ARTÍCULO Nº 971 (CVE: BOME-A-2022-971) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6013 - martes, 1 de noviembre de 2022 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.


Resolución nº 3296, de fecha 27 de octubre de 2022, relativa a la abstención y sustitución como vocales titulares y nombramiento como vocales suplentes en el tribunal calificador, para la provisión de una plaza de sargento del servicio de extinción de incendios, prevención y salvamento, por el sistema de concurso - oposición, promoción interna.

BOME-P-2022-3292 Descargar página

La titular de la Consejería de Presidencia y Administración Pública, mediante Orden/Resolución de 27/10/2022, registrada al número 2022003296, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

Visto el escrito de abstención formulado por Dª. Mª. Teresa Rosado López así como la renuncia manifestada en la sesión constitutiva del Tribunal de Selección por D. Antonio Granados Comba, designados por Orden nº 2984, de 10 de octubre de 2022, Vocales Titulares en el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para la provisión en propiedad de una plaza de Sargento del Servicio de Extinción de Incendios, Prevención y Salvamento, por el sistema de concurso-oposición, promoción interna, y considerando que concurren causas justificadas para la abstención, según lo previsto en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 8976/2022, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

1º.- Aceptar las abstenciones de Dª. Mª. Teresa Rosado López y D. Antonio Granados Comba.

2º.- La sustitución, como Vocales Titulares, de Dª. Mª. Teresa Rosado López y D. Antonio Granados Comba por Dª. Mª. Ángeles Tascón Moreno y Dª. Antonia Calderón Barragán (que actúan en el mismo Tribunal de Vocales Suplentes).

3º.- El nombramiento, como Vocales Suplentes, de D. Manuel Martínez Ladaga y Dª. Natalia Martínez Ladaga.

Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se notifica para su publicación.

 

Melilla 28 de octubre de 2022,

El Secretario Técnico Acctal. de Presidencia y Administración Pública,

Francisco José Rubio Soler