ARTÍCULO Nº 1084 (CVE: BOME-A-2022-1084) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6021 - martes, 29 de noviembre de 2022 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD
Resolución nº 1381 de fecha 22 de noviembre de 2022, relativa a las bases de la convocatoria del Concurso de belenes 2022.
La Excma. Sra. Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad,
mediante Resolución núm. 2022001381 de fecha 22 de noviembre de 2022, ha
resuelto lo siguiente:
ÚNICO:
La aprobación de la Convocatoria del Concurso de Belenes 2022, que se regirá
con arreglo a lo siguiente:
BASES DE LA CONVOCATORIA DEL
CONCURSO DE BELENES 2022
1º.-
Podrán participar en el Concurso de Belenes 2022 cuantas personas o entidades
lo deseen encuadrándose en una de las siguientes seis categorías:
1.
Particulares
2.
Acuartelamientos
3.
Colegios e institutos
4.
Asociaciones y Entidades Culturales
5.
Asociaciones de Vecinos
6.
Entidades Religiosas
El lugar donde se instale el Belén presentado debe corresponder a la
categoría elegida, lo que implica que los Belenes de los Particulares deben
estar instalados en el domicilio de la persona inscrita y los Belenes de las
entidades deben estar instalados en la sede de la entidad inscrita. Será motivo
de exclusión del presente Concurso los Belenes que no estén instalados
siguiendo estas consideraciones.
2º.-
Se establecen los siguientes premios para cada una de las categorías
·
Primeros premios de 600 €
·
Segundos premios de 500 €
·
Terceros premios de 400 €
Aquellos Belenes que no tengan un mínimo de calidad artística, a
criterio del Jurado, podrán ser descalificados.
Asimismo se concederá un accésit para cada categoría, de 200 € cada uno,
a las propuestas que, debido a su buena elaboración, sean elegidas por el
Jurado y que no hayan sido premiadas en alguna de las categorías descritas.
Estos premios de buena elaboración deberán tener un mínimo de calidad artística
y podrá calificarse como desierto si el Belén presentado no posee una calidad
mínima.
Al importe de dichos premios y accésits se les aplicará las retenciones
previstas en la vigente legislación. Desde la Dirección General de Cultura y
Festejos se requerirá, con posterioridad al fallo del Jurado, certificado de
titularidad bancaria a nombre de la persona o entidad inscrita, así como una
copia de DNI o CIF.
3º.-
Todas las entidades que concurran tendrán la obligación de mostrar sus trabajos
a los ciudadanos que así lo requieran.
Los belenes tendrán que estar expuestos desde el día 6 de diciembre de
2022 hasta el 6 de enero de 2023 en el horario que la entidad estime oportuno.
4º.-
Jurado. El Órgano Colegiado competente para efectuar la propuesta de concesión
de los premios estará constituido por un Jurado integrado por la Consejera de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad o persona en quien delegue, que actuará
como Presidente, y por un número impar de profesionales o expertos de prestigio
en la rama o disciplina del certamen.
Actuará como Secretario del Jurado, con voz y sin voto, el Secretario
Técnico de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, u otro
funcionario habilitado para dar fe de las actuaciones.
La designación del Jurado se efectuará mediante Orden de la Consejera de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad y su composición podrá hacerse pública
en el momento de la emisión del fallo.
5º.-
Fallo. El fallo del Jurado será inapelable y se hará público a través de las
redes sociales de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad
durante la celebración de las Fiestas Navideñas. El mismo, de conformidad con
la Base 30ª del apartado II de las Bases Reguladoras de las Subvenciones para
el Desarrollo de Proyectos de Interés General y de Certámenes o Concursos en el
ámbito de actuación de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes (BOME
4460 de 14/12/07), se publicará en el Boletín Oficial de Melilla.
6º.-
El Jurado, en su labor de selección de los premiados del presente concurso,
valorará fundamentalmente los siguientes factores:
-
Originalidad y espectacularidad en el montaje y paisajismo
-
Laboriosidad y materiales utilizados
-
Creatividad
-
Presentación y ornamentación
-
Variedad, colorido e iluminación
-
Ambientación navideña y estilo
-
Adecuación a los elementos tradicionales locales
7º.-
Las fechas previstas para la visita del Jurado son las siguientes:
- Viernes 9 de diciembre de
2022
·
Colegios e institutos. (Turno de Mañana)
·
Acuartelamiento. (Turno de Mañana)
·
Particulares. (Turno de Tarde)
- Lunes 12 de diciembre de
2022
·
Asociación de Vecinos. (Turno de Tarde)
·
Asociaciones y entidades Culturales. (Turno de Tarde)
·
Entidades Religiosas. (Turno de Tarde)
8º.-
La inscripción en el concurso se llevará a cabo en las oficinas del Área de
Cultura (C/ Cervantes nº7, horario de 09:00-13:00h de lunes a viernes) o bien
presentarla a través de SEDE ELECTRÓNICA, pudiendo acceder desde
www.melilla.es, necesitando para su utilización un certificado digital válido o
cl@ve firma (https://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html).
Para su presentación vía Sede Electrónica pueden utilizar el trámite
online “INSTANCIA GENERAL”. Se deberá indicar
el concurso y categoría al que se inscribe.
El plazo de presentación de las solicitudes será desde el día de la
publicación de este anuncio en el Boletín Oficial hasta las 23:59 horas del 04
de diciembre 2022.
9º.-
El área de Festejos de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad
y el Jurado se reservan el derecho de adoptar cualquier iniciativa que, sin
estar regulada en las presentes bases, contribuya al mayor éxito del Concurso,
sin que contra sus decisiones pueda formularse reclamación alguna.
10º.-
La convocatoria del presente concurso se regirá por las BASES REGULADORAS DE LAS
SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE INTERÉS GENERAL Y DE CERTÁMENES
O CONCURSOS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN U
COLECTIVOS SOCIALES (BOME núm. 4460, de 14 de diciembre de 2007). La
inscripción en esta edición del concurso implica la total aceptación por sus
participantes de las presentes bases y convocatoria, así como la resolución por
la organización de cualquier problema no recogido en éstas.
Estando la presente convocatoria destinada a una pluralidad
indeterminada de personas que pudieran estar interesadas en concurrir a la
misma, se ordena su publicación, en aplicación del art. 45, de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones
Públicas.
La presente Orden no agota la vía administrativa y contra la misma podrá
interponerse recursos de alzada en el plazo de un mes, a computar al día
siguiente de su publicación, ante el Presidente de la Ciudad Autónoma de
Melilla, como Órgano Competente para resolverlos o ante esta Consejera, que
deberá elevarlo con su informe a la Presidencia, de acuerdo con los artículos
121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos
Común de las Administraciones Públicas y artículo quinto del Reglamento de
Organización Administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME
extraordinario nº 13 de 7 de mayo de 1999).
Melilla 23 de noviembre de 2022,
El Secretario Técnico de Educación, Cultura,
Festejos e Igualdad,
Juan León Jaén Lara