ARTÍCULO Nº 330 (CVE: BOME-A-2023-330) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6059 - martes, 11 de abril de 2023 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.


Acuerdo nº 0255, de fecha 31 de marzo de 2023, relativo a la modificación del Plan Estratégico General de Subvenciones de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas (2023-2025).

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El Consejo de Gobierno, en sesión ejecutiva Extraordinaria de urgencia celebrada el 31 de marzo de 2023, ha procedido a la aprobación de la propuesta de la Consejería de Presidencia y Administración Pública, adoptando el siguiente acuerdo registrado al número 2023000255:

I.- Que con fecha 02 de marzo de 2023 se procede a la aprobación por el Consejo de Gobierno mediante acuerdo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Presidencia y Administración Pública (BOME Extraordinario número 9 de 02 de marzo de 2023).

II.-Que el artículo 16.1.27 del Reglamento del Gobierno y la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla establece que le corresponde al Consejo de Gobierno:

“La aprobación de la planificación estratégica en materia de subvenciones, así como la concesión directa de subvenciones a las que alude el artículo 22.2 de la Ley General de Subvenciones cuando igualen o superen la cuantía de 18.000 euros”.

III.-Que el artículo 8 del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla establece que “serán subvencionables las actividades programadas en las convocatorias específicas, y referidas a las áreas de: ñ) Otras: cualquier otra actividad de la actividad de la Ciudad Autónoma y susceptible de subvencionar por dirigirse a un colectivo de población determinado, así como aquellas actividades de utilidad pública, interés social o de promoción de una finalidad pública, que así sean consideradas por parte de la Ciudad.”

IV.-Que por parte de la Administración General del Estado procedió a la aprobación, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea - Next Generation EU, de una serie de Reales Decretos, en los que asigna una cantidad específica para el desarrollo de determinadas actuaciones a la Ciudad Autónoma de Melilla

V.-Que estas ayudas tienen por finalidad contribuir a la Conectividad Digital, impulso de la ciberseguridad y despliegue del 5G, y la cuantificación económica de las mismas son las siguientes:

 

COMPONENTE

INVERSIÓN

DENOMINACIÓN

TOTAL

15

C15.I2

Mejora de la conectividad en centros y sectores claves. Polígonos Industriales

66.000,00

15

C15.I3

Bonos conectividad para pymes y colectivos vulnerables

79.200,00

15

C15.I4

Adaptación de la infraestructura de telecomunicaciones en los edificios

72.600,00

 

VI.-Que los siguientes Reales Decretos se utilizarán como Bases reguladoras de las correspondientes subvenciones:

·          Real Decreto 988/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

·          Real Decreto 989/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución del programa de emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

·          Real Decreto 990/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de diversas actuaciones de mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

VII.- Que con fecha 28/03/2023 se emite informe justificativo de la Dirección General de la Sociedad de la Información. De acuerdo con el Informe de la Secretaría Técnica de la Consejería de Presidencia y Administración Pública, ha procedido a informar de forma favorable que la tramitación del expediente se ajusta a lo dispuesto en la Ley General de Subvenciones, el Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla, el Reglamento del Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, la Ley de Procedimiento Administrativo  Común de las Administraciones Públicas, y demás normativa de aplicación.

Por todo lo anterior y de conformidad con los documentos aportados al expediente 11594/2023, vengo en proponer al Consejo de Gobierno lo siguiente.

1º) La MODIFICACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO GENERAL DE SUBVENCIONES DE LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA vigente, concretamente en el apartado referido a la DIRECCIÓN GENERAL DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN, se incluye:

 

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“Objetivos estratégicos:”

6. Fomentar acciones para contribuir a la Conectividad Digital, impulso de la ciberseguridad y despliegue del 5G, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

LÍNEA ESTRATÉGICA 5ª

Objetivo estratégico: Contribuir a la transformación de los sectores productivos y la transición hacia un nuevo modelo económico y social. Incorporar a la Sociedad del Gigabit al tejido empresarial español y a la totalidad de la ciudadanía. Componente 15: Conectividad Digital, impulso de la ciberseguridad y despliegue del 5G.

Objetivo específico:  La ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales, centros logísticos y otras áreas de alta concentración empresarial de la Ciudad Autónoma de Melilla, en el marco del PRTR financiado por la Unión Europea - Next Generation EU.

·              Área de competencia: Consejería de Presidencia y Administración Pública, Dirección General de la Sociedad de la Información.

·              Centro gestor: Dirección General de la Sociedad de la Información.

·              Sector al que se dirige la ayuda: Los establecidos en el artículo 13 del Real Decreto 988/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

·              Objetivos y efectos que se pretenden obtener: Proporcionar conectividad de redes de banda ancha de muy alta velocidad, capaces de prestar servicios a velocidades de 1 Gbps, en primer lugar, en la zona donde se ubiquen polígonos industriales y centros logísticos así como otras áreas de alta concentración empresarial; en segundo lugar, mediante la instalación de una red de comunicaciones electrónicas de alta velocidad que abarque los referidos ámbitos de actuación y, en su caso, sus zonas industriales adyacentes; y por último, mediante la instalación de una red de comunicaciones electrónicas de alta velocidad en cada una de las fábricas, centros, unidades, instalaciones y dependencias que formen parte de aquellos. Todo ello de acuerdo con el componente e inversión C15.I2: “Refuerzo de conectividad en centros de referencia, motores socioeconómicos y proyectos tractores de digitalización sectorial”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia”.

·              Plazo necesario para su consecución: Se trata de una ayuda de carácter temporal, vinculada a lo dispuesto en el Real Decreto 988/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

·              Costes previsibles: 66.000,00 €.

·              Aplicación Presupuestaria: 03/49102/61901 (MEJORA DE LA CONECTIVIDAD POLIGONOS INDUSTRIALES RESILIENCIA)

·              Aportación de otros entes: En el marco del PRTR financiado por la Unión Europea - Next Generation EU.

·              Plan de acción: Se prevén los siguientes:

-        Concesión de subvenciones mediante el procedimiento de concurrencia.

-        Fechas de concesión previstas: último cuatrimestre del ejercicio 2023.

-        Mecanismos de actuación: Real Decreto 988/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

-        Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Real Decreto 988/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Las Bases de la subvención será el citado Real Decreto 988/2021 y la correspondiente Convocatoria.

·       Seguimiento y evaluación:

-          Número de solicitudes presentadas.

-          Número de beneficiarios finales.

LÍNEA ESTRATÉGICA 6ª

Objetivo estratégico: Contribuir a la transformación de los sectores productivos y la transición hacia un nuevo modelo económico y social. Incorporar a la Sociedad del Gigabit al tejido empresarial español y a la totalidad de la ciudadanía. Componente 15: Conectividad Digital, impulso de la ciberseguridad y despliegue del 5G.

Objetivo específico:  Concesión de ayudas para financiar la contratación de nuevos servicios y cubrir un paquete de conexión a banda ancha o el incremento de la velocidad de los ya contratados, en ambos casos desde una ubicación fija, con una velocidad mínima de 30 Mbits por segundo en sentido descendente en condiciones de hora punta, suministrado con la tecnología más adecuada en cada caso a fin de respetar el principio de neutralidad tecnológica.

·              Área de competencia: Consejería de Presidencia y Administración Pública, Dirección General de la Sociedad de la Información.

·              Centro gestor: Dirección General de la Sociedad de la Información.

·              Sector al que se dirige la ayuda: Unidades familiares que carecen de recursos económicos, y presenten factores que puedan abocar a una situación de riesgo de exclusión social, siendo dicha ayuda un complemento para frenar la pobreza digital y disminuir la brecha digital que puedan sufrir dichos colectivos.

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·              Objetivos y efectos que se pretenden obtener: Los objetivos de estas ayudas, a conceder en régimen de concesión directa mediante convocatoria abierta, es la ejecución de un programa de emisión de bonos de conectividad digital (bonos digitales) para colectivos vulnerables. Todo ello de acuerdo componente 15 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia se contempla la inversión C15.I3 «Bonos digitales para pymes y colectivos vulnerables», que prevé la financiación de inversiones y gastos derivados de la conexión a banda ancha de colectivos vulnerables.

·              Plazo necesario para su consecución: Se trata de una ayuda de carácter temporal, vinculada a lo dispuesto en el Real Decreto 989/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución del programa de emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

·              Costes previsibles: 79.200,00 €.

·              Aplicación Presupuestaria: 03/49102/48900 (BONOS CONECTIVIDAD PYMES-COLECTIVOS VULNERABLES RESILIENCIA)

·              Aportación de otros entes: En el marco del PRTR financiado por la Unión Europea - Next Generation EU.

·              Plan de acción: Se prevén los siguientes:

-               Concesión de subvenciones mediante el procedimiento de concurrencia.

-               Fechas de concesión previstas: último cuatrimestre del ejercicio 2023.

-               Mecanismos de actuación: Real Decreto 989/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución del programa de emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

-               Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Real Decreto 989/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución del programa de emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Las Bases de la subvención será el citado Real Decreto 989/2021 y la correspondiente Convocatoria.

·              Seguimiento y evaluación:

-          Número de solicitudes presentadas.

-          Número de beneficiarios finales.

LÍNEA ESTRATÉGICA 7ª

Objetivo estratégico: Contribuir a la transformación de los sectores productivos y la transición hacia un nuevo modelo económico y social. Incorporar a la Sociedad del Gigabit al tejido empresarial español y a la totalidad de la ciudadanía. Componente 15: Conectividad Digital, impulso de la ciberseguridad y despliegue del 5G.

Objetivo específico:  Concesión de ayudas para financiar para compensar los costes derivados de la mejora de las instalaciones de telecomunicaciones en las edificaciones sujetas al régimen de propiedad horizontal que no dispongan de una infraestructura común de telecomunicaciones (ICT).

·              Área de competencia: Consejería de Presidencia y Administración Pública, Dirección General de la Sociedad de la Información.

·              Centro gestor: Dirección General de la Sociedad de la Información.

·              Sector al que se dirige la ayuda: Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las comunidades de propietarios, de un edificio o conjunto de edificaciones, sujetos al régimen de propiedad horizontal, establecidos en el artículo 396 del Código Civil, así como, en los correlativos de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, y que precisen adaptar sus instalaciones de telecomunicaciones en el interior del edificio o conjunto de edificaciones.

·              Objetivos y efectos que se pretenden obtener: Este programa de ayudas en forma de subvenciones está destinado también a fomentar la retirada de antenas y cableado en desuso de radio y televisión, la sustitución de sistemas individuales de recepción de radio y televisión y de antiguas instalaciones de recepción colectiva por sistemas comunes de recepción colectiva actualizados que, junto a la instalación de redes de fibra óptica o cable coaxial en el interior de edificaciones y de redes multioperador en urbanizaciones, cumplan, en lo aplicable, lo previsto en la normativa vigente en materia de ICT; todo ello, con objeto de facilitar la prestación de servicios de banda ancha ultrarrápida. Todo ello de acuerdo componente 15 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia se contempla la inversión C15.I4, relativo a la «Renovación y sostenibilidad de infraestructuras. Mejora del equipamiento que permite alojar las infraestructuras de telecomunicaciones situadas en los edificios para optimizar el despliegue de redes y lograr un menor consumo de energía».

·              Plazo necesario para su consecución: Se trata de una ayuda de carácter temporal, vinculada a lo dispuesto en el Real Decreto 990/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de diversas actuaciones de mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea-Next Generation EU).

·              Costes previsibles: 72.600,00 €.

·              Aplicación Presupuestaria: 03/49102/62608 (INFRAESTRUCTURA DE REHABILITACIONES EN EDIFICIOS RESILIENCIA

·              Aportación de otros entes: En el marco del PRTR financiado por la Unión Europea - Next Generation EU.

·              Plan de acción: Se prevén los siguientes:

-               Concesión de subvenciones mediante el procedimiento de concurrencia.

-               Fechas de concesión previstas: último cuatrimestre del ejercicio 2023.

BOME-P-2023-1056 Descargar página

-               Mecanismos de actuación: Real Decreto 990/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de diversas actuaciones de mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

-               Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Real Decreto 990/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de diversas actuaciones de mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Las Bases de la subvención será el citado Real Decreto 989/2021 y la correspondiente Convocatoria.

·              Seguimiento y evaluación:

-          Número de solicitudes presentadas.

-          Número de beneficiarios finales.

2º) Que se proceda a la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla.

De conformidad con los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), y 93 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extra. núm. 2, de 30 de enero de 2017) y demás concordantes, contra el presente acuerdo/decreto del Consejo de Gobierno, que agota la vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición a interponer ante el propio Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla en el plazo de un mes a partir de su publicación o notificación, o bien, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción contenciosa  administrativa competente, en el plazo de dos meses desde la publicación o notificación.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que notifica o hace público para su conocimiento y efectos.

Lo que le traslado para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla 3 de abril de 2023,

P.A. del Secretario Acctal.,

Juan Luis Villaseca Villanueva