ARTÍCULO Nº 931 (CVE: BOME-A-2022-931) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6010 - viernes, 21 de octubre de 2022 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR ANIMAL - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR ANIMAL


Adenda de rectificación de errores materiales observados en la cláusula quinta del convenio de colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Asociación Adopciones de Melilla (ADOMEL), para desarrollo del proyecto de divulgación y concienciación sobre la implementación de colonias felinas e intervención no agresiva, para el descenso de la reproducción de gatos ferales.

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Esta Consejería, por acuerdo del órgano competente, ha procedido a la formalización de ADENDA DE RECTIFICACIÓN DE ERRORES MATERIALES OBSERVADOS EN LA CLÁUSULA QUINTA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN ADOPCIONES DE MELILLA (ADOMEL), PARA  DESARROLLO DEL PROYECTO DE DIVULGACIÓN Y CONCIENCIACIÓN SOBRE LA IMPLEMENTACIÓN DE COLONIAS FELINAS E INTERVENCIÓN NO AGRESIVA PARA EL DESCENSO DE LA REPRODUCCIÓN DE GATOS FERALES, habiendo sido inscrito en el Registro de Convenios de la Ciudad Autónoma de Melilla con número CON2200138, CON2200083 y los siguientes datos:

Consejería: CONSEJERIA DE POLITICAS SOCIALES, SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR ANIMAL

Datos de Aprobación:

Órgano

Número

Fecha

Entidad:

Consejo de Gobierno

2022000331

08/06/2022

 ES-G5203574-8 (ADOMEL)

Fecha de formalización convenio: 09/06/2022

Fecha de formalización adenda:      18/10/2022

De acuerdo con la normativa vigente de aplicación se procede a su publicación para su general conocimiento.

 

Melilla 19 de octubre de 2022,

El Secretario Técnico de Políticas Sociales y Salud Pública, P.A.,

Sergio Conesa Mínguez


 

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ANEXO

ADENDA DE RECTIFICACIÓN DE ERRORES MATERIALES OBSERVADOS EN LA CLÁUSULA QUINTA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN ADOPCIONES DE MELILLA (ADOMEL), PARA  DESARROLLO DEL PROYECTO DE DIVULGACIÓN Y CONCIENCIACIÓN SOBRE LA IMPLEMENTACIÓN DE COLONIAS FELINAS E INTERVENCIÓN NO AGRESIVA PARA EL DESCENSO DE LA REPRODUCCIÓN DE GATOS FERALES

Melilla, 18 de octubre de 2022

En la cláusula quinta del convenio de referencia, suscrito el día 9 de junio de 2022, entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Asociación Adopciones de Melilla (en adelante, ADOMEL) para  desarrollo del proyecto de divulgación y concienciación sobre la implementación de colonias felinas e intervención no agresiva para el descenso de la reproducción de gatos ferales, publicado en el BOMe nº  5979 de 5 de julio de 2022, se dice:

“…

QUINTA. PLAZO Y FORMA DE JUSTIFICACIÓN

Asociación ADOMEL de Melilla cumplirá las obligaciones que se establecen en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones y se comprometa a:

a)    Aplicar los fondos previstos en la cláusula segunda a los gastos correspondientes a la ejecución y desarrollo de los programas y actuaciones previstos en la cláusula primera de este convenio, los cuales fundamentan la concesión de esta subvención.

b)    Remitir a la Dirección General de Salud Pública y Consumo, la documentación que acredite la aplicación de la subvención a los fines para los ha sido concedida a través del presente convenio, se ha de realizar mediante la presentación de la siguiente documentación:

1.     La Justificación técnica. Plazo máximo 31/01/2022.

La justificación técnica incluirá un informe pormenorizado de las actividades realizadas, detallando el grado de cumplimiento de los compromisos asumidos y el impacto social de los mismos.

2.     La Justificación Económica. Plazo máximo 31/03/2022.

La justificación económica se realizará, a través de la cuenta justificativa de gastos, según el siguiente protocolo:

…”

Observado error material en la trascripción de los apartados que anteceden pero que no altera, en ningún caso, la cuantía del presupuesto total del programa al que se refiere dicho anexo, resulta:

El artículo 109 (revocación de actos y rectificación de errores) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dispone en su apartado segundo:

"Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos."

Por lo anteriormente expuesto, la redacción que debe figurar en la cláusula quinta del convenio será la siguiente:

“…

QUINTA. PLAZO Y FORMA DE JUSTIFICACIÓN

Asociación ADOMEL de Melilla cumplirá las obligaciones que se establecen en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones y se comprometa a:

a)    Aplicar los fondos previstos en la cláusula segunda a los gastos correspondientes a la ejecución y desarrollo de los programas y actuaciones previstos en la cláusula primera de este convenio, los cuales fundamentan la concesión de esta subvención.

b)    Remitir a la Dirección General de Salud Pública y Consumo, la documentación que acredite la aplicación de la subvención a los fines para los ha sido concedida a través del presente convenio, se ha de realizar mediante la presentación de la siguiente documentación:

3.     La Justificación técnica. Plazo máximo 31/01/2023.

La justificación técnica incluirá un informe pormenorizado de las actividades realizadas, detallando el grado de cumplimiento de los compromisos asumidos y el impacto social de los mismos.

4.     La Justificación Económica. Plazo máximo 31/03/2023.

La justificación económica se realizará, a través de la cuenta justificativa de gastos, según el siguiente protocolo:

…”

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De acuerdo con lo establecido en el art. 18.2 de la Ley 38/2003, de17 de noviembre, General de Subvenciones, la adenda de rectificación de errores materiales, firmada por las partes en prueba de su conformidad, deberá ser remitida para su publicación en la Base Nacional de Subvenciones para su oportuna publicidad

Y para que así conste y, en prueba de conformidad, las partes intervinientes firman la presente Adenda del Convenio en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.