ARTÍCULO Nº 98 (CVE: BOME-A-2023-98) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6039 - martes, 31 de enero de 2023 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD
Resolución nº 150, de fecha 26 de enero de 2023, relativa a la convocatoria del Concurso de Disfraces de Carnavales para Mascotas 2023.
La Excma. Sra. Consejera de Educación, Cultura, Festejos e
Igualdad, mediante Resolución núm. 2023000150 de fecha 26 de enero de 2023, ha
resuelto lo siguiente:
ÚNICO: La aprobación de las Bases que regirán la convocatoria del
Concurso de Disfraces de Carnavales para Mascotas 2023 por un importe de 1.000 € (MIL EUROS) con
arreglo a las siguientes
BASES
1)
El objetivo del concurso es la exhibición de MASCOTAS disfrazadas en el
Carnaval de la Ciudad Autónoma de Melilla. Se celebrará el día 18 de febrero a las 11:00,
en la Plaza de las Culturas. Podrán participar en este concurso todas las
mascotas de forma individual o en grupos.
2)
La inscripción se realizará en el Área de Festejos, Cándido Lobera, Nº12
(Auditórium Carvajal), de lunes a viernes y de 9 a 14 horas, finalizando el día 15 de febrero. Los requisitos para la
inscripción y la documentación que debe aportarse es la siguiente:
a)
Cumplimentar los impresos de inscripción.
b)
Los propietarios deberán acreditarse mediante su NIF haciendo entrega de
una fotocopia del mismo.
c)
Cartilla oficial donde se documente que el animal está vacunado y posee
el reglamentario microchip (ORDEN de 29 de junio de 1998, por la que se
determinan las marcas y métodos de identificación de perros y gatos, BOC 091 de
23 de julio de 1998)
3)
La mascota(s) podrá(n) ser acompañado(s) el día del evento en el desfile
por otra persona que no sea el propietario.
4)
La Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad de la Ciudad
Autónoma de Melilla se reserva el derecho a establecer el orden de salida de los
participantes.
5)
La(s) mascota(s) deberán ir debidamente disfrazados y desfilar en el
escenario sin hacer uso, en ningún caso, de soportes o elementos publicitarios.
6)
La música que se utilizará en el desfile podrá ser proporcionada por el
participante y reproducida por la organización. Deberá ser entregado en un
pendrive con formato Mp3, con un día de antelación en las oficinas del Área de
Festejos.
7)
Los participantes deberán estar preparados para desfilar en el evento
media hora antes del comienzo del mismo. Para acceder al recinto deberán portar
la acreditación facilitada por la organización.
8)
Queda prohibida la utilización en el festival de:
-
Cualquier tipo de elemento pirotécnico, así como llamas en antorchas,
velas, con petróleo, gas o cualquier otro tipo de combustible. La Organización
controlará el acceso de los participantes al escenario, con el fin de evitar
cualquier tipo de riesgo asociado a estos productos.
-
Confetis, serpentinas en papel o spray, o cualquier otro
material que por razones de seguridad pudieran poner en riesgo el normal
desarrollo del espectáculo
9) Sólo podrán estar presentes en el escenario las mascotas y los
acompañantes.
10)Los propietarios están obligados a disponer de los recipientes
oportunos para recoger las deposiciones de los animales y mantener limpias las
instalaciones.
11)La Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad de la Ciudad
Autónoma de Melilla se reserva el derecho de alterar o modificar si fuera
preciso, el desarrollo, lugar, fecha y hora del acto. Se reserva además el
derecho de rechazar a aquellos participantes cuando:
-
El comportamiento del animal a juicio de la organización afecte al
normal desarrollo del evento.
-
El disfraz de las mascotas y acompañante no
reúna las características que se consideren oportunas para mantener el nivel y
la calidad del concurso.
12)El Órgano Colegiado competente para efectuar
la propuesta de concesión de los premios estará constituido por un Jurado
integrado por la Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad o persona
en quien delegue, que actuará como Presidente, y por un número impar de
profesionales o expertos de prestigio en la rama o disciplina del certamen.
Actuará como Secretario del Jurado, con voz y sin voto, el
Secretario Técnico de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad,
u otro funcionario habilitado para dar fe de las actuaciones.
La designación del Jurado se efectuará mediante Orden de la
Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad y su composición podrá
hacerse pública en el momento de la emisión del fallo.
Los miembros del Jurado valoraran en una plantilla individual la
originalidad de los disfraces y la simpatía mostrada en el desfile por los
participantes. Se otorgará una puntuación entre 1 y 10 puntos.
13)Los premios establecidos por Consejería de Educación, Cultura,
Festejos e Igualdad de la Ciudad Autónoma de Melilla, son los siguientes:
-
Primer Premio 300 €
-
Segundo Premio 250 €
-
Tercer Premio 200 €
-
Cuarto Premio 150 €
-
Quinto Premio 100 €
14)El incumplimiento de cualquiera de los apartados de las presentes
bases supondrá su exclusión en la participación en dicho acto.
15)El fallo del Jurado será inapelable y se hará público a través de las
redes sociales de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad. El
mismo, de conformidad con la Base 30ª del apartado II de las Bases Reguladoras
de las Subvenciones para el Desarrollo de Proyectos de Interés General y de
Certámenes o Concursos en el ámbito de actuación de la Consejería de Educación,
Juventud y Deportes (BOME 4460 de 14/12/07), se publicará en el Boletín Oficial
de Melilla. El Jurado podrá declarar desierto aquellos premios que no hayan
alcanzado un nivel de calidad suficiente. La Ciudad Autónoma y el Jurado se
reservan el derecho de adoptar cualquier iniciativa que, sin estar regulada en
las presentes bases, contribuya al mayor éxito del Concurso sin que contra sus
decisiones pueda formularse reclamación alguna.
16)La Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad de la Ciudad
Autónoma de Melilla no se hará en ningún caso responsable de los extravíos,
desperfectos o sustracciones de cualquier tipo de material (elementos
escénicos, disfraces, útiles, herramientas y similares) que pudieran ocurrir en
los recintos de Carnaval, tanto en el escenario como en la trasera de éste,
siendo por tanto de única responsabilidad del participante la custodia en todo
momento de los elementos utilizados en su actuación, y desde el momento de
llegada al recinto y hasta que abandone el mismo.
17)La convocatoria del
presente premio se
regirá por las
BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES
PARA EL DESARROLLO
DE PROYECTOS DE INTERÉS GENERAL Y DE CERTÁMENES O CONCURSOS EN EL ÁMBITO
DE ACTUACIÓN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN U COLECTIVOS SOCIALES (BOME núm.
4460, de 14 de diciembre de 2007). La inscripción en esta edición del concurso
implica la total aceptación por sus participantes de las presentes bases y
convocatoria, así como la resolución por la organización de cualquier problema
no recogido en éstas y el Fallo del Jurado.
Estando la presente convocatoria destinada a una pluralidad
indeterminada de personas que pudieran estar interesadas en concurrir a la
misma, se ordena su publicación, en aplicación del art. 45, de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones
Públicas.
La presente Orden no agota la vía administrativa y contra la
misma podrá interponerse recursos de alzada en el plazo de un mes, a computar
al día siguiente de su publicación, ante el Presidente de la Ciudad Autónoma de
Melilla, como Órgano Competente para resolverlos o ante esta Consejera, que
deberá elevarlo con su informe a la Presidencia, de acuerdo con los artículos
121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos
Común de las Administraciones Públicas y artículo quinto del Reglamento de
Organización Administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME
extraordinario nº 13 de 7 de mayo de 1999).
Melilla 26 de enero de 2023,
El Secretario Técnico de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad,
Juan León Jaén Lara