ARTÍCULO Nº 215 (CVE: BOME-A-2023-215) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6052 - viernes, 17 de marzo de 2023 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.


Orden nº 752, de fecha 15 de marzo de 2023, relativa al Plan de Formación con Fondos MAP de la ciudad autónoma de melilla para el año 2023, gestionado por la dirección general de función pública.

BOME-P-2023-532 Descargar página

La Excma. Sra. Consejera de Presidencia y Administración Pública, mediante Orden de 15/03/2023, registrada al número 2023000752, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

Previa aprobación en Comisión Paritaria de Formación de la Ciudad Autónoma de Melilla, en sesión celebrada el día 14 de marzo de 2023, se aprueba el Plan de Formación con Fondos MAP el año 2023, gestionado por la Dirección General de Función Pública y financiado con fondos de la Ciudad Autónoma de Melilla al amparo de lo dispuesto en el Artículo 8 VIII del Acuerdo Marco y IX Convenio Colectivo de la Ciudad Autónoma de Melilla (prorrogados).

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 4593/2023, conforme a lo dispuesto en el Decreto del Consejo de Gobierno de atribución de competencias 19 de diciembre de 2019 (BOME extraordinario nº 43 igual fecha), por el que se atribuyen competencias a las Consejerías de la Ciudad Autónoma de Melilla, la Consejería de Presidencia y Administración Pública ostenta las atribuciones en materia de Función Pública, entre otras, de “la planificación, desarrollo y ejecución de la Política de Formación de los empleados públicos de la Ciudad Autónoma de Melilla”, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER:

Que el Plan de Formación con Fondos MAP de la Ciudad Autónoma de Melilla para el año 2023, gestionado por la Dirección General de Función Pública, quede aprobado y se desarrolle conforme a la siguiente concreción:

 

PLAN DE FORMACIÓN FONDOS MAP DGFP 2023

ATENCIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA

MODALIDAD

 ALUMNOS

 HORAS

 EDICIONES

ATENCIÓN AL CIUDADANO CON DISCAPACIDAD

OL

40

30

1

FACILITACIÓN DE TRÁMITES ELECTRÓNICOS A LA CIUDADANÍA

OL

40

30

1

GESTIÓN DE CONFLICTOS EN LA ATENCIÓN AL PÚBLICO

OL

40

30

1

LIDERAZGO ORIENTADO A LA CIUDADANÍA

OL

40

30

1

INFORMÁTICA

MODALIDAD

ALUMNOS

HORAS

EDICIONES

COMPETENCIAS DIGITALES (1ª ED)

OL

40

30

1

ACCESIBILIDAD WEB

OL

40

30

1

REDES SOCIALES Y DERECHO DIGITAL

OL

40

30

1

HACIENDA Y PRESUPUESTOS

MODALIDAD

ALUMNOS

HORAS

EDICIONES

RESPUESTAS PRÁCTICAS SOBRE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

OL

40

30

1

LEY CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO. APLICACIÓN EN LA CAM (1ª ED)

OL

40

30

1

CONTROL FINANCIERO

OL

40

40

1

DISEÑO Y GESTIÓN DE PROYECTOS EUROPEOS

OL

40

30

1

MARCO NORMATIVO DE SUBVENCIONES Y AYUDAS PÚBLICAS EN LA CAM (2ª ED)

OL

40

30

1

APLICACIÓN PRÁCTICA DEL PRESUPUESTO DE LA CAM

OL

40

30

1

GESTIÓN PÚBLICA

MODALIDAD

ALUMNOS

HORAS

EDICIONES

CURSO ESPECÍFICO TRIBUNAL OPOSICIONES

OL

40

30

1

BOME-P-2023-533 Descargar página

INFORMES, DOCUMENTOS Y PLANTILLAS

ADMINISTRATIVAS

OL

40

30

1

TRANSPARENCIA, PUBLICIDAD ACTIVA Y GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN

OL

40

30

1

MEDIACIÓN Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

OL

40

30

1

JURÍDICO-ADMINISTRATIVA

MODALIDAD

ALUMNOS

HORAS

EDICIONES

PROCEDIMIENTO SANCIONADOR Y RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL EN LA CAM

OL

40

40

1

NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIONES Y REVISIÓN DE ACTOS ADMINISTRATIVOS

OL

40

30

1

NORMATIVA DE LA CAM

OL

40

30

1

ADMINISTRACIÓN 2.0

MODALIDAD

ALUMNOS

HORAS

EDICIONES

PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

OL

40

30

1

TRAMITACIÓN DE EXPEDIENTES ELECTRÓNICOS, REGISTRO DE DOCUMENTOS (1ª ED)

OL

40

30

1

ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA EN LA CAM (1ª ED)

OL

40

30

1

RELACIÓN DEL EMPLEADO PÚBLICO CON LA ADMINISTRACIÓN (1ª ED)

OL

40

30

1

ESQUEMA NACIONAL DE SEGURIDAD

OL

40

30

1

·          SERVICIOS SOCIALES

MODALIDAD

ALUMNOS

HORAS

EDICIONES

PROTECCIÓN JURÍDICA DEL MENOR

OL

40

30

1

·            IGUALDAD

MODALIDAD

ALUMNOS

HORAS

EDICIONES

SENSIBILIZACIÓN Y PREVENCIÓN FRENTE A LA VIOLENCIA A LA MUJER

OL

40

30

1

IGUALDAD DE GÉNERO

OL

40

30

1

·          SEGURIDAD Y SALUD

MODALIDAD

ALUMNOS

HORAS

EDICIONES

GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

OL

40

30

1

MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD

MODALIDAD

ALUMNOS

HORAS

EDICIONES

LEGISLACIÓN EN MATERIA DE CAMBIO CLIMÁTICO. LA LEY DE CAMBIO CLIMÁTICO Y TRANSICIÓN ENERGÉTICA

OL

40

30

1

TOTALES POR

MODALIDAD

ONLINE

ALUMNOS

HORAS

EDICIONES

TOTALES 

30

1200

920

30

 

Destinatarios:

Empleados Públicos de la Ciudad Autónoma de Melilla y demás Administraciones Públicas, así como a los Empleados de los Organismos Públicos y Empresas Públicas de la Ciudad Autónoma de Melilla que hayan suscrito el correspondiente convenio de reciprocidad, o de otras que se hayan aprobado por la Comisión Paritaria de Formación, con las condiciones que a continuación se determinan.

Solicitudes: 

La solicitud para participar en las distintas acciones formativas, que se adjunta como Anexo I y consta en el expediente, también está disponible en la siguiente dirección: https://www.melilla.es/melillaPortal/RecursosWeb/DOCUMENTOS/1/25_6852_1.pdf Presentación de solicitudes y plazo de presentación:

 

BOME-P-2023-534 Descargar página

Las solicitudes a los cursos de formación se podrán presentar a través de:

-       Formulario existente en la plataforma del Centro de Estudio y Formación, en la dirección http://formacion.dgfpmelilla.es/

-       en Sede Electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla, en la dirección https://sede.melilla.es/sta/Relec/CatalogDetail?dboidRequest=626900101315695199 9500&action=make&dboidProcedure=6262601011903142907187&urlBack=NO, que se presentará y se registrará a través de la Sede Electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla.

La no cumplimentación correcta, sin rectificación a requerimiento de la Administración, o la falsedad en los datos suministrados será motivo de exclusión de la acción formativa.

El plazo de presentación de solicitudes será, desde el día siguiente a su publicación en el BOME, hasta cinco (5) días hábiles anteriores al inicio de la actividad formativa, salvo que existan plazas vacantes, en cuyo caso podrán ser admitidas hasta el inicio de la actuación formativa correspondiente. Las fechas de realización de las distintas actividades formativas serán programadas por el Centro de Estudio y Formación (CEF), dependiente de la Dirección General de Función Pública, siempre dentro del ejercicio 2023. De dicha programación se dará cumplida información a través del correo electrónico corporativo y del Portal de Formación de la Ciudad Autónoma de Melilla.

En el supuesto de mayor número de solicitudes que de plazas ofertadas, los criterios de selección del personal que asistirá a las acciones formativas, serán, por su orden, los siguientes:

1º. Empleados Públicos de la Ciudad Autónoma de Melilla.

2º. Empleados Públicos de otras Administraciones Públicas

3º. Empleados de Organismos Públicos de la Ciudad Autónoma de Melilla.

4º. Empleados de Empresas Públicas de la Ciudad Autónoma de Melilla

Sin perjuicio de la anterior prelación, en el supuesto de igualdad de condición del solicitante, los criterios de selección, por su orden, serán los siguientes:

1º. Relación de la acción formativa con el puesto de trabajo.

2º. Fecha de registro de solicitud.

Diploma acreditativo:

Finalizado el curso se dará al alumno diploma acreditativo de su asistencia siempre que se justifique por el Centro de Estudio y Formación de la Dirección General de Función Pública que el Empleado Público haya asistido al curso de formación el tiempo mínimo establecido por la Comisión de Formación Continua de la Ciudad Autónoma. Este control se realizará mediante la firma del Empleado Público en las hojas de asistencia, así como por medio de la plataforma de formación, en el supuesto de cursos online y de otros controles que se puedan establecer desde la Dirección General de Función Pública.

Si el curso de formación contempla la posibilidad de obtener un certificado de aprovechamiento, deberá además, superar las pruebas que establezcan los organizadores del curso, en su caso.

Por ello, una vez finalizada la actividad formativa y entregado el correspondiente expediente administrativo al Centro de Estudio y Formación por la entidad gestora correspondiente, en aquellas acciones formativas gestionadas, directa o indirectamente, por la Dirección General de Función Pública, el alumnado con derecho a diploma lo tendrá a su disposición en SEDE ELECTRÓNICA, en un plazo de quince (15) días hábiles desde la incorporación de la memoria de finalización en el expediente correspondiente.

Renuncias y faltas de asistencia:

La renuncia a un curso deberá efectuarse al menos cinco días hábiles antes de la fecha de comienzo del mismo. Iniciada la actividad formativa, la segunda renuncia no justificada a un curso, que dado lo avanzado de dicha actividad, impida el aprovechamiento por parte de otro alumno como suplente, es susceptible de penalización con la exclusión para la realización de cursos pertenecientes a los Planes de Formación de Fondos Propios o MAP durante el ejercicio 2023, previa consideración, a petición del alumno, de los miembros de la Comisión Paritaria de Formación de la Ciudad.

En la modalidad de cursos presenciales, una falta superior al 10 % de la duración total del curso o de un (1) día, en el supuesto de cursos presenciales que, por su duración, la ausencia de un (1) día supere este porcentaje, sin causa justificada, le privará del derecho a diploma-certificado, puesto que lo que acredita éste es la asistencia al Curso.

Contra esta ORDEN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, 
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de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla 16 de marzo de 2023

La Secretaria Técnica de Presidencia y Administración,

Pilar Cabo León

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