ARTÍCULO Nº 867 (CVE: BOME-A-2022-867) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6003 - martes, 27 de septiembre de 2022 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE


Orden nº 2237, de fecha 22 de septiembre de 2022, relativa a la concesión de subvenciones institucionales, por procedimiento de concurrencia competitiva, para el desarrollo de programas y actividades físicas saludables no competitivas de la Ciudad de Melilla, para el ejercicio 2022.

BOME-P-2022-2965 Descargar página

 

El Excmo Sr. Consejero titular de la Consejería de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte, mediante Orden de 22/09/2022, registrada al número 2022002237, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte ha dispuesto lo siguiente:

 

ASUNTO: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES INSTITUCIONALES POR PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS Y ACTIVIDADES FÍSICAS SALUDABLES NO COMPETITIVAS EN LA CIUDAD DE MELILLA, PARA EL EJERCICIO 2022.

 

I.- Que con fecha 16 de Junio de 2017, el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, mediante Decreto registrado al número 201700091, ha tenido a bien disponer lo siguiente:

 

Habiendo sido aprobadas inicialmente por el Consejo de Gobierno, en sesión ejecutiva ordinaria, celebrada el día 7 de Abril de 2017, las Bases reguladoras de las Subvenciones institucionales para entidades implantadas en Melilla para el desarrollo de Programas y Actividades Físicas Saludables No Competitivas y sus Anexos I A IV, y publicadas en el BOME  núm. 5437, de 25 de Abril de 2017, éstas han pasado a ser definitivas, (publicadas en el BOME  núm. 5454, de fecha 23 de Junio de 2017), ante la falta de alegaciones en el plazo de informacíon  pública, por la aplicación de lo establecido en el artículo 77.2 del Reglamento de la Asamblea de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario núm.: 10, de fecha 19 de Mayo de 2012)

 

II.- Que con fecha 14 de Febrero de 2022, se procede, mediante Orden del Consejero de Infraestructura, Urbanismo y Deporte, registrada al número 2022000261,  a efectuar la Convocatoria correspondiente. (BOME número 5940 de 18 de Febrero de 2022).

III.- Que, por parte del que suscribe, se ha procedido a informar sobre el cumplimiento de los requisitos de las correspondientes solicitudes presentadas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.-2.3. de las correspondientes Bases.

IV.- Que con fecha 28 de Julio de 2022, se procede a la evacuación de dictamen del Órgano colegiado sobre las solicitudes presentadas, evaluándolas de acuerdo con el artículo 4.-2.4. de las correspondientes Bases.

V.- Que con fecha 2 de Agosto de 2022, y al amparo del artículo 4.-2.4. de las correspondientes bases, se procede a la Resolución provisional de las mismas.

VI.- Que con fecha 5 de Agosto de 2022, se procede a la publicación de la Resolución Provisional en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla, BOME núm  5988 (al amparo de lo dispuesto en el Artículo 4.-2.4. de las Bases y en el apartado Sexto de la correspondiente Convocatoria para el ejercicio 2021), se concederá un plazo de 10 días para presentar alegaciones, entre el día  06 de Agosto de 2022  al 22 Agosto  de 2022, ambos inclusives.

VII.- Transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior, se presenta una alegación que es estudiada y resuelta por la comisión de valoración, con fecha 07 de Septiembre de 2022, expediente 732/2022.

 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 732/2022, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

 

1º) La concesión de la siguiente convocatoria de subvenciones institucionales por procedimiento de concurrencia competitiva, para el desarrollo de programas y actividades físicas saludables no competitivas en la ciudad de melilla, para el ejercicio 2022.

BOME-P-2022-2966 Descargar página

ADMITIDOS

 

ENTIDAD

ACTIVIDADES FÍSICAS SALUDABLES

D. PSICOMOTOR E INTRODUCTORES A LA ACT. DEPORTIVA

PARTICIPACIÓN PRUEBAS POPULARES

TOTAL EUROS

ENTIDAD

ACTIVIDADES FÍSICAS SALUDABLES

DESARROLLO PSICOMOTOR E INTRODUCTORES A LAACTIVIDAD DEPORTIVA

PARTICIPACIÓN EN  ACTIVIDADES DEPORTIVAS  NO COMPETITIVAS Y PRUEBAS POPULARES

EUROS SUBVENCIÓN

 

PUNTOS

EUROS

PUNTOS

EUROS

PUNTOS

EUROS

 

F.M. HALTEROFILIA

29,08

3.043,35 €

3

227,85 €

-

-

3.271,20 €

C. VOLEIBOL

MELILLA

45,72

4.783,91 €

16

1.190,48 €

-

-

5.974,39 €

C. NATACION

LA SALLE

36,98

2.792,00 €

32

2.347,13 €

-

-

5.139,13 €

C. ATLETISMO

PLAYA MELILLA

26,49

2.771,71 €

18

1.344,54 €

-

-

4.116,25 €

F.M. GIMNASIA

0,00

0,00 €

4

319,05 €

-

-

319,05 €

C. GRD VIRKA

MELILLA

32,02

3.350,74 €

25

1.828,59 €

-

-

5.179,32 €

C.A. BADMINTON MELILLA

19,21

2.009,83 €

13

930,01 €

-

-

2.939,84 €

A. FEAFES MELILLA

16,60

1.736,59 €

-

-

-

-

1.736,59 €

C. LPV MELILLA HALTEROFILIA

26,15

2.736,79 €

-

-

-

-

2.736,79 €

C.D.E. CORREDORES AFRICANUS

30,28

3.168.35 €

25

1.816,12 €

17,14

395,26 €

5.379,72 €

C.D.E. 16 ENTRENADORES

33,62

1.800,00 €

-

-

-

-

1.800,00 €

F.M. NATACION

27,19

2.844,80 €

25

1.863,09 €

-

-

4.707,89 €

A. MINUSVALIDOS FISICOS

39,08

4.088,92 €

14

1.055,03 €

-

-

5.143,96 €

A.CD. SANTA RITA

26,48

1.700,00 €

-

-

39,00

899,21 €

2.599,21 €

F.M. ATLETISMO

34,81

3.642,80 €

11

793,37 €

-

-

4.436,17 €

C.D.E. MILENIUM FS

17,91

1.874,29 €

22

1.589,47 €

-

-

3.463,76 €

C.D.E. OLIMPO

FENIX

15,42

1.613,30 €

5

378,83 €

*

*

1.992,13 €

C.D.E. TEAM FUSION

24,57

2.571,45 €

11

772,02 €

-

-

3.343,47 €

C.D.E. LA SALLE EL CARMEN

37,43

2.900,00 €

34

2.482,58 €

39,57

912,38 €

6.294,96 €

C.D.E. HTRAINER

17,07

1.786,48 €

-

-

9,14

210,80 €

1.997,28 €

GRUPO AVENTURA MOTOR MELILLA

12,57

1.315,59 €

-

-

22,71

523,72 €

1.839,30 €

C.D.E. PESKAYAK MELILLA

22,99

2.405,41 €

-

-

-

-

2.405,41 €

A.MUJERES

MENOPAUSICAS

41,72

4.365,33 €

-

-

-

-

4.365,33 €

F.M. TRIATLON

19,71

2.062,82 €

18

1.344,54 €

-

-

3.407,35 €

F.M.

BALONCESTO

76,00

7.600,00 €

38

2.792,41 €

55,00

1.268,12 €

11.660,53 €

C.D.E. SPARTAN MELILLA

26,99

1.500,00 €

-

-

-

-

1.500,00 €

F.M.  PADEL

71,57

7.488,73 €

38

2.755,86 €

75,00

1.729,25 €

11.973,84 €

FUNDACIÓN SCYD  F.M.L. FUTBOL

68,82

7.201,76 €

39

2.866,88 €

44,14

1.017,79 €

11.086,42 €

C.D.E. TIRO

MOSQUETEROS

27,31

2.857,69 €

16

1.200,55 €

-

-

4.058,24 €

C.D.E. CEIP REAL

25,79

2.699,03 €

8

606,68 €

*

*

3.305,71 €

C.D.E. ENRIQUE SOLER

38,29

4.007,20 €

64

4.694,95 €

-

-

8.702,15 €

F.M. DE TENIS

-

-

38

2.760,13 €

-

-

2.760,13 €

C. D.E. MULTIESPORT MELILLA

***

***

32

2.332,79 €

*

*

2.332,79 €

C.D. PEÑA REAL MADRID

*

*

24

1.770,34 €

-

-

1.770,34 €

C.D.E, NTRA SRA. BUEN CONSEJO

*

*

22

1.591,00 €

-

-

1.591,00 €

CLUB D.E. INTERNACIONAL MELILLA

**

**

-

-

-

-

0,00 €

CLUB ATLÉTICO MELILLA

26.58

2.781,14 €

18

1.345,73 €

23,57

543,48 €

4.670,35 €

BOME-P-2022-2967 Descargar página

ENTIDADES DEPORTIVAS QUE SUS ACTIVIDADES NO SE AJUSTAN A LO ESTABLECIDO EN ACTIVIDADES FÍSICAS SALUDABLES

 

* NO PRESENTA PROGRAMA

** NO CUMPLE ATENDIENDO AL PRECEPTO DEL ARTÍCULO 3.3. a.

*** SEGÚN EL PROGRAMA PRESENTADO NO ES OBJETO SUBVENCIONABLE, AL PRESENTAR FINANCIACIÓN PROPIA.

 

EN PARTICIPACIÓN EN ACTIVIDADES DEPORTIVASNO COMPETITIVAS Y PRUEBAS POPULARES

 

* NO ES OBJETO DE LA CONVOCATORIA

 

2º) La denegación de las siguientes convocatoria de subvenciones institucionales por procedimiento de concurrencia competitiva, para el desarrollo de programas y actividades físicas saludables no competitivas en la ciudad de melilla, para el ejercicio 2022.

 

EXCLUIDOS

 

ENTIDAD

MOTIVO EXCLUSIÓN

ASOCIACIÓN SOCIEODUCATIVA MERAKI

NO CUMPLE ATENDIENDO AL PRECEPTO DEL ARTÍCULO 2.a

ASOCIACIÓN ANNOUR PARA SYOS

NO CUMPLE ATENDIENDO AL PRECEPTO DEL  ARTÍCULO 2.a

ASOCIACIÓN MELILLA INTEGRA

NO CUMPLE ATENDIENDO EL PRECEPTO DEL ARTÍCULO 5.6

CLUB D.E. PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD

NO CUMPLE ATENDIENDO EL PRECEPTO DEL ARTÍCULO 5.6

FEDERACIÓN MELILLENSE DE TAEKWONDO

NO CUMPLE ATENDIENDO EL PRECEPTO DEL ARTÍCULO 5.6

ASOCIACIÓN DE PORTEROS EL GUARDIAN

NO CUMPLE ATENDIENDO EL PRECEPTO DEL ARTÍCULO 4.1.-

CLUB D.E. AMIGOS DEL GOLF

NO CUMPLE ATENDIENDO EL PRECEPTO DEL ARTÍCULO 4.1.-

CLUB D.E, BALONMANO T- MARAVILLAS

NO CUMPLE ATENDIENDO EL PRECEPTO DEL ARTÍCULO 4.1.-

CLUB D.E, BALONMANO EL ACIRAS

NO CUMPLE ATENDIENDO EL PRECEPTO DEL ARTÍCULO 4.1.-

CLUB D.E. TAEKWONDO ZARIOUH

NO CUMPLE ATENDIENDO EL PRECEPTO DEL ARTÍCULO 4.1.-

CLUB D.E, RUNNERS TEAM

NO CUMPLE ATENDIENDO EL PRECEPTO DEL ARTÍCULO 4.1.-

 

Contra esta ORDEN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

 

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

 

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

 

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

 

Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla 23 de septiembre de 2022,

La Secretaria Técnica Acctal. de Infraestructuras, Urbanismo y Deportes,

Francisca Torres Belmonte