ARTÍCULO Nº 1181 (CVE: BOME-A-2022-1181) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6030 - viernes, 30 de diciembre de 2022 Ir al BOMEDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN MELILLA - Área de Trabajo e Inmigración - Área de Trabajo e Inmigración
Resolución de fecha 21 de diciembre de 2022, por la que se registra y publica el Acta del Acuerdo de la Comisión Negociadora del convenio colectivo de construcción de la Ciudad de Melilla, aprobando el calendario laboral 2023.
DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN MELILLA
ÁREA TRABAJO E INMIGRACIÓN
Resolución de fecha 21 de diciembre de 2022 del Área de Trabajo e Inmigración de la Delegación del Gobierno en Melilla por la que se registra y publica el Acta del Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Construcción de la Ciudad de Melilla, aprobando el calendario laboral 2023.
Visto el texto del Acta del Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Construcción de la Ciudad de Melilla suscrito por la representación empresarial Constructores Asociados de Melilla (COADEME) y la representación social UGT-FICA y CC.OO, el día 18/11/2022, relativo al calendario laboral para el año 2023 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo,
La Delegada del Gobierno en Melilla, es competente para resolver el presente expediente a tenor de lo dispuesto en el Real Decreto 2725/1998, de 18 de diciembre, artículo 4 apartado 2: “Los Delegados del Gobierno en la ciudades de Ceuta y Melilla asumirán las competencias resolutorias o de emisión de propuestas de resolución de los respectivos Directores de Trabajo e Inmigración de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno”.
Por Resolución del Delegado del Gobierno en Melilla, de fecha 11 de mayo de 2000, BOME 15 de abril, se delegó en el Director del Área de Trabajo y Asuntos Sociales, hoy Área de Trabajo e Inmigración de esta Delegación del Gobierno en su ámbito territorial de actuación, la competencia de resolver: Expedientes de Regulación de Empleo, Registro y Depósito de Convenios Colectivos y Registro e Inscripción de Cooperativas.
ACUERDA
Primero.
Ordenar la inscripción de la citada Acta del Acuerdo de la Comisión Negociadora en el correspondiente Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla».
Melilla, 21 de diciembre de 2022,
La Directora del Área de Trabajo e Inmigración,
Elena Nieto Delgado
ACTA DEL ACUERDO DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE CONSTRUCCIÓN DE LA CIUDAD DE MELILLA
REUNIÓN CELEBRADA EL 18 DE NOVIEMBRE DE 2022
En Melilla, a las 18,00 horas del día 18 de noviembre de 2022, en los locales de la CEME, se reúnen las siguientes personas:
Por la Asociación de Empresarial:
Constructores Asociados de Melilla (COADEME).
Guillermo Remartínez Burkhalter (Presidente de COADEME)
Francisco García Sánchez (Vicepresidente de COADEME)
Por los Sindicatos:
Abderrahman El Fahsi El Mokhtar (UGT-FICA)
Mimon Ahmed Mimon. (UGT-FICA)
Francisco López Fernández (CC.OO.)
En el transcurso de la reunión y en cumplimiento de lo pactado en el VII Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción (CGSC) deciden incorporar al actual Convenio Provincial, los siguientes acuerdos:
PRIMERO. Ámbito Temporal.
Ámbito Temporal. Este acuerdo estará vigente desde 1 de enero del 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023.
SEGUNDO.
En aplicación del artículo 67 del VI Convenio Colectivo General del Sector de la
Construcción, se acuerda declarar inhábiles y remunerados, con carácter exclusivo para el año 2023, los siguientes días:
· 30 de junio
· 13 de octubre
· 07 de diciembre
Coincidiendo con las fiestas patronales, la jornada será de 24 horas semanales del 4 al 7 de septiembre del 2023, pudiendo establecerse su distribución de común acuerdo entre empresas y trabajadores.
TERCERO: Jornada de verano
Se acuerda establecer jornada intensiva de 7 horas diaria desde 14 de julio hasta 18 de agosto en el calendario laboral para 2023, pudiendo ampliarse la jornada intensiva de 8 horas durante la época estival, si así se acordase entre la Empresa y los Trabajadores, debiendo cumplir con el descanso obligado de 15 minutos para el desayuno.
CUARTO:
Autorizar a Francisco Díaz Díaz, Secretario General de UGT Melilla para el depósito de la presente acta ante la autoridad laboral competente.
Y sin otros asuntos que tratar se levanta la sesión, en el lugar y fecha al principio citados, firmando los presentes en prueba de conformidad.