ARTÍCULO Nº 351 (CVE: BOME-A-2023-351) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6060 - viernes, 14 de abril de 2023 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD


Resolución nº 0571, de fecha 12 de abril de 2023, relativa a la aprobación de las bases de la convocatoria del Concurso de Cruces de Mayo 2023.

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La Excma. Sra. Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, mediante Resolución núm. 2023000571 de fecha 12 de abril de 2023, ha resuelto lo siguiente:

La aprobación de las Bases que regirán la convocatoria del CONCURSO DE CRUCES DE MAYO 2022 por un importe de 19.300 € (DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS EUROS) con arreglo a lo siguiente:

ÚNICO: La aprobación de las Bases que regirán la convocatoria del CONCURSO DE CRUCES DE MAYO 2023 por un importe de 19.300 € (DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS EUROS) con arreglo a las siguientes

BASES

1.- El objeto del Concurso será la confección de una Cruz de Mayo, conforme a la tradición propia de este tipo de festividad.

2.- Las Categorías y premios serán los siguientes:

a)     Asociaciones recreativas, culturales o de cualquier otra índole que así lo deseen.

b)     Asociaciones de Vecinos.

c)     Individual (mayores de edad en el momento de la inscripción).

d)     Entidades religiosas.

e)     Escaparates de establecimientos comerciales.

Los premios para las diferentes categorías serán los siguientes:

 · 1º Premio 900 €

· 2º Premio 800 €

· 3º Premio 700 €

· 4º Premio 600 €

· 5º Premio 500 €

Además de los premios mencionados en las distintas categorías, existirá un accésit de 360 € para alguna de las propuestas no premiadas, que el jurado podrá otorgar a la propuesta que por su calidad merezca su reconocimiento. Al importe de dichos premios, se les aplicará las retenciones previstas en la vigente legislación.

Asimismo, aquellas cruces que no tengan un mínimo de calidad artística, a criterio del Jurado, podrán ser descalificadas y no podrán optar al accésit.

3.- En cuanto a los criterios de valoración, se tendrá en cuenta:

· Elementos naturales (macetas, suelo vegetal, etc.).

· Elementos tradicionales (mantones de manila, loza, dorados o bronces, etc.).

· Variedad floral.

· Iluminación.

· Originalidad (sin perder el punto de vista tradicional).

4.- Para la inscripción en el concurso, los participantes, o entidades participantes, deberán rellenar el Formulario de Inscripción que se detalla en el ANEXO I de la presente convocatoria. Las inscripciones se realizarán en las oficinas del Área de Festejos de la Ciudad Autónoma de Melilla (Cándido Lobera nº 12 Auditórium Carvajal), hasta las 13:00 horas del día 28 de abril. (HORARIO: de lunes a viernes desde las 9:00 horas hasta las 13:00 horas).

5.- Los concursantes deberán mantener instalada y en perfecto estado la Cruz de Mayo, como mínimo, hasta el día 8 de mayo inclusive, para facilitar la visita del jurado oficial y de todas aquellas personas que lo deseen. El jurado podrá visitar las Cruces de Mayo participantes en las diferentes categorías a partir del día 3 de mayo, según el volumen de participantes y de la categoría. La organización podrá avisar previamente a los participantes cuando vayan a realizar las visitas.

6.- El Órgano Colegiado competente para efectuar la propuesta de concesión de los premios estará constituido por un Jurado integrado por la Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad o persona en quien delegue, que actuará como Presidente, y por un número impar de profesionales o expertos de prestigio.

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Actuará como Secretario del Jurado, con voz y sin voto, el Secretario Técnico de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, u otro funcionario habilitado para dar fe de las actuaciones.

La designación del Jurado se efectuará mediante Orden de la Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad y su composición podrá hacerse pública en el momento de la emisión del fallo.

7.- El fallo del Jurado, nombrado al efecto, será inapelable y se dará a conocer a través de las Redes Sociales de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad. El mismo, de conformidad con la Base 30ª del apartado II de las Bases Reguladoras de las Subvenciones para el Desarrollo de Proyectos de Interés General y de Certámenes o Concursos en el ámbito de actuación de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes (BOME 4460 de 14/12/07), se publicará en el Boletín Oficial de Melilla.

8.- La Ciudad Autónoma y el Jurado se reservan el derecho de adoptar cualquier iniciativa que, sin estar regulada en las presentes bases, contribuya al mayor éxito del Concurso sin que contra sus decisiones pueda formularse reclamación alguna.

9.- La convocatoria del presente concurso se regirá por las BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE INTERÉS GENERAL Y DE CERTÁMENCES O CONCURSOS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN U COLECTIVOS SOCIALES (BOME núm. 4460, de 14 de diciembre de 2007). La participación en esta edición del Concurso de Cruces supone la plena aceptación de las bases, la convocatoria y el fallo del Jurado.

10.- Para cualquier aclaración, dirigirse al teléfono 952699193 o por correo electrónico a la dirección: festejos@melilla.es.

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ANEXO I - FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN:

CONCURSO DE CRUCES DE MAYO 2023

 

CATEGORÍA A LA QUE SE PRESENTA (marcar con una X)

 

ASOCIACIONES RECREATIVAS, CULTURALES...

 

ASOCIACIONES DE VECINOS.

 

INDIVIDUAL.

 

ENTIDADES RELIGIOSAS.

 

ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES.

NOMBRE DEL PARTICIPANTE O ENTIDAD

 

NOMBRE DEL REPRESENTANTE DE LA ENTIDAD

(a efectos de notificación)

 

D.N.I. DEL PARTICIPANTE O DEL REPRESENTANTE

 

N.I.F. DE LA ENTIDAD

 

DIRECCIÓN POSTAL

(a efectos de notificación)

 

CORREO ELECTRÓNICO

(a efectos de notificación)

 

TELÉFONO DE CONTACTO

(a efectos de notificación)

 

DIRECCIÓN DE LA UBICACIÓN DE LA CRUZ DE MAYO

 

 

Estando la presente convocatoria destinada a una pluralidad indeterminada de personas que pudieran estar interesadas en concurrir a la misma, se ordena su publicación, en aplicación del art. 45, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones Públicas.

La presente Orden no agota la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recursos de alzada en el plazo de un mes, a computar al día siguiente de su publicación, ante el Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, como Órgano Competente para resolverlos o ante esta Consejera, que deberá elevarlo con su informe a la Presidencia, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones Públicas y artículo quinto del Reglamento de Organización Administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario nº 13 de 7 de mayo de 1999).

 

Melilla 12 de abril de 2023,

El Secretario Técnico de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad,

Juan León Jaén Lara