ARTÍCULO Nº 341 (CVE: BOME-A-2023-341) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6060 - viernes, 14 de abril de 2023 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - ASAMBLEA - Secretaría General


Acuerdo de la Excma. Asamblea de Melilla, de fecha 10 de abril de 2023, relativo a la modificación del Presupuesto de la Encomienda de Gestión entre la Ciudad Autónoma de Melilla y Residuos de Melilla, S.A.M.P. para la gestión de residuos y actividades relacionadas con el Medio Ambiente en el Ámbito Territorial de Melilla para los años 2024, 2025, 2026 y 2027.

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A N U N C I O

La Excma. Asamblea en sesión resolutiva ordinaria celebrada el día 10 de abril de 2023, adoptó entre otros el siguiente acuerdo:

PUNTO TERCERO.-  MODIFICACION DEL PRESUPUESTO DE LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y RESIDUOS DE MELILLA, S.A.M.P. PARA LA GESTIÓN DE RESIDUOS Y ACTIVIDADES RELACIONADAS CON EL MEDIO AMBIENTE EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DE MELILLA PARA LOS AÑOS 2024, 2025, 2026, 2027 Y MODIFICACIÓN DE LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y RESIDUOS DE MELILLA, S.A.,M.P. PARA LA GESTIÓN DE RESIDUOS Y ACTIVIDADES RELACIONADAS CON EL MEDIO AMBIENTE EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DE MELILLA.-  La Comisión Permanente de Medio Ambiente  y Sostenibilidad, en sesión extraordinaria de urgencia celebrada el día 27 de marzo de 2023, conoció propuesta de aprobación del asunto citado y una vez sometida a votación, tras las deliberaciones que constan en el acta de la sesión, se aprobó por unanimidad.

Se hace constar las observaciones realizadas en el informe de Intervención, que con carácter previo a la modificación de la encomienda de gestión entre la CAM y REMESA, para la gestión de residuos y actividades relacionadas con el medio ambiente, tal y como establece el informe de Intervención de 23 de enero que acompaña al expediente, deberá aportarse acuerdo de la Asamblea de Melilla sobre la aprobación del gasto plurianual.

Por tanto, la aprobación de la modificación propuesta queda condicionada a que con carácter previo, se proceda por parte de la Asamblea  a la modificación del presupuesto previsto de la misma, dando con ello cumplimiento a lo recogido en el artículo 174 del TRLRHL para gastos plurianuales.

El órgano gestor de la encomienda, deberá cerciorarse del cumplimiento, en caso de que se lleve a cabo subcontratación por parte de REMESA, de los límites que el artículo 32 de la LCSP establece para este tipo de encargos.

Se procede a su publicación dicha propuesta en el BOME, siendo del tenor literal siguiente:

 PROPUESTA DE MODIFICACION DEL PRESUPUESTO DE LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y RESIDUOS DE MELILLA, S.A.M.P. PARA LA GESTIÓN DE RESIDUOS Y ACTIVIDADES RELACIONADAS CON EL MEDIO AMBIENTE EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DE MELILLA PARA LOS AÑOS 2024, 2025, 2026, 2027 Y MODIFICACIÓN DE LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y RESIDUOS DE MELILLA, S.A.,M.P. PARA LA GESTIÓN DE RESIDUOS Y ACTIVIDADES RELACIONADAS CON EL MEDIO AMBIENTE EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DE MELILLA.

En esta propuesta se incluyen 2 puntos:

1)             Modificación del Presupuesto para la Encomienda de Gestión de los años 2024, 2025, 2026, 2027

2)             Modificación de la encomienda de Gestión entre la Ciudad Autónoma De Melilla y Residuos de Melilla, S.A., M.P. para la gestión de residuos y actividades relacionadas con el medio ambiente en el ámbito territorial de Melilla.

Al estar incluido el primer punto de la propuesta en la modificación indicada en el segundo punto, es necesario la aprobación de la Modificación del Presupuesto para continuar con el segundo punto.

Antecedentes

El Pleno celebrado por el Ayuntamiento de Melilla el 2 de abril de 1993, adoptó el acuerdo de constituir la sociedad “RESIDUOS MELILLA S.A., M.P.” (en adelante REMESA) al 50% con la sociedad estatal “EMPRESA PARA LA GESTION DE RESIDUOS INDUSTRIALES S.A., S.M.E., M.P.” (EMGRISA), por lo que es una empresa 100% de capital público.

REMESA se constituyó mediante escritura pública de fecha 22 de julio de 1993, habiendo modificado sus Estatutos sociales en virtud del acuerdo adoptado por la Junta General de Accionistas celebrada con fecha 16 de febrero de 2016 con el objeto de constituir como medio propio y servicio técnico de la Administración, y en especial de su accionista, la Ciudad Autónoma de Melilla, de conformidad con lo establecido en el art. 24.6 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprobó el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Su objeto social consiste en la explotación y gestión de plantas integrales de residuos sólidos urbanos (R.S.U.) e Industriales (R.I.) en la Ciudad Autónoma de Melilla. En concreto dicha gestión comprende, con carácter enunciativo y no limitativo, la gestión de residuos de mataderos, escorias férricas (chatarra), vehículos fuera de uso y análisis de agua, así como la realización de todo tipo de actividades relacionadas con el medio ambiente, la gestión integral del agua y la energía, llevando a cabo para ello cuantos estudios, controles, análisis, evaluaciones, proyectos, obras como sean necesarios.

De conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la realización de la actividad encomendada no supone la transferencia de la titularidad ni del ejercicio de las competencias de gestión de residuos, atribuidas por la Ley 7/85 de 2 de abril, de Bases de Régimen Local en su artículo 25.2 b).

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Con fecha 7 de septiembre de 2017 se aprobó por el Pleno de la Asamblea de Melilla la encomienda de gestión entre la CAM y REMESA para la gestión de residuos y actividades relacionadas con el medio ambiente en el ámbito territorial de Melilla, publicado en el BOME del 19 de septiembre de 2017, con el siguiente texto:

ENCOMIENDA DE GESTION

PRIMERA. - OBJETO Y ALCANCE DE LA ENCOMIENDA.

El objeto es la constitución de una encomienda de gestión, a favor de la sociedad REMESA, por parte de la Ciudad Autónoma de Melilla, al amparo del art. 11 Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, regulando la forma y condiciones en que REMESA gestionará para la Ciudad Autónoma de Melilla los servicios que a continuación se relacionan:

a.- Puesta a disposición y operación de la Planta Incineradora (propiedad de REMESA), para:

1.     Valorización energética de los residuos.

2.     Desclasificación y valorización de aceites usados.

3.     Desclasificación y valorización de Hidrocarburos.

4.     Tratamiento de residuos hospitalarios, biosanitarios y residuos de matadero (MER, despojos y toros de lidia).

5.     Gestión de cenizas volantes de la PVE (acondicionamiento previo, transporte y tratamiento final en la península).

6.     Gestión de las cenizas de monovertedero (acondicionamiento previo, transporte y tratamiento final en la península).

7.     Gestión de las escorias de fondo de horno.

8.     Neumáticos fuera de uso

b.- Operación del Horno incinerador de cadáveres de animales (propiedad de la Ciudad Autónoma), para:

1.     Tratamiento Cadáveres de animales.

c.- Operación del Centro de Almacenamiento Temporal (propiedad de la Ciudad Autónoma), para:

1.     Gestión de los residuos durante la parada anual de planta de la PVE.

2.     Gestión del papel y cartón proveniente de la recogida selectiva y contenedores de la frontera (acondicionamiento previo y transporte a la península).

d.-Operación del Centro Autorizado de Tratamiento Vehículos Fuera de Uso (propiedad de la Ciudad Autónoma), para:

1.     Tratamiento de Vehículos Fuera de uso.

2.     Gestión de residuos férricos (chatarra).

3.     Gestión de baterías y pilas fuera de uso.

4.     Gestión de los aceites vegetales de hostelería y domésticos.

5.     Gestión de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE´s).

6.     Gestión de los residuos de amianto.

7.     Gestión de los residuos de los gases fluorados.

SEGUNDA.- OBLIGACIONES DE REMESA.

REMESA se obliga a:

1.     Prestar los servicios encomendados y enumerados en el apartado anterior.

2.     Garantizar la seguridad, así como el buen funcionamiento, el mantenimiento y la reparación de las instalaciones, mediante una vigilancia regular y sistemática del servicio, en vistas a limitar la frecuencia y la duración de los paros eventuales, para asegurar la mejor calidad posible del servicio.

3.     A mejorar continuamente en la busca de nuevas economías, en particular, aplicando las medidas de la técnica de la explotación.

4.     Suscribir una póliza de seguros para cubrir su responsabilidad civil y medioambiental.

5.     En caso de interrupción imprevista del servicio, aunque sea parcial y, por cualquier motivo, REMESA deberá tomar urgentemente las medidas necesarias para reiniciar el funcionamiento del servicio, en el plazo más breve posible y avisar a la Ciudad Autónoma de Melilla.

6.     Aportar los recursos humanos para el desempeño de las actividades y servicios encomendados, ostentando a todos los efectos la condición de empresario, respecto del personal a su cargo. El personal de REMESA no tendrá ningún tipo de vinculación, de carácter laboral o administrativo con la Ciudad Autónoma de Melilla. Si bien, a la terminación de la presente encomienda, la empresa u organismo que le suceda en la responsabilidad de la realización de los servicios encomendados a REMESA, o equivalentes, habrá de subrogarse en las obligaciones de ésta con el personal que realizaba dichos servicios.

TERCERA.- OBLIGACIONES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA.

La Ciudad Autónoma de Melilla se obliga a:

1.     Recoger y entregar, en las condiciones adecuadas, en las instalaciones de REMESA, todos los residuos de la naturaleza acordada que se recojan por la Ciudad Autónoma, poniendo todos los medios a su alcance para evitar que particulares u organizaciones realicen recogidas ilegales, sobre todo, de materiales valorizables.

2.     Como contraprestación a los servicios prestados, la Ciudad Autónoma de Melilla, con arreglo a la cláusula cinco, satisfará, en plazo y forma, las cantidades facturadas por REMESA.

CUARTA.- DISPOSICIONES FINANCIERAS.

4.1.          Facturación de los servicios de tratamiento de los residuos sólidos urbanos

Como contraprestación al servicio de valorización de los residuos urbanos prestados por REMESA, se aplicará un precio por tonelada de residuos sólidos urbanos valorizados, cuyo importe será el que determinen las tarifas de la empresa REMESA vigentes en cada momento, que para el año 2017 está establecida en 99,86 /t. (impuestos no incluidos).

4.2.          Facturación de los demás servicios encomendados

Como contraprestación a los demás servicios realizados por REMESA, la Ciudad Autónoma de Melilla, abonará las facturas que a tal efecto emita REMESA. Dichas facturas se realizarán con los precios unitarios correspondientes a la tarifa vigente en cada momento, siendo ésta para el año 2017, la siguiente (impuestos no incluidos):

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Planta Valorización Energética (propiedad de REMESA)

Tipo de Residuo

Facturación soportada

Precio

Valorización de residuos

Ciudad Autónoma

99,86 /tn

Residuos de Matadero

Ciudad Autónoma

15,90 / Cont.60l

Gestión de cenizas incineradora

Ciudad Autónoma

168,18 / tn

 

Horno Inc. Cadáveres Animales (propiedad de la Ciudad Autónoma)

Tipo de Residuo

Facturación soportada

Precio

Cadáveres animales

Ciudad Autónoma

1,13 / Kg.

Transporte cadáveres animales

Ciudad Autónoma

40,62 / transp.

Centro de vehículos fuera de uso (propiedad de la Ciudad Autónoma)

Gestión del centro

Ciudad Autónoma

13.238,60 / mes

Otros residuos

 

 

Tipo de Residuo

Facturación soportada

Precio

Gestión de residuos amianto

Ciudad Autónoma

 

Diámetro <0,5m o placas

 

62 / tn

Diámetro 0,5m < x < 0,9m

 

91 / tn

Transporte

 

70 / m2

Suministro Big-Bags

 

22 / ud

 

4.1.          Forma de Pago

La Ciudad Autónoma de Melilla abonará a REMESA las certificaciones o facturaciones según lo establecido en la normativa vigente en materia de contratación pública.

4.2.          Límite financiero.

La retribución a satisfacer a REMESA por los servicios prestados objeto de la presente encomienda, en el periodo de 10 años fijado en la misma, con inicio de la ejecución de la encomienda el 01-07-2017, asciende a 51.249.023,42 (Cincuenta y un millones doscientos cuarenta y nueve mil veintitrés euros con cuarenta y dos céntimos).

 

2017

2018

2019

2020

2021

1.152.806,74

4.703.451,50

4.797.520,53

4.893.470,94

4.991.340,36

 

2022

2023

2024

2025

2026

2027

5.091.167,17

5.192.990,51

5.296.850,32

5.402.787,33

5.510.843,07

4.215.794,9

 

Esta cuantía tiene carácter estimativo, puesto que se ha obtenido aplicando las tarifas actuales y la previsión de actividad en dicho periodo. Esta retribución fijada como consecuencia de la encomienda, podrá ser objeto de actualización para corregir la posible desviación sobre la proyección plurianual prevista, mediante Orden de la Consejería de Coordinación y Medio Ambiente, con el límite de la dotación presupuestaria establecida en el correspondiente ejercicio presupuestario.

Dichos pagos se girarán contra la Partida 07 16230 22700 “Planta Incineradora Basuras” del presupuesto de la CAM, o contra las partidas vinculadas en su caso.

4.3.          Revisión de tarifas.

Anualmente se acordarán las tarifas vigentes para el año siguiente.

El criterio de fijación de tarifas para el año siguiente deberá tener en cuenta la premisa de que el resultado obtenido por las operaciones objeto de esta encomienda (ingresos procedentes de la CAM del último ejercicio cerrado, una vez detraídos los gastos de dicho ejercicio - en la proporción que los ingresos de la CAM supongan sobre el total-), supongan un margen neto positivo del 4% sobre el volumen de ventas del ejercicio facturado a la CAM.

QUINTA.- CONTROL DE LA GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE INCINERACIÓN DE RESIDUOS.

Para permitir la verificación y el control del funcionamiento, tanto de las condiciones financieras como de las técnicas, REMESA emitirá anualmente un informe técnico que facilitará al menos, las siguientes indicaciones:

-       Cantidad de residuos sólidos urbanos tratados aceptados por su origen.

-       Cantidades de energía, fuel, electricidad (compradas, producidas, distribuidas, vendidas, estado stock).

-       Parámetros que permitan calcular los rendimientos.

-       Toneladas de escoria y chatarra vendidas.

-       Cantidad y valor de los suministros (agua, calor, electricidad, pequeño material, etc.)

-       Energía librada y producida.

-       Controles y revisiones oficiales de la Planta.

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-       Evolución general de las instalaciones.

-       Trabajos de renovación efectuada y por efectuar.

-       Diario de paros e intervenciones.

SEXTA.- VIGENCIA DE LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN.

Habida cuenta de que, para la realización de esta encomienda, REMESA ha tenido que realizar inversiones importantes, únicamente utilizables para estos fines, la vigencia de esta encomienda debe permitir la amortización total de estos activos, motivo por el cual se establece el periodo de validez de la encomienda asociada a la vida útil de las instalaciones.

Si bien, debido a la imposibilidad de hacer previsiones a largo plazo, se considera que esta encomienda deberá ser revisada en su contenido, al menos cada 10 años, ajustándose entonces a la realidad del momento, fijándose por tanto el periodo de la presente encomienda en 10 años a partir del momento de su aprobación.

La presente Encomienda de Gestión sustituye y deja sin efecto el anterior Convenio de fecha 1 de septiembre del 2010.

Llegado el vencimiento de la presente encomienda de gestión, conforme a lo estipulado en la presente cláusula, o bien si se procediera a su resolución anticipada, si el prestatario sucesivo del servicio fuese distinto de REMESA, la C.A.M., como encomendante, se obliga a tomar a su cargo, la totalidad de los bienes medios materiales y técnicos propiedad del encomendatario que hubieran sido necesarios para que éste procediera a la organización y prestación del servicio en condiciones óptimas durante su vigencia, ya que al tratarse de un servicio esencial para la comunidad deberá ponerlos a disposición del nuevo prestatario.

En tal supuesto, para formalizar la asunción de la titularidad por el encomendante de los medios materiales citados, adscritos al servicio encomendado, deberá procederse a su correspondiente valoración conforme a criterios normales de mercado.

SÉPTIMA.- RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS.

La presente Encomienda de Gestión posee naturaleza administrativa, rigiendo en su interpretación y desarrollo el ordenamiento jurídico administrativo, con expresa sumisión de las partes a la jurisdicción contenciosa-administrativa. En todo caso, con carácter subsidiario, se estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

--------------------------------------------- FIN DE LA ENCOMIENDA ------------------------------------------

El tiempo trascurrido desde el inicio de la encomienda ha propiciado la necesidad de ampliar las actividades contenidas en la misma, razón de la presente modificación de la encomienda.

Una vez vista la Memoria acreditativa de excepcionalidad, que dice:

MEMORIA ACREDITATIVA DE LA EXCEPCIONALIDAD DE LA MODIFICACIÓN DE LA VIGENTE ENCOMIENDA PARA LA GESTIÓN DE RESIDUOS Y ACTIVIDADES RELACIONADAS CON EL MEDIO AMBIENTE EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DE MELILLA.

1. ANTECEDENTES

La larga y variada trayectoria de la gestión de los RSU y residuos de otras procedencias en la Ciudad Autónoma de Melilla, a lo largo de las últimas décadas, ha evolucionado del vertido directo e incontrolado en la Punta del Morrillo, al depósito en el vertedero controlado de los Altos del Real, la incineración directa sin retirada ni gestión de cenizas y escorias, ni depuración de gases y, finalmente, la valorización en la actual PIRSU de Melilla, mediante incineración con recuperación de energía, gestión de cenizas y escorias y tratamiento de depuración de los gases. Todo ello independientemente de los sistemas de recuperación y envío a la Península para su reciclaje de vidrio, papel-cartón y fracción férrica, así como de otras tipologías de residuos (amianto, RAEE’s, pilas y baterías, aceites vegetales, yesos, etc.).

Esta evolución ha venido condicionada por el desarrollo de la legislación nacional en materia de residuos y de la transposición de las diversas Directivas Europeas a nuestro Ordenamiento Jurídico. Así, a partir de los años 90 y siguientes, se ha podido ver cómo los países del entorno europeo han dedicado importantes esfuerzos y atención estratégica, normativa y financiera, a una cuestión considerada como problema clave en muchos casos.

La revisión de la estrategia comunitaria de gestión de residuos confirma la jerarquía de principios que se estableció en 1989: la prevención sigue siendo la máxima prioridad, seguida por la valorización y, en última instancia, la eliminación segura.

En lo que se refiere a la eliminación final, los vertederos incontrolados y los emplazamientos contaminados requerirán igualmente una actuación especial y firme en distintos niveles. El vertido de residuos debería considerarse la última y la peor solución, en principio, ya que tiene un impacto negativo para el medio ambiente, máxime si se tienen en cuenta sus efectos a largo plazo.

Por ello, ante las exigencias de la normativa, que invitaban a fomentar la acción de los poderes públicos, las empresas y los ciudadanos, para lograr una gestión adecuada de los residuos de la ciudad y considerando que, en esos años, la situación de la gestión de los residuos sólidos urbanos en Melilla no iban más allá de su depósito en el vertedero de la Cala del Morrillo y en el vertedero de los Altos del Real, se hacía imprescindible, en primer lugar, cambiar el modelo de gestión de residuos hacia un tratamiento de valorización y, en segundo lugar, la eliminación de los vertederos existentes.

Esta situación provocó que el Ayuntamiento de Melilla, que no disponía de medios humanos ni de la adecuada tecnología para enfrentarse a ese reto, adoptara el acuerdo de constituir una empresa pública, con aportaciones de capital procedentes de fondos europeos, y la participación del Estado, a través de una de las empresas de la SEPI; con el fin de dar destino adecuado a los RSU de Melilla y consiguiendo mediante su incineración la recuperación energética de dicho proceso y el cese de envíos a vertedero.

De esta forma, el Pleno celebrado por el Ayuntamiento de Melilla el 2 de abril de 1993, adoptó el acuerdo de constituir la sociedad “RESIDUOS MELILLA, S.A.,M.P.” (en adelante REMESA) al 50% con la sociedad estatal “EMPRESA PARA LA GESTION DE RESIDUOS INDUSTRIALES, S.A.,S.M.E.,M.P.” (EMGRISA), tratándose de una empresa de capital público al 100%.

REMESA se constituyó mediante escritura pública con fecha 22 de julio de 1993 con el objeto social de ampliación, construcción, explotación y gestión de plantas integrales de residuos sólidos urbanos (R.S.U) e industriales (R.I) en la 
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ciudad de Melilla y, desde su creación, ha venido gestionando los residuos sólidos urbanos, así como la mayor parte de las otras tipologías de residuos de nuestra ciudad, con la supervisión y el control de la Oficina Técnica de Protección del Medio Ambiente Urbano de la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad.

Esta Oficina Técnica de Protección del Medio Ambiente Urbano cuenta con numerosas competencias, asignadas conforme al acuerdo de Consejo de Gobierno de 31/07/2015, publicado en el BOME de 05/08/2015, que incluyen entre otras las competencias en materia de residuos, limpieza viaria,limpieza de instalaciones y servicios de playas.

Para el desempeño de estas tareas ha contado siempre con un personal muy escaso (en relación a las numerosas competencias que tiene asignadas) y, en la última década, ha visto como menguaba aún más, si cabe, su plantilla, debido a que no han sido repuestos los funcionarios que han causado baja en la mencionada Oficina Técnica, bien por jubilaciones, traslados, comisiones de servicio u otras causas.

Por todo ello, dado que no se ha contado con personal suficiente para realizar directamente la gestión de sus competencias, desde hace muchos años se han venido externalizando mediante contratos de prestación de servicios la mayoría de las tareas a realizar, quedando el personal propio tan sólo para la gestión administrativa, el control y la dirección de los mencionados contratos de servicio.

Esto refleja claramente que la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad no cuenta en modo alguno con los medios propios necesarios para la gestión de los residuos sólidos urbanos y sólo puede recurrir a la encomienda de gestión o al contrato de servicios para la realización del mismo. Sobre todo teniendo en cuenta que el servicio sólo cuenta con un técnico, que viene gestionando directamente la dirección de los numerosos contratos de servicio asignados, con la única ayuda del escaso personal de la oficina y el asignado a inspección de los servicios, compuesto de los inspectores, integrados en su totalidad por 3 personas, lo que deja bastante patente la insuficiencia de medios de que dispone la CAM para una gestión adecuada del objeto de la encomienda, teniendo en cuenta que, actualmente, los contratos de servicios asociados a la Oficina Técnica de Protección del Medio Ambiente Urbano son los que se incluyen en la tabla adjunta.

CONTRATOS DE SERVICIOS GESTIONADOS POR LA O.T. DE PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE URBANO

 

TITULO

ADJUDICATARIO

ADJUDICACION

LIMPIEZA DEL CEMENTERIO CRISTIANO DE LA PURÍSIMA CONCEPCIÓN, TANATORIO Y CEMENTERIO MUSULMÁN EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE

CLECE, S. A.

779.937,48 €

LIMPIEZA DEL PALACIO DE LA ASAMBLEA, ANTIGUO PALACIO DE JUSTICIA Y OTRAS DEPENDENCIAS DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE DE LA CAM

EULEN S.A.

1.123.169,69 €

LIMPIEZA DE LAS OFICINAS DE BIENESTAR SOCIAL, POLICÍA LOCAL, BOMBEROS Y OTRAS DEPENDENCIAS DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y

CLECE, S. A.

1.070.278,49 €

LIMPIEZA DE LOS MERCADOS DE LA CAM: CENTRAL, REAL, VICTORIA, BUEN ACUERDO Y MERCADO DE MAYORISTAS

EULEN S.A.

871.213,62 €

ENCOMIENDA DE GESTIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE ME L I L LA Y RESIDUOS MELILLA, S.A.M.P., PARA LA GE STIÓN DE RESIDUOS Y ACTIVIDADES RELACIONADAS CON EL MEDIO AMBIENTE EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DE MELILLA.

RESIDUOS MELILLA, S.A.

51.249.023,42 €

LIMPIEZA VIARIA Y RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE LA CAM

VALORIZA SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES, S.A.

53.423.554,23 €

LIMPIEZA Y CONSERJERÍA DE ASEOS PÚBLICOS Y DE PLAYA EN LA CIUDAD

EULEN, S. A.

1.230.112,28 €

APOYO A LAS LABORES DE LOS CEMENTERIOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE

HÉRCULES SERVICIOS GENERALES DE INTEGRACIÓN

662.599,39 €

CONSERVACIÓN, REPARACIÓN, GESTIÓN Y ADECUACIÓN A LAS NORMAS UNE DE LAS ÁREAS DE JUEGOS INFANTILES Y ÁREAS DE APARATOS DE GIMNASIA PARA

ATENDE SERVICIOS INTEGRADOS, S.L.

378.789,01 €

 

2. SITUACIÓN ACTUAL DEL SERVICIO OBJETO DE ENCOMIENDA:

Como se ha dicho, REMESA se constituyó mediante escritura pública de fecha 22 de julio de 1993, con el objeto social de ampliación, construcción, explotación y gestión de plantas integrales de residuos sólidos urbanos (R.S.U) e industriales (R.I) en la ciudad de Melilla. Posteriormente, su objeto social fue ampliado, con fecha 10 de marzo de 2016, a todo tipo de actividades relacionadas con el medioambiente, la gestión integral del agua y la energía.

Desde su inicio, la relación entre la CAM y REMESA ha estado regulada por sucesivos convenios entre ambas entidades, en los que se fijaban los cánones a satisfacer por los distintos  servicios prestados,  que  incluían,  con  carácter enunciativo y no limitativo, la gestión de residuos de mataderos, escorias férricas (chatarra), vehículos fuera de uso y análisis de agua, así como la realización de todo tipo de actividades relacionadas con el medioambiente, la gestión integral del agua y la energía, llevando a cabo para ello cuantos estudios, controles, análisis, evaluaciones, proyectos, obras como sean necesarios.

Actualmente, las relaciones se regulan mediante un Encargo para la Gestión de Residuos y Actividades Relacionadas con el Medio Ambiente en el Ámbito Territorial de Melilla, que recoge como servicios encomendados los siguientes:

Planta Valorización Energética (propiedad de REMESA):

1.     Valorización energética de los residuos

2.     Desclasificación y valorización de aceites usados

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1.     Desclasificación y valorización de Hidrocarburos

2.     Tratamiento de residuos hospitalarios, biosanitarios y residuos de matadero.

3.     Gestión de cenizas peninsular (acondicionamiento, transporte y tratamiento final)

4.     Gestión de cenizas de monovertedero (acondicionamiento, transporte y tratamiento final)

5.     Gestión de las escorias de fondo de horno.

Horno incinerador de cadáveres de animales (propiedad de REMESA):

1.     Tratamiento Cadáveres de Animales

Centro de Almacenamiento Temporal (propiedad de REMESA):

1.     Gestión de los residuos durante la parada anual de planta de la PVE.

2.     Acondicionamiento y transporte de papel y cartón recogida selectiva.

Centro Autorizado de Tratamiento Vehículos Fuera de Uso (propiedad de la CAM):

1.     Tratamiento de Vehículos Fuera de uso.

2.     Gestión de residuos férricos.

3.     Gestión de pilas y baterías fuera de uso.

4.     Gestión de los aceites vegetales de hostelería y domésticos.

5.     Gestión de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE´s).

6.     Gestión de los residuos de amianto.

7.     Gestión de los residuos de los gases fluorados.

8.     Gestión de los residuos de yesos.

Asimismo, se prevé que pudiera encargarse adicionalmente la realización de todo tipo de actividades relacionadas con el medioambiente, llevando a cabo para ello cuantos estudios, controles, análisis, evaluaciones, proyectos y obras como sean necesarios.

Es conveniente precisar que el SERVICIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS Y ACTIVIDADES RELACIONADAS CON EL MEDIOAMBIENTE se considera un servicio esencial, que obliga a la Ciudad Autónoma de Melilla a mantener la continuidad de esta prestación, por razones de interés público. Además, conforme a lo dispuesto en el artículo 12.5.a) de la ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados para una economía circular, corresponde a las entidades locales, a las ciudades de Ceuta y Melilla o, cuando proceda, a las diputaciones forales:

"a) Como servicio obligatorio, en todo su ámbito territorial, la recogida, el transporte y el tratamiento de los residuos domésticos en la forma en que establezcan sus respectivas ordenanzas, de conformidad con el marco jurídico establecido en esta ley, en las leyes e instrumentos de planificación que, en su caso, aprueben las comunidades autónomas y en la normativa sectorial en materia de responsabilidad ampliada del productor. A estos efectos, se deberá disponer de una red de recogida suficiente que incluirá puntos limpios o, en su caso, puntos de entrega alternativos que hayan sido acordados por la entidad local para la retirada gratuita de los mismos. La prestación de este servicio corresponde a los municipios que podrán llevarla a cabo de forma independiente o asociada, conforme a lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local".

Asimismo, conforme a lo previsto en el artículo 7 de la citada Ley, en relación con la protección de la salud humana y del medio ambiente:

"1. Las autoridades competentes adoptarán las medidas necesarias para asegurar que la gestión de los residuos se realice sin poner en peligro la salud humana y sin dañar al medio ambiente y, en particular:

a)     No genere riesgos para el agua, el aire o el suelo, ni para la fauna y la flora.

b)     No cause incomodidades por el ruido, los olores o humos.

c)     No afecte negativamente a paisajes, espacios naturales ni a lugares de especial interés legalmente protegidos.

2. Las medidas que se adopten en materia de residuos deberán ser coherentes con las estrategias de lucha contra el cambio climático, y con las correspondientes políticas de salud pública."

Para finalizar, hay que hacer constar que el servicio se viene prestando de manera eficiente y a plena satisfacción de la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad y, aunque el encargo dispone aún de suficiente plazo para su desempeño, es necesario realizar una ampliación del mismo, motivado por el aumento del contenido obligacional, que viene relacionado con el aumento de actividad del Centro de Descontaminación de Vehículos Fuera de Uso, en base a los siguientes factores:

a)     Nuevos procedimientos de traslado de residuos dentro de la CAM.

b)     Nuevas exigencias del Real Decreto 110/2015 sobre RAEE¨s.

c)     Ampliación del centro con un nuevo “Punto Limpio”.

d)     Ampliación del centro para realizar las operaciones de trasferencia de residuos de envases, siendo su recogida de reciente implantación.

e)     Ampliación del centro para gestionar los residuos procedentes de gases fluorados, que hasta ahora no era posible gestionarlos en la ciudad.

f)      Gestión de los residuos voluminosos que no son aceptados en la PVE al ser de tamaño superior a 50 cm.

g)     Gestión de los NFU’s, que, dentro de la implantación de la economía circular promovida por la CAM, son enviados a su reciclaje a la península.

h)     Gestión de los colchones que, debido a su naturaleza, compuestos de materiales textiles y armaduras de metal, no son admitidos en la PVE en la actualidad.

i)      Aplicación de nuevas tarifas que compense los gastos de la gestión del acondicionamiento previo y transporte de los residuos de cartón papel gestionados en CATRSU, palets, que como los NFUS y siguiendo los criterios de economía circular establecidos por la CAM, son enviados a reciclaje a la península.

j)      Gestión de los residuos RAEE’s industriales y profesionales a cargo de la CAM.

3. ANÁLISIS DEL PRECIO DEL ENCARGO

Siguiendo el Informe del Tribunal de Cuentas 1088 sobre encomiendas de gestión (encargos), los precios de las mismas han de cubrir costes, evitando así la descapitalización de las sociedades. Por lo que el criterio general seguido en la encomienda vigente ha sido establecer un 4% de beneficio sobre el precio que cubre costes, para que exista un margen indispensable que absorba cualquier incidencia no prevista.

BOME-P-2023-1115 Descargar página

Así, las tarifas propuestas fueron las derivadas del Convenio suscrito entre REMESA y la CAM en 2010, y que situaban el resultado de explotación de 2016 ligeramente por encima del entorno descrito en el párrafo anterior, en la misma línea de la previsión presupuestaria de la empresa para 2017.

Por tanto, la encomienda vigente se efectúa a los precios vigentes en cada momento, según tarifas aprobadas para REMESA que, dado que el 50% de la empresa es de titularidad de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), se calculan con los criterios de la misma.

Para garantizar que el precio de la encomienda estaba dentro de los valores de mercado, se mantuvieron las tarifas con los mismos valores, pero con reagrupación de conceptos homogéneos y previendo un modo de fijación y actualización de dichas tarifas de forma que corrija las desviaciones con respecto de lo expresado en el párrafo primero de este apartado.

De esta forma, como contraprestación al servicio de valorización de los residuos urbanos prestados por REMESA se convino aplicar un precio por tonelada de residuos sólidos urbanos valorizados, cuyo importe será el que determinen las tarifas de la empresa REMESA vigentes en cada momento.

Como contraprestación a los demás servicios realizados por REMESA, la Ciudad Autónoma de Melilla, abonará las facturas que a tal efecto emita REMESA. Dichas facturas se realizarán con los precios unitarios correspondientes a la tarifa vigente en cada momento.

La tarifa propuesta para el año 2021 es la siguiente:

 

Planta Valorización Energética (propiedad de REMESA)

Tipo de Residuo

Facturación soportada

Precio

Valorización de residuos

Ciudad Autónoma

97,90 / tn

Residuos de Matadero

Ciudad Autónoma

15,35 / Cont.60l

Gestión de cenizas incineradora

Ciudad Autónoma

162,43 / tn

Horno Incinerador Cadáveres Animales (propiedad de REMESA)

Tipo de Residuo

Facturación soportada

Precio

Cadáveres animales

Ciudad Autónoma

1,09 / Kg.

Transporte cadáveres animales

Ciudad Autónoma

39,22 / transp.

Centro de vehículos fuera de uso (propiedad de la Ciudad Autónoma)

Gestión del centro

Ciudad Autónoma

35.780,27 / mes

Otros residuos

 

 

Tipo de Residuo

Facturación soportada

Precio

Gestión de residuos amianto

Ciudad Autónoma

 

Diámetro <0,5m o placas

Ciudad Autónoma

62 / tn

Diámetro 0,5m < x <

Ciudad Autónoma

91 / tn

0,9m

 

 

Transporte

Ciudad Autónoma

70 / m2

Suministro Big-Bags

Ciudad Autónoma

22 / ud

Gestión de voluminosos

Ciudad Autónoma

70 / tn

Gestión de colchones

Ciudad Autónoma

8 / ud

Gestión de pallets

Ciudad Autónoma

8 / ud

Gestión de neumáticos

Ciudad Autónoma

361 / tn

 

LER

Descripción del residuo

Almacenamiento temporal, acondicionamiento para el transporte y transporte a gestor en Aznalcóllar (/t)

TARIFA (/t)

160211*-11*

Aparato eléctrico de intercambio de temperatura con CFC, HCFC, HC, NH3

556,00

102,60

160211*-11*

Aparato eléctrico de intercambio de temperatura con CFC, HCFC, HC, NH3. Frigoríficos. Grandes aparatos con gases Refrigerantes

556,00

142,50

160211*-12*

Aparatos aire acondicionado

556,00

102,60

160213*-21*

Aparatos con aceite en circuitos o condensadores

556,00

68,40

200121*-31*

Lámparas de descarga (Hg) y lámparas fluorescentes

556,00

969,00

160214-32

Lámparas LED

556,00

171,00

160213*-41*

Pequeños aparatos con componentes peligrosos y pilas incorporadas

556,00

57,00

BOME-P-2023-1116 Descargar página

160212*-41*

556,00

79,80

160214-42

Grandes aparatos (Resto)

556,00

57,00

160212*-51*

Pequeños aparatos con componentes peligrosos y pilas incorporadas

556,00

17,10

160213*-51*

556,00

17,10

160214-52

Pequeños aparatos resto

556,00

17,10

160214-71

Paneles fotovoltaicos (Ej: Si)

556,00

530,10

160213*-72*

Paneles fotovoltaicos (Ej: CdTe)

556,00

530,10

 

Centro autorizado de tratamiento de residuos (propiedad de REMESA).

Tarifa Adicional Papel y Cartón ECOEMBES

Ciudad Autónoma

137,04 / t

Tarifa Adicional Papel y Cartón CAM

Ciudad Autónoma

298,12 / t

Nuevo Punto Limpio en Zona Norte (propiedad de la Ciudad Autónoma).

Tarifa Gestión Envases Ligeros

Ciudad Autónoma

270,00 / t

 

La tarifa propuesta para el año 2022 es la siguiente:

 

Planta Valorización Energética (propiedad de REMESA)

Tipo de Residuo

Facturación soportada

Precio

Valorización de residuos

Ciudad Autónoma

91,81 / tn

Residuos de Matadero

Ciudad Autónoma

14,39 / Cont.60l

Gestión de cenizas incineradora

Ciudad Autónoma

152,32  / tn

Horno Inc. Cadáveres Animales (propiedad de REMESA)

Tipo de Residuo

Facturación soportada

Precio

Cadáveres animales

Ciudad Autónoma

1,02 / Kg.

Transporte cadáveres animales

Ciudad Autónoma

36,78 / transp.

Centro de vehículos fuera de uso (propiedad de la Ciudad Autónoma)

Gestión del centro

Ciudad Autónoma

35.780,27 / mes

Otros residuos

 

 

Tipo de Residuo

Facturación soportada

Precio

Gestión de residuos amianto

Ciudad Autónoma

 

Diámetro <0,5m o placas

Ciudad Autónoma

62 / tn

Diámetro 0,5m < x < 0,9m

Ciudad Autónoma

91 / tn

Transporte

Ciudad Autónoma

70 / m2

Suministro Big-Bags

Ciudad Autónoma

22 / ud

Gestión de voluminosos

Ciudad Autónoma

70 / tn

Gestión de colchones

Ciudad Autónoma

8 / ud

Gestión de pallets

Ciudad Autónoma

8 / ud

Gestión de neumáticos

Ciudad Autónoma

361 / tn

 

LER

Descripción del residuo

Almacenamiento temporal, acondicionamiento para el transporte y transporte a gestor en Aznalcóllar (€/t)

TARIFA (€/t)

160211*-11*

Aparato eléctrico de intercambio de temperatura con CFC, HCFC, HC, NH3

556,00

102,60

160211*-11*

Aparato eléctrico de intercambio de temperatura con CFC, HCFC, HC, NH3. Frigoríficos. Grandes aparatos con gases Refrigerantes

556,00

142,50

160211*-12*

Aparatos aire acondicionado

556,00

102,60

160213*-21*

Aparatos con aceite en circuitos o condensadores

556,00

68,40

200121*-31*

Lámparas de descarga (Hg) y lámparas fluorescentes

556,00

969,00

BOME-P-2023-1117 Descargar página

160214-32

Lámparas LED

556,00

171,00

160213*-41*

Pequeños aparatos con componentes peligrosos y pilas incorporadas

556,00

57,00

160212*-41*

556,00

79,80

160214-42

Grandes aparatos (Resto)

556,00

57,00

160212*-51*

Pequeños aparatos con componentes peligrosos y pilas incorporadas

556,00

17,10

160213*-51*

556,00

17,10

160214-52

Pequeños aparatos resto

556,00

17,10

160214-71

Paneles fotovoltaicos (Ej: Si)

556,00

530,10

160213*-72*

Paneles fotovoltaicos (Ej: CdTe)

556,00

530,10

 

Centro autorizado de tratamiento de residuos (propiedad de REMESA).

Tarifa Adicional Papel y Cartón ECOEMBES

Ciudad Autónoma

128,51 / t

Tarifa Adicional Papel y Cartón CAM

Ciudad Autónoma

279,57 / t

Nuevo Punto Limpio en Zona Norte (propiedad de la CAM).

Tarifa Gestión Envases Ligeros (desde enero a agosto de 2022

Ciudad Autónoma

270,00 / t

Tarifa Gestión Envases Ligeros(a partir de septiembre de 2022)

Ciudad Autónoma

285,77 / t

 

Independientemente de las tarifas fijadas, la retribución a satisfacer a REMESA por los servicios prestados tendrá un límite financiero anual, tal y como se recoge en la siguiente tabla, para los 10 años de duración prevista para la encomienda:

 

2017

2018

2019

2020

2021

2022

2.212.573,30

4.513.649,53

4.603.922,52

4.696.000,97

4.789.920,99

4.885.719,41

 

2023

2024

2025

2026

2027

5.100.710,13

5.253.731,43

5.411.343,37

5.573.683,6

4.293.874,28

 

Estas cuantías tienen carácter estimativo, puesto que se ha obtenido aplicando las tarifas actuales y la previsión de actividad en dicho periodo.

Esta retribución fijada como consecuencia de la encomienda, podrá ser objeto de actualización para corregir la posible desviación sobre la proyección plurianual prevista, mediante Orden de la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad, con el límite de la dotación presupuestaria establecida en el correspondiente ejercicio presupuestario.

Así, el criterio de fijación de tarifas para el año siguiente deberá tener en cuenta la premisa de que el resultado obtenido por las operaciones objeto de la encomienda (ingresos procedentes de la CAM del último ejercicio cerrado, una vez detraídos los gastos de dicho ejercicio - en la proporción que los ingresos de la CAM supongan sobre el total-), impliquen un margen neto positivo del 4% sobre el volumen de ventas del ejercicio facturado a la CAM.

Como es sabido, la encomienda de gestión debe ser eficiente y por eso se le exige que sus costes sean iguales o inferiores al valor de mercado y en este caso lo son ya que, de los 9 centros de incineración de residuos que existen en España, REMESA no es el que tiene las tarifas más altas, cuando debería serlo por mucho, debido a razones de escala y a nuestra especial situación de insularidad (mayores costes del trasporte marítimo para acceder a la península y mayores costes de los recursos humanos y materiales en nuestro ámbito territorial).

También hay que matizar que, como ya se ha dicho, las tarifas de partida propuestas fueron idénticas a las del anterior convenio y que, a petición de la Ciudad Autónoma de Melilla en los Consejos de Administración de REMESA, llevaban congeladas desde el año 2013.

4. JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD DE LA MODIFICACION DEL ENCARGO ENCOMIENDA

Las razones que justifican la necesidad de una modificación del encargo (encomienda) son las siguientes:

-       La Consejería de Medio Ambiente no puede realizar por sí misma las actividades objeto de la encomienda, pues no cuenta con los recursos necesarios para ello y no puede adquirirlos, ya que existe limitación de la masa salarial de la CAM que impide la incorporación de recursos humanos complementarios.

-       La gestión de los residuos se considera una actividad y servicio esencial y tienen declarada la reserva en favor de las entidades locales, según el Artículo 86.2 de la Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local, relativo a su potestad para el desarrollo de actividades económicas mediante la iniciativa pública. Igualmente, la Ley 7/2022, dispone que la recogida, el transporte y el tratamiento de los residuos domésticos es un servicio obligatorio, cuya prestación corresponde a los municipios.

Es necesario que la gestión de la mayor parte de los residuos generados en Melilla se realice a nivel local en cumplimiento de los principios de suficiencia y proximidad, que implican evitar el traslado de los residuos y el 
BOME-P-2023-1118 Descargar página

-       riesgo que éstos generan a otros territorios, priorizando el tratamiento en el propio territorio de la Ciudad de Melilla. Esto dio lugar en 1993 a la creación de la sociedad pública REMESA, dada la necesidad de la existencia en Melilla de un centro que tratase adecuadamente los residuos producidos en dicho ámbito territorial, y no existir iniciativa privada interesada en atender esta actividad. Desde entonces y a través de sucesivos convenios, REMESA ha venido gestionando los residuos de la ciudad a plena satisfacción de la Consejería de Medio Ambiente.

-       En la actualidad, la única planta de valorización de RSU que existe en la ciudad es la PIRSU propiedad de REMESA y no existe posibilidad de contar con otra planta, ya que no hay iniciativa privada y, además, tampoco existen terrenos con el tamaño y la calificación urbanística adecuada para que pudiese siquiera plantearse tal posibilidad a corto o medio plazo, por lo que no es posible plantearse la posibilidad de efectuar un contrato de servicio público alternativo.

-       El coste de la encomienda de gestión se encuentra dentro del valor de mercado y proviene de la aplicación de las mismas tarifas del convenio anterior, que llevaban congeladas desde el año 2013.

-       REMESA, en base a lo acordado en su Consejo de Administración de 16 de febrero de 2016 y en la Junta General Extraordinaria y Universal celebrada en la misma fecha, tiene la condición de medio propio personificado y servicio técnico de la Administración y en especial de la Ciudad Autónoma de Melilla, en el sentido de lo establecido en el artículo 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y así se recoge en el artículo 1.6 de sus Estatutos Sociales, según escritura de 10 de marzo de 2016. Asimismo, su objeto social fue ampliado, con fecha 10 de marzo de 2016, a todo tipo de actividades relacionadas con el medioambiente y con la gestión integral tanto del agua como de la energía y es por tanto el órgano idóneo para realizar la operación de las instalaciones objeto de encargo.

Por tanto, razones de eficacia y eficiencia aconsejan utilizar los servicios de REMESA, para que dicha empresa lleve a cabo las tareas de gestión en materia de RSU y residuos de otras procedencias en la Ciudad Autónoma de Melilla, siempre bajo la premisa de mantener en manos de la Administración el desarrollo de cuantas actuaciones impliquen el ejercicio de potestades públicas.

REMESA cuenta con la experiencia, el know-how, así como con los medios materiales y humanos, que hacen idóneo el mantenimiento de la prestación del servicio mediante la encomienda de gestión a la citada empresa pública.

Una vez visto el informe de justificación de la Dirección General que literalmente dice:

INFORME DE LA DIRECCION GENERAL DE SERVICIOS URBANOS DE LA CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD DE LA CAM SOBRE LA NECESIDAD DE MODIFICACION DE LA VIGENTE ENCOMIENDA DE GESTION DE RESIDUOS.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 4.5 revisión de tarifas de la ENCOMIENDA DE GESTIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y RESIDUOS DE MELILLA, S.A. PARA LA GESTIÓN DE RESIDUOS Y ACTIVIDADES RELACIONADAS CON EL MEDIO AMBIENTE EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DE MELILLA, publicada en el BOME 5479 del martes 19 de septiembre de 2017:

“Anualmente se acordarán las tarifas vigentes para el año siguiente. El criterio de fijación de tarifas para el año siguiente deberá tener en cuenta la premisa de que el resultado obtenido por las operaciones objeto de esta encomienda (ingresos procedentes de la CAM del último ejercicio cerrado, una vez detraídos los gastos de dicho ejercicio – en la proporción que los ingresos de la CAM supongan sobre el total– ), supongan un margen neto positivo en concepto de gastos imprevisibles, del 4% sobre el volumen de ventas del ejercicio facturado a la CAM”.

En el Acta de Comisión de Auditoría, celebrado el 10 de junio de 2022, se proponen las tarifas para los años 2021 y 2022, de acuerdo a lo establecido en la Encomienda de Gestión de Residuos indicada en el párrafo anterior. Así mismo, en el informe técnico “MEMORIA ACREDITATIVA DE LA EXCEPCIONALIDAD DE LA MODIFICACIÓN DE LA VIGENTE ENCOMIENDA PARA LA GESTIÓN DE RESIDUOS Y ACTIVIDADES RELACIONADAS CON EL MEDIO AMBIENTE EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DE MELILLA” se justifica la necesidad de la modificación de tarifas.

Por lo que las modificaciones a introducir en la encomienda son:

La tarifa vigente para 2021 es la siguiente:

 

Planta Valorización Energética (propiedad de REMESA)

Tipo de Residuo

Facturación soportada

Precio

Valorización de residuos

Ciudad Autónoma

97,90 / tn

Residuos de Matadero

Ciudad Autónoma

15,35 / Cont.60l

Gestión de cenizas incineradora

Ciudad Autónoma

162,43 / tn

Horno Incinerador Cadáveres Animales (propiedad de REMESA)

Tipo de Residuo

Facturación soportada

Precio

Cadáveres animales

Ciudad Autónoma

1,09 / Kg.

Transporte cadáveres animales

Ciudad Autónoma

39,22 / transp.

Centro de vehículos fuera de uso (propiedad de la Ciudad Autónoma)

Gestión del centro

Ciudad Autónoma

35.780,27 / mes

Otros residuos

 

 

Tipo de Residuo

Facturación soportada

Precio

Gestión de residuos amianto

Ciudad Autónoma

 

Diámetro <0,5m o placas

Ciudad Autónoma

62 / tn

Diámetro 0,5m < x < 0,9m

Ciudad Autónoma

91 / tn

BOME-P-2023-1119 Descargar página

Transporte

Ciudad Autónoma

70 / m2

Suministro Big-Bags

Ciudad Autónoma

22 / ud

Gestión de voluminosos

Ciudad Autónoma

70 / tn

Gestión de colchones

Ciudad Autónoma

8 / ud

Gestión de palets

Ciudad Autónoma

8 / ud

Gestión de neumáticos

Ciudad Autónoma

361 / tn

 

LER

Descripción del residuo

Almacenamiento temporal, acondicionamiento para el transporte y transporte a gestor en Aznalcóllar (/t)

TARIFA (/t)

160211*-11*

Aparato eléctrico de intercambio de temperatura con CFC, HCFC, HC, NH3

556,00

102,60

160211*-11*

Aparato eléctrico de intercambio de temperatura con CFC, HCFC, HC, NH3. Frigoríficos. Grandes aparatos con gases Refrigerantes

556,00

142,50

160211*-12*

Aparatos aire acondicionado

556,00

102,60

160213*-21*

Aparatos con aceite en circuitos o condensadores

556,00

68,40

200121*-31*

Lámparas de descarga (Hg) y lámparas fluorescentes

556,00

969,00

160214-32

Lámparas LED

556,00

171,00

160213*-41*

Pequeños aparatos con componentes peligrosos y pilas incorporadas

556,00

57,00

160212*-41*

 

556,00

79,80

160214-42

Grandes aparatos (Resto)

556,00

57,00

160212*-51*

Pequeños aparatos con componentes peligrosos y pilas incorporadas

556,00

17,10

160213*-51*

556,00

17,10

160214-52

Pequeños aparatos resto

556,00

17,10

160214-71

Paneles fotovoltaicos (Ej: Si)

556,00

530,10

160213*-72*

Paneles fotovoltaicos (Ej: CdTe)

556,00

530,10

 

Centro autorizado de tratamiento de residuos (propiedad de REMESA).

Tarifa Adicional Papel y Cartón ECOEMBES

Ciudad Autónoma

137,04 / t

Tarifa Adicional Papel y Cartón CAM

Ciudad Autónoma

298,12 / t

Nuevo Punto Limpio en Zona Norte (propiedad de la Ciudad Autónoma).

Tarifa Gestión Envases Ligeros

Ciudad Autónoma

270,00 / t

 

La tarifa vigente para el año 2022 es la siguiente:

 

Planta Valorización Energética (propiedad de REMESA)

Tipo de Residuo

Facturación soportada

Precio

Valorización de residuos

Ciudad Autónoma

91,81 / tn

Residuos de Matadero

Ciudad Autónoma

14,39 / Cont.60l

Gestión de cenizas incineradora

Ciudad Autónoma

152,32  / tn

Horno Incinerador Cadáveres Animales (propiedad de REMESA)

Tipo de Residuo

Facturación soportada

Precio

Cadáveres animales

Ciudad Autónoma

1,02 / Kg.

Transporte cadáveres animales

Ciudad Autónoma

36,78 / transp.

Centro de vehículos fuera de uso (propiedad de la Ciudad Autónoma)

Gestión del centro

Ciudad Autónoma

35.780,27 / mes

Otros residuos

 

 

Tipo de Residuo

Facturación soportada

Precio

Gestión de residuos amianto

Ciudad Autónoma

 

BOME-P-2023-1120 Descargar página

Diámetro <0,5m o placas

Ciudad Autónoma

62 / tn

Diámetro 0,5m < x < 0,9m

Ciudad Autónoma

91 / tn

Transporte

Ciudad Autónoma

70 / m2

Suministro Big-Bags

Ciudad Autónoma

22 / ud

Gestión de voluminosos

Ciudad Autónoma

70 / tn

Gestión de colchones

Ciudad Autónoma

8 / ud

Gestión de pallets

Ciudad Autónoma

8 / ud

Gestión de neumáticos

Ciudad Autónoma

361 / tn

 

LER

Descripción del residuo

Almacenamiento temporal, acondicionamiento para el transporte y transporte a gestor en Aznalcóllar (/t)

TARIFA (/t)

160211*-11*

Aparato eléctrico de intercambio de temperatura con CFC, HCFC, HC, NH3

556,00

102,60

160211*-11*

Aparato eléctrico de intercambio de temperatura con CFC, HCFC, HC, NH3. Frigoríficos. Grandes aparatos con gases Refrigerantes

556,00

142,50

160211*-12*

Aparatos aire acondicionado

556,00

102,60

160213*-21*

Aparatos con aceite en circuitos o condensadores

556,00

68,40

200121*-31*

Lámparas de descarga (Hg) y lámparas fluorescentes

556,00

969,00

160214-32

Lámparas LED

556,00

171,00

160213*-41*

Pequeños aparatos con componentes peligrosos y pilas incorporadas

556,00

57,00

160212*-41*

556,00

79,80

160214-42

Grandes aparatos (Resto)

556,00

57,00

160212*-51*

Pequeños aparatos con componentes peligrosos y pilas incorporadas

556,00

17,10

160213*-51*

556,00

17,10

160214-52

Pequeños aparatos resto

556,00

17,10

160214-71

Paneles fotovoltaicos (Ej: Si)

556,00

530,10

160213*-72*

Paneles fotovoltaicos (Ej: CdTe)

556,00

530,10

 

Centro autorizado de tratamiento de residuos (propiedad de REMESA).

Tarifa Adicional Papel y Cartón ECOEMBES

Ciudad Autónoma

128,51 / t

Tarifa Adicional Papel y Cartón CAM

Ciudad Autónoma

279,57 / t

Nuevo Punto Limpio en Zona Norte (propiedad de la Ciudad Autónoma).

Tarifa Gestión Envases Ligeros (desde enero a agosto de 2022)

Ciudad Autónoma

270,00 / t

Tarifa Gestión Envases Ligeros(a partir de septiembre de 2022)

Ciudad Autónoma

285,77 / t

 

Así como también la Memoria Económica, el informe técnico y el informe de legalidad emitido por la Secretaría Técnica de Medio Ambiente. En virtud de lo anterior, al amparo del artículo 13 de la Ley 6/1997 de 14 de abril.

Por último, se adjunta informe de la intervención general indicando que “De acuerdo con la Base 39ª y Base 40ª de Ejecución de los Presupuestos Generales de la Ciudad Autónoma de Melilla, del ejercicio 2022 y, con el resto de normativa de aplicación; previo al Informe de Intervención, se deberá aportar Acuerdo de la Asamblea de Melilla sobre la aprobación de dicho gasto Plurianual”.

Por todo lo expuesto, y de acuerdo con los informes aportados al expediente esta Dirección General PROPONE al Pleno de la Asamblea, previo Dictamen de la Comisión Permanente de Medio Ambiente y Sostenibilidad, la adopción de los siguientes ACUERDOS:

 

 

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1)             Aprobar la modificación del Presupuesto para la Encomienda de Gestión de los años 2024, 2025, 2026, 2027 con las siguientes cantidades:

 

ANUALIDAD

IMPORTE ANUAL

2024

5.253.731,43

2025

5.411.343,37

2026

5.573.683,67

2027

4.293.874,28

TOTAL

20.532.632,75

2)             Modificar la encomienda de Gestión PARA LA GESTIÓN DE RESIDUOS Y ACTIVIDADES RELACIONADAS CON EL MEDIO AMBIENTE EN EL ÁMBITO

TERRITORIAL DE MELILLA en el siguiente punto:

4.2 Facturación de los Servicios Encomendados, donde se incluirán lo siguientes precios, quedando sin efecto los existentes.

La tarifa vigente para el año 2021 es la siguiente:

 

Planta Valorización Energética (propiedad de REMESA)

Tipo de Residuo

Facturación soportada

Precio

Valorización de residuos

Ciudad Autónoma

97,90 / tn

Residuos de Matadero

Ciudad Autónoma

15,35 / Cont.60l

Gestión de cenizas incineradora

Ciudad Autónoma

162,43 / tn

Horno Incinerador Cadáveres Animales (propiedad de REMESA)

Tipo de Residuo

Facturación soportada

Precio

Cadáveres animales

Ciudad Autónoma

1,09 / Kg.

Transporte cadáveres animales

Ciudad Autónoma

39,22 / transp.

Centro de vehículos fuera de uso (propiedad de la Ciudad Autónoma)

Gestión del centro

Ciudad Autónoma

35.780,27 / mes

Otros residuos

 

 

Tipo de Residuo

Facturación soportada

Precio

Gestión de residuos amianto

Ciudad Autónoma

 

Diámetro <0,5m o placas

Ciudad Autónoma

62 / tn

Diámetro 0,5m < x < 0,9m

Ciudad Autónoma

91 / tn

Transporte

Ciudad Autónoma

70 / m2

Suministro Big-Bags

Ciudad Autónoma

22 / ud

Gestión de voluminosos

Ciudad Autónoma

70 / tn

Gestión de colchones

Ciudad Autónoma

8 / ud

Gestión de pallets

Ciudad Autónoma

8 / ud

Gestión de neumáticos

Ciudad Autónoma

361 / tn

 

LER

Descripción del residuo

Almacenamiento temporal, acondicionamiento para el transporte y transporte a gestor en Aznalcóllar (/t)

TARIFA (/t)

160211*-11*

Aparato eléctrico de intercambio de temperatura con CFC, HCFC, HC, NH3

556,00

102,60

160211*-11*

Aparato eléctrico de intercambio de temperatura con CFC, HCFC, HC, NH3. Frigoríficos. Grandes aparatos con gases Refrigerantes

556,00

142,50

160211*-12*

Aparatos aire acondicionado

556,00

102,60

160213*-21*

Aparatos con aceite en circuitos o condensadores

556,00

68,40

200121*-31*

Lámparas de descarga (Hg) y lámparas fluorescentes

556,00

969,00

160214-32

Lámparas LED

556,00

171,00

160213*-41*

Pequeños aparatos con componentes peligrosos y pilas incorporadas

556,00

57,00

BOME-P-2023-1122 Descargar página

160212*-41*

556,00

79,80

160214-42

Grandes aparatos (Resto)

556,00

57,00

160212*-51*

Pequeños aparatos con componentes peligrosos y pilas incorporadas

556,00

17,10

160213*-51*

556,00

17,10

160214-52

Pequeños aparatos resto

556,00

17,10

160214-71

Paneles fotovoltaicos (Ej: Si)

556,00

530,10

160213*-72*

Paneles fotovoltaicos (Ej: CdTe)

556,00

530,10

 

Centro autorizado de tratamiento de residuos (propiedad de REMESA).

Tarifa Adicional Papel y Cartón ECOEMBES

Ciudad Autónoma

137,04 /t

Tarifa Adicional Papel y Cartón CAM

Ciudad Autónoma

298,12 /t

Nuevo Punto Limpio en Zona Norte (propiedad de la Ciudad Autónoma).

Tarifa Gestión Envases Ligeros

Ciudad Autónoma

270,00 / t

 

La tarifa vigente para el año 2022 es la siguiente:

 

Planta Valorización Energética (propiedad de REMESA)

Tipo de Residuo

Facturación soportada

Precio

Valorización de residuos

Ciudad Autónoma

91,81 / tn

Residuos de Matadero

Ciudad Autónoma

14,39 / Cont.60l

Gestión de cenizas incineradora

Ciudad Autónoma

152,32 / tn

Horno Incinerador Cadáveres Animales (propiedad de REMESA)

Tipo de Residuo

Facturación soportada

Precio

Cadáveres animales

Ciudad Autónoma

1,02 / Kg.

Transporte cadáveres animales

Ciudad Autónoma

36,78 / transp.

Centro de vehículos fuera de uso (propiedad de la Ciudad Autónoma)

Gestión del centro

Ciudad Autónoma

35.780,27 / mes

Otros residuos

Tipo de Residuo

Facturación soportada

Precio

Gestión de residuos amianto

Ciudad Autónoma

 

Diámetro <0,5m o placas

Ciudad Autónoma

62 / tn

Diámetro 0,5m < x < 0,9m

Ciudad Autónoma

91 / tn

Transporte

Ciudad Autónoma

70 / m2

Suministro Big-Bags

Ciudad Autónoma

22 / ud

Gestión de voluminosos

Ciudad Autónoma

70 / tn

Gestión de colchones

Ciudad Autónoma

8 / ud

Gestión de pallets

Ciudad Autónoma

8 / ud

Gestión de neumáticos

Ciudad Autónoma

361 / tn

 

LER

Descripción del residuo

Almacenamiento temporal, acondicionamiento para el transporte y transporte a gestor en Aznalcóllar (/t)

TARIFA (/t)

160211*-11*

Aparato eléctrico de intercambio de temperatura con CFC, HCFC, HC, NH3

556,00

102,60

160211*-11*

Aparato eléctrico de intercambio de temperatura con CFC, HCFC, HC, NH3. Frigoríficos. Grandes aparatos con gases Refrigerantes

556,00

142,50

160211*-12*

Aparatos aire acondicionado

556,00

102,60

160213*-21*

Aparatos con aceite en circuitos o condensadores

556,00

68,40

200121*-31*

Lámparas de descarga (Hg) y lámparas fluorescentes

556,00

969,00

160214-32

Lámparas LED

556,00

171,00

BOME-P-2023-1123 Descargar página

160213*-41*

Pequeños aparatos con componentes peligrosos y pilas incorporadas

556,00

57,00

160212*-41*

556,00

79,80

160214-42

Grandes aparatos (Resto)

556,00

57,00

160212*-51*

Pequeños aparatos con componentes peligrosos y pilas incorporadas

556,00

17,10

160213*-51*

556,00

17,10

160214-52

Pequeños aparatos resto

556,00

17,10

160214-71

Paneles fotovoltaicos (Ej: Si)

556,00

530,10

160213*-72*

Paneles fotovoltaicos (Ej: CdTe)

556,00

530,10

 

Centro autorizado de tratamiento de residuos (propiedad de REMESA).

Tarifa Adicional Papel y Cartón ECOEMBES

Ciudad Autónoma

128,51 / t

Tarifa Adicional Papel y Cartón CAM

Ciudad Autónoma

279,57  / t

Nuevo Punto Limpio en Zona Norte (propiedad de la Ciudad Autónoma).

Tarifa Gestión Envases Ligeros (desde enero a agosto de 2022)

Ciudad Autónoma

270,00 / t

Tarifa Gestión Envases Ligeros (a partir de septiembre de 2022)

Ciudad Autónoma

285,77 / t

Sometida a votación la  MODIFICACION DEL PRESUPUESTO DE LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y RESIDUOS DE MELILLA, S.A.M.P. PARA LA GESTIÓN DE RESIDUOS Y ACTIVIDADES RELACIONADAS CON EL MEDIO AMBIENTE EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DE MELILLA PARA LOS AÑOS 2024, 2025, 2026, 2027 Y MODIFICACIÓN DE LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y RESIDUOS DE MELILLA, S.A.,M.P. PARA LA GESTIÓN DE RESIDUOS Y ACTIVIDADES RELACIONADAS CON EL MEDIO AMBIENTE EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DE MELILLA, es aprobada por unanimidad de los asistentes.

Por lo tanto mayoría absoluta de conformidad con el artículo 58.3 del Reglamento de la Asamblea.

Lo que se comunica para su publicación y general conocimiento.

 

Melilla 10 de abril de 2023,

P.A. del Secretario Acctal.,

Juan Luis Villaseca Villanueva