ARTÍCULO Nº 1113 (CVE: BOME-A-2022-1113) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6025 - martes, 13 de diciembre de 2022 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
Resolución nº 3745, de fecha 2 de diciembre de 2022, relativa a la sustitución como vocal titular y nombramiento como vocal suplente, en el tribunal para la constitución de la Bolsa de Trabajo en la categoría de técnico de gestión.
La titular de la Consejería de Presidencia y Administración Pública,
mediante Orden/Resolución
de
02/12/2022, registrada al número 2022003745, en el Libro Oficial de
Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:
Visto el escrito de abstención formulado por Dª. Elena Mengual Pintos,
designada por Orden nº 2985, de 10 de octubre 2022, Vocal Titular en el
Tribunal de constitución de la Bolsa de Trabajo en la categoría de Técnico de
Gestión, y considerando que concurren causas justificadas para la abstención,
según lo previsto en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público,
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 3540/2022, en virtud
de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
1º.- Aceptar la abstención de Dª. Elena Mengual
Pintos.
2º.- La sustitución, como
Vocal Titular, de Dª. Elena Mengual Pintos por Dª. Mª. Cruz Escribano de la Cal
(que actúa en el mismo Tribunal de Vocal Suplente).
3º.- El nombramiento como Vocal Suplente de D.
Manuel Martínez Ladaga.
Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá
interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente
al de la notificación o publicación de la presente.
Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo.
Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la
Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del
Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla
(BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres
meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender
desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree
conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se traslada para su publicación.
Melilla 6 de
diciembre de 2022,
El Secretario Técnico
Acctal. de Presidencia y Administración Pública,
Francisco José Rubio
Soler