ARTÍCULO Nº 1095 (CVE: BOME-A-2022-1095) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6022 - viernes, 2 de diciembre de 2022 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE DISTRITOS, JUVENTUD, PARTICIPACIÓN CIUDADANA - CONSEJERÍA DE DISTRITOS, JUVENTUD, PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Convenio de colaboración de subvención excepcional directa entre la Consejería de Distritos, Juventud y Participación Ciudadana y la entidad Raíz Digital SL.
Esta Consejería, por acuerdo del órgano competente,
ha procedido a la aprobación del CONVENIO DE COLABORACIÓN DE SUBVENCIÓN
EXCEPCIONAL DIRECTA ENTRE LA CONSEJRIA DE DISTRITOS, JUVENTUD Y PARTICIPACIÓN
CIUDADANA Y LA ENTIDAD RAÍZ DIGITAL SL., habiendo sido inscrito en el Registro
de Convenios de la Ciudad Autónoma de Melilla con número CON2200158 y los
siguientes datos:
Consejería: CONSEJERIA DE
DISTRITOS, JUVENTUD, PARTIC CIUDADAN
Datos de Aprobación:
Órgano Número Fecha Entidad: |
Consejo de Gobierno 2022000629 30/11/2022 ES-B8784006-2 (RAIZ DIGITAL, S.L.)
ES-B9317754-1 (SEÑOR MUÑOZ S.L.) ES-B3239631-9 (MODERA MEDIA S.L.) |
Fecha de formalización: 30/11/2022
De acuerdo con la normativa vigente de aplicación
se procede a su publicación para su general conocimiento.
Melilla
1 de diciembre de 2022,
El
Secretario Técnico de Distritos, Juventud y Participación Ciudadana P.A.,
Juan
Luis Villaseca Villanueva
ANEXO
CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO
«MELILLA, RAÍCES DIGITALES» EN EL MARCO
DE TRANSICIÓN HACIA UN NUEVO MODELO ECONÓMICO
EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA A TRAVÉS DE LA ESPECIALIZACIÓN PROFESIONAL DE LAS PERSONAS JÓVENES EN ENTORNOS DIGITALES Y TECNOLÓGICOS
Consejería de Distritos,
Juventud y Participación Ciudadana como la Consejería o la Administración Pública
como Grupo Raíz Digital o la Entidad Colaboradora
En Melilla, a 30 de
noviembre de 2022
CONVENIO DE COLABORACIÓN
En Melilla, a 30 de
noviembre de 2022
REUNIDOS
De una parte,
El Excmo. Sr. Mohamed Ahmed Al Lal, Consejero de Distritos, Juventud y
Participación Ciudadana de la Ciudad Autónoma de Melilla, por Decreto del
Presidente número 377 de fecha 13 de diciembre de 2019 (B.O.M.E. extraordinario
número 42, de 13 de diciembre de 2019). Debidamente facultado para este acto
por Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 19 de diciembre de 2019 relativo a
la aprobación del Decreto de distribución de competencias entre Consejerías de
la Ciudad Autónoma de Melilla (B.O.M.E. extraordinario número 29, de 19 de
diciembre de 2019).
De otra parte,
D. José Manuel Regueiro Bolaño, mayor de edad, de nacionalidad española,
actuando en nombre y representación de Raíz Digital, S.L. (en adelante, “Grupo Raíz Digital”), con Número de Identificación Fiscal (NIF) B–87840062 y domicilio
social en calle San Bernardo, número 123, Código Postal 28015, de Madrid. Actúa
en su condición de Administrador Solidario de Grupo Raíz Digital, en virtud de
Escritura Pública otorgada ante el Notario de Madrid, D. Enrique Hernanz Vila,
en fecha 21 de agosto de 2019 bajo el número de su protocolo 2.216.
EXPONEN
PRIMERO.- La Constitución Española
dispone en sus artículos 40 y 48, entre los principios rectores de la política
económica y social que impone nuestro modelo de Estado social, que los poderes
públicos promoverán las condiciones favorables para el progreso social y
económico de sus territorios, y que, de manera especial, realizarán una
política orientada al pleno empleo y promoverán las condiciones necesarias para
la participación libre y eficaz de la juventud en el desarrollo social y
económico, entre otros. Asimismo, la Ley Orgánica de Estatuto de Autonomía de
Melilla dispone en el apartado 2 de su artículo 5, entre los objetivos básicos
de la Ciudad Autónoma de Melilla, que las instituciones públicas ejercerán sus
poderes para mejorar las condiciones de vida, elevación del nivel cultural y de
trabajo de todos los melillenses, promover las condiciones adecuadas para
facilitar la participación de los melillenses en la vida económica y social de
Melilla, promover la inversión y fomentar el progreso económico y social de
Melilla, facilitando el empleo y la mejora de las condiciones de trabajo.
SEGUNDO.- En virtud del Acuerdo de
Consejo de Gobierno de 19 de diciembre de 2019 sobre la aprobación del Decreto
de distribución de competencias entre Consejerías de la Ciudad Autónoma de
Melilla (B.O.M.E. extraordinaria número 43, de 19 de diciembre de 2019) la
Consejería de Distritos, Juventus y Participación Ciudadana ostenta, entre
otras, las competencias de carácter general destinadas al desarrollo de
programas y la concesión y gestión de subvenciones en materias propias de la
Consejería.
De manera señalada, conforme se establece en el apartado 7.2.3 del
referido Decreto, la Consejería ejercerá las competencias propias necesarias
para el desarrollo económico y social de la juventud melillense, la
participación activa de la juventud e implementación de programas para la
obtención de los fines previstos, el fomento del asociacionismo juvenil y la
elaboración de programas de desarrollo e integración de la juventud de la
Ciudad Autónoma de Melilla.
TERCERO.- Conforme a los últimos datos
publicados por el Instituto Nacional de Estadística (“INE”)
en el segundo trimestre del presente año 2022 en la Ciudad Autónoma de Melilla
la tasa de personas desempleadas en el grupo poblacional de menores de 20 años
ascendía al 100%, en el grupo poblacional de menores de 25 años ascendía al
56,90 % y en el grupo poblacional de personas entre 25 y 54 años ascendía al
22,61 %. Datos que revelan un notable déficit en el desarrollo económico de la
juventud melillense y en la integración social de los referidos grupos
poblacionales.
digitales y tecnológicos, que forma parte del Grupo Proeduca, compañía
cotizada en el BME Growth y líder mundial en formación online en habla hispana
e integrada por la Universidad Internacional de la Rioja (UNIR), la Universidad
en Internet, el Centro Universitario Internacional de Madrid (CUNIMAD), KSchool
y la MIU City University Miami, entre otros.
QUINTO.- Que, sobre la base de los
objetivos marcados en el Plan Estratégico Melilla 20202029 aprobado el 6 de
octubre de 2021 en el grupo de trabajo de planificación de la Asamblea de
Melilla (en adelante, el “Plan Estratégico de Melilla 2029”), la notoria y actual
situación económicosocial de la Ciudad Autónoma de Melilla demanda la
elaboración de programas de desarrollo a fin de impulsar el necesario cambio de
modelo económico de la ciudad, concediendo especial atención a las personas
desempleadas, y, entre ellas, a la población joven melillense en edad de
trabajar para lograr su correcto desarrollo e integración socio-económica en
todos los niveles de la vida.
De esta forma, conscientes de la nueva realidad socio-económica en la Ciudad
Autónoma de Melilla tras los perniciosos efectos de la pandemia del COVID–19 y
los pormenores administrativos de la aduana comercial con el país vecino,
aprovechando el especial interés y la habilidad de la población joven con las
herramientas y los entornos digitales, se hace necesario desarrollar e impulsar
diferentes programas que permitan transformar el tejido empresarial de la
Ciudad Autónoma de Melilla mediante el apoyo y fomento de la innovación
tecnológica y digital, y la competitividad en nuevos sectores del mercado, como
una forma de explotar el talento, apoyar la creación de empresas y el
autoempleo, impulsar las iniciativas de la población joven (con especial
atención a las personas desempleadas), la tecnología y los nuevos entornos
digitales, y apoyar la internacionalización de la economía melillense, como
acciones prioritarias para el desarrollo de una política de estímulo económico,
teniendo en cuenta el retorno que después esos recursos generan sobre el empleo
y la actividad empresarial, consolidando, diversificando y enriqueciendo el
ecosistema innovador de la Ciudad Autónoma de Melilla y, en general, la
generación de bienestar, riqueza y crecimiento social en la ciudad.
SEXTO.- Que, la Consejería tiene la
necesaria voluntad política y un especial interés en apoyar el desarrollo y
progreso socio-económico de la población melillense (con especial énfasis
respecto a las personas jóvenes) mediante la promoción de la Ciudad Autónoma de
Melilla como territorio geográfico de talento joven y destino para la atracción
de talento innovador, un emplazamiento geográfico para empresas y profesionales
con capacidades de alto rendimiento y potencial, en el que se fomenta la
innovación digital y tecnológica en sentido amplio, mediante el apoyo al tejido
empresarial promoviendo el autoempleo local, la consolidación de pymes y
grandes empresas innovadoras nacionales e internacionales, así como de startups emergentes, y como foco de
innovación digital y tecnológica implicando al sector público, sector privado,
universidades, escuelas de negocios, centros de formación especializados,
centros de investigación, participación ciudadana, etc.
SÉPTIMO.- Que, la Consejería y Grupo
Raíz Digital coinciden en la importancia y la necesidad de desarrollar una
relación de colaboración eficaz que facilite el logro de objetivos de interés
común, a fin de logar el desarrollo y progreso socio-económico de la población
melillense (con especial énfasis respecto a las personas jóvenes) y permitir la
posible implantación progresiva de una sociedad filial de Grupo Raíz Digital en
la ciudad, que contribuya a que la Ciudad Autónoma de Melilla sea un punto de
creación y atracción de talento para profesionales, empresas y startups innovadoras que forjen una
imagen nacional e internacional de la Ciudad Autónoma de Melilla como ciudad
digital, próspera y creativa.
OCTAVO.- Que, la colaboración
prevista en el presente Convenio está orientada a contribuir en el desarrollo
socio-económico de la población joven melillense mediante la innovación digital
y tecnológica, y son el mejor vehículo para informar a la comunidad nacional e
internacional sobre las numerosas ventajas de la Ciudad Autónoma de Melilla y
su población, como emplazamiento geográfico preferente y recursos humanos con
talento, para afrontar los desafíos (actuales y futuros) y las demandas del
mercado en los diferentes entornos digitales y tecnológicos.
NOVENO.- Que, a la vista del objetivo
previsto en el presente Convenio, teniendo en consideración los Presupuestos
Generales de la Ciudad Autónoma de Melilla aprobados por Acuerdo de la Excma.
Asamblea de fecha 17 de febrero de 2021, relativo a la aprobación definitiva de
los presupuestos generales de la Ciudad Autónoma de Melilla para el ejercicio
2022, publicado en B.O.M.E. extraordinaria número 5, de 4 de febrero de 2022,
y, en particular, lo previsto en el Plan estratégico general de subvenciones de
la Ciudad Autónoma de Melilla para el periodo 2020 – 2022, en el que se
encuentra la aplicación presupuestaria 01 33440
48900 (SUBVENCIONES JUVENTUD) por un importe máximo de Cuatrocientos Ochenta y
Cinco Mil Euros (485.000,00 Euros), según RC SUBVENCIONES número
12022000051878, de 04 de octubre del 2022, expedido por el Sr. Interventor
General de la Ciudad Autónoma de Melilla, por dicho importe, para la
realización de un programa especial de habilitación y formación profesional
oficial en entornos digitales y tecnológicos destinado preferentemente a la
población joven melillense para su consiguiente inserción laboral a fin de
coadyuvar a la transformación del tejido empresarial de la Ciudad Autónoma de
Melilla como territorio geográfico de talento joven y destino para la atracción
de pymes y grandes empresas nacionales e internacionales, así como de startups emergentes, en busca de
talento innovador con habilidades digitales.
Con fecha 20 de septiembre del 2022 se procede por parte del Sr.
Consejero de Distritos, Juventud y Participación Ciudadano a la incoación de un
expediente de subvención directa con carácter excepcional por razones de
interés general por el mismo concepto y mismo importe.
DÉCIMO.- Que, de manera previa a la
formalización del presente Convenio, en los términos previstos en el artículo
31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, habida
cuenta de la limitada existencia en el mercado de instituciones de expertos
digitales que reúnan las especiales características necesarias para ofrecer la
habilitación profesional pretendida y los acuerdos ya existentes entre las dos
entidades mencionadas, Grupo Raíz Digital ha informado a la Consejería, y esta
última ha autorizado, la específica contratación de EDIX Educación para el
desarrollo del programa «MELILLA, RAÍCES DIGITALES» mediante la impartición por
parte de EDIX Educación de diferentes programas de formación en habilidades
digitales.
UNDÉCIMO.- Que la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, así como su Reglamento, aprobado por Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, y la jurisprudencia del Tribunal Supremo (por
todas, la Sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 14 de noviembre
de 2011, recurso 1/2008, FJ 3), posibilitan y regulan la concesión de
subvenciones directas con carácter excepcional por razones de interés general.
Que el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, prevé la posibilidad de que se puedan conceder subvenciones de
forma directa con carácter excepcional cuando concurran razones de interés
público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que
dificulten su convocatoria pública, como ocurre en el presente supuesto que nos
ocupa. Que el artículo 28.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, establece que los convenios serán el instrumento habitual para
canalizar esta modalidad de subvenciones. Que el artículo 65.3 del Real Decreto
887/2006, de 21 de julio, determina que "el acto de concesión o el convenio tendrá el
carácter de bases reguladoras de la concesión a los efectos de lo dispuesto en
la Ley General de Subvenciones".
En virtud de lo expuesto, las partes intervinientes otorgan y suscriben de
mutuo acuerdo el presente Convenio de colaboración para la transformación del
tejido empresarial de la Ciudad Autónoma de Melilla mediante la promoción de la
ciudad como territorio geográfico idóneo de talento joven y destino para la
atracción de pymes y grandes empresas nacionales e internacionales, así como de
startups emergentes, en busca de
talento innovador con habilidades en entornos digitales y tecnológicos (en
adelante, el “Convenio” o el “Convenio de
Colaboración”),
y, asimismo, al amparo de lo dispuesto en el artículo 19 del Reglamento General
de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla, en relación con los artículos
22.2 y 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
justificado en razones de interés general, que se desarrollará con arreglo a
las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. Objeto del Convenio
El presente Convenio tiene por objeto regular el sistema de colaboración
entre la Ciudad Autónoma de Melilla, a través de la Consejería, y Grupo Raíz
Digital, para el desarrollo del programa «MELILLA,
RAÍCES DIGITALES».
Señaladamente, el presente Convenio tiene por objeto regular la
colaboración entre las partes en la promoción de la Ciudad Autónoma de Melilla
como ciudad de innovación digital y tecnológica en el mercado español e
internacional con el objeto de contribuir a que la Ciudad Autónoma de Melilla
sea un lugar de creación de empleo a nivel local y un foco de atracción de
empresas nacionales e internacionales en busca de talento en entornos
digitales, y de colaboración para profesionales y entusiastas de los negocios
digitales y de la tecnología con un destacado interés en soluciones de
adaptación tecnológica y en nuevas formas de impulsar la transformación digital
de su negocio, forjando una imagen internacional de Melilla como ciudad
abierta, digital, creativa y conectada al mundo.
SEGUNDA. Derechos y obligaciones de
las partes
Derechos de la Consejería
·
Comunicar las actividades o acciones derivadas del presente Convenio de
Colaboración a través de los medios que considere oportunos.
·
Utilizar imágenes de cualquier evento empresarial, mesas redondas,
charlas, coloquios profesionales y/o ferias de negocios en entornos digitales
(en esta Cláusula Segunda, los “proyectos” o “eventos”),
que se pudieran realizar con ocasión del presente Convenio de Colaboración en
la comunicación y publicidad de cualquiera de sus servicios.
·
Posibilidad de instalar elementos gráficos propios en las zonas
reservadas a la Consejería o al Ayuntamiento de la Ciudad Autónoma de Melilla
en los lugares en los que se pudieran celebrar cualquier proyecto o evento, al
amparo del presente Convenio de Colaboración.
·
Utilizar la denominación, logotipos y marcas de Grupo Raíz Digital en
publicidad de cualquier evento, proyecto o programa, pudiéndolos asociar a su
marca durante la vigencia del presente Convenio para indicar la presente
relación de colaboración.
Obligaciones de la Consejería
·
Colaborar con Grupo Raíz Digital en la organización de los programas,
proyectos o eventos que se realicen al amparo del presente Convenio de
Colaboración.
·
Designar a un responsable para coordinar las actuaciones, impulsando la
celebración de proyectos o eventos y la participación activa de todos los
actores implicados, colaborando en su realización. La designación no implicaría
dedicación exclusiva del funcionario a ese proyecto o evento.
·
La posibilidad de insertar información relativa al desarrollo de este
Convenio en la página web de la Consejería y en otros medios de comunicación
que fomenten la visibilidad y presencia de Grupo Raíz Digital como colaborador
en el mismo.
Derechos de Grupo Raíz Digital
·
Utilizar la denominación, logotipo o marca del Ayuntamiento de la Ciudad
Autónoma de Melilla y/o de la Consejería, en la publicidad del presente
Convenio o de los proyectos y/o eventos que se pudieran celebrar al amparo del
mismo, pudiéndolos asociar a su marca durante la vigencia del presente Convenio
para indicar la relación de colaboración en relación con el programa «MELILLA, RAÍCES DIGITALES».
·
Recibir las aportaciones que pudieran estar asociadas al programa «MELILLA, RAÍCES DIGITALES», de conformidad con lo previsto en el presente
Convenio de Colaboración.
Obligaciones de Grupo Raíz Digital
·
Compartir su conocimiento en el sector de los negocios digitales y su
experiencia en la generación de una comunidad transnacional de innovación, para
el diseño de acciones e implementación de políticas creadas por el Ayuntamiento
de la Ciudad Autónoma de Melilla y la Consejería en beneficio de la población
melillense, con la finalidad de contribuir al mejor desarrollo socio-económico
de su población joven y a la transformación del tejido empresarial de la
ciudad.
·
Cumplir con los compromisos adquiridos en relación con el programa «MELILLA, RAÍCES DIGITALES», de conformidad con lo previsto en el presente
Convenio de Colaboración.
·
Comunicar las actividades o acciones derivadas del presente Convenio a
través de los medios que considere oportunos.
·
Coordinar los actos de inauguración y clausura del programa «MELILLA, RAÍCES DIGITALES», intentando de manera preferente elegir momentos
de mayor presencia mediática en beneficio de la promoción de la Ciudad Autónoma
de Melilla.
·
Presencia destacada de la imagen del Ayuntamiento de la Ciudad Autónoma
de Melilla y/o de la Consejería en todas las comunicaciones relativas al
programa «MELILLA, RAÍCES DIGITALES» que se produzcan al amparo
del presente Convenio de Colaboración: mailings, folletos, photocalls, espacios web y, en su caso, en el
monográfico con la cobertura posterior del programa.
·
Difundir a su base de datos información acerca de las iniciativas
locales por parte de la Consejería en el ámbito de la innovación digital y/o
tecnológica y apoyo a startups y pymes en relación con el presente Convenio de Colaboración.
·
Cumplir con el criterio de selección que se rige por el estricto orden
de entrada de solicitudes, sin la necesidad de formación previa del usuario y
cuyo requisito fundamental es la verificación de padrón de los usuarios en la
Ciudad Autónoma de Melilla.
TERCERA. Plazo de duración
El presente Convenio tendrá un plazo de duración de un (1) año, a contar
desde la fecha de firma del mismo.
CUARTA. Aportaciones y compromisos económicos
Con carácter general, la colaboración prevista para el desarrollo
institucional del programa «MELILLA, RAÍCES DIGITALES» no comportará ningún tipo
de aportación o compromiso económico en concepto de contraprestación o
remuneración de servicios por parte de la Consejería a favor de Grupo Raíz
Digital.
No obstante, de lo anterior se excluye la subvención directa con
carácter excepcional por razones de interés general a favor de Grupo Raíz
Digital detallada en el anterior Expositivo Noveno y en la siguiente Cláusula
Décima para la realización del programa especial de habilitación y formación
profesional oficial en entornos digitales y tecnológicos destinado
preferentemente a la población joven melillense para su consiguiente inserción
laboral a fin de coadyuvar a la transformación del tejido empresarial de la
Ciudad Autónoma de Melilla.
El presente Convenio no supone ni implica la existencia de vínculo
laboral alguno entre las partes contratantes ni entre los empleados o los
profesionales contratados por cualquiera de ellas respecto a las demás partes
contratantes. La única relación que se pretende crear en virtud del presente
Convenio es una relación de colaboración público-privada en los términos
establecidos en el artículo 48 y siguientes de la LRJSP, con plena
independencia y autonomía de las partes entre sí, así como entre las partes y
los empleados o personas dependientes de cada una de ellas.
QUINTA.- Modificación del Convenio
Conforme a lo dispuesto en el artículo 49.g) de la LRJSP, cualquier
modificación que afecte al contenido del presente Convenio requerirá el acuerdo
unánime de todas las partes firmantes.
SEXTA.- Protección de datos
Las partes firmantes se comprometen a respetar y cumplir con las
obligaciones que les correspondan en materia de protección de datos de carácter
personal y, en especial, con las obligaciones dictadas al amparo de Reglamento
(UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016,
relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al
tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y por
el que se deroga la Directiva 95/46/CE (en adelante, el “RGPD”),
así como con las obligaciones de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (en
adelante, la “LOPDP”).
En concreto, las partes se comprometen expresamente a actuar con la
debida diligencia en el tratamiento de los datos de carácter personal a los que
pudiera tener acceso como consecuencia de las obligaciones asumidas bajo el
presente Convenio y, en consecuencia, se obligan a aplicar las más eficientes
medidas en la protección de los datos de carácter personal a los que pudieran
tener acceso.
Los titulares de los datos podrán ejercer sus derechos de acceso,
rectificación, cancelación y/u oposición en las direcciones electrónicas que se
indican a continuación:
Consejería de Distritos, Juventud y
Participación Ciudadana: distritos@melilla.es
Raíz Digital, S.L.: mkonfire@raiz.es
SÉPTIMA.- Imposibilidad sobrevenida para el cumplimiento del Convenio
En caso de que los compromisos y objeto del Convenio no puedan llevarse
a cabo por imposibilidad sobrevenida de cumplir las obligaciones derivadas del
mismo, por causas materiales o legales, las partes pactarán la forma de
terminar las actuaciones en curso que menos perjudique a los intereses de las
partes y en defecto de acuerdo se someterán a la jurisdicción de los Juzgados
de lo Contencioso-Administrativo de Melilla.
OCTAVA.- Resolución del Convenio y efectos
El presente Convenio se extinguirá por el cumplimiento de las
actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en alguna de las
siguientes causas de resolución:
1.
El transcurso del plazo de vigencia inicial o prorrogado del Convenio.
2.
El acuerdo unánime de las partes, en cuyo caso y en función de la fase
de ejecución en que se produzca la resolución, las partes pactarán la forma de
terminar las actuaciones en curso que menos perjudique a los intereses locales.
3.
La imposibilidad sobrevenida, legal o material, de cumplir las
obligaciones derivadas del objeto del Convenio.
4.
La decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.
Los efectos de la resolución del Convenio se regirán por lo dispuesto en
el artículo 52 de la LRJSP. La resolución del convenio por los motivos
expresados en los números 1, 2 y 3 no tendrá efectos sobre las partes.
NOVENA.- Comisión de seguimiento
Al objeto de llevar a cabo el seguimiento, control y coordinación de las
actuaciones previstas en este Convenio de Colaboración, así como la resolución
de las cuestiones que pudieran suscitarse durante su vigencia en relación con
la interpretación y el cumplimiento del mismo, se creará una comisión de
seguimiento que estará integrada por dos personas designadas por la Consejería
y otras dos personas designadas por Grupo Raíz Digital.
El funcionamiento de esta comisión se regirá por las normas contenidas en
los artículos 15 y siguientes de la LRJPS. La comisión se reunirá cuando se
estime conveniente y, en todo caso, siempre que una de las partes lo solicite
al objeto de abordar la relación de acciones y actividades que se realicen al
amparo del presente Convenio y resolver las incidencias que pudieran surgir en
la celebración de los eventos o proyectos y acciones o cualquier otra cuestión
que pudiera suscitarse.
DÉCIMA.- SUBVENCIÓN Y CRÉDITO PRESUPUESTARIO
A. Cuantía de la subvención
La Ciudad Autónoma de Melilla, a través de la Consejería, con cargo a su
aplicación presupuestaria 01 33440 48900 (SUBVENCIONES JUVENTUD) del presente ejercicio 2022, aportará una cantidad máxima de
Cuatrocientos Ochenta y Cinco Mil Euros (485.000,00 €), para la realización del
programa oficial de especialización profesional en habilidades digitales y
actuaciones que figuran en el Anexo A, disponiendo RC subvenciones número
12022000051878 de fecha de 04 de octubre
del 2022, en concepto de “Convenio de Colaboración para el desarrollo del
programa «MELILLA, RAÍCES DIGITALES» en el marco de transición
hacia un nuevo modelo económico de la Ciudad Autónoma de Melilla a través de la
especialización profesional de las personas jóvenes en entornos digitales y
tecnológicos” firmado entre la Consejería y Grupo Raíz Digital.
B. Actividades a subvencionar
En el marco del presente Convenio, serán subvencionables las actividades
siguientes y los gastos asociados a las mismas:
·
Programa formativo oficial de especialización profesional especial con
entrega de titulación equivalente a formación universitaria en habilidades
digitales para el desempeño laboral en entornos de comercio electrónico,
marketing digital, SEO content, gestión de comercios on-line, marketing data analytics y otras habilidades digitales.
·
Proceso de tutorización, mentorización y orientación durante el
desarrollo del programa de especialización profesional, así como de manera
previa y posterior al mismo.
·
Proceso de inserción laboral de las personas que superen los programas
de especialización profesional en habilidades digitales para su desempeño
laboral en el mercado.
Asimismo, también serán subvencionables los gastos de personal
(incluyendo las cotizaciones a la Seguridad Social o mutualidad equivalente) y
de profesionales o servicios que participen en el desarrollo del programa, gastos
operativos o de funcionamiento (alquiler o adquisición de equipos informáticos
para el alumnado, alquiler de espacios físicos habilitados para el desarrollo
del programa, adquisición de material fungible, material didáctico, gastos de
publicidad o cartelería promocional, otros conceptos subcontratados, etc.), los
gastos indirectos (telefonía, wifi, limpieza, mantenimiento, productos de
prevención COVID–19 o de análoga naturaleza), así como los gastos relacionados
con el desplazamiento, alojamientos, manutención y/o los gastos derivados del
asesoramiento laboral, administrativo, legal, contable, prevención de riesgos y
seguro de responsabilidad civil, entre otros.
En ningún caso serán gastos subvencionables los intereses deudores de
las cuentas bancarias, los intereses, recargos y sanciones administrativas y
penales, así como los gastos de procedimientos judiciales.
C. Plazo y forma de pago
Tras la firma del presente Convenio se procederá a transferir a Grupo
Raíz Digital el 30% de la totalidad de la cantidad prevista en el apartado A.
Con carácter previo al abono de la subvención debe verificarse la inexistencia
de deudas por parte de Grupo Raíz Digital con la Seguridad Social, la Agencia
Tributaria y la Ciudad Autónoma de Melilla.
El abono de la subvención se hará efectivo tras la firma del presente
Convenio, previa autorización por parte de la Intervención de la Ciudad
Autónoma de Melilla, cuatro pagos con anterioridad a la realización completa de
la actividad, hasta agotar el importe máximo previsto en concepto de
subvención, que tendrán naturaleza prepagable, dadas las características
sociales y de interés general del programa subvencionado, una vez informada
favorablemente por parte de la Consejería, previa entrega de la memoria de
actividades y acciones a realizar. Se fraccionará en un pago inicial del 30%,
un segundo pago del 25%, tras justificar el primer mes ejecutado, un tercer
pago del 25%, tras justificar el segundo mes ejecutado, y un cuarto pago del
20%, tras justificar el tercer mes ejecutado, el cuarto mes deberá ser
justificado al finalizar la ejecución completa de la subvención.
Dada las características sociales y de interés general del programa
subvencionado, no se establece régimen alguno de garantía.
Los posibles intereses devengados por la subvención recibida hasta el
momento del gasto deberán imputarse al objeto de la subvención previsto en el
presente Convenio.
D. Compromiso de las partes, plazo y forma de justificación
•
La Ciudad Autónoma de Melilla cumplirá las obligaciones que, como
entidad concesionaria, se establecen en la Ley General de Subvenciones, y, en
particular, se comprometa a:
–La aportación máxima de
Cuatrocientos Ochenta y Cinco Mil Euros (485.000,00 €), existiendo RC
Subvenciones número 12022000051878 de fecha 04 de octubre del 2022.
–Al seguimiento efectivo de
los referidos programas subvencionados tanto en sus aspectos técnicos como en
los económicos.
–Al cumplimiento de los
compromisos que, cómo Administración Pública, le corresponde según lo dispuesto
en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
•
Grupo Raíz Digital cumplirá sus obligaciones como entidad perceptora de
las cantidades subvencionadas, y, en particular, se compromete a:
-
Cumplir los objetivos propuestos y realizar las actividades que
fundamentan la concesión de la subvención.
-
Justificar ante la Ciudad Autónoma de Melilla el cumplimiento de los
requisitos y condiciones, así como la realización de las actividades y el
cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la
subvención percibida.
-
La rendición de cuentas de las cantidades aplicadas al presente
Convenio, que, en su caso, se abonen en concepto de gastos de personal, que
deberá contener la siguiente documentación:
o
Copia de contrato laboral.
o
Recibo de nómina que deberá contener: nombre, apellidos y NIF del
trabajador/a, categoría profesional, número de afiliación a la Seguridad
Social, conceptos retributivos, firma del trabajador/a, firma y sello de la
empresa, etc.
o
Boletines Acreditativos de Cotización a la Seguridad Social (TC1, TC2).
o
Impresos 110 y 190 de ingresos por retenciones IRPF.
-
También deberán aportarse aquellos otros documentos que pudieran ser
requeridos por parte de la Ciudad Autónoma de Melilla y que tengan relación con
el desarrollo del programa de especialización profesional en habilidades
digitales previsto en el Convenio.
-
Someterse a las actuaciones de comprobación, así como cualesquiera otras
de control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes,
aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las
actuaciones anteriores.
-
Comunicar a la Consejería la obtención de otras subvenciones, ayudas,
ingresos o recursos que financien las actividades de habilitación profesional
subvencionadas en virtud del presente Convenio en el ámbito territorial de la
Ciudad Autónoma de Melilla. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como
se conozca, y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la
aplicación dada a los fondos percibidos.
-
Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de
concesión que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones
tributarias y frente a la Seguridad Social, y de no tener contraída deuda
alguna con la Ciudad Autónoma de Melilla, así como haber justificado, en su
caso, en el plazo reglamentario, las subvenciones otorgadas por la ciudad.
-
Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás
documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación
aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y
registros específicos sean exigibles, con la finalidad de garantizar el
adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
-
Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos
recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de
las actuaciones de comprobación y control.
-
Adoptar las medidas de difusión, dando la adecuada publicidad del
carácter público de la financiación de las actuaciones y actividades realizadas
en el marco del proyecto «MELILLA, RAÍCES DIGITALES».
-
En su caso, proceder al reintegro de los fondos percibidos en los
supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones.
-
Cumplir con las restantes obligaciones señaladas en el artículo 14 de la
Ley General de Subvenciones.
Igualmente, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 7 de la Ley
7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y
presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la
intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude, y
en las Circulares número 3 y 5/2014, respectivamente, de la Intervención
General de la Ciudad Autónoma de Melilla en relación a las limitaciones de pago
en efectivo, no podrán pagarse en efectivo las operaciones, en las que alguna de
las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, con un
importe igual o superior a Mil Euros (1.000,00 €) o su contravalor en moneda
extranjera. No obstante, el citado importe será de Diez Mil Euros (10.000,00 €)
o su contravalor en moneda extranjera cuando el pagador sea una persona física
que justifique que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúe en calidad
de empresario o profesional. A efectos del cálculo de las cuantías señaladas en
el apartado anterior, se sumarán los importes de todas las operaciones o pagos
en que se haya podido fraccionar la entrega de bienes o la prestación de
servicios.
Asimismo, según determina el artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, cuando el importe del gasto subvencionable
supere las cuantías establecidas en la normativa de Contratos del Sector
Público para el contrato menor, el beneficiario deberá solicitar como mínimo
tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación del
compromiso para la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien,
salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente
número de entidades que los realicen, presten o suministren, o salvo que el
gasto se hubiere realizado con anterioridad a la subvención. La elección entre
las ofertas presentadas deberá aportarse en la justificación, o, en su caso, en
la solicitud de subvención.
E. Justificación de la subvención
Las aportaciones económicas de la subvención se recibirán por Grupo Raíz
Digital con el carácter de pago anticipado de subvención, conforme a lo
previsto en el artículo 34.4 de la Ley General de Subvenciones.
La justificación se documentará a través de la rendición de la cuenta
justificativa, que constituye un acto obligatorio del beneficiario, en la que
se deberán incluir, según lo estipulado en el artículo 23 del Reglamento
General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla y bajo la responsabilidad
del declarante "los justificantes del gasto o cualquier otro documento con
validez jurídica que permitan acreditar el cumplimiento objeto de la
subvención. Esta cuenta justificativa deberá incluir una declaración de las
actividades realizadas que han sido financiadas con la subvención, y su coste,
con desglose de cada uno de los gastos incurridos. Estos gastos se acreditarán
mediante facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con
validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa".
La acreditación de los gastos también podrá efectuarse mediante facturas
electrónicas, siempre que se cumplan los requisitos exigidos para su aceptación
en el ámbito tributario. Su presentación se realizará en el Registro General de
la Ciudad Autónoma de Melilla o en las Oficinas de Información y Atención
Ciudadana (OIAC), en el plazo máximo de tres (3) meses desde la finalización de
la vigencia del presente Convenio, todo ello sin perjuicio de la función última
fiscalizadora que compete a la Intervención de la Ciudad Autónoma de Melilla de
conformidad con el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que
se aprueba el Texto Refundido de las Haciendas Locales.
Asimismo, Grupo Raíz Digital podrá presentar una memoria técnica
detallando el programa objeto de la subvención, actuaciones llevadas a cabo por
la entidad para el cumplimiento del proyecto, objetivos propuestos y grados de
consecución de los objetivos propuestos, así como una evaluación del mismo.
De acuerdo con los apartados 7 y siguientes de la base 32ª de Ejecución
del
Presupuesto 2022 de la Ciudad Autónoma de Melilla, y el artículo 32.1 de
la Ley General de Subvenciones, "el órgano concedente comprobará la
adecuada justificación de la subvención, así como la realización de la
actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o
disfrute de la subvención".
F. Compatibilidad con otras subvenciones
La presente subvención es compatible con otras subvenciones, ayudas,
ingresos o recursos que, en su caso, pueda recibir Grupo Raíz Digital para la
misma finalidad de habilitación profesional prevista en el presente Convenio en
relación con el programa «MELILLA, RAÍCES DIGITALES», procedentes de
cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la
Unión Europea o de organismos internacionales, hasta el importe total de la
actividad de acuerdo con lo dispuesto en el art. 19.3 de Ley General de
Subvenciones.
G. Publicidad
En toda la publicidad y difusión que se realice sobre los programas y
actuaciones derivado del presente Convenio en relación con la habilitación
profesional del programa «MELILLA, RAÍCES DIGITALES» se hará constar expresamente
que dichas actividades han sido subvencionadas por la Administración de la
Ciudad Autónoma de Melilla (Consejería de Distritos, Juventud y Participación
Ciudadana) y se incorporará su logotipo en cuantos materiales se reproduzcan y
utilicen para la difusión o publicidad de las citadas actuaciones o
actividades, siendo de aplicación lo establecido en el Reglamento Regulador de
la Imagen Gráfica Institucional de la Organización Administrativa de la Ciudad
Autónoma de Melilla (BOME nº 4612, de 29 de mayo de 2009). En su caso, Grupo
Raíz Digital podrá solicitar que sea la propia Administración de la Ciudad
Autónoma de Melilla (Consejería de Distritos, Juventud y Participación
Ciudadana) quien facilite el referido material gráfico en un plazo determinado;
quedando Grupo Raíz Digital exonerada y liberada de cualquier responsabilidad
en el supuesto en el que el referido material no fuera facilitado en el plazo
requerido.
H. Reintegro, infracciones y
sanciones
Procederá el reintegro de la subvención si Grupo Raíz Digital incurriese
en algunos de los supuestos previstos en el art 37.1 de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones. Dicha devolución incluirá el interés de
demora correspondiente.
Igualmente será de aplicación el régimen de infracciones y sanciones
administrativas en materia de subvenciones previstas en el Título IV de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Cuando se produjese un cumplimiento de las actividades subvencionadas
que se aproximase de modo significativo al cumplimiento total de las mismas y
se acreditase por Grupo Raíz Digital una actuación inequívocamente tendente a
la satisfacción de sus compromisos, la cantidad a reintegrar vendrá determinada
por la aplicación de los criterios sobre graduación de los posibles
incumplimientos enunciados en el párrafo n) del apartado 3 del artículo 17 de
la Ley General de Subvenciones.
Procederá asimismo la devolución voluntaria a iniciativa de Grupo Raíz
Digital, de acuerdo con lo establecido en el artículo 90 del Reglamento de la
Ley General de Subvenciones.
UNDÉCIMA.- Régimen jurídico y jurisdicción aplicable
El presente Convenio se encuentra excluido del ámbito de aplicación de
la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que
se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento
Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en
adelante, la “LCSP”), en virtud de lo dispuesto en el artículo 6.2 de
la referida LCSP.
No obstante lo anterior, conforme a lo dispuesto en el artículo 4 de la
LCSP, para la resolución de dudas y lagunas que pudieran presentarse en
relación con el presente Convenio se aplicarán los principios contenidos en la
LCSP. También será de aplicación al presente Convenio el régimen jurídico
establecido en la LRJSP, así como las demás normas administrativas que fueran
aplicables, y, en defecto de las mismas, se podrá recurrir a las normas de
Derecho privado que pudieran resultar de aplicación
aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, el Reglamento de
Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla y el Plan estratégico general de
subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla para el periodo 2020 – 2022.
El conocimiento y resolución de todas las cuestiones que se pudieran
plantear en orden al cumplimiento, interpretación, resolución y efectos del
presente Convenio, a falta de acuerdo entre las partes, se someterán a la
jurisdicción de los Juzgados de lo Contencioso administrativo de Melilla.
Y, en prueba de conformidad, las partes firman el presente Convenio, por
triplicado, a un sólo efecto, en el lugar y fecha del encabezamiento.
Excmo. Sr. Mohamed Ahmed Al
Lal
Consejero de Distritos,
Juventud y Participación Ciudadana
D. José Manuel Regueiro
Bolaño
p.p. Raíz Digital, S.L.
ANEXO A
Programa «MELILLA, RAÍCES DIGITALES».
1.- Denominación del programa
Convenio de colaboración para el desarrollo del proyecto «Melilla,
Raíces Digitales» en el marco de transición hacia un nuevo modelo económico en
la Ciudad Autónoma de Melilla a través de la especialización profesional de las
personas jóvenes en entornos digitales, conforme a los objetivos marcados en el
Plan Estratégico Melilla 2020-2029 aprobado el 6 de octubre de 2021 en el grupo
de trabajo de planificación de la Asamblea de Melilla.
2.- Motivación pública y social
La Constitución Española dispone en sus artículos 40 y 48, entre los
principios rectores de la política económica y social que impone nuestro modelo
de Estado social, que los poderes públicos promoverán las condiciones
favorables para el progreso social y económico de sus territorios, y que, de
manera especial, realizarán una política orientada al pleno empleo y promoverán
las condiciones necesarias para la participación libre y eficaz de la juventud
en el desarrollo social y económico, entre otros. Asimismo, la Ley Orgánica de
Estatuto de Autonomía de Melilla dispone en el apartado 2 de su artículo 5,
entre los objetivos básicos de la Ciudad Autónoma de Melilla, que las
instituciones públicas ejercerán sus poderes para mejorar las condiciones de
vida, elevación del nivel cultural y de trabajo de todos los melillenses,
promover las condiciones adecuadas para facilitar la participación de los
melillenses en la vida económica y social de Melilla, promover la inversión y
fomentar el progreso económico y social de Melilla, facilitando el empleo y la
mejora de las condiciones de trabajo.
En virtud del Acuerdo de Consejo de Gobierno de 19 de diciembre de 2019
sobre la aprobación del Decreto de distribución de competencias entre
Consejerías de la Ciudad Autónoma de Melilla (B.O.M.E. extraordinario número
43, de 19 de diciembre de 2019) la Consejería de Distritos, Juventus y
Participación Ciudadana ostenta, entre otras, las competencias de carácter
general destinadas al desarrollo de programas y la concesión y gestión de
subvenciones en materias propias de la Consejería.
De manera señalada, conforme se establece en el apartado 7.2.3 del
referido Decreto, la Consejería ejercerá las competencias propias necesarias
para el desarrollo económico y social de la juventud melillense, la
participación activa de la juventud e implementación de programas para la
obtención de los fines previstos, el fomento del asociacionismo juvenil y la
elaboración de programas de desarrollo e integración de la juventud de la
Ciudad Autónoma de Melilla.
3.- Entidad (nombre y número de identificación fiscal)
Raíz Digital, S.L., titular del Número de Identificación Fiscal (NIF) B–
87840062.
4.- Colectivo de atención principal
Jóvenes desempleados de la Ciudad Autónoma de Melilla para disminuir los
elevados niveles de desigualdad provocado fundamentalmente por el desempleo,
así como para canalizar una forma de explotar el talento, apoyar la creación de
empresas y el autoempleo, impulsar las iniciativas de la población joven (con
especial atención a las personas desempleadas), la tecnología y los nuevos
entornos digitales, y apoyar la internacionalización de la economía melillense,
como acciones prioritarias para el desarrollo de una política de estímulo
económico, teniendo en cuenta el retorno que después esos recursos generan
sobre el empleo y la actividad empresarial, consolidando, diversificando y
enriqueciendo el ecosistema innovador de la Ciudad Autónoma de Melilla y, en general,
la generación de bienestar, riqueza y crecimiento social en la ciudad, con
especial atención en la población joven.
5.- Número de beneficiarios
Todos los posibles hasta agotar el importe total de la subvención.
6.-Duración prevista del programa
Desde el mes de septiembre de 2022 hasta marzo de 2023.
7.- Personal adscrito al programa
Número de profesionales sujeto a variaciones en función del número de
personas beneficiarias del programa:
Departamento docente (Profesores, Coordinadores de formación, Tutores de
formación, Responsables de talleres, Evaluadores, etc).
Departamento administrativo (Auxiliares, Atención al alumnado,
Responsables de organización, etc).
Departamento de inserción (Tutores de inserción, Responsables de
empleabilidad, etc).
8.- Presupuesto total
Máximo: Cuatrocientos Ochenta y Cinco Mil Euros (485.000,00 €)