ARTÍCULO Nº 160 (CVE: BOME-A-2023-160) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6046 - viernes, 24 de febrero de 2023 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE


Extracto de la convocatoria de subvenciones institucionales por procedimiento de concurrencia no competitiva para la asistencia a competiciones deportivas desarrolladas fuera de la Ciudad de Melilla para el ejercicio 2023.

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TituloES: EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE FECHA 20 DE FEBRERO DE 2023 DEL CONSEJERO DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES, PARA LA ASISTENCIA A COMPETICIONES DEPORTIVAS DESARROLLADAS FUERA DE LA CIUDAD DE MELILLA PARA EL EJERCICIO 2023.

TextoES: BDNS(Identif.):677317

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/677317)

Primero.- Bases Reguladoras.- La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en la misma, de conformidad con el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 denoviembre General de Subvenciones (en adelante LGS), en las Bases Reguladoras delas subvenciones institucionales para la asistencia a competiciones deportivasdesarrolladas fuera de la Ciudad de Melilla y sus Anexos I a IV, publicadas en BOMEnúm. 5.464 de 28 de julio de 2017, en el Reglamento General de Subvenciones dela Ciudad Autónoma de Melilla, en adelante RGSCAM, en la precitada LGS, en la Ley39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, en el RealDecreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundidode la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y en las Bases de Ejecución delPresupuesto General de la Ciudad Autónoma de Melilla.

Segundo.- Créditos Presupuestarios.- Para hacer frente a los gastos dimanantesde la presente convocatoria se destinará inicialmente la cantidad deCUATROCIENTOS CINCUENTA MIL EUROS (450.000,00.-€), con cargo a la PartidaPresupuestaria 06/34100/48900, “Subvenciones al Deporte”, RC nº 12023000000212 del 04/01/2023. En cumplimiento de lo establecido en el artículo3.4 de las Bases Reguladoras, los importes máximos destinados a cada uno de losaspectos subvencionables del presente programa, serán los siguientes:- Insularidad (llegar hasta la península y regreso): hasta un máximo de 60euros por persona a subvencionar.- Kilometraje y transporte interno: hasta un máximo de 0.10 euros por persona y kilómetro a subvencionar.- Alojamiento y manutención: hasta un máximo de 50 euros por persona y día a subvencionar.- Traslado de material de competición específico (armas, embarcaciones y bicicletas), en aquellas modalidades en las que para su participación sea imprescindible el traslado del mismo, siempre y cuando las compañías de transporte cobren un suplemento específico por él, quedando excluido de este apartado el exceso de equipaje por traslado de material ordinario: el importe efectivamente cobrado por la compañía aérea/naviera por su traslado ida y vuelta a Melilla.

Tercero.- Objeto, condiciones y finalidad de la concesión.- Conforme establece el artículo 8 del RGSCAM, las actividades que podrán ser subvencionados, sonaquellas que se entienden englobadas en las áreas “d)Deporte: son subvencionables los gastos derivados de la organización de actos y actividades deportivas o  relacionadas con la promoción del deporte”.

Cuarto.- Requisitos y forma de acreditarlos.- Las solicitudes para el presente procedimiento de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva se presentarán en la Oficina de Información y Atención al Ciudadano, así como en cualesquiera de los registros admitidos en la normativa vigente, dirigidas al Excmo. Sr.. Consejero de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte,debiendo reunir los requisitos y documentación previstos en las Bases Reguladoras de las subvenciones institucionales para la asistencia a competiciones deportivas desarrolladas fuera de la ciudad de Melilla de entidades deportivos implantadas en la Ciudad Autónoma de Melilla, así como aquella otra documentación, que de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.1.i) de las citadas bases, de manera específica se solicite a través de la convocatoria.

Quinto.- Solicitudes.- El plazo general para la presentación de solicitudes estará abierto a lo largo de todo el año, siempre y cuando exista disponibilidad presupuestaria, estableciéndose en veinte (20) días el período mínimo previo al desplazamiento en el que se debe realizar la solicitud. En caso de que la clasificación para la competición se logre dentro de los veinte días previos al desplazamiento, la entidad solicitante deberá aportar certificación de la Federación Autonómica respectiva en el que haga constar esta circunstancia, justificando de esta manera la presentación de la solicitud con menor antelación de la establecida en estas bases reguladoras.Las solicitudes estarán compuestas de la siguiente documentación:a) Solicitud de la subvención y descripción del desplazamiento a realizar por el que se solicita subvención, que se formulará obligatoriamente en el modelo oficial - Anexo I.b) Fotocopia del CIF de la entidad solicitante.c) Fotocopia del DNI del representante.d) Acuerdo de los órganos representativos de la entidad solicitante, o escrito del representante o de la persona física, que justifique la necesidad de lasubvención.e) Declaración de las subvenciones solicitadas o percibidas de otras instituciones públicas o 
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privadas para esa misma actividad (en el caso de no percibir ninguna otra subvención, deberá presentarse declaración manifestando que no ha percibido ninguna subvención).f) Certificado emitido por una entidad bancaria con los datos de la cuenta corriente de la entidad deportiva solicitante.g) Acreditación de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones frente a la Seguridad Social.h) Autorización a la Ciudad Autónoma de Melilla a la consulta de los datos tributarios de la AEAT, Seguridad Social y de la administración tributaria de la Ciudad Autónoma de Melilla, así como de justificación de las subvenciones concedidas por esta Administración.i) Certificado emitido por la Federación Autonómica de la modalidad deportiva correspondiente en el que conste que el equipo o los deportistas pertenecientes a la entidad solicitante han logrado deportivamente la clasificación para asistir al Campeonato de España para el que se solicita la subvención, cuando no se trate de una competición por selecciones autonómicas.j) Convocatoria de la competición por parte de la respectiva Federación Nacional de la modalidad en cuestión, o del Consejo Superior de Deportes, o las Bases de Competición respectiva, en las que conste los criterios de participación y clasificación para la misma.k) Certificado de la entidad solicitante firmado por el Secretario y con el VºBº del Presidente en la que se establezca que está en posesión de los documentos que acreditan que la entidad no se encuentra incursa en ninguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su compromiso de mantener tal condición durante la vigencia del periodo de la presente convocatoria.l) Certificado de la entidad solicitante firmado por el Secretario y con el VºBº del Presidente en el que conste una relación de deportistas y entrenadores/técnicos, y en su caso, jueces, integrantes de la expedición participante en el desplazamiento compuesta de los siguientes datos:V iniciales, número de DNI, fecha de nacimiento de cada uno y número de licencia federativa. Igualmente, también se deberá certificar en el mismo Consejería Infraestructuras, Urbanismo y Deportes documento que los integrantes de la expedición han conseguido la clasificación deportiva para la competición en cuestión de acuerdo a laM convocatoria de la misma o sus respectivas Bases de Competición.

Sexto.- Instrucción.- De acuerdo con el artículo 4.2 de las Bases Reguladoras de las subvenciones institucionales para la asistencia a competiciones deportivas desarrolladas fuera de la ciudad de Melilla, la instrucción del procedimiento se llevará a efecto por D. José María López López empleado público de la Consejería de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte. Por parte del órgano instructor se realizará una preevaluación, en la que se verificará el cumplimiento de las condiciones impuestas para adquirir la condición de beneficiario de la subvención, así como la existencia de disponibilidad presupuestaria. Una vez efectuada ésta, procederá a realizar una valoración estimativa del importe que podría corresponder como subvención en el caso de reunir todos los requisitos el solicitante para ser beneficiario. De esta valoración, se dará traslado al interesado, el cual podrá optar por renunciar a la subvención solicitada para el desplazamiento en cuestión en casode considerar que la subvención no se ajusta a sus previsiones, o aceptar la propuesta de resolución provisional, concediéndose un plazo de diez (10) días hábiles para presentar alegaciones, salvo que no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por los interesados, supuesto en el que la propuesta de resoluciónprovisional formulada tendrá el carácter de definitiva.

Séptimo.- Órgano competente para la resolución.- Conforme a lo previsto en el artículo 7.4 de las Bases Reguladoras, la resolución del procedimiento se dictará, mediante Orden de la Excmo. Sr. Consejero de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte, en el plazo máximo de seis(6) meses que, por virtud de lo dispuesto en el artículo 17 del RGSCAM, se computará a partir de la presentación de la solicitud por parte del interesado.

Octavo.- Publicidad.- Los beneficiarios deberán dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de los programas, actividades, inversiones o actuaciones de cualquier índole que se lleven a cabo con empleo de fondos provenientes de estas subvenciones, incluyendo en todas sus comunicaciones, ya sean por escrito o a través de medios digitales o informáticos, los logotipos de la imagen institucional de la Ciudad Autónoma de Melilla incluidos en el Anexo IV de las bases reguladoras y la leyenda siguiente: “Actividad/Programa subvencionadopor”, insertando a continuación los citados logotipos. Igualmente, en la indumentaria de competición con la que se participe en los Campeonatos subvencionados a través de la presente convocatoria, deberá aparecer en lugar preferente y bien visible la palabra “MELILLA”.

Noveno.- Justificación.- De acuerdo con el apartado segundo del artículo 30 de la LGS, la rendición de la cuenta justificativa constituye un acto obligatorio del beneficiario, en la que se deben incluir, bajo responsabilidad del declarante, los justificantes de gasto o cualquier otro documento con validez jurídica que permitan acreditar el cumplimiento del objeto de la subvención pública. El plazo para presentar la justificación será de quince (15) días desde el regreso del desplazamiento subvencionado.

Lugar de la Firma: MELILLA

Fecha de la Firma: 2023-02-20

Firmante: SR. DON. RACHID BUSSIAN MOHAMED, EXCMO. SR. CONSEJERO DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTES