ARTÍCULO Nº 858 (CVE: BOME-A-2022-858) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6002 - viernes, 23 de septiembre de 2022 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE DISTRITOS, JUVENTUD, PARTICIPACIÓN CIUDADANA - CONSEJERÍA DE DISTRITOS, JUVENTUD, PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Acuerdo de Consejo de Gobierno, de fecha 19 de septiembre de 2022, relativo a la instrucción para la tramitación de la iniciativa de participación ciudadana " Presupuestos Participativos Melilla 2022 - 2023" de la Ciudad Autónoma de Melilla.
El
Consejo de Gobierno, en sesión resolutiva Ordinaria celebrada el día 19 de
septiembre de 2022, acordó como “PUNTO
VIGÉSIMO OCTAVO” a propuesta de la Consejería de Distritos, Juventud y
Participación Ciudadana, lo siguiente:
“El Consejo de Gobierno, en sesión resolutiva
Ordinaria celebrada el día 2 de septiembre de 2022, acordó como “Punto Décimo
Sexto” del orden del día, a propuesta de la Consejería de Distritos, Juventud y
Participación Ciudadana, la INSTRUCCIÓN
PARA LA TRAMITACIÓN DE LA INICIATIVA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA “PRESUPUESTOS
PARTICIPATIVOS MELILLA 2022-2023” DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, que se adjuntó como Anexo al
mismo, publicándose en BOME extraordinario núm. 54, de 6 de septiembre de 2022.
Habiéndose detectado error
en el Apartado 3, “FASES
DEL PROCESO DE PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS MELILLA 2022-2023”
del Anexo “INSTRUCCIONES
PARA LA PARTICIPACIÓN CIUDADADANA EN “LOS PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS” DE LA
CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA PARA
EL EJERCICIO 2022-2023”, en el cual se establecía que:
“Las fases del proceso son
las siguientes:
(…)
Fase 2ª: Revisión viabilidad de proyectos: En esta fase, los
proyectos presentados se remitirán al Director General y/o Técnico del área
competente, en función de la materia de que se trate, debiéndose emitir
informe, conforme al modelo adjunto, en un plazo de 10 días hábiles.
Fase 3ª: Publicación, plazo de alegaciones y
resolución:
·
Publicación inicial de los proyectos que han superado la fase precedente
y apertura de plazo de alegaciones (diez (10) días hábiles desde la publicación
en la plataforma de Participación Ciudadana).
·
Estudio y resolución de alegaciones presentadas, en su caso (desde la
finalización del plazo precedente).
Fase 4ª: Votación de proyectos: (15 días hábiles desde la
resolución de las alegaciones presentadas, en su caso, y publicación de la
lista definitiva de proyectos que pasarán a la fase de votación final en la
plataforma de participación ciudadana)”
(…)
Debiendo decir lo siguiente:
(…)
Fase 2ª: Publicación, plazo de alegaciones y
resolución: Los
proyectos presentados se remitirán, conforme se reciban en la Plataforma de
Participación Ciudadana, al Director General y/o Técnico del área competente en
función de la materia de que se trate, debiéndose emitir informe en el plazo
máximo de (5) cinco días, desde la remisión del mismo, conforme al modelo adjunto, para ver la
viabilidad de dicho proyecto. Los proyectos que se estimen por informe
favorable, se publicarán en la Plataforma de Participación Ciudadana abriéndose
plazo de alegaciones de siete (7) días hábiles.
Fase 3ª: Votación de proyectos: Resolución de las
alegaciones presentadas, en su caso, y publicación de la lista definitiva de
los proyectos que pasarán a la fase de votación final en la Plataforma de
Participación Ciudadana durante (10) diez días hábiles.
(…)”
Así como error en las fases
en el apartado 4 “DESARROLLO
DE CADA UNA DE LAS FASES DEL PROCESO” que indicaba lo siguiente:
“(…)
Fase 2ª. Revisión viabilidad
de proyectos
El personal técnico
especializado del área sobre el que verse el proyecto, previa comunicación a la
Dirección General de la que dependa, procederá a revisar inicialmente los
proyectos de presupuestos participativos presentados, al objeto de valorar la
viabilidad de los mismos.
La evaluación tendrá como
objeto que los proyectos sean técnicamente válidos, viables y legales y que son
competencia de la Ciudad Autónoma de Melilla y que, por tanto, puedan ser
incluidos en los Presupuestos de la Ciudad.
Se llevará a cabo una
estimación de costes de todas las propuestas seleccionadas, siendo excluidas
aquellas que superen la dotación presupuestaria establecida. Igualmente serán
excluidas aquellas propuestas que no se refieran al ámbito competencial de la
Ciudad Autónoma de Melilla o que sean inviables técnica o legalmente.
Criterios de evaluación:
1.
Coste: se cuantificará el costo de todos los proyectos presentados.
2.
Legalidad: el proyecto imperativamente deberá versar sobre actuaciones
que sean competencia de la Ciudad Autónoma de Melilla, excluyéndose todos
aquellos que competan a otras administraciones. Adicionalmente se tendrá
especial cuidado en la legalidad de los mismos y de que no existan contratos
que incluyan las materias sobre las que versan dichos proyectos.
3.
Viabilidad: durante todo el proceso se estudiará si el proyecto es
viable técnicamente y no se prevé algún impedimento para llevarlo a cabo.
4.
Relevancia o interés general: se estudiará si el proyecto persigue el
bien de toda la ciudad, Distrito o de un colectivo amplio y de no perseguir
intereses particulares.
5.
Competencia propia: el proyecto presentado debe ser competencia de la
Ciudad Autónoma de Melilla.
Para ello, la Dirección
General de Atención, Participación Ciudadana y Juventud remitirá el modelo
aprobado al efecto, para su cumplimentación por parte de los técnicos
competentes en la materia.
En el supuesto de detectarse
similitud de proyectos lo trasladará a la Dirección General de Atención, Participación
Ciudadana y Juventud, al objeto de que se informe a sus autores, ofreciéndoles
la posibilidad de presentar proyectos conjuntos, abriéndose la posibilidad de
acumular expedientes al amparo de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley
39/2015.
Las comunicaciones a los
técnicos se realizarán a través de mytao y las publicaciones, a través de la
Plataforma de Participación Ciudadana.
Fase 3ª: Votación de
proyectos
La votación es la decisión
sobre los proyectos evaluados que deberán llevarse a cabo.
En la fase de votación,
todas las personas mayores de 16 años de edad empadronadas en Melilla pueden
votar proyectos para toda la ciudad. Se puede votar, aunque no se haya
participado en la presentación de proyectos y no es necesario ser residente en
un distrito para poder apoyar o votar los proyectos de ese distrito.
Para que el/los proyecto/s
consiga el apoyo o votos suficientes, se determinará previamente el porcentaje
mínimo por la Consejería de Distritos, Juventud y Participación Ciudadana. No
obstante, si no consiguiera el mínimo preestablecido y este resultará de
interés atendiendo a la población que alcance el proyecto podrá ser
seleccionado como otros de “interés público”.
La Administración de la
Ciudad establecerá los procedimientos oportunos para garantizar el voto único e
individual.
(…)
Debiendo indicar lo
siguiente:
(…)
Fase 2ª: Publicación, plazo de alegaciones y
resolución:
Los proyectos presentados se
remitirán, conforme se reciban en la Plataforma de Participación Ciudadana, al
Director General y/o Técnico del área competente en función de la materia de
que se trate, debiéndose emitir informe en el plazo máximo de (5)
cinco días, desde la remisión del mismo, conforme al modelo adjunto, para ver la
viabilidad de dicho proyecto. Los proyectos que se estimen por informe
favorable, se publicarán en la Plataforma de Participación Ciudadana abriéndose
plazo de alegaciones de siete (7) días hábiles.
Fase 3ª: Votación de
proyectos
Resolución de las
alegaciones presentadas, en su caso, y publicación de la lista definitiva de
los proyectos que pasarán a la fase de votación final en la Plataforma de
Participación Ciudadana durante (10)
diez días hábiles.
La votación es la decisión
sobre los proyectos evaluados que deberán llevarse a cabo.
En la fase de votación,
todas las personas mayores de 16 años de edad empadronadas en Melilla pueden
votar proyectos para toda la ciudad. Se puede votar, aunque no se haya
participado en la presentación de proyectos y no es necesario ser residente en
un distrito para poder apoyar o votar los proyectos de ese distrito.
Para que el/los proyecto/s
consiga el apoyo o votos suficientes, se determinará previamente el porcentaje
mínimo por la Consejería de Distritos, Juventud y Participación Ciudadana. No
obstante, si no consiguiera el mínimo preestablecido y este resultará de
interés atendiendo a la población que alcance el proyecto podrá ser
seleccionado como otros de “interés público”.
La Administración de la
Ciudad establecerá los procedimientos oportunos para garantizar el voto único e
individual.
(…).
Conforme a lo expuesto y al
amparo de lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, según
el cual “las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en
cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores
materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”, vengo en proponer
al Consejo de Gobierno lo siguiente:
La
rectificación de la INSTRUCCIÓN PARA LA TRAMITACIÓN DE LA INICIATIVA DE PARTICIPACIÓN
CIUDADANA “PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS
MELILLA 2022-2023” DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, que se adjuntó como Anexo al
mismo, publicándose en BOME extraordinario núm. 54, de 6 de septiembre de 2022,
procediéndose a su publicación con las rectificaciones apuntadas.
ANEXO
INSTRUCCIONES
PARA LA PARTICIPACIÓN CIUDADADANA EN “LOS PRESUPUESTOS
PARTICIPATIVOS” DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA PARA EL EJERCICIO 2022-2023
1.
OBJETO.
La presente instrucción
tiene por objeto los aspectos procedimentales y técnicos de aplicación en los PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS MELILLA 2022-2023
que
formarán parte de los Presupuestos Generales de la Ciudad Autónoma de Melilla
2022.
2.
TRAMITACIÓN
DE LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS, APOYO O VOTO A PROYECTOS.
1.
Se establecerán los cauces necesarios para que cualquier persona mayor
de 16 años, empadronada en la ciudad de Melilla pueda presentar y/o votar un
proyecto de presupuestos participativos. Toda la información referente al
proceso podrá ser consultada en la web institucional.
2.
Asimismo, podrá presentar un proyecto cualquier asociación, fundación,
organización u otro tipo de entidad que, de acuerdo con el ordenamiento
jurídico, tenga atribuida personalidad jurídica. En este caso, estarán
obligadas a nombrar un único representante que deberá cumplir los mismos
requisitos del apartado anterior.
3.
FASES
DEL PROCESO DE PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS MELILLA 2022-2023.
Las fases del proceso son
las siguientes:
Fase 1ª: Presentación de proyectos: 1 mes desde la publicación
en el BOME.
Fase 2ª: Publicación, plazo de alegaciones y
resolución: Los
proyectos presentados se remitirán, conforme se reciban en la Plataforma de
Participación Ciudadana, al Director General y/o Técnico del área competente en
función de la materia de que se trate, debiéndose emitir informe en el plazo
máximo de (5) cinco
días, desde la remisión del mismo, conforme al modelo
adjunto, para ver la viabilidad de dicho proyecto. Los proyectos que se estimen
por informe favorable, se publicarán en la Plataforma de Participación
Ciudadana abriéndose plazo de alegaciones de siete (7) días
hábiles.
Fase 3ª: Votación de proyectos: Resolución de las
alegaciones presentadas, en su caso, y publicación de la lista definitiva de
los proyectos que pasarán a la fase de votación final en la Plataforma de
Participación Ciudadana durante (10) diez días hábiles.
Fase 4ª: Difusión de los proyectos más
votados:
Difusión tras la publicación de la lista definitiva de proyectos votados.
4.
DESARROLLO DE CADA UNA DE LAS FASES DEL PROCESO
Fase 1ª: Presentación de
proyectos
En la fase de presentación
de proyectos, cualquier persona que reúna los requisitos establecidos en al
apartado 1 de la presente instrucción, podrá presentar proyectos de gasto o
inversión, tanto para toda la Ciudad como para algún distrito o barrio,
referido a cualquiera de las siguientes materias:
Juventud, Educación,
Cultura, Infraestructuras, Urbanismo, Deporte, Medio Ambiente, Sostenibilidad,
Familia, Salud Pública, Bienestar Animal y Seguridad Ciudadana.
Los proyectos se presentarán
a través de la web institucional de Melilla, en el apartado de “Presupuestos
participativos Melilla 2022-2023” o en cualquiera de las Oficinas que conforman
la Red de Oficinas de Información y Atención al Ciudadano (OIAC) de la Ciudad,
mediante el correspondiente formulario disponible para este proceso.
El espacio web “Presupuestos
Participativos Melilla 2022-2023” contendrá el enlace a la Plataforma de
Participación Ciudadana con toda la información relativa a la fecha de
presentación de las propuestas, similitud de proyectos, plazos, progreso de
actuaciones y demás información relativa al proceso.
Solo podrán ser sometido a
votación los proyectos de “Presupuestos Participativos 2022-2023” conforme a lo
siguiente:
1.
Los proyectos que requieran para su ejecución la contratación de obras
no podrán superar (IPSI excluido) el importe de 40.000,00 €.
2.
Los proyectos que requieran para su ejecución la contratación de
suministros o servicios no podrán superar (IPSI excluido) el importe de 15.000,00
€.
Fase 2ª: Publicación, plazo de alegaciones y
resolución:
Los proyectos presentados se
remitirán, conforme se reciban en la Plataforma de Participación Ciudadana, al
Director General y/o Técnico del área competente en función de la materia de
que se trate, debiéndose emitir informe en el plazo máximo de (5)
cinco días, desde la remisión del mismo, conforme al modelo adjunto, para ver la
viabilidad de dicho proyecto. Los proyectos que se estimen por informe
favorable se publicarán en la Plataforma de Participación Ciudadana abriéndose
plazo de alegaciones de siete (7) días hábiles.
a) Fase 3ª: Votación de
proyectos
Resolución de las
alegaciones presentadas, en su caso, y publicación de la lista definitiva de
los proyectos que pasarán a la fase de votación final en la Plataforma de
Participación Ciudadana durante (10) diez días hábiles.
La votación es la decisión
sobre los proyectos evaluados que deberán llevarse a cabo.
En la fase de votación,
todas las personas mayores de 16 años de edad empadronadas en Melilla pueden
votar proyectos para toda la ciudad. Se puede votar, aunque no se haya
participado en la presentación de proyectos y no es necesario ser residente en
un distrito para poder apoyar o votar los proyectos de ese distrito.
Para que el/los proyecto/s
consiga el apoyo o votos suficientes, se determinará previamente el porcentaje
mínimo por la Consejería de Distritos, Juventud y Participación Ciudadana. No
obstante, si no consiguiera el mínimo preestablecido y este resultará de
interés atendiendo a la población que alcance el proyecto podrá ser
seleccionado como otros de “interés público”.
La Administración de la
Ciudad establecerá los procedimientos oportunos para garantizar el voto único e
individual.
b) Fase 4ª: Resultado final
tras la votación de los presupuestos participativos
El resultado final del
proceso se obtendrá tras la votación de todos los proyectos ordenados por
número de votos para la ciudad y/o para cada barrio. En cada listado se
seleccionarán los proyectos ordenados de mayor a menor en cuanto al número de
votos con que cuenten.
La selección final de
proyectos votados será publicada en la Plataforma de Participación ciudadana,
con descripción de las actuaciones que comprenden.
La selección final se
integrará en el Presupuesto General de la Ciudad Autónoma de Melilla.
La CONSEJERÍA DE DISTRITOS,
JUVENTUD Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA coordinará todo el proceso, siendo la
garante de su neutralidad y efectividad.
5.
SISTEMA DE VOTACIÓN
Para votar de forma
presencial en las Oficinas de Información y Atención al Ciudadano (OIAC) de la
Ciudad, se realizarán las comprobaciones necesarias para acreditar la identidad
y empadronamiento del votante.
Se podrán habilitar otros
medios de votación electrónica que se determinen por la Administración de la
Ciudad, que garanticen el cumplimiento de los requisitos necesarios para votar.
Una vez finalizada la
votación, la lista de proyectos resultantes se incluirá en los presupuestos
participativos de la Ciudad Autónoma de Melilla. El Gobierno asumirá de manera
vinculante lo decidido, incluyendo los proyectos seleccionados en sus
presupuestos.
Una vez publicados los
proyectos resultantes, se hará un seguimiento de cada uno de los mismos.
6.
INCOMPATIBILIDAD ENTRE PROYECTOS
Si se diese la circunstancia
de que dos o más de los proyectos elegidos fuesen incompatibles entre sí (por
la actuación a llevar a cabo o porque empatan en número de votos y no queda
presupuesto para realizar ambos), se llevará a cabo el que cuente con mayor
número de votos. Y si persistiese el empate, se seleccionará el primero
presentado.
7.
PROPIEDAD DE LOS PROYECTOS
Todos los proyectos y
documentos elaborados por los ciudadanos para su presentación en los
Presupuestos Participativos, serán propiedad de la Ciudad Autónoma de Melilla
quien podrá reproducirlos, publicarlos y divulgarlos total o parcialmente sin
que pueda oponerse a ello el autor del proyecto.
El autor del proyecto no
podrá hacer ningún uso o divulgación del proyecto presentado, ni de los
documentos que acompañen al mismo, bien sea en forma total o parcial, directa o
extractada, sin autorización expresa de la Administración.
El acto de presentación de
un proyecto supone para el/los autores del mismo, la imposibilidad de su
retirada unilateral posterior para ser votado y aprobado y ejecutado en su
caso.
8.
EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS
Todos los proyectos que
resulten finalmente seleccionados para su inclusión en los Presupuestos
Participativos serán gestionados y ejecutados por la Administración de la
Ciudad Autónoma de Melilla.
Publíquese
para su general conocimiento,
Melilla 20 de septiembre de 2022,
P.A. El Director General de Atención, Participación Ciudadana y
Juventud,
Abdelaziz Hammad Mohamed