ARTÍCULO Nº 70 (CVE: BOME-A-2023-70) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6038 - viernes, 27 de enero de 2023 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE
Resolución nº 75, de fecha 21 de enero de 2023, relativa a la celebración de las pruebas teóricas para la obtención de los títulos para el gobierno de embarcaciones de recreo.
El Excmo. Sr. Consejero de Infraestructuras,
Urbanismo y Deporte, mediante Orden/Resolución de 21/01/2023, registrada al número 2023000075, en el Libro
Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:
I.-
La Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Melilla, en
su artículo 21.1.17, establece que “la Ciudad de Melilla ejercerá competencias sobre las materias, promoción
del deporte y la adecuada utilización del ocio”.
II.-
El artículo 21.2 de la precitada Ley Orgánica, establece que en relación a las
materias anteriormente citadas, la competencia de la Ciudad de Melilla
comprenderá las facultades de administración, inspección y sanción, y en los
términos que establezca la legislación general del Estado, el ejercicio de la
potestad normativa reglamentaria.
III.-
Mediante el Real Decreto 1384/1997, de 29 de agosto, sobre traspaso de
funciones y servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Melilla,
en materia de enseñanzas náutico-deportivas, subacuático-deportivas y buceo
profesional (BOE de 24 de septiembre), se transfiere, según se establece en su Anexo
apartado B) 1 párrafo segundo, entre las
funciones que asume la Ciudad de Melilla,
la
realización y control de los exámenes para el acceso a las titulaciones para el
gobierno de las embarcaciones de recreo.
IV.- A tenor de lo establecido en el real Decreto 875/2014 de 10 de
octubre, por el que se regulan la titulaciones náuticas para el gobierno de
embarcación de recreo, e en el Real Decreto 238/2019 de 05 de Abril del
Ministerio de Fomento, por el que se establecen habilitaciones anejas a las
titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo y se
actualizan las medidas de seguridad en la utilización de las motos náuticas
V.- La Consejería de
Infraestructuras, Urbanismo y Deporte tiene atribuida las competencias por
acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 19 de diciembre de 2019, relativo a la
aprobación del decreto de competencias entre Consejerías de la CAM (BOME Ext.
Núm. 43, de 19 de diciembre de 2019)
VI.- El Decreto del Consejo de Gobierno de 13 de
marzo de 2009 por el que se regulan la composición, funciones y régimen de
sesiones de los tribunales para la realización de pruebas para la obtención de
los títulos y la habilitación para el gobierno de embarcaciones de recreo (BOME
núm. 4609, de 19 de mayo de 2009), en su artículo 2.7 establece “el Consejero de Deporte y Juventud o el que
en cada momento sea competente por razón de la materia, establecerá anualmente
el número de convocatorias ordinarias para cada titulación, así como las correspondientes
para la habilitación para el gobierno de embarcaciones a vela, y las fechas y
lugares de celebración de los exámenes”.
De acuerdo con lo anterior, y visto el
expediente 1546/2023, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
La celebración de las pruebas teóricas para la obtención de los títulos
para el gobierno de embarcaciones de recreo, que se celebrarán en Melilla,
durante las fechas que se detallan a continuación, en el horario y lugar que se
determinarán en las respectivas Convocatorias.
1ª CONVOCATORIA:
Día 22/05/2023: Capitán de Yate.
Día 23/05/2023: Patrón de Yate.
Día 24/05/2023: Patrón para
Navegación Básica.
Día 25/05/2023: Patrón de
Embarcaciones de Recreo.
2ª CONVOCATORIA
Día 20/11/2023: Capitán de Yate.
Día 21/11/2023: Patrón de Yate.
Día 22/11/2023: Patrón de
Navegación Básica.
Día 23/11/2023: Patrón de
Embarcaciones de Recreo.
Lo que mando publicar, para su general conocimiento y efectos,
advirtiéndose que contra esta Orden, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso
de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación
de la presente.
Dicho recurso podrá presentarse ante este Consejero o ante el Excmo. Sr.
Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la
resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el art. 92.1 del
Reglamento de Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla
(BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la
Ley 39/2015, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres
meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender
desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No obstante, se podrá utilizar cualquier otro recurso, si así se cree
conveniente, bajo la responsabilidad del recurrente.
Contra esta ORDEN, que no agota la vía administrativa,
podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día
siguiente al de la notificación o publicación de la presente.
Dicho recurso podrá presentarse ante esta
Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior
jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo
establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2
de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE
número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar y notificar la
resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga
resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro
recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se notifica para su conocimiento y
efectos oportunos.
Melilla 23 de enero de 2023,
La Secretaria Técnica Acctal. de Infraestructuras,
Urbanismo y Deporte,
Francisca Torres Belmonte