ARTÍCULO Nº 238 (CVE: BOME-A-2023-238) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6053 - martes, 21 de marzo de 2023 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD
Orden nº 402, de fecha 10 de marzo de 2023, relativa a concesión directa al CEIP nº14 Gabriel de Morales, para la conservación de la totalidad de los edificios que integran el centro educativo, año 2023.
La Excma.
Sra. Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, mediante Orden num.
2023000402, del día 10 de marzo de 2023, ha dispuesto lo siguiente:
“Instruido el
expediente administrativo pertinente, con sujeción a las bases reguladoras de
la concesión de ayudas y subvenciones publicas por el procedimiento de
concesión directa en el ámbito de actuación de la Consejería de Educación,
publicadas en el BOME nº 5202, de 23 de enero de 2015, VENGO EN
ORDENAR, la
concesión y pago de una subvención directa al colegio CEIP Nº 14 GABRIEL DE
MORALES, con CIF S5200043G, por importe de 12.412,62 euros, al objeto de la
conservación de la totalidad de edificios que integran el centro educativo
durante el año 2023, con cargo a la aplicación 14/32319/48000, RC nº12023000003841, del 08/02/2023, debiendo
destinarse a sufragar los siguientes gastos, sin perjuicio de que tratándose de
estimaciones determinados apartados requieran una mayor aportación que se
atendería detrayendo cantidades previstas para los otros, previa autorización
de la Consejería de Educación, Cultura,
Festejos e Igualdad:
Actuación |
Importe estimado / € |
Pintado de áreas deterioradas. |
2.000,00 € |
Reparaciones de mobiliario y cortinaje |
1.500,00 € |
Reparaciones de cerrajería que dichos edificios
precisen para el óptimo estado de funcionamiento de los edificios. |
1.500,00 € |
Reparaciones de averías necesarias a efectos de
mantener y conservar los edificios en óptimo estado de funcionamiento ,
incluidas las instalaciones eléctricas, de fontanería, sis5temas de extinción
de incendios, aires acondicionados, cristales, puertas, persianas,
sanitarios. |
4.412,62 € |
Equipamiento de áreas específicas que requieren
material concreto ( alfombras, protecciones de cantos...) |
3.000,00 € |
TOTAL |
12.412,62 € |
La subvención
se abonará a la firma de la presente resolución, mediante un pago único a justificar,
dispensándose de la constitución de garantía en atención al objeto de la
subvención.
Al adoptarse
la orden de concesión una vez iniciada la
presente anualidad, parte de
las actuaciones objeto de la
subvención han podido haberse realizado
ya, por lo que el pago a realizar tras
la concesión tendrá un doble carácter, pudiéndose considerar pago a cuenta de
las actividades ya realizadas y asimismo, prepagable, con respecto a las
actividades aún por realizar en el periodo de vigencia que resta del año.
La percepción
de la subvención es compatible con los ingresos que para el mismo objeto pueda
percibir la entidad beneficiaria, procedentes de cualesquiera personas o
entidades tanto públicas como privadas, si bien su importe no podrá superar el
coste total de la actividad subvencionada, en cuyo caso se minorará la
subvención en la cantidad correspondiente.
Se deberá
aportar declaración de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la
actividad subvencionada con indicación de su importe y procedencia.
El
beneficiario podrá subcontratar totalmente la actividad subvencionada, en los
términos y condiciones establecidos en la Ley General de Subvenciones.
En atención a
la instrucción 1/2019 de la ORIESCON en lo concerniente a la petición de tres
ofertas en contratación menor ( igual o mayor a 15.000 euros) , y tratándose
del manejo por el citado centro educativo de fondos públicos, salvo que de
forma justificada no se pueda, se formulará la petición de tres ofertas cuando
se trate de contratar por al entidad suministros o servicios externos de
cualquier tipo sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa subvencional.
De
conformidad con el artículo 18 de la Ley 38/2003 y 31 del Real Decreto 887/2006, el Colegio dará
la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de actuaciones
de cualquier tipo que sean objeto de subvención.
La
justificación se realizará mediante rendición de cuenta justificativa que
comprenderá el coste total anual 2023 de
la actividad subvencionada y la totalidad de ingresos y los justificantes de
gastos imputados a sufragar dicha actividad.
La memoria
económica justificativa deberá aportar relación clasificada de los gastos con
identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión, y
fecha de pago.
Las facturas
que se aporten deberán reunir los requisitos mínimos conforme al Real Decreto
1619/2012 que regula las obligaciones de facturación y deberán acompañarse de
las acreditaciones de pago mediante transferencia bancaria en su caso.
De
conformidad con el artículo 7 de la Ley 7/2012, de 29 de octubre, no podrán
pagarse en efectivo las operaciones en las que algunas de las partes
intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe
igual o superior a 2.500 euros o su contravalor en moneda extranjera.
La cuenta
justificativa se presentará en el plazo máximo de tres meses desde la
conclusión de la actividad subvencionada, ante la Consejería de Educación,
Cultura, Festejos e Igualdad, que una vez conformada la remitirá, si así se le
requiriese, a la Intervención General de la Ciudad para el ejercicio de la
función fiscalizadora que tiene encomendada.”
De
conformidad con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
procedimiento administrativo común, contra la presente resolución, que no agota
la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Presidente de
la Ciudad Autónoma de Melilla, a interponer en el plazo de un mes contado a
partir del día siguiente al de la notificación de la presente Orden, pudiendo
presentarse el recurso ante esta Consejería o bien directamente ante el órgano
competente para resolverlo, sin perjuicio de que pueda el interesado ejercitar
cualquier otro recurso que estime oportuno.
Lo que se
publica en el Boletín Oficial de Melilla para general conocimiento.
Melilla 15 de marzo de 2023,
El Secretario Técnico de Educación, Cultura, Festejos
e Igualdad,
Juan León Jaén Lara