ARTÍCULO Nº 965 (CVE: BOME-A-2022-965) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6013 - martes, 1 de noviembre de 2022 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.


Resolución nº 3254, de fecha 27 de octubre de 2022, relativa a la constitución del órgano asesor para formular propuesta motivada por el órgano competente del cargo de personal directivo de Secretario Técnico de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte.

BOME-P-2022-3286 Descargar página

La titular de la Consejería de Presidencia y Administración Pública, mediante Orden/Resolución de 27/10/2022, registrada al número 2022003254, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

Habiendo finalizado el plazo de presentación de reclamaciones a las listas provisionales para tomar parte en el procedimiento de provisión de un puesto de personal directivo profesional de Secretario Técnico de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte, por el sistema de libre designación, publicado en el B.O.ME nº 5984, de 22 de julio de 2022, 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 21283/2022, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

1º.- Elevar a definitiva las listas provisionales publicadas en el B.O.ME número 6002, de 23 de septiembre de 2021.

2º.-  De conformidad con el artículo 60.5 del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extr. nº 2 de fecha 30 de enero de 2017), el órgano asesor para formular propuesta motivada al órgano competente del cargo de personal directivo de Secretario Técnico de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte, quedará constituido por los siguientes funcionarios de carrera:

-       D. José Luis Matías Estévez (Director Gral. de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo).

-       D. Eduardo Ganzo Pérez (Director Gral. de Obras Públicas).

-       D. Leonardo L. García Jiménez (Director General de Arquitectura).

Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se notifica para su publicación.

 

Melilla 28 de octubre de 2022,

El Secretario Técnico Acctal. de Presidencia y Administración Pública,

Francisco José Rubio Soler