ARTÍCULO Nº 215 (CVE: BOME-A-2023-215) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6052 - viernes, 17 de marzo de 2023 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
Orden nº 752, de fecha 15 de marzo de 2023, relativa al Plan de Formación con Fondos MAP de la ciudad autónoma de melilla para el año 2023, gestionado por la dirección general de función pública.
La Excma. Sra. Consejera de Presidencia y Administración Pública,
mediante Orden
de
15/03/2023, registrada al número 2023000752, en el Libro Oficial de
Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:
Previa aprobación en Comisión Paritaria de Formación de la Ciudad
Autónoma de Melilla, en sesión celebrada el día 14 de marzo de 2023, se aprueba
el Plan de Formación con Fondos MAP el año 2023, gestionado por la Dirección
General de Función Pública y financiado con fondos de la Ciudad Autónoma de
Melilla al amparo de lo dispuesto en el Artículo 8 VIII del Acuerdo Marco y IX
Convenio Colectivo de la Ciudad Autónoma de Melilla (prorrogados).
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 4593/2023, conforme a
lo dispuesto en el Decreto del Consejo de Gobierno de atribución de
competencias 19 de diciembre de 2019 (BOME extraordinario nº 43 igual fecha),
por el que se atribuyen competencias a las Consejerías de la Ciudad Autónoma de
Melilla, la Consejería de Presidencia y Administración Pública ostenta las
atribuciones en materia de Función Pública, entre otras, de “la planificación,
desarrollo y ejecución de la Política de Formación de los empleados públicos de
la Ciudad Autónoma de Melilla”, en virtud de las competencias que tengo
atribuidas, VENGO
EN DISPONER:
Que el Plan de Formación con Fondos MAP de
la Ciudad Autónoma de Melilla para el año 2023, gestionado por la Dirección
General de Función Pública, quede aprobado y se desarrolle conforme a la siguiente
concreción:
PLAN DE FORMACIÓN FONDOS MAP DGFP 2023 |
||||
ATENCIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
ATENCIÓN AL
CIUDADANO CON DISCAPACIDAD |
OL |
40 |
30 |
1 |
FACILITACIÓN
DE TRÁMITES ELECTRÓNICOS A LA CIUDADANÍA |
OL |
40 |
30 |
1 |
GESTIÓN DE CONFLICTOS
EN LA ATENCIÓN AL PÚBLICO |
OL |
40 |
30 |
1 |
LIDERAZGO ORIENTADO
A LA CIUDADANÍA |
OL |
40 |
30 |
1 |
INFORMÁTICA |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
COMPETENCIAS
DIGITALES (1ª ED) |
OL |
40 |
30 |
1 |
ACCESIBILIDAD
WEB |
OL |
40 |
30 |
1 |
REDES
SOCIALES Y DERECHO DIGITAL |
OL |
40 |
30 |
1 |
HACIENDA Y PRESUPUESTOS |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
RESPUESTAS PRÁCTICAS
SOBRE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA |
OL |
40 |
30 |
1 |
LEY
CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO. APLICACIÓN EN LA CAM (1ª ED) |
OL |
40 |
30 |
1 |
CONTROL
FINANCIERO |
OL |
40 |
40 |
1 |
DISEÑO Y
GESTIÓN DE PROYECTOS EUROPEOS |
OL |
40 |
30 |
1 |
MARCO
NORMATIVO DE SUBVENCIONES Y AYUDAS PÚBLICAS EN LA CAM (2ª ED) |
OL |
40 |
30 |
1 |
APLICACIÓN
PRÁCTICA DEL PRESUPUESTO DE LA CAM |
OL |
40 |
30 |
1 |
GESTIÓN PÚBLICA |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
CURSO
ESPECÍFICO TRIBUNAL OPOSICIONES |
OL |
40 |
30 |
1 |
INFORMES, DOCUMENTOS
Y PLANTILLAS ADMINISTRATIVAS |
OL |
40 |
30 |
1 |
TRANSPARENCIA,
PUBLICIDAD ACTIVA Y GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN |
OL |
40 |
30 |
1 |
MEDIACIÓN Y
RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS |
OL |
40 |
30 |
1 |
JURÍDICO-ADMINISTRATIVA |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
PROCEDIMIENTO
SANCIONADOR Y RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL EN LA CAM |
OL |
40 |
40 |
1 |
NOTIFICACIÓN
DE RESOLUCIONES Y REVISIÓN DE ACTOS ADMINISTRATIVOS |
OL |
40 |
30 |
1 |
NORMATIVA
DE LA CAM |
OL |
40 |
30 |
1 |
ADMINISTRACIÓN 2.0 |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
PROTECCIÓN
DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL |
OL |
40 |
30 |
1 |
TRAMITACIÓN
DE EXPEDIENTES ELECTRÓNICOS, REGISTRO DE DOCUMENTOS (1ª ED) |
OL |
40 |
30 |
1 |
ADMINISTRACIÓN
ELECTRÓNICA EN LA CAM (1ª ED) |
OL |
40 |
30 |
1 |
RELACIÓN
DEL EMPLEADO PÚBLICO CON LA ADMINISTRACIÓN (1ª ED) |
OL |
40 |
30 |
1 |
ESQUEMA
NACIONAL DE SEGURIDAD |
OL |
40 |
30 |
1 |
·
SERVICIOS
SOCIALES |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
PROTECCIÓN JURÍDICA
DEL MENOR |
OL |
40 |
30 |
1 |
·
IGUALDAD |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
SENSIBILIZACIÓN
Y PREVENCIÓN FRENTE A LA VIOLENCIA A LA MUJER |
OL |
40 |
30 |
1 |
IGUALDAD DE
GÉNERO |
OL |
40 |
30 |
1 |
·
SEGURIDAD
Y SALUD |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
GESTIÓN DE
LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES |
OL |
40 |
30 |
1 |
MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
LEGISLACIÓN
EN MATERIA DE CAMBIO CLIMÁTICO. LA LEY DE CAMBIO CLIMÁTICO Y TRANSICIÓN ENERGÉTICA |
OL |
40 |
30 |
1 |
TOTALES POR MODALIDAD |
ONLINE |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
TOTALES |
30 |
1200 |
920 |
30 |
Destinatarios:
Empleados Públicos de la Ciudad Autónoma de Melilla y demás
Administraciones Públicas, así como a los Empleados de los Organismos Públicos
y Empresas Públicas de la Ciudad Autónoma de Melilla que hayan suscrito el
correspondiente convenio de reciprocidad, o de otras que se hayan aprobado por
la Comisión Paritaria de Formación, con las condiciones que a continuación se
determinan.
Solicitudes:
La solicitud para participar en las distintas acciones formativas, que
se adjunta como Anexo I y consta en el expediente, también está disponible en
la siguiente dirección:
https://www.melilla.es/melillaPortal/RecursosWeb/DOCUMENTOS/1/25_6852_1.pdf Presentación de solicitudes y plazo de
presentación:
Las solicitudes a los cursos de formación se podrán presentar a través
de:
-
Formulario existente en la plataforma del Centro de Estudio y Formación,
en la dirección http://formacion.dgfpmelilla.es/
-
en Sede Electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla, en la dirección https://sede.melilla.es/sta/Relec/CatalogDetail?dboidRequest=626900101315695199
9500&action=make&dboidProcedure=6262601011903142907187&urlBack=NO, que se
presentará y se registrará a través de la Sede Electrónica de la Ciudad
Autónoma de Melilla.
La no cumplimentación correcta, sin rectificación a requerimiento de la
Administración, o la falsedad en los datos suministrados será motivo de
exclusión de la acción formativa.
El plazo de presentación de solicitudes será, desde el día siguiente a
su publicación en el BOME, hasta cinco (5) días hábiles anteriores al inicio de
la actividad formativa, salvo que existan plazas vacantes, en cuyo caso podrán
ser admitidas hasta el inicio de la actuación formativa correspondiente. Las
fechas de realización de las distintas actividades formativas serán programadas
por el Centro de Estudio y Formación (CEF), dependiente de la Dirección General
de Función Pública, siempre dentro del ejercicio 2023. De dicha programación se
dará cumplida información a través del correo electrónico corporativo y del
Portal de Formación de la Ciudad Autónoma de Melilla.
En el supuesto de mayor número de solicitudes que de plazas ofertadas,
los criterios de selección del personal que asistirá a las acciones formativas,
serán, por su orden, los siguientes:
1º. Empleados Públicos de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
2º. Empleados Públicos de otras Administraciones
Públicas
3º. Empleados de Organismos Públicos de la Ciudad
Autónoma de Melilla.
4º. Empleados de Empresas Públicas de la Ciudad
Autónoma de Melilla
Sin perjuicio de la anterior prelación, en el supuesto de igualdad de
condición del solicitante, los criterios de selección, por su orden, serán los
siguientes:
1º. Relación de la acción formativa con el puesto
de trabajo.
2º. Fecha de registro de solicitud.
Diploma
acreditativo:
Finalizado el curso se dará al alumno diploma acreditativo de su
asistencia siempre que se justifique por el Centro de Estudio y Formación de la
Dirección General de Función Pública que el Empleado Público haya asistido al
curso de formación el tiempo mínimo establecido por la Comisión de Formación
Continua de la Ciudad Autónoma. Este control se realizará mediante la firma del
Empleado Público en las hojas de asistencia, así como por medio de la
plataforma de formación, en el supuesto de cursos online y de otros controles
que se puedan establecer desde la Dirección General de Función Pública.
Si el curso de formación contempla la posibilidad de obtener un
certificado de aprovechamiento, deberá además, superar las pruebas que
establezcan los organizadores del curso, en su caso.
Por ello, una vez finalizada la actividad formativa y entregado el
correspondiente expediente administrativo al Centro de Estudio y Formación por
la entidad gestora correspondiente, en aquellas acciones formativas
gestionadas, directa o indirectamente, por la Dirección General de Función
Pública, el alumnado con derecho a diploma lo tendrá a su disposición en SEDE
ELECTRÓNICA, en un plazo de quince (15) días hábiles desde la incorporación de
la memoria de finalización en el expediente correspondiente.
Renuncias
y faltas de asistencia:
La renuncia a un curso deberá efectuarse al menos cinco días hábiles
antes de la fecha de comienzo del mismo. Iniciada la actividad formativa, la
segunda renuncia no justificada a un curso, que dado lo avanzado de dicha
actividad, impida el aprovechamiento por parte de otro alumno como suplente, es
susceptible de penalización con la exclusión para la realización de cursos
pertenecientes a los Planes de Formación de Fondos Propios o MAP durante el
ejercicio 2023, previa consideración, a petición del alumno, de los miembros de
la Comisión Paritaria de Formación de la Ciudad.
En la modalidad de cursos presenciales, una falta superior al 10 % de la
duración total del curso o de un (1) día, en el supuesto de cursos presenciales
que, por su duración, la ausencia de un (1) día supere este porcentaje, sin
causa justificada, le privará del derecho a diploma-certificado, puesto que lo
que acredita éste es la asistencia al Curso.
Contra esta ORDEN, que no agota la vía administrativa, podrá
interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente
al de la notificación o publicación de la presente.
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres
meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender
desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree
conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.
Melilla 16 de marzo de 2023
La Secretaria Técnica de
Presidencia y Administración,
Pilar Cabo León