ARTÍCULO Nº 1096 (CVE: BOME-A-2022-1096) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6022 - viernes, 2 de diciembre de 2022 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE DISTRITOS, JUVENTUD, PARTICIPACIÓN CIUDADANA - CONSEJERÍA DE DISTRITOS, JUVENTUD, PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Adenda por la que se rectifica error material observado en anuncio publicado en el BOME extraordinario n º 60, de fecha 23 de septiembre de 2022, relativa a convenio de colaboración entre la Consejería de Distritos, Juventud y Participación Ciudadana de la Ciudad Autónoma de Melilla y la Universidad Nacional De Educación A Distancia (UNED), con la finalidad de ahondar en la mejora de vida en los y las trabajadoras de los servicios sociales y su grado de motivación que ayude a impulsar la calidad de vida de las familias y colectivos más vulnerables, así como conocer y entender las necesidades de los jóvenes de la CAM para el año 2022.
Esta
Consejería, ha procedido a la aprobación de ADENDA POR LA QUE SE RECTIFICA
ERROR MATERIAL OBSERVADO EN ANUNCIO PUBLICADO EN EL BOME EXTRA Nº 60 DE FECHA
23 DE SEPTIEMBRE DE 2022, RELATIVA A CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA
CONSEJERÍA DE DISTRITOS, JUVENTUD Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE LA CIUDAD
AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA
(UNED),CON LA FINALIDAD DE AHONDAR EN LA MEJORA DE VIDA EN LOS Y LAS
TRABAJADORAS DE LOS SERVICIOS SOCIALES Y SU GRADO DE MOTIVACIÓN QUE AYUDE A
IMPULSAR LA CALIDAD DE VIDA DE LAS FAMILIAS Y COLECTIVOS MÁS VULNERABLES,ASÍ
COMO CONOCER Y ENTENDER LAS NECESIDADES DE LOS JÓVENES DE LA CAM PARA EL AÑO
2022, habiendo sido inscrito en el Registro de Convenios de la Ciudad Autónoma
de Melilla con número CON2200126 y los siguientes datos:
Consejería: CONSEJERIA DE DISTRITOS,JUVENTUD, PARTIC CIUDADAN
Datos de Aprobación:
Órgano Consejo de Gobierno
Número 2022000502
Fecha 21/09/2022
Entidad: ES-Q2818016-D (UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACION A DISTANCIA (SEDE
CENTRAL))
Fecha de formalización: 21/09/2022
De
acuerdo con la normativa vigente de aplicación se procede a su publicación para
su general conocimiento.
Melilla
28 de noviembre de 2022,
El
Secretario Técnico de Distritos, Juventud y Participación Ciudadana P.A.,
Juan
Luis Villaseca Villanueva
ANEXO
ADENDA
POR LA QUE SE RECTIFICA ERROR MATERIAL OBSERVADO EN ANUNCIO PUBLICADO EN EL
BOME EXTRA Nº 60 DE FECHA 23 DE SEPTIEMBRE DE 2022, RELATIVA A CONVENIO DE COLABORACIÓN
ENTRE LA CONSEJERÍA DE DISTRITOS, JUVENTUD Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE LA
CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA
(UNED),CON LA FINALIDAD DE AHONDAR EN LA MEJORA DE VIDA EN LOS Y LAS
TRABAJADORAS DE LOS SERVICIOS SOCIALES Y SU GRADO DE MOTIVACIÓN QUE AYUDE A
IMPULSAR LA CALIDAD DE VIDA DE LAS FAMILIAS Y COLECTIVOS MÁS VULNERABLES,ASÍ
COMO CONOCER Y ENTENDER LAS NECESIDADES DE LOS JÓVENES DE LA CAM PARA EL AÑO
2022.
En el párrafo de
Representación de la UNED de la sección de “REUNIDOS” :
Donde
dice:
Y
de otra parte
, Dª Rosa Mª Martín Aranda, Vicerrectora de Investigación, Transferencia del
conocimiento y Divulgación Científica como representante de la Universidad
Nacional de Educación a Distancia (UNED) con CIF Q-5200016-C,actuando en nombre y representación de la
referida entidad y debidamente facultada para este acto,de acuerdo con lo
dispuesto en sus Estatutos.
Debe
decir:
Y
de otra parte
, Dª Rosa Mª Martín Aranda, Vicerrectora de Investigación, Transferencia del
conocimiento y Divulgación Científica como representante de la Universidad
Nacional de Educación a Distancia (UNED) con CIF Q-2818016-D,actuando en nombre y representación de la
referida entidad y debidamente facultada para este acto, de acuerdo con lo
dispuesto en sus Estatutos.
Cláusula QUINTA.-PLAZO Y
FORMA
Donde
dice:
Tras la firma del presente convenio procederá a transferir a la
Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) titular del CIF núm. Q-5200016-C, el 100% de la totalidad de
la cantidad prevista en la cláusula tercera. (Con carácter previo al abono de
la subvención debe verificarse la inexistencia de deudas con la Seguridad
Social, Agencia Tributaria y Ciudad Autónoma)
Debe
decir:
Tras la firma del presente convenio procederá a transferir a la
Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) titular del CIF núm. Q-2818016-D, el 100% de la totalidad de
la cantidad prevista en la cláusula tercera. (Con carácter previo al abono de
la subvención debe verificarse la inexistencia de deudas con la Seguridad
Social, Agencia Tributaria y Ciudad Autónoma).
Cláusula NOVENA.-PROTECCIÓN DE DATOS
Donde
dice:
Ambas partes deberán garantizar el carácter confidencial de toda
información a que tengan acceso con ocasión de la realización de actividades y
sobre la existencia y el contenido del presente Convenio, salvo por las
comunicaciones que se acuerden al respecto según lo previsto en el mismo
,debiendo en consecuencia mantener todo ello de manera reservada igualmente
deberá darse cumplimiento a lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de
27 de Abril de 2016 relativo a la protección de las persona físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos
datos.
En particular, los datos personales que se recojan como consecuencia del
presente Convenio, serán incorporados los ficheros de datos de responsabilidad
de las partes firmantes y serán tratados únicamente a los efectos de llevar a
buen fin el presente Convenio.
Los titulares de los datos podrán ejercer sus derechos de acceso,
rectificación, cancelación y oposición en las direcciones electrónicas que se
indican a continuación:
Consejería de Distritos, Juventud y
Participación Ciudadana, distritos@melilla.es
Universidad Nacional de Educación a Distancia
(UNED) info@melilla.uned.es
Debe
decir:
Ambas partes deberán garantizar el carácter confidencial de toda
información a que tengan acceso con ocasión de la realización de actividades y
sobre la existencia y el contenido del presente Convenio, salvo por las
comunicaciones que se acuerden al respecto según lo previsto en el mismo
,debiendo en consecuencia mantener todo ello de manera reservada igualmente
deberá darse cumplimiento a lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de
27 de Abril de 2016 relativo a la protección de las persona físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos
datos.
En particular, los datos personales que se recojan como consecuencia del
presente Convenio, serán incorporados los ficheros de datos de responsabilidad
de las partes firmantes y serán tratados únicamente a los efectos de llevar a
buen fin el presente Convenio.
Los titulares de los datos podrán ejercer sus derechos de acceso,
rectificación, cancelación y oposición en las direcciones electrónicas que se
indican a continuación:
Consejería de Distritos, Juventud y
Participación Ciudadana, distritos@melilla.es
Universidad Nacional de Educación a Distancia
(UNED) ise@edu.uned.es
Anexo A punto 3.-ENTIDAD
(Nombre y CIF)
Donde
dice:
UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA (UNED) titular del CIF número Q-5200016-C
Debe
decir:
UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA (UNED) titular del CIF número Q-2818016-D
Anexo A punto 6.- UBICACIÓN
DE ATENCIÓN A ESTOS COLECTIVOS POR PARTE DE LA ENTIDAD Donde dice:
UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA (UNED), C/LOPEZ DE VEGA Nº
1 52002 MELILLA
Debe
decir:
UNED, Facultad de Educación, Grupo de Investigación Intervención
Educativa en Contextos Sociales, C/ Juan del Rosal,14 28040 MADRID.
El artículo 109.2 de la Ley 39/2015 de 1 de Octubre ,de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que las
Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento ,
de oficio o a instancia de los interesados , los errores materiales, de hecho o
aritméticos existentes en sus actos.
De acuerdo con lo establecido en el art.18.2 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, la adenda de rectificación de errores
materiales, firmada por las partes en prueba de su conformidad, deberá ser
remitida para su publicación en la Base Nacional de Subvenciones para su oportuna
publicidad.
POR LA CONSEJERIA DE
DISTRITOS, JUVENTUD VICERRECTORA
DE INVESTIGACIÓN,
PARTICIPACIÓN CIUDADANA
TRANSFERENCIA DEL CONOCIMIENTO Y
Fdo. Mohamed Ahmed Al lal
DIVULGACIÓN CIENTÍFICA
Fdo. Rosa Mª Martín Aranda