ARTÍCULO Nº 970 (CVE: BOME-A-2022-970) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6013 - martes, 1 de noviembre de 2022 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.


Resolución nº 3261, de fecha 27 de octubre de 2022, relativa a la abstención y sustitución como vocal titular y nombramiento como vocal suplente en el tribunal calificador, para la provisión en propiedad de dos plazas de Técnico Economista, por el sistema de oposición libre.

BOME-P-2022-3291 Descargar página

El/La titular de la Consejería/Viceconsejería, mediante Orden/Resolución de 27/10/2022, registrada al número 2022003261, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

Visto el escrito de abstención formulado por D. Francisco J. Rubio Soler, designado por Orden nº 1859, de 5 de junio 2022, Vocal Titular en el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para la provisión en propiedad de dos plazas de Técnico Economista, por el sistema de oposición libre, y considerando que concurren causas justificadas para la abstención, según lo previsto en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 8561/2021, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

1º.- Aceptar la abstención de D. Francisco J. Rubio Soler.

2º.- La sustitución, como Vocal Titular, de D. Francisco J. Rubio Soler por D. Antonio Carmona Saavedra (que actúa en el mismo Tribunal de Vocal Suplente).

3º.- El nombramiento, como Vocal Suplente, de D. José A. Pérez Calabuig.

Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla 28 de octubre de 2022,

El Secretario Técnico Acctal. de Presidencia y Administración Pública,

Francisco José Rubio Soler