ARTÍCULO Nº 1078 (CVE: BOME-A-2022-1078) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6021 - martes, 29 de noviembre de 2022 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD
Resolución nº 1378 de fecha 22 de noviembre de 2022, relativa a las bases de la convocatoria del Concurso de decoración navideña de fachadas 2022.
La Excma. Sra. Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad,
mediante Resolución núm. 2022001378 de fecha 22 de noviembre de 2022, ha
resuelto lo siguiente:
ÚNICO:
La aprobación de la Convocatoria del CONCURSO DE DECORACIÓN NAVIDEÑA DE
FACHADAS 2022, que se regirá con arreglo a lo siguiente:
BASES DE LA CONVOCATORIA DEL
CONCURSO DE DECORACIÓN NAVIDEÑA DE FACHADAS 2022
1º.-
Podrá concurrir cualquier vecino de la Ciudad Autónoma de Melilla que disponga
en su vivienda de una fachada con vistas a la calle y elementos que se presten
a ser decorados como ventanas o balcones. Quedan excluidas las fachadas de
establecimientos empresariales (comercios, hostelería, etc).
2º.-
Los participantes no podrán colaborar con otros residentes del inmueble en caso
de viviendas no unifamiliares, siendo la participación únicamente permitida a
unidades de convivencia.
3º.-
Cada participante podrá presentar una sola fachada y la decoración debe
ajustarse a las ventanas, balcones y fachadas correspondientes a su vivienda, sin
molestar al vecindario.
4º.-
Las decoraciones tendrán que estar ubicadas en la parte principal de la fachada
y no se permitirán decoraciones en los patios interiores o en viviendas cuyas
fachadas no puedan observarse desde la calle.
5º.-
Sólo se permitirán decoraciones relacionadas con motivos navideños propios de
estas fechas.
6º.-
La decoración deberá estar expuesta para ser observada por el jurado desde el
día 10 de diciembre de 2022 y deberá seguir expuesta en la fachada hasta el día
6 de enero de 2023.
7º.-
El jurado realizará las visitas a las diferentes fachadas participantes a
partir del día 10 de diciembre de 2022.
8º.-
El jurado, en su labor de selección de los premiados del presente concurso,
valorará fundamentalmente los siguientes factores:
-
Diseño y originalidad
-
Montaje
-
Complejidad
-
Estética
-
Creatividad
-
Ambientación navideña
9º.-
Jurado. El Órgano Colegiado competente para efectuar la propuesta de concesión
de los premios estará constituido por un Jurado integrado por la Consejera de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad o persona en quien delegue, que actuará
como Presidente, y por un número impar de profesionales o expertos de prestigio
en la rama o disciplina del certamen.
Actuará como Secretario del Jurado, con voz y sin voto, el Secretario
Técnico de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, u otro
funcionario habilitado para dar fe de las actuaciones.
La designación del Jurado se efectuará mediante Orden de la Consejera de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad y su composición podrá hacerse pública
en el momento de la emisión del fallo.
10º.-
La inscripción en el concurso se llevará a cabo en las oficinas del Área de
Cultura (C/ Cervantes nº7, horario de 09:00-13:00h de lunes a viernes) o bien
presentarla a través de SEDE ELECTRÓNICA, pudiendo acceder desde
www.melilla.es, necesitando para su utilización un certificado digital válido o
cl@ve firma (https://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html).
Para su presentación vía Sede Electrónica pueden utilizar el trámite
online “INSTANCIA GENERAL”. Se deberá indicar
el concurso al que se inscribe.
El plazo de presentación de las solicitudes será desde el día de la
publicación de este anuncio en el Boletín Oficial hasta las 23:59 horas del 04
de diciembre 2022.
11º.-
Se concederán a juicio del Jurado los siguientes premios:
·
Un primer premio de 600€
·
Un segundo premio de 500€
·
Un tercer premio de 400€
·
Tres accésit de 200€
Al importe de dichos premios y accésits se les aplicará las retenciones
previstas en la vigente legislación. Desde la Dirección General de Cultura y
Festejos se requerirá, con posterioridad al fallo del Jurado, certificado de
titularidad bancaria a nombre de la persona inscrita, así como una copia del
DNI.
Los premios o accésit podrán ser declarados desiertos por el jurado.
12º.-
Fallo. El fallo del Jurado será inapelable y se hará público a través de las
redes sociales de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad
durante la celebración de las Fiestas Navideñas. El mismo, de conformidad con
la Base 30ª del apartado II de las Bases Reguladoras de las Subvenciones para
el Desarrollo de Proyectos de Interés General y de Certámenes o Concursos en el
ámbito de actuación de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes (BOME
4460 de 14/12/07), se publicará en el Boletín Oficial de Melilla.
13º.-
El área de Festejos de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad
y el Jurado se reservan el derecho de adoptar cualquier iniciativa que, sin
estar regulada en las presentes bases, contribuya al mayor éxito del Concurso,
sin que contra sus decisiones pueda formularse reclamación alguna.
14º.-
La convocatoria del presente concurso se regirá por las BASES REGULADORAS DE
LAS SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE INTERÉS GENERAL Y DE
CERTÁMENES O CONCURSOS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
U COLECTIVOS SOCIALES (BOME núm. 4460, de 14 de diciembre de 2007). La
inscripción en esta edición del concurso implica la total aceptación por sus
participantes de las presentes bases y convocatoria, así como la resolución por
la organización de cualquier problema no recogido en éstas.
Estando la presente convocatoria destinada a una pluralidad indeterminada
de personas que pudieran estar interesadas en concurrir a la misma, se ordena
su publicación, en aplicación del art. 45, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
de Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones Públicas.
La presente Orden no agota la vía administrativa y contra la misma podrá
interponerse recursos de alzada en el plazo de un mes, a computar al día
siguiente de su publicación, ante el Presidente de la Ciudad Autónoma de
Melilla, como Órgano Competente para resolverlos o ante esta Consejera, que
deberá elevarlo con su informe a la Presidencia, de acuerdo con los artículos
121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos
Común de las Administraciones Públicas y artículo quinto del Reglamento de Organización
Administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario nº 13 de 7
de mayo de 1999).
Melilla 23 de noviembre de 2022,
El Secretario Técnico de Educación, Cultura,
Festejos e Igualdad,
Juan León Jaén Lara