ARTÍCULO Nº 951 (CVE: BOME-A-2022-951) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6012 - viernes, 28 de octubre de 2022 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE
Extracto de la resolución, de fecha 25 de octubre de 2022, por la que se convoca subvenciones, para la asistencia a competiciones deportivas desarrolladas fuera de la Ciudad de Melilla, para el ejercicio 2022.
TituloES: EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE FECHA 25 DE
OCTUBRE DE 2022 DEL CONSEJERO DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE, POR LA
QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES, PARA LA ASISTENCIA A COMPETICIONES DEPORTIVAS
DESARROLLADAS FUERA DE LA CIUDAD DE MELILLA PARA EL EJERCICIO 2022.
TextoES: BDNS(Identif.):655971
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b
y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se
publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en
la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/655971)
Primero.- Bases Reguladoras.- La presente convocatoria
se regirá por lo dispuesto en la misma, de conformidad con el artículo 23 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones (en adelante LGS), en
las Bases Reguladoras de las subvenciones institucionales para la asistencia a
competiciones deportivas desarrolladas fuera de la Ciudad de Melilla y sus
Anexos I a IV, publicadas en BOME núm. 5.464 de 28 de julio de 2017, en el
Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla, en
adelante RGSCAM, en la precitada LGS, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común, en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales y en las Bases de Ejecución del Presupuesto General de la
Ciudad Autónoma de Melilla.
Segundo.- Créditos Presupuestarios.- Para hacer frente
a los gastos dimanantes de la presente convocatoria se destinará inicialmente
la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL EUROS (150.000.-€), con cargo a la Partida
Presupuestaria 06/34100/48900, “Subvenciones al Deporte”, RC nº 12022000060160
del 06/10/2022.
Tercero.- Objeto, condiciones y finalidad de la
concesión.- Conforme establece el artículo 8 del RGSCAM, las actividades que
podrán ser subvencionados, son aquellas que se entienden englobadas en las
áreas “d)Deporte: son subvencionables los gastos derivados de la organización
de actos y actividades deportivas o relacionadas con la promoción del deporte”.
Cuarto.- Requisitos y forma de acreditarlos.- Las
solicitudes para el presente procedimiento de concesión de subvenciones en
régimen de concurrencia no competitiva se presentarán en la Oficina de
Información y Atención al Ciudadano, así como en cualesquiera de los registros
admitidos en la normativa vigente, dirigidas al Excmo. Sr.. Consejero de
Infraestructuras, Urbanismo y Deporte, debiendo reunir los requisitos y
documentación previstos en las Bases Reguladoras de las subvenciones institucionales
para la asistencia a competiciones deportivas desarrolladas fuera de la ciudad
de Melilla de entidades deportivos implantadas en la Ciudad Autónoma de
Melilla, así como aquella otra documentación, que de acuerdo con lo establecido
en el artículo 5.1.i) de las citadas bases, de manera específica se solicite a
través de la convocatoria.
Quinto.- Solicitudes.- El plazo general para la
presentación de solicitudes estará abierto a lo largo de todo el año, siempre y
cuando exista disponibilidad presupuestaria, estableciéndose en veinte (20)
días el período mínimo previo al desplazamiento en el que se debe realizar la
solicitud. En caso de que la clasificación para la competición se logre dentro
de los veinte días previos al desplazamiento, la entidad solicitante deberá
aportar certificación de la Federación Autonómica respectiva en el que haga
constar esta circunstancia, justificando de esta manera la presentación de la
solicitud con menor antelación de la establecida en estas bases reguladoras.Las
solicitudes estarán compuestas de la siguiente documentación:
clasificación para asistir al Campeonato de España para
el que se solicita la subvención, cuando no se trate de una competición por
selecciones autonómicas.j) Convocatoria de la competición por parte de la
respectiva Federación Nacional de la modalidad en cuestión, o del Consejo
Superior de Deportes, o las Bases de Competición respectiva, en las que
conste los criterios de participación y clasificación para la misma.k)
Certificado de la entidad solicitante firmado por el Secretario y con el VºBº
del Presidente en la que se establezca que está en posesión de los documentos
que acreditan que la entidad no se encuentra incursa en ninguna de las
prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su compromiso de
mantener tal condición durante la vigencia del periodo de la presente convocatoria.l)
Certificado de la entidad solicitante firmado por el Secretario y con el VºBº
del Presidente en el que conste una relación de deportistas y
entrenadores/técnicos, y en su caso, jueces, integrantes de la expedición
participante en el desplazamiento compuesta de los siguientes datos: iniciales,
número de DNI, fecha de nacimiento de cada uno y número de licencia federativa.
Igualmente, también se deberá certificar en el mismo documento que los
integrantes de la expedición han conseguido la clasificación deportiva para la
competición en cuestión de acuerdo a la convocatoria de la mismao sus
respectivas Bases de Competición.
Sexto.- Instrucción.- De acuerdo con el artículo 4.2 de
las Bases Reguladoras de las subvenciones institucionales para la asistencia a
competiciones deportivas desarrolladas fuera de la ciudad de Melilla, la
instrucción del procedimiento se llevará a efecto por un empleado público de la
Consejería de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte. Por parte del órgano
instructor se realizará una preevaluación, en la que se verificará el
cumplimiento de las condiciones impuestas para adquirir la condición de
beneficiario de la subvención, así como la existencia de disponibilidad
presupuestaria. Una vez efectuada ésta, procederá a realizar una valoración
estimativa del importe que podría corresponder como subvención en el caso de
reunir todos los requisitos el solicitante para ser beneficiario. De esta
valoración, se dará traslado al interesado, el cual podrá optar por renunciar a
la subvención solicitada para el desplazamiento en cuestión en caso de
considerar que la subvención no se ajusta a sus previsiones, o aceptar la
propuesta de resolución provisional, concediéndose un plazo de diez (10) días
hábiles para presentar alegaciones, salvo que no figuren en el procedimiento ni
sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las
aducidas por los interesados, supuesto en el que la propuesta de resolución
provisional formulada tendrá el carácter de definitiva.
Séptimo.- Órgano competente para la resolución.-
Conforme a lo previsto en el artículo 7.4 de las Bases Reguladoras, la
resolución del procedimiento se dictará, mediante Ordende la Excmo. Sr.
Consejero de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte, en el plazo máximo de seis(6)
meses que, por virtud de lo dispuesto en el artículo 17 del RGSCAM, se
computará a partir de la presentación de la solicitud por parte del interesado.
El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución, legitima
a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la
solicitud de concesión de la subvención (artículo 25.5 de la LGS y 17 del
RGSCAM). La mencionada resolución se practicará de acuerdo a lo establecido en
el artículo 45 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cumpliendo así con lo
establecido en el artículo 18 del RGSCAM en lo referente a la publicidad de las
subvenciones concedidas.
Octavo.- Publicidad.- Los beneficiarios deberán dar la
adecuada publicidad del carácter público de la financiación de los programas,
actividades, inversiones o actuaciones de cualquier índole que se lleven a cabo
con empleo de fondos provenientes de estas subvenciones, incluyendo en todas
sus comunicaciones, ya sean por escrito o a través de medios digitales o
informáticos, los logotipos de la imagen institucional de la Ciudad Autónoma de
Melilla incluidos en el Anexo IV de las bases reguladoras y la leyenda
siguiente: “Actividad/Programa subvencionado por”, insertando a continuación
los citados logotipos. Igualmente, en la indumentaria de competición con la que
se participe en los Campeonatos subvencionados a través de la presente
convocatoria, deberá aparecer en lugar preferente y bien visible la palabra “MELILLA”.
Noveno.- Justificación.- De acuerdo con el apartado
segundo del artículo 30 de la LGS, la rendición de la cuenta justificativa
constituye un acto obligatorio del beneficiario, en la que se deben incluir,
bajo responsabilidad del declarante, los justificantes de gasto o cualquier
otro documento con validez jurídica que permitan acreditar el cumplimiento del
objeto de la subvención pública. El plazo para presentar la justificación será
de quince (15) días desde el regreso del desplazamiento subvencionado. De
acuerdo con el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
transcurrido el plazo establecido de justificación sin haberse presentado
la misma ante el órgano administrativo competente, éste requerirá al
beneficiario para que en el plazo improrrogable de quince días sea presentada.
La falta de presentación de la justificación en el plazo establecido en este
apartado llevará consigo la exigencia del reintegro o la pérdida del derecho a
percibirla y demás responsabilidades establecidas en la Ley General de
Subvenciones. La presentación de la justificación en el plazo adicional
establecido en este apartado no eximirá al beneficiario de las sanciones que,
conforme a la Ley General de Subvenciones, correspondan.
Lugar de la Firma: MELILLA
Fecha de la Firma: 2022-10-25
Firmante: SR. DON. RACHID BUSSIAN MOHAMED EXCMO. SR.
CONSEJERO DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTES