANIAC PRODUCCIONES S.L. 219.600,00 €

85 p/ 149.122,81 €

149.122,81 €

 

 

499.999,99 €”

TOTAL

285 puntos

 

 

Conforme con propuesta de resolución definitiva formulada por la Dirección General de Educación e Igualdad, órgano instructor del procedimiento, en fecha 12 de enero de 2022, en los siguiente términos:

 

“Primero.- Inadmitir, por presentación fuera del plazo establecido, la solicitud de Subvención presentada por la Asociación Integramel, con cif G52041860, con número de registro de entrada 2021101458 del día 25.11.2021, puesto si bien remitió la solicitud por email al correo educación@melilla.es a las 22.21 horas del día 24.11.2021  no resulta legalmente válido a tenor del artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en concordancia con el Reglamento de los Registros de entrada y salida de documentos de la Ciudad Autónoma de Melilla publicado en BOME extraord. 18 del 22.12.2004

 

Segundo.-Conceder las siguientes subvenciones:

 

Línea a) Entidades, Asociaciones y Fundaciones sin ánimo de lucro.

 

ENTIDAD /IMPORTE SOLICITADO

SUBVENCIÓN CONCEDIDA IMPROTE

 

 

ASOCIACIÓN MELILLENSES DE FORMACIÓN

250.000,00€

ASOCIACIÓN MARE NOSTRUM

250.000,00

 

Línea b) Entidades de economía social, empresarios/as individuales,  microempresas y pymes con hasta 50 trabajadores.

 

ENTIDAD /IMPORTE SOLICITADO

SUBVENCIÓN

CONCEDIDA IMPORTE

 HOSSEINES HYH S.L.L.

175.438,59 €

ACADEMIA VETONIA S.L.

175.438,59€

 MARTIMANIAC PRODUCCIONES S.L.

149.122,81 €

 

Lo que se propone en Melilla, “

 

Presentado en el plazo otorgado, por las cinco entidades beneficiarias anteriormente relacionadas, reformulación de su solicitud/proyecto en atención al importe a conceder y habiéndose informado por la Intervención General de esta Ciudad Autónoma de Melilla la existencia de crédito suficiente por cuantía de 1.000.000,00 euros a tenor de documento R.C.12022000051722, en fecha 12 de septiembre de 2022, con cargo a la Aplicación Presupuestaria 14/23102/48900 “Subvenciones Fomento Empleo Mujer”.

 

VENGO EN ORDENAR:

 

Primero.- La inadmisión, por presentación fuera del plazo establecido, la solicitud de Subvención presentada por la Asociación Integramel, con cif G52041860, con número de registro de entrada 2021101458 del día 25.11.2021, puesto si bien remitió la solicitud por email al correo educación@melilla.es a las 22.21 horas del día 24.11.2021  no resulta legalmente válido a tenor del artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en concordancia con el Reglamento de los Registros de entrada y salida de documentos de la Ciudad Autónoma de Melilla publicado en BOME extraord. 18 del 22.12.2004

 

Segundo.- La concesión de las siguientes subvenciones:

 

 

 

 

BOME-P-2022-2884 Descargar página

Línea a) Entidades, Asociaciones y Fundaciones sin ánimo de lucro.

 

ENTIDAD

SUBVENCIÓN CONCEDIDA IMPROTE

 

 

ASOCIACIÓN MELILLENSES DE FORMACIÓN

250.000,00€

ASOCIACIÓN MARE NOSTRUM

250.000,00€

 

Línea b) Entidades de economía social, empresarios/as individuales,  microempresas y pymes con hasta 50 trabajadores.

 

ENTIDAD

SUBVENCIÓN

CONCEDIDA IMPORTE

 HOSSEINES HYH S.L.L.

175.438,59 €

ACADEMIA VETONIA S.L.

175.438,59€

 MARTIMANIAC PRODUCCIONES S.L.

149.122,81 €

 

Esta Orden, en aplicación del artículo 121 y demás concordantes de la Ley 39/15, de 01 de octubre  del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no agota la vía administrativa y, por tanto,  contra la misma cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, pudiendo presentarse el recurso ante la propia Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad o bien directamente ante el órgano competente para resolverlo, sin perjuicio de que puedan los interesados interponer cualquier otro que consideren oportuno, bajo su responsabilidad.

 

Lo que se publica en el Boletín Oficial de Melilla para general conocimiento y efectos pertinentes.

 

Melilla 14 de septiembre de 2022,

El Secretario Técnico de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad,

Juan León Jaén Lara