ARTÍCULO Nº 991 (CVE: BOME-A-2022-991) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6014 - viernes, 4 de noviembre de 2022 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD


Orden nº 1442, de fecha 31 de octubre de 2022, relativa a la concesión de subvención para el tratamiento de biorresiduos recogidos separadamente para la obtención de biogás en el ámbito de la Ciudad de Melilla.

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CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN PARA EL TRATAMIENTO DE BIORRESIDUOS RECOGIDOS SEPARADAMENTE PARA LA OBTENCIÓN DE BIOGÁS EN EL ÁMBITO DE LA CIUDAD DE MELILLA (Publicación de Convocatoria en BOME nº 5980 de 08/07/2022).

Por Orden del Consejero de Medio Ambiente y Sostenibilidad de fecha 31 de octubre de 2022, registrada al número 2022001442 del Libro de Resoluciones No Colegiadas, DISPONE:

“Proceder a conceder la adjudicación de la presente subvención a la entidad CARTERA ESTACIONES MARITIMAS 2018 SOCIEDAD LIMITADA con CIF. B98972359 por importe de 658.218,45 € (Seiscientos cincuenta y ocho mil doscientos dieciocho con cuarenta y cinco euros) al cumplir con los requisitos de las bases de la convocatoria, con los siguientes condicionantes:

Primero. - El abono de la subvención se realizará con la presentación de las correspondientes certificaciones firmadas por la dirección facultativa y copia de la factura abonada acompañada de informe de evolución de la ejecución del proyecto, cronograma actualizado y el desglose de las partidas e importes ejecutados y pendientes de ejecutar. Se deberá de indicar de las partidas financiables, el importe ejecutado, aplicándole el porcentaje a financiar, para calcular el importe a abonar de financiación.

El abono de la subvención se realizará anualmente, presentando la documentación antes de la finalización del año correspondiente.

Segundo. - El abono de la subvención se realizará siempre que se hayan cumplido los siguientes requisitos o hitos:

HITOS A CUMPLIR

Hito 1.- Antes del 31/12/2022 se deberá de:

·         Disponer y presentar la correspondiente autorización como gestor de residuos y estar inscrito en el correspondiente Registro de Productores y Gestores de Residuos.

Hito 2.- Antes del 15/09/2023 deberá de informar sobre el grado de ejecución del proyecto y cronograma actualizado.

Hito 3.- Antes de la presentación de la primera factura para el abono de la subvención y a más tardar antes del 30/11/2024, se deberá de:

·         Disponer y presentar la correspondiente autorización del proyecto de la instalación de tratamiento para los residuos objeto de las subvenciones.

·         Disponer y presentar las correspondientes autorizaciones medioambientales que les sean de aplicación para la ejecución del proyecto.

·         Disponer y presentar las correspondientes autorizaciones de carácter sectorial que les sean de aplicación para la ejecución del proyecto (actividades, industria…).

·         Disponer y presentar la correspondiente licencia de obra y acta de inicio de obra de la instalación objeto de subvención.

Hito 4.- A la finalización del proyecto, el cual deberá de estar finalizado antes del 31/05/2026, se entregará el acta final de obras e instalaciones, así como la certificación final de las mismas.

A efectos de justificación de la adecuación del proyecto a los objetivos de residuos y de lucha contra el cambio climático, se entregará una memoria que incluya una estimación de las emisiones de gases de efecto invernadero evitadas y de las toneladas de residuos que contribuirían al cumplimiento de los objetivos en dicha materia, en concreto, los nuevos objetivos de preparación para la reutilización y reciclado de residuos municipales que se han fijado en el 55% para 2025.

Tercero. - Se deberá de cumplir todo lo establecido en las bases y en la legislación de aplicación de la convocatoria a los beneficiarios de subvenciones sujeto a la ley de subvenciones y al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como justificar el cumplimiento del principio DNSH.

Cuarto. - El incumplimiento de cualquiera de los hitos o de los requisitos establecidos para los beneficiarios en la normativa de aplicación de estas subvenciones podrá dar lugar a la devolución del total o parte de las cantidades abonadas al proyecto o la retirada de la subvención adjudicada.

Lo que se publica para su conocimiento y efectos, informando que  la presente Orden es definitiva en vía administrativa, quedando expedita la vía jurisdiccional contencioso-administrativa, pudiendo interponer 
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Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de 2 meses de conformidad con lo dispuesto en el art. 46 de la Ley 29/1998 de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación.

Lo dispuesto en los párrafos anteriores se entiende sin perjuicio de la posibilidad de los interesados de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime procedente.

 

Melilla 2 de noviembre de 2022,

El Secretario Técnico de Medio Ambiente y Sostenibilidad,

Juan Luis Villaseca Villanueva