ARTÍCULO Nº 969 (CVE: BOME-A-2022-969) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6013 - martes, 1 de noviembre de 2022 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
Resolución nº 3259, de fecha 27 de octubre de 2022, relativa a la abstención y sustitución como vocales suplentes en el tribunal de selección para la provisión en propiedad de dos plazas de cabo del Servicio de Extinción De Incendios, por el sistema de concurso - oposición, promoción interna.
La titular de la Consejería de Presidencia y Administración Pública,
mediante Orden/Resolución
de
27/10/2022, registrada al número 2022003259, en el Libro Oficial de
Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:
Visto el escrito de abstención formulado por Dª. Mª. Teresa Rosado López
así como la renuncia manifestada en la sesión constitutiva del Tribunal de
Selección de Sargento del SPEIS por D. Antonio Granados Comba, designados por
Orden nº 2983, de 10 de octubre de 2022, Vocales Suplentes en el Tribunal
Calificador de las pruebas selectivas para la provisión en propiedad de dos
plazas de Cabo del Servicio de Extinción de Incendios, por el sistema de
concurso-oposición, promoción interna, y considerando que concurren causas
justificadas para la abstención, según lo previsto en el artículo 23 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 8971/2022, en virtud
de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
1º.- Aceptar las abstenciones de Dª. Mª. Teresa Rosado López y D.
Antonio Granados Comba.
2º.- La sustitución, como Vocales Suplentes, de Dª.
Mª. Teresa Rosado López y D. Antonio Granados Comba por D. José Luis García
Sánchez y D. Malik Abdelkader Mohamed.
Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá
interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente
al de la notificación o publicación de la presente.
Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo.
Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la
Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del
Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla
(BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres
meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender
desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree
conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se notifica para su publicación.
Melilla 27 de octubre de 2022,
El Secretario Técnico Acctal. de Presidencia y
Administración Pública,
Francisco José Rubio Soler