ARTÍCULO Nº 1074 (CVE: BOME-A-2022-1074) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6021 - martes, 29 de noviembre de 2022 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD
Resolución nº 1376 de fecha 22 de noviembre de 2022, relativa a las bases de la convocatoria del Concurso de migas 2022.
La Excma. Sra. Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad,
mediante Resolución núm. 2022001376 de fecha 22 de noviembre de 2022, ha
resuelto lo siguiente:
ÚNICO:
La aprobación de la Convocatoria del Concurso de MIGAS 2022, que se regirá con
arreglo a lo siguiente:
BASES DE LA CONVOCATORIA DEL
CONCURSO DE MIGAS 2022
1º.-
Podrán participar en el Concurso cuantas personas o entidades lo deseen, de
manera individual o en grupo.
2º.-
Los concursantes deberán aportar todos los ingredientes que precisen para la
elaboración de las mismas, así como trípodes, sartenes, paellero, bombonas de
butano y/o otros elementos que se requiera. Las migas se cocinarán en el lugar
de celebración, no permitiéndose llevar ninguno de los ingredientes cortados
y/o previamente elaborados.
La organización proporcionará botelleros y un pack de productos de
degustación para los grupos de inscritos en el concurso, así como de un punto
de luz.
3º.-
El Área de Festejos de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad
proveerá de un espacio situado en una de las calles peatonales del centro de la
ciudad (que se comunicará previamente a los inscritos), acondicionado para el
buen desarrollo del concurso y perfectamente señalizado.
Todos los participantes deberán ubicarse en dicho espacio habilitado.
4º.-
El concurso se celebrará el día 17 de diciembre de 2022. Los participantes
podrán empezar a realizar sus migas a partir de las 10:00h, comenzando a
catarlas el jurado a partir de las 13:30h. El jurado recorrerá los distintos stands
de migas para catarlas y deliberar. Los participantes aceptarán que sus migas
sean degustadas por todos los miembros que forman parte del jurado.
5º.-
Jurado. El Órgano Colegiado competente para efectuar la propuesta de concesión
de los premios estará constituido por un Jurado integrado por la Consejera de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad o persona en quien delegue, que actuará
como Presidente, y por un número impar de profesionales o expertos de prestigio
en la rama o disciplina del certamen.
Actuará como Secretario del Jurado, con voz y sin voto, el Secretario
Técnico de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, u otro
funcionario habilitado para dar fe de las actuaciones.
La designación del Jurado se efectuará mediante Orden de la Consejera de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad y su composición podrá hacerse pública
en el momento de la emisión del fallo.
6º.-
En cuanto a los criterios de valoración, el Jurado puntuará a los candidatos en
función a la presentación, tipicidad, materia prima, texturas, aromas y
sabores.
7º.-
La inscripción en el concurso se llevará a cabo en las oficinas del Área de
Cultura (C/ Cervantes nº7, horario de 09:00-13:00h de lunes a viernes) o bien
presentarla a través de SEDE ELECTRÓNICA, pudiendo acceder desde
www.melilla.es, necesitando para su utilización un certificado digital válido o
cl@ve firma (https://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html).
Para su presentación vía Sede Electrónica pueden utilizar el trámite
online “INSTANCIA GENERAL”. Se deberá indicar
el concurso al que se inscribe.
El plazo de presentación de las solicitudes será desde el día de la
publicación de este anuncio en el Boletín Oficial hasta las 23:59 horas del 04
de diciembre 2022.
8º.-
Se concederán a juicio del Jurado los siguientes premios:
·
Un primer premio de 500€
·
Un segundo premio de 400€
·
Un tercer premio de 300€
Al importe de dichos premios se les aplicará las retenciones previstas
en la vigente legislación. Desde la Dirección General de Cultura y Festejos se
requerirá, con posterioridad al fallo del Jurado, certificado de titularidad
bancaria a nombre de la persona o entidad inscrita, así como una copia del DNI
o CIF.
Los premios podrán ser declarados desiertos por el jurado.
9º.-
Fallo. El fallo del Jurado será inapelable y se hará público a través de las
redes sociales de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad
durante la celebración de las Fiestas Navideñas. El mismo, de conformidad con
la Base 30ª del apartado II de las Bases Reguladoras de las Subvenciones para
el Desarrollo de Proyectos de Interés General y de Certámenes o Concursos en el
ámbito de actuación de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes (BOME
4460 de 14/12/07), se publicará en el Boletín Oficial de Melilla.
10º.-
El área de Festejos de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad
y el Jurado se reservan el derecho de adoptar cualquier iniciativa que, sin
estar regulada en las presentes bases, contribuya al mayor éxito del Concurso,
sin que contra sus decisiones pueda formularse reclamación alguna.
11º.-
La convocatoria del presente concurso se regirá por las BASES REGULADORAS DE
LAS SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE INTERÉS GENERAL Y DE
CERTÁMENES O CONCURSOS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
U COLECTIVOS SOCIALES (BOME núm. 4460, de 14 de diciembre de 2007). La
inscripción en esta edición del concurso implica la total aceptación por sus
participantes de las presentes bases y convocatoria, así como la resolución por
la organización de cualquier problema no recogido en éstas.
Estando la presente convocatoria destinada a una pluralidad
indeterminada de personas que pudieran estar interesadas en concurrir a la
misma, se ordena su publicación, en aplicación del art. 45, de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones
Públicas.
La presente Orden no agota la vía administrativa y contra la misma podrá
interponerse recursos de alzada en el plazo de un mes, a computar al día
siguiente de su publicación, ante el Presidente de la Ciudad Autónoma de
Melilla, como Órgano Competente para resolverlos o ante esta Consejera, que
deberá elevarlo con su informe a la Presidencia, de acuerdo con los artículos
121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos
Común de las Administraciones Públicas y artículo quinto del Reglamento de
Organización Administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME
extraordinario nº 13 de 7 de mayo de 1999).
Melilla 23 de noviembre de 2022,
El Secretario Técnico de Educación, Cultura,
Festejos e Igualdad,
Juan León Jaén Lara