ARTÍCULO Nº 959 (CVE: BOME-A-2022-959) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6012 - viernes, 28 de octubre de 2022 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE DISTRITOS, JUVENTUD, PARTICIPACIÓN CIUDADANA - CONSEJERÍA DE DISTRITOS, JUVENTUD, PARTICIPACIÓN CIUDADANA


Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 21 de octubre de 2022, relativo a la modificación del Plan Estratégico General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla, para el periodo 2020 - 2022.

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El Consejo de Gobierno, en sesión resolutiva Ordinaria celebrada el día 21 de octubre de 2022, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

PUNTO DÉCIMO NOVENO.- MODIFICACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE LAS AYUDAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA “PROYECTO EDUCATIVO PARA MUJERES Y NIÑOS” QUE CONSISTE EN PROPORCIONAR A LAS FAMILIAS UN TRATAMIENTO ESPECÍFICO E INTEGRADOR QUE PERMITA LA ADQUISICIÓN DE PAUTAS REHABILITADORAS QUE COMPENSEN LA SITUACIÓN DE RIESGO O DESPROTECCIÓN QUE PUEDA AFECTAR DIRECTA O INDIRECTAMENTE AL BIENESTAR DE LOS/AS MENORES  EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA PARA EL AÑO 2022.- El Consejo de Gobierno acuerda aprobar Propuesta de la Consejería de Distritos, Juventud y Participación Ciudadana, condicionando su plan de acción a lo que se establezca en el correspondiente convenio de colaboración previo informe de fiscalización de la Intervención, que literalmente dice:

MODIFICACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE LAS AYUDAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA “PROYECTO EDUCATIVO PARA MUJERES Y NIÑOS” QUE CONSISTE EN PROPORCIONAR A LAS FAMILIAS UN TRATAMIENTO ESPECÍFICO E INTEGRADOR QUE PERMITA LA ADQUISICIÓN DE PAUTAS REHABILITADORAS QUE COMPENSEN LA SITUACIÓN DE RIESGO O DESPROTECCIÓN QUE PUEDA AFECTAR DIRECTA O INDIRECTAMENTE AL BIENESTAR DE LOS/AS MENORES  EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA PARA EL AÑO 2022.

El Consejo de Gobierno acuerda aprobar Propuesta de la Consejería de Distritos, Juventud y Participación Ciudadana, que literalmente dice:

I.- Con fecha 03 de abril de 2020 se procede a la APROBACIÓN POR EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL PLAN ESTRATÉGICO GENERAL DE SUBVENCIONES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA PARA EL PERIODO 2020-2022 (BOME

Extraordinario número 11 de 03 de abril de 2020).

II.- El artículo 14 del citado Acuerdo establece que: “Tanto las modificaciones puntuales como anuales a las que sea necesario someter el presente plan se tramitarán por la Consejería correspondiente a la que afecte dicha modificación, elevando propuesta al Consejo de Gobierno, para su aprobación en virtud del Art.16.1.27 del Reglamento de Gobierno y Administración de la CAM (BOME Ext. n.º 2 de 30 de enero de 2017)”.

III.- Que el artículo 16.1.27 del Reglamento del Gobierno y la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla establece que le corresponde al Consejo de Gobierno: “La aprobación de la planificación estratégica en materia de subvenciones, así como la concesión directa de subvenciones a las que alude el artículo 22.2 de la Ley General de Subvenciones cuando igualen o superen la cuantía de 18.000 euros”.

IV.- Que el artículo 8 del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla establece que “serán subvencionables las actividades programadas en las convocatorias específicas, y referidas a las áreas de: En materia de Juventud: a) Desarrollo político económico, social, cultural, deportivo y artístico de la juventud. e) Elaboración de programa de desarrollo e integración de la Juventud (…).”

V.- Que la Ciudad Autónoma de Melilla pondera el interés público y social de subvencionar, mediante el régimen de concurrencia competitiva, las AYUDAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA DESTINADO A PROPORCIONAR A LAS FAMILIAS UN TRATAMIENTO ESPECÍFICO E INTEGRADOR QUE PERMITA LA ADQUISICIÓN DE PAUTAS REHABILITADORAS QUE COMPENSEN LA SITUACIÓN DE RIESGO O DESPROTECCIÓN QUE PUEDA AFECTAR DIRECTA O INDIRECTAMENTE AL BIENESTAR DE LOS/AS MENORES, mediante un sistema de ayudas para sufragar los costes destinados a cubrir los gastos necesarios para el desarrollo del programa.

VI.- Los objetivos generales que se pretenden alcanzar es, entre otros, prevenir y evitar el alto ratio de fracaso escolar y el abandono temprano de la escolarización obligatoria, apoyando actividades extraescolares que mitiguen las causas que provocan dicho absentismo y abandono escolar temprano, y potenciar la formación del colectivo de mujeres madres, que conlleven o faciliten la adquisición por parte de estas, de hábitos de conducta positivos y habilidades que permitan superar sus carencias formativas, al tiempo que se les facilita instrumentos para la adaptación a la sociedad actual, en especial en habilidades 
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sociales, relaciones con sus hijos menores, etc., todo ello, a través de la mediación, apoyo y asesoramiento a dichos colectivos.  

VII.- La Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, que aprueba el Estatuto de Autonomía establece en su artículo 5.2 que: “Las instituciones de la ciudad de Melilla, dentro del marco de sus competencias, ejercerán sus poderes con los siguientes objetivos básicos: a) La mejora de las condiciones de vida, elevación del nivel cultural y de trabajo de todos los melillenses. (…). c) Adoptar las medidas que promuevan la inversión y fomenten el progreso económico y social de Melilla, facilitando el empleo y la mejora de las condiciones de trabajo. (…).”

VIII.- Que con fecha 19 de Agosto de 2022 se emite informe justificativo de la Dirección General de Atención, Participación Ciudadana y Juventud. Debiendo constar en el expediente informe favorable de la Secretaría Técnica de la Consejería de Distritos, Juventud y Participación Ciudadana ajustándose a lo dispuesto en la Ley General de Subvenciones, el Reglamento General de Subvenciones de la

Ciudad Autónoma de Melilla, el Reglamento del Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y demás normativa de aplicación.

Por todo lo anterior y de conformidad con los documentos aportados al expediente, vengo en proponer al Consejo de Gobierno lo siguiente.

1º) La MODIFICACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO GENERAL DE SUBVENCIONES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA PARA EL PERIODO 2020-2022 vigente, concretamente en el apartado 1) CONSEJERÍA DE DISTRITOS, JUVENTUD Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA, se incluye:

Objetivo estratégico: Prevenir y evitar el alto ratio de fracaso escolar y el abandono temprano de la escolarización obligatoria, apoyando actividades extraescolares que mitiguen las causas que provocan dicho absentismo y abandono escolar temprano, y potenciar la formación del colectivo de mujeres madres, que conlleven o faciliten la adquisición por parte de estas, de hábitos de conducta positivos y habilidades que permitan superar sus carencias formativas, al tiempo que se les facilita instrumentos para la adaptación a la sociedad actual, en especial en habilidades sociales, relaciones con sus hijos menores, etc., todo ello, a través de la mediación, apoyo y asesoramiento a dichos colectivos.

·         Área de competencia: Consejería de Distritos, Juventud y Participación Ciudadana. Dirección General de Atención, Participación Ciudadana y Juventud.

·         Centro gestor: Dirección General de Atención, Participación Ciudadana y Juventud.

·         Sector al que se dirige la ayuda: Se ha desarrollado este proyecto en el que serán beneficiarios las empresas con personalidad jurídica, personas físicas que actúen como empresarios, fundaciones de la ley 50/2002 (26 de diciembre),federaciones deportivas, colegios profesionales, asociaciones y organizaciones representativas de sectores económicos y sociales, asociaciones  y organizaciones sin ánimo de lucro relacionadas y dedicadas a la atención a personas con diversidad funcional y/o a la atención de personas víctimas de  violencia de género.

·         Objetivos y efectos que se pretenden obtener: Proporcionar a las familias un tratamiento específico e integrador que permita la adquisición de pautas rehabilitadoras que compensen la situación de riesgo o desprotección que pueda afectar directa o indirectamente al bienestar de los/as menores

·         Plazo necesario para su consecución: En un primer plazo, las ayudas deberán resolverse antes del 31 de diciembre de 2022. Con posterioridad, deberán de mantenerse los compromisos inherentes a este programa de ayudas, y ser comprobadas las mismas por el órgano gestor.

·         Costes previsibles, ejercicio 2022: 185.000,00 Euros.

·         Aplicación presupuestaria: 04 23149 48900 (“CONVENIO ASOCIACIÓN CARIDAD VIRGEN DE LA LUZ”).

·         Aportación de otros entes: Estas ayudas se podrán cofinanciar con cargo a Fondos Europeos, a través de fondos de la Ciudad Autónoma de Melilla, o cualquier otro fondo proveniente de otra Administración, previa dotación presupuestaria, que vendrá determinado en la convocatoria correspondiente.

·         Plan de acción: Se prevén los siguientes:

a.- El abono de las subvenciones se realizará de la siguiente manera:

Tras la firma del presente convenio procederá a transferir a la Asociación de Caridad “Virgen de la Luz”” de Melilla, titular del C.I.F. núm. G-01981232, el 100% de la totalidad de la cantidad prevista en la cláusula tercera. (Con carácter previo al abono de la subvención debe verificarse la inexistencia de deudas con la Seguridad Social, Agencia Tributaria y Ciudad Autónoma)

El abono de la subvención se hará efectivo tras la firma del presente Convenio, y previa autorización por parte de Intervención de la Ciudad Autónoma de Melilla, en un único pago que tendrá naturaleza prepagable íntegramente, dadas las características de la entidad, que no dispone de otros medios de financiación para las actividades que se pretenden llevar a cabo y una vez informada favorablemente, previa entrega de la memoria de actividades y  acciones a realizar, por parte de la Dirección General competente de la Consejería de Distritos, Juventud y Participación Ciudadana.

Dada la naturaleza de la entidad a subvencionar, no se establece régimen alguno de garantía.

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Los intereses devengados por la subvención recibida hasta el momento del gasto deberán imputarse al objeto de la subvención previsto en el presente convenio.

b.- Forma de concesión: Convocatoria.

c.- Mecanismo de aplicación: Actuará como Bases reguladoras el Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla, publicado en BOME núm. 4.224, de 9 de septiembre de 2005.

·         Seguimiento y evaluación: o Sin perjuicio de las facultades de comprobación y control financiero que tengan atribuidas otros órganos competentes, tanto nacionales como comunitarios, la Ciudad Autónoma de Melilla podrá realizar las comprobaciones que considere precisas para la constatación del cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio y en la Convocatoria.

2º) Que se proceda a la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla.

 

 

Melilla 26 de octubre de 2022,

El Secretario Técnico de Distritos, Juventud y Participación Ciudadana P.A.,

Juan Luis Villaseca Villanueva