ARTÍCULO Nº 160 (CVE: BOME-A-2023-160) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6046 - viernes, 24 de febrero de 2023 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE
Extracto de la convocatoria de subvenciones institucionales por procedimiento de concurrencia no competitiva para la asistencia a competiciones deportivas desarrolladas fuera de la Ciudad de Melilla para el ejercicio 2023.
TituloES:
EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE FECHA 20 DE FEBRERO DE 2023 DEL CONSEJERO DE
INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES,
PARA LA ASISTENCIA A COMPETICIONES DEPORTIVAS DESARROLLADAS FUERA DE LA CIUDAD
DE MELILLA PARA EL EJERCICIO 2023.
TextoES:
BDNS(Identif.):677317
De
conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/677317)
Primero.-
Bases Reguladoras.- La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en la
misma, de conformidad con el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 denoviembre
General de Subvenciones (en adelante LGS), en las Bases Reguladoras delas
subvenciones institucionales para la asistencia a competiciones
deportivasdesarrolladas fuera de la Ciudad de Melilla y sus Anexos I a IV,
publicadas en BOMEnúm. 5.464 de 28 de julio de 2017, en el Reglamento General
de Subvenciones dela Ciudad Autónoma de Melilla, en adelante RGSCAM, en la
precitada LGS, en la Ley39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común, en el RealDecreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por
el que se aprueba el texto refundidode la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales y en las Bases de Ejecución delPresupuesto General de la Ciudad
Autónoma de Melilla.
Segundo.-
Créditos Presupuestarios.- Para hacer frente a los gastos dimanantesde la
presente convocatoria se destinará inicialmente la cantidad deCUATROCIENTOS
CINCUENTA MIL EUROS (450.000,00.-€), con cargo a la PartidaPresupuestaria
06/34100/48900, “Subvenciones al Deporte”, RC nº 12023000000212 del 04/01/2023.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo3.4 de las Bases Reguladoras,
los importes máximos destinados a cada uno de losaspectos subvencionables del
presente programa, serán los siguientes:- Insularidad (llegar hasta la
península y regreso): hasta un máximo de 60euros por persona a subvencionar.-
Kilometraje y transporte interno: hasta un máximo de 0.10 euros por persona y
kilómetro a subvencionar.- Alojamiento y manutención: hasta un máximo de 50
euros por persona y día a subvencionar.- Traslado de material de competición
específico (armas, embarcaciones y bicicletas), en aquellas modalidades en las
que para su participación sea imprescindible el traslado del mismo, siempre y
cuando las compañías de transporte cobren un suplemento específico por él,
quedando excluido de este apartado el exceso de equipaje por traslado de
material ordinario: el importe efectivamente cobrado por la compañía aérea/naviera
por su traslado ida y vuelta a Melilla.
Tercero.-
Objeto, condiciones y finalidad de la concesión.- Conforme establece el
artículo 8 del RGSCAM, las actividades que podrán ser subvencionados,
sonaquellas que se entienden englobadas en las áreas “d)Deporte: son
subvencionables los gastos derivados de la organización de actos y actividades
deportivas o relacionadas con la promoción del deporte”.
Cuarto.-
Requisitos y forma de acreditarlos.- Las solicitudes para el presente
procedimiento de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no
competitiva se presentarán en la Oficina de Información y Atención al
Ciudadano, así como en cualesquiera de los registros admitidos en la normativa
vigente, dirigidas al Excmo. Sr.. Consejero de Infraestructuras, Urbanismo y
Deporte,debiendo reunir los requisitos y documentación previstos en las Bases
Reguladoras de las subvenciones institucionales para la asistencia a
competiciones deportivas desarrolladas fuera de la ciudad de Melilla de
entidades deportivos implantadas en la Ciudad Autónoma de Melilla, así como
aquella otra documentación, que de acuerdo con lo establecido en el artículo
5.1.i) de las citadas bases, de manera específica se solicite a través de la
convocatoria.
privadas para
esa misma actividad (en el caso de no percibir ninguna otra subvención, deberá
presentarse declaración manifestando que no ha percibido ninguna subvención).f)
Certificado emitido por una entidad bancaria con los datos de la cuenta
corriente de la entidad deportiva solicitante.g) Acreditación de hallarse al corriente
en el cumplimiento de las obligaciones frente a la Seguridad Social.h)
Autorización a la Ciudad Autónoma de Melilla a la consulta de los datos
tributarios de la AEAT, Seguridad Social y de la administración tributaria de
la Ciudad Autónoma de Melilla, así como de justificación de las subvenciones
concedidas por esta Administración.i) Certificado emitido por la Federación
Autonómica de la modalidad deportiva correspondiente en el que conste que el
equipo o los deportistas pertenecientes a la entidad solicitante han logrado
deportivamente la clasificación para asistir al Campeonato de España para el
que se solicita la subvención, cuando no se trate de una competición por
selecciones autonómicas.j) Convocatoria de la competición por parte de la
respectiva Federación Nacional de la modalidad en cuestión, o del Consejo
Superior de Deportes, o las Bases de Competición respectiva, en las que conste
los criterios de participación y clasificación para la misma.k) Certificado de
la entidad solicitante firmado por el Secretario y con el VºBº del Presidente
en la que se establezca que está en posesión de los documentos que acreditan
que la entidad no se encuentra incursa en ninguna de las prohibiciones
establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones y su compromiso de mantener tal condición
durante la vigencia del periodo de la presente convocatoria.l) Certificado de
la entidad solicitante firmado por el Secretario y con el VºBº del Presidente
en el que conste una relación de deportistas y entrenadores/técnicos, y en su
caso, jueces, integrantes de la expedición participante en el desplazamiento
compuesta de los siguientes datos:V iniciales, número de DNI, fecha de
nacimiento de cada uno y número de licencia federativa. Igualmente, también se
deberá certificar en el mismo Consejería Infraestructuras, Urbanismo y Deportes
documento que los integrantes de la expedición han conseguido la clasificación
deportiva para la competición en cuestión de acuerdo a laM convocatoria de la
misma o sus respectivas Bases de Competición.
Sexto.-
Instrucción.- De acuerdo con el artículo 4.2 de las Bases Reguladoras de las
subvenciones institucionales para la asistencia a competiciones deportivas
desarrolladas fuera de la ciudad de Melilla, la instrucción del procedimiento
se llevará a efecto por D. José María López López empleado público de la
Consejería de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte. Por parte del órgano
instructor se realizará una preevaluación, en la que se verificará el
cumplimiento de las condiciones impuestas para adquirir la condición de
beneficiario de la subvención, así como la existencia de disponibilidad
presupuestaria. Una vez efectuada ésta, procederá a realizar una valoración
estimativa del importe que podría corresponder como subvención en el caso de
reunir todos los requisitos el solicitante para ser beneficiario. De esta
valoración, se dará traslado al interesado, el cual podrá optar por renunciar a
la subvención solicitada para el desplazamiento en cuestión en casode
considerar que la subvención no se ajusta a sus previsiones, o aceptar la
propuesta de resolución provisional, concediéndose un plazo de diez (10) días
hábiles para presentar alegaciones, salvo que no figuren en el procedimiento ni
sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las
aducidas por los interesados, supuesto en el que la propuesta de
resoluciónprovisional formulada tendrá el carácter de definitiva.
Séptimo.-
Órgano competente para la resolución.- Conforme a lo previsto en el artículo
7.4 de las Bases Reguladoras, la resolución del procedimiento se dictará,
mediante Orden de la Excmo. Sr. Consejero de Infraestructuras, Urbanismo y
Deporte, en el plazo máximo de seis(6) meses que, por virtud de lo dispuesto en
el artículo 17 del RGSCAM, se computará a partir de la presentación de la
solicitud por parte del interesado.
Octavo.-
Publicidad.- Los beneficiarios deberán dar la adecuada publicidad del carácter
público de la financiación de los programas, actividades, inversiones o
actuaciones de cualquier índole que se lleven a cabo con empleo de fondos
provenientes de estas subvenciones, incluyendo en todas sus comunicaciones, ya
sean por escrito o a través de medios digitales o informáticos, los logotipos de
la imagen institucional de la Ciudad Autónoma de Melilla incluidos en el Anexo
IV de las bases reguladoras y la leyenda siguiente: “Actividad/Programa
subvencionadopor”, insertando a continuación los citados logotipos. Igualmente,
en la indumentaria de competición con la que se participe en los Campeonatos
subvencionados a través de la presente convocatoria, deberá aparecer en lugar
preferente y bien visible la palabra “MELILLA”.
Noveno.-
Justificación.- De acuerdo con el apartado segundo del artículo 30 de la LGS,
la rendición de la cuenta justificativa constituye un acto obligatorio del
beneficiario, en la que se deben incluir, bajo responsabilidad del declarante,
los justificantes de gasto o cualquier otro documento con validez jurídica que
permitan acreditar el cumplimiento del objeto de la subvención pública. El
plazo para presentar la justificación será de quince (15) días desde el regreso
del desplazamiento subvencionado.
Lugar de la
Firma: MELILLA
Fecha de la
Firma: 2023-02-20
Firmante: SR. DON. RACHID BUSSIAN MOHAMED, EXCMO. SR. CONSEJERO DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTES