ARTÍCULO Nº 1096 (CVE: BOME-A-2022-1096) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6022 - viernes, 2 de diciembre de 2022 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE DISTRITOS, JUVENTUD, PARTICIPACIÓN CIUDADANA - CONSEJERÍA DE DISTRITOS, JUVENTUD, PARTICIPACIÓN CIUDADANA


Adenda por la que se rectifica error material observado en anuncio publicado en el BOME extraordinario n º 60, de fecha 23 de septiembre de 2022, relativa a convenio de colaboración entre la Consejería de Distritos, Juventud y Participación Ciudadana de la Ciudad Autónoma de Melilla y la Universidad Nacional De Educación A Distancia (UNED), con la finalidad de ahondar en la mejora de vida en los y las trabajadoras de los servicios sociales y su grado de motivación que ayude a impulsar la calidad de vida de las familias y colectivos más vulnerables, así como conocer y entender las necesidades de los jóvenes de la CAM para el año 2022.

BOME-P-2022-3609 Descargar página

Esta Consejería, ha procedido a la aprobación de ADENDA POR LA QUE SE RECTIFICA ERROR MATERIAL OBSERVADO EN ANUNCIO PUBLICADO EN EL BOME EXTRA Nº 60 DE FECHA 23 DE SEPTIEMBRE DE 2022, RELATIVA A CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE DISTRITOS, JUVENTUD Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA (UNED),CON LA FINALIDAD DE AHONDAR EN LA MEJORA DE VIDA EN LOS Y LAS TRABAJADORAS DE LOS SERVICIOS SOCIALES Y SU GRADO DE MOTIVACIÓN QUE AYUDE A IMPULSAR LA CALIDAD DE VIDA DE LAS FAMILIAS Y COLECTIVOS MÁS VULNERABLES,ASÍ COMO CONOCER Y ENTENDER LAS NECESIDADES DE LOS JÓVENES DE LA CAM PARA EL AÑO 2022, habiendo sido inscrito en el Registro de Convenios de la Ciudad Autónoma de Melilla con número CON2200126 y los siguientes datos:

Consejería: CONSEJERIA DE DISTRITOS,JUVENTUD, PARTIC CIUDADAN

Datos de Aprobación:

Órgano Consejo de Gobierno

Número 2022000502

Fecha 21/09/2022

Entidad: ES-Q2818016-D (UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACION A DISTANCIA (SEDE CENTRAL))

Fecha de formalización: 21/09/2022

De acuerdo con la normativa vigente de aplicación se procede a su publicación para su general conocimiento.

 

Melilla 28 de noviembre de 2022,

El Secretario Técnico de Distritos, Juventud y Participación Ciudadana P.A.,

Juan Luis Villaseca Villanueva


 

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ANEXO

ADENDA POR LA QUE SE RECTIFICA ERROR MATERIAL OBSERVADO EN ANUNCIO PUBLICADO EN EL BOME EXTRA Nº 60 DE FECHA 23 DE SEPTIEMBRE DE 2022, RELATIVA A CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE DISTRITOS, JUVENTUD Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA (UNED),CON LA FINALIDAD DE AHONDAR EN LA MEJORA DE VIDA EN LOS Y LAS TRABAJADORAS DE LOS SERVICIOS SOCIALES Y SU GRADO DE MOTIVACIÓN QUE AYUDE A IMPULSAR LA CALIDAD DE VIDA DE LAS FAMILIAS Y COLECTIVOS MÁS VULNERABLES,ASÍ COMO CONOCER Y ENTENDER LAS NECESIDADES DE LOS JÓVENES DE LA CAM PARA EL AÑO 2022.

En el párrafo de Representación de la UNED de la sección de “REUNIDOS” :

Donde dice:

Y de otra parte , Dª Rosa Mª Martín Aranda, Vicerrectora de Investigación, Transferencia del conocimiento y Divulgación Científica como representante de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) con CIF Q-5200016-C,actuando en nombre y representación de la referida entidad y debidamente facultada para este acto,de acuerdo con lo dispuesto en sus Estatutos.

Debe decir:

Y de otra parte , Dª Rosa Mª Martín Aranda, Vicerrectora de Investigación, Transferencia del conocimiento y Divulgación Científica como representante de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) con CIF Q-2818016-D,actuando en nombre y representación de la referida entidad y debidamente facultada para este acto, de acuerdo con lo dispuesto en sus Estatutos.

Cláusula QUINTA.-PLAZO Y FORMA

Donde dice:

Tras la firma del presente convenio procederá a transferir a la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) titular del CIF núm. Q-5200016-C, el 100% de la totalidad de la cantidad prevista en la cláusula tercera. (Con carácter previo al abono de la subvención debe verificarse la inexistencia de deudas con la Seguridad Social, Agencia Tributaria y Ciudad Autónoma)

Debe decir:

Tras la firma del presente convenio procederá a transferir a la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) titular del CIF núm. Q-2818016-D, el 100% de la totalidad de la cantidad prevista en la cláusula tercera. (Con carácter previo al abono de la subvención debe verificarse la inexistencia de deudas con la Seguridad Social, Agencia Tributaria y Ciudad Autónoma).

Cláusula  NOVENA.-PROTECCIÓN DE DATOS

Donde dice:

Ambas partes deberán garantizar el carácter confidencial de toda información a que tengan acceso con ocasión de la realización de actividades y sobre la existencia y el contenido del presente Convenio, salvo por las comunicaciones que se acuerden al respecto según lo previsto en el mismo ,debiendo en consecuencia mantener todo ello de manera reservada igualmente deberá darse cumplimiento a lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de Abril de 2016 relativo a la protección de las persona físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.

En particular, los datos personales que se recojan como consecuencia del presente Convenio, serán incorporados los ficheros de datos de responsabilidad de las partes firmantes y serán tratados únicamente a los efectos de llevar a buen fin el presente Convenio.

Los titulares de los datos podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en las direcciones electrónicas que se indican a continuación:

Consejería de Distritos, Juventud y Participación Ciudadana, distritos@melilla.es

Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) info@melilla.uned.es

Debe decir:

Ambas partes deberán garantizar el carácter confidencial de toda información a que tengan acceso con ocasión de la realización de actividades y sobre la existencia y el contenido del presente Convenio, salvo por las comunicaciones que se acuerden al respecto según lo previsto en el mismo ,debiendo en consecuencia mantener todo ello de manera reservada igualmente deberá darse cumplimiento a lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de Abril de 2016 relativo a la protección de las persona físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.

BOME-P-2022-3611 Descargar página

En particular, los datos personales que se recojan como consecuencia del presente Convenio, serán incorporados los ficheros de datos de responsabilidad de las partes firmantes y serán tratados únicamente a los efectos de llevar a buen fin el presente Convenio.

Los titulares de los datos podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en las direcciones electrónicas que se indican a continuación:

Consejería de Distritos, Juventud y Participación Ciudadana, distritos@melilla.es

Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) ise@edu.uned.es

Anexo A punto 3.-ENTIDAD (Nombre y CIF)

Donde dice:

UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA (UNED) titular del CIF número Q-5200016-C

Debe decir:

UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA (UNED) titular del CIF número Q-2818016-D

Anexo A punto 6.- UBICACIÓN DE ATENCIÓN A ESTOS COLECTIVOS POR PARTE DE LA ENTIDAD Donde dice:

UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA (UNED), C/LOPEZ DE VEGA Nº 1 52002 MELILLA

Debe decir:

UNED, Facultad de Educación, Grupo de Investigación Intervención Educativa en Contextos Sociales, C/ Juan del Rosal,14 28040 MADRID.

El artículo 109.2 de la Ley 39/2015 de 1 de Octubre ,de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento , de oficio o a instancia de los interesados , los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

De acuerdo con lo establecido en el art.18.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la adenda de rectificación de errores materiales, firmada por las partes en prueba de su conformidad, deberá ser remitida para su publicación en la Base Nacional de Subvenciones para su oportuna publicidad.

 

POR LA CONSEJERIA DE DISTRITOS, JUVENTUD                                  VICERRECTORA DE INVESTIGACIÓN,

PARTICIPACIÓN CIUDADANA                                                                TRANSFERENCIA DEL CONOCIMIENTO Y

 Fdo. Mohamed Ahmed Al lal                                                                              DIVULGACIÓN CIENTÍFICA

                                                                                                                         Fdo. Rosa Mª Martín Aranda