ARTÍCULO Nº 1055 (CVE: BOME-A-2022-1055) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6019 - martes, 22 de noviembre de 2022 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD


Acuerdo de colaboración entre la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad, El Real Club Marítimo de Melilla y El Club Deportivo Elemental Travelkayac Melilla, para el uso de la ensenada de los galápagos en el seno del Proyecto "El kayac de mar como fuente de cultura y medio ambiente - turismo sostenible y paisaje en las rutas marinas de Carlos V".

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Esta Consejería, por acuerdo del órgano competente, ha procedido a la aprobación del ACUERDO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD DE LA CAM, EL REAL CLUB MARÍTIMO DE MELILLA Y EL CLUB DEPORTIVO ELEMENTAL TRAVELKAYAC MELILLA PARA EL USO DE LA ENSENADA DE LOS GALÁPAGOS EN EL SENO DEL PROYECTO “EL KAYAC DE MAR COMO FUENTE DE CULTURA Y MEDIO AMBIENTE – TURISMO SOSTENIBLE Y PAISAJE EN LAS RUTAS MARINAS DE CARLOS V”., habiendo sido inscrito en el Registro de Convenios de la Ciudad Autónoma de Melilla con número CON2200149 y los siguientes datos:

Consejería: CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD

Datos de Aprobación:

Órgano

Número

Fecha

Entidad:

Consejería

-

09/11/2022

 ES-G2990155-0 (CLUB MARITIMO DE MELILLA)

Fecha de formalización:  09/11/2022

De acuerdo con la normativa vigente de aplicación se procede a su publicación para su general conocimiento.

 

Melilla 17 de noviembre de 2022,

El Secretario Técnico de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad,

Juan León Jaén Lara

 

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ANEXO

ACUERDO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD DE LA CAM, EL REAL CLUB MARÍTIMO DE MELILLA Y EL CLUB DEPORTIVO ELEMENTAL TRAVELKAYAC MELILLA PARA EL USO DE LA ENSENADA DE LOS GALÁPAGOS EN EL SENO DEL PROYECTO “EL KAYAC DE MAR COMO FUENTE DE CULTURA Y MEDIO AMBIENTE – TURISMO SOSTENIBLE Y PAISAJE EN LAS RUTAS MARINAS DE CARLOS V”.

Melilla, Noviembre de 2022.

REUNIDOS

DE UNA PARTE: Dª. Yonaida Sell Lam, actuando como Viceconsejera de la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad de la CAM, provista de CIF S7900010E, con domicilio en C/ Palacio de la Asamblea s/n, 52001 Melilla.

Y, DE OTRA PARTE, D. Jerónimo Pérez Hernández, actuando en calidad de Presidente del Real Club Marítimo de Melilla, con NIF G2991550 y domicilio en C/ General Macías 2, 52001 Melilla.

Y DE OTRA, D. Manuel Soria González, actuando en calidad de Presidente del Club Deportivo Elemental Travelkayac Melilla, con NIF G02876613 y domicilio en C/ Gurugú 2, P1, 7ª, 52006 Melilla.

EXPONEN:

A.- Que la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad es el Departamento de la Ciudad Autónoma de Melilla competente, según lo establecido en Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 19 de diciembre de 2019, relativo a la aprobación del decreto de distribución de competencias entre consejerías de la Ciudad de Melilla, encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno, entre otras,  en las siguientes materias:

“…En materia de protección del medio ambiente: ... h) Investigación, biodiversidad y medio natural. i) Autorizaciones medioambientales. j) Vigilancia y control… m) Conservación y protección del medio natural…”

B.- Que el Real Club Marítimo de Melilla tiene como objetivos, entre otros, la práctica y difusión de los deportes náuticos: vela, kayac de mar y otros, cuya práctica, objetivos y derechos quedan regulados por la Ley 10/1990 del Deporte. Además, incardinado en la vida social de la Ciudad Autónoma de Melilla, contribuirá a ella mediante la organización de cursos culturales, reuniones, exposiciones y todo cuanto convenga al mejor desenvolvimiento de la sociedad melillense.

C.- Que el Club Deportivo Elemental Travelkayac Melilla, asociación privada sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para obrar en el cumplimiento de sus fines, tiene como objetivos, entre otros, la promoción del deporte del piragüismo y sus correspondientes modalidades deportivas.

D.- Que la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad de la CAM, el Real Club Marítimo de Melilla y el Club Deportivo Elemental Travelkayac Melilla, se encuentran interesados en colaborar, por lo que todas las partes suscriben el presente ACUERDO DE COLABORACIÓN con arreglo a las siguientes cláusulas:

PRIMERA: DENOMINACIÓN. Este acuerdo de colaboración, así como los objetivos y actividades que en él se van a desarrollar se denominará “EL KAYAC DE MAR COMO FUENTE DE CULTURA Y MEDIO AMBIENTE – TURISMO SOSTENIBLE Y PAISAJE EN LAS RUTAS MARINAS DE CARLOS V”., beneficiario de una subvención pública concedida por el Patronato de Turismo de la CAM, según convocatoria en régimen de concurrencia competitiva para el desarrollo de proyectos de interés turístico, Melilla una Historia Compartida 2022 (RESOLUCIÓN DEFINITIVA Nº 95, DE FECHA 5 DE SEPTIEMBRE DE 2022, RELATIVA A LA CONCESIÓN DE LA CONVOCATORIA EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE SUBVENCIONES PÚBLICAS, PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE INTERÉS TURÍSTICO, MELILLA UNA HISTORIA COMPARTIDA, 2022).

SEGUNDA: OBJETO. El objeto del presente acuerdo de colaboración pretende contribuir al conocimiento y divulgación de parte, tanto del Patrimonio Cultural de Melilla, como de la biodiversidad melillense.

TERCERA: DURACIÓN. Todas las partes de mutuo acuerdo convienen que la duración del mismo es desde el día de la firma hasta el 31 de diciembre de 2022, con posibilidad de prórroga.

CUARTA: DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO DE COLABORACIÓN.

Mediante la realización de rutas guiadas de mar, desde la Ensenada de los Galápagos hasta la zona ZEC de los Acantilados de Aguadú, se pretende:

1.- Contribuir al conocimiento de la de la biodiversidad melillense y su entorno, permitiendo así a la Ciudad Autónoma profundizar en la divulgación de parte de su biodiversidad y patrimonio natural.

La  Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad valora la participación social en materia de conservación y divulgación de la biodiversidad melillense,  y el trabajo voluntario de agentes de la sociedad civil, entre los 
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que se encuentran tanto el Real Club Marítimo de Melilla y el Club Deportivo Elemental Travelkayac Melilla.

Del mismo modo, se darán a conocer datos sobre otros espacios y especies terrestres protegidas, y que constituyen cuestión de interés para fortalecer las políticas públicas de conservación en el territorio de la Ciudad de Melilla.

-       Paisaje: Montes de Kebdana, Mar Chica-Restinga, Macizo del Gurugú, Macizo de Uixan, Acantilados ZEC de Aguadú, Cabo Tres Forcas.

-       Ecosistemas: Biocenosis y biotopos marinas y de litoral de la zona de Melilla. (Patella ferrugínea, Dendropoma paetrum, Larus audouinii, Tetraclinis articulata, Helliamtheus caput-felis…).

2.- Contribuir al conocimiento del Patrimonio Cultural melillense, a través de los siguientes contenidos explicativos a los usuarios del proyecto durante la realización de la Ruta hacia la zona norte de la costa melillense:

-      Distancia desde Ensenada de los Galápagos: 5,8 km. Distancia desde el Club Marítimo 11,6 km.

-      El Siglo XVI.- La Melilla del Emperador Carlos V. Explicación del Primer Recinto Fortificado. La Melilla del siglo XVI vista desde la perspectiva marina:

·        Las obras de Miser Benedito de Rávena, ingeniero militar que llega a Melilla el 10 de diciembre de 1533, con un encargo perfectamente definido por el Emperador Carlos V. Se le adjunta una detenida descripción de todas las obras a ejecutar, debiendo comenzar en el torreón de la Cal, San Juan, Las Cabras (hoy frente al Puerto) y de ahí hasta el torreón de San Sebastián (hoy baluarte de la Concepción).

·        Para explicar el Frente de Levante o de Mar. Se pretende explicar  la evolución de las fortificaciones desde la muralla medieval hasta la fortificación renacentista: Torreones de Bernal Francés, Bonete Chico, el de las Pelotas, murallas de Trápana y la Lengua de Sierpe y torreón de San Sebastián. Todos ellos aparentan ser un clásico castillo del medievo, pero ya cuentan con los elementos propios de los baluartes que reinarán en la poliorcética durante 300 años: troneras, cañoneras, terraplenos, rampas para subir las piezas artilleras y el hecho de entender el sistema amurallado como una interrelación de flanqueos. Puertas del Socorro (Hospital del Rey del siglo XVIII).

·        El Frente de Tierra, desde la Ensenada de los Galápagos. La muralla Real, el torreón del Frente de Tierra (o del repuesto de pólvora), el Foso y puerta de Santiago (visita a las galerías internas de la Puerta, si así lo autoriza el Patronato  de Turismo).  Salimos de la Ensenada y observamos los fuertes del Alto del Cubo: Victoria Grande, Victoria Chica y el Rosario (cierre del Cuarto Recinto Fortificado). Explicaciones de su origen, diseños abaluartados y asedio de Melilla de 1775.

QUINTA: DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES INTERVINIENTES

Para llevarlos a cabo, el Real Club Marítimo de Melilla y el Club Deportivo Elemental Travelkayac Melilla se comprometen a colaborar en la conservación de la biodiversidad local, en la de los hábitats naturales y urbanos, y de las especies incluidas en el Catálogo español de especies amenazadas de Melilla sobre las siguientes cuestiones:

1.- La biodiversidad de especies protegidas de la Ciudad de Melilla, incluyendo la observación de aves y otras especies marinas, además de flora y fauna de la Ciudad de Melilla.

2.- La Red Natura 2000 en Melilla.

3.- La promoción de la defensa del patrimonio natural en el territorio de Melilla y la divulgación del conocimiento de estos entre los usuarios del Proyecto.

De igual manera, La Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad podrá solicitar a la dirección del proyecto, la organización de rutas guiadas para grupos organizados por la misma, dentro de la programación del propio proyecto. 

Por su parte, la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad de la CAM procurará el apoyo material y humano necesario para el buen desarrollo de tales actividades, entre otras:

1.- La cesión de una llave de acceso a la Ensenada de los Galápagos, quedando sólo disponible para la ejecución de las salidas y la preparación de las rutas, limitando su uso a la dirección y monitores del proyecto que serán responsables de la pérdida o mal uso de esta. El uso de la Ensenada se realizará únicamente en horario diurno, desde la salida a la puesta de sol. Se respetarán las normas de navegación según las Ordenanzas Portuarias y legislación vigente en la materia y las embarcaciones realizarán la entrada y salida por la zona balizada a tal efecto, con el máximo cuidado de respetar las actividades de los bañistas. La seguridad de las actividades llevadas a cabo en el marco del proyecto correrá por cuenta de los organizadores de este, quedando la Consejería excluida de cualquier responsabilidad derivada del desarrollo del mismo, siendo necesario observar toda la normativa que sea de aplicación sectorial. La organización del proyecto avisará a la Consejería de cualquier incidencia o desperfecto que observe durante el uso del foso/playa, responsabilizándose de la vigilancia de la Ensenada en el período previo a la apertura al público de la misma en el caso de su utilización.

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2.- Además, procurará facilitar los permisos para realizar las actividades de conocimiento del medio natural dentro de los límites de la ZEC MarítimoTerrestre de los Acantilados de Aguadú (Red Natura 2000).

Todas las partes acordarán de manera consensuada la forma de difusión y/o publicidad de las actividades desarrolladas en el marco de dicha colaboración. Las imágenes y resultados cedidos por el Real Club Marítimo de Melilla y el Club Deportivo Elemental Travelkayac Melilla, no serán modificados bajo ningún concepto, y se reconocerá en todo momento la autoría de las imágenes y resultados cedidos.

La evaluación y seguimiento de la colaboración se realizará a la finalización del proyecto, mediante la presentación de una memoria final que analice el grado de consecución de los objetivos marcados y la conveniencia de implementación de otros en el futuro.

SEXTA: PROTECCIÓN DE DATOS

Todas las partes cumplirán en todo momento con la normativa y legislación vigente en materia  de protección de datos, su normativa de desarrollo y cuanta normativa resulte de aplicación en  cada momento.

SÉPTIMA: RESOLUCIÓN DEL ACUERDO.

El acuerdo de colaboración podrá ser resuelto por las siguientes causas:

a)     Por incumplimiento de cualquiera de las cláusulas del acuerdo. 

b)     Por mutuo acuerdo de las partes.

OCTAVA: FINANCIACIÓN.

El presente acuerdo no comporta de manera directa ningún desembolso económico por las partes que lo suscriben.

De conformidad con todo lo expuesto y acordado, en el ejercicio de las atribuciones de que son los titulares los firmantes, suscriben por triplicado el presente Acuerdo en el lugar y fecha al principio indicados.

Por la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad.

Fdo.: Yonaida Sell Lam

Por el Real Club Marítimo de Melilla                                                                                 Por el CDE Travelkayak Melilla.

Fdo.: Jerónimo Pérez Hernández.                                                                                                               Fdo.: Manuel Soria González.