ARTÍCULO Nº 851 (CVE: BOME-A-2022-851) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6002 - viernes, 23 de septiembre de 2022 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.


Orden nº 2654 de fecha 20 de septiembre de 2022, relativa a la sustitución como vocal suplente en el tribunal calificador de las pruebas selectivas para la provisión en propiedad de dos plazas de arquitecto técnico (oposición libre).

BOME-P-2022-2926 Descargar página

La titular de la Consejería de Presidencia y Administración Pública, mediante Orden/Resolución de 20/09/2022, registrada al número 2022002654, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

 

De conformidad con Orden nº 2513, de fecha 9-09-22, por la que se concede el pase a excedencia voluntaria por interés particular a D. Jesús D. Rosado López, y dado que fue designado por Orden nº 847, de fecha 10-03-22, Vocal Suplente en el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para la provisión en propiedad de dos plazas de Arquitecto Técnico  (oposición libre) (BOME nº 5848, de fecha 2-04-21), 

 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 8572/2021, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

 

- La sustitución, como Vocal Suplente, de D. Jesús D. Rosado López por D. Malik Abdelkader Mohamed.

 

Contra esta ORDEN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

 

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

 

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

 

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

 

Lo que se notifica para su publicación.

 

Melilla 21 de septiembre de 2022,

El Secretario Técnico Acctal. de Presidencia y Administración Pública,

Francisco José Rubio Soler