ARTÍCULO Nº 96 (CVE: BOME-A-2023-96) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6039 - martes, 31 de enero de 2023 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD
Resolución nº 149, de fecha 26 de enero de 2023, relativa a la convocatoria del Concurso de Disfraces de Carnavales para Colegios 2023.
La Excma. Sra. Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad,
mediante Resolución núm. 2023000149 de fecha 26 de enero de 2023, ha resuelto
lo siguiente:
ÚNICO:
La aprobación de las Bases que regirán la convocatoria del CONCURSO DE DISFRACES DE CARNAVALES
PARA COLEGIOS 2023 por un importe de 4.000 € (CUATRO MIL EUROS) con arreglo a las
siguientes
BASES
1º.- Podrán
participar todos los alumnos y docentes de los centros escolares de Melilla.
2º.- El
tema de los disfraces será libre, PERO NO SE ACEPTARÁN EN EL CONCURSO AQUÉLLOS
QUE SEAN DE CONFECCIÓN INDUSTRIAL.
3º.-
El Órgano Colegiado competente para efectuar la propuesta de concesión de los
premios estará constituido por un Jurado integrado por la Consejera de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad o persona en quien delegue, que actuará
como Presidente, y por un número impar de profesionales o expertos de prestigio
en la rama o disciplina del certamen.
Actuará como Secretario del Jurado, con voz y sin voto, el Secretario
Técnico de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, u otro
funcionario habilitado para dar fe de las actuaciones.
La designación del Jurado se efectuará mediante Orden de la Consejera de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad y su composición podrá hacerse pública
en el momento de la emisión del fallo.
4º.- En
cuanto a los criterios de valoración, el Jurado puntuará a los candidatos en
función a la:
·
Originalidad.
·
Animación (bailes, coreografías, representación del personaje o
similar).
·
Peinado y maquillaje.
·
Confección de los trajes.
5º.-
En esta modalidad de Grupos por colegios solo podrá participar un solo grupo
que represente al colegio. El grupo como mínimo debe ser compuesto por 45
personas sin haber un máximo. Se admitirá que en los grupos puedan estar
integrados también los profesores.
6º.-
El disfraz debe ser portado a escena SOLO por los “PARTICIPANTES”.
7º.-
No podrá participar en el Concurso oficial aquellos disfraces que hayan sido
“PREMIADOS” en otra edición de este u otro concurso local o nacional.
8º.-
Queda prohibida la utilización en el Concurso de cualquier tipo de elemento
pirotécnico, así como llamas en antorchas, velas, con petróleo, gas o cualquier
otro tipo de combustible 9º.- Se
establecen cinco premios económicos:
A) GRUPOS POR COLEGIOS
Primer premio |
1.200 € |
Segundo premio |
1000 € |
Tercer premio |
800 € |
Cuarto premio |
600 € |
Quinto premio 400 €
10º.-
Para los ganadores/as, y con posterioridad al fallo del Jurado, se requerirá
para el abono de lo premios certificado de titularidad bancaria y fotocopia de
la Tarjeta de Identificación Fiscal. Al importe de dichos premios, se les
aplicará las retenciones previstas en la vigente legislación.
11º.- La
inscripción se realizará en el Área de Festejos, Cándido Lobera, Nº12
(Auditórium Carvajal), de lunes a viernes y de 9 a 14 horas, finalizando el día 17 de febrero.
12º.- Los
ganadores de dicho concurso de disfraces se comprometen a participar en la
Cabalgata de Carnaval el día 25 de febrero.
13º.- El
fallo se comunicará a los centros premiados y la entrega de premios tendrá
lugar el sábado día 25 de febrero en el teatro Kursaal-Fernando Arrabal. El
jurado realizará las oportunas visitas a los centros escolares para ver y
calificar a los grupos participante el viernes día 24 de febrero.
14º.- El
fallo del Jurado será inapelable y se hará público a través de las redes sociales
de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad. El mismo, de
conformidad con la Base 30ª del apartado II de las Bases Reguladoras de las
Subvenciones para el Desarrollo de Proyectos de Interés General y de Certámenes
o Concursos en el ámbito de actuación de la Consejería de Educación, Juventud y
Deportes (BOME 4460 de 14/12/07), se publicará en el Boletín Oficial de
Melilla. El Jurado podrá declarar desierto aquellos premios que no hayan
alcanzado un nivel de calidad suficiente. La Ciudad Autónoma y el Jurado se
reservan el derecho de adoptar cualquier iniciativa que, sin estar regulada en
las presentes bases, contribuya al mayor éxito del Concurso sin que contra sus
decisiones pueda formularse reclamación alguna.
15º.- La convocatoria del
presente premio se
regirá por las
BASES REGULADORAS DE LAS
SUBVENCIONES PARA EL
DESARROLLO DE PROYECTOS DE
INTERÉS GENERAL Y DE CERTÁMENES O CONCURSOS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE LA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN U COLECTIVOS SOCIALES (BOME núm. 4460, de 14 de
diciembre de 2007)
16º.-
La presentación al Concurso de Disfraces de Carnavales para Colegios supone la
plena aceptación de sus Bases y el Fallo del Jurado.
Estando la presente convocatoria destinada a una pluralidad
indeterminada de personas que pudieran estar interesadas en concurrir a la
misma, se ordena su publicación, en aplicación del art. 45, de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones
Públicas.
La presente Orden no agota la vía administrativa y contra la misma podrá
interponerse recursos de alzada en el plazo de un mes, a computar al día
siguiente de su publicación, ante el Presidente de la Ciudad Autónoma de
Melilla, como Órgano Competente para resolverlos o ante esta Consejera, que
deberá elevarlo con su informe a la Presidencia, de acuerdo con los artículos
121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos
Común de las Administraciones Públicas y artículo quinto del Reglamento de
Organización Administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME
extraordinario nº 13 de 7 de mayo de 1999).
Melilla 26 de enero de 2023,
El Secretario Técnico de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad,
Juan León Jaén Lara