ARTÍCULO Nº 394 (CVE: BOME-A-2023-394) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6064 - viernes, 28 de abril de 2023 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.


Orden nº 1259, de fecha 26 de abril de 2023, donde se declara desierto el puesto de superintendente de la Policía Local.

BOME-P-2023-1265 Descargar página

La titular de la Consejería de Presidencia y Administración Pública, mediante Orden/Resolución de 26/04/2023, registrada al número 2023001259, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

Con fecha 25 de noviembre de 2022 se publica en el Boletín Oficial de la Ciudad nº 6020, Orden de la Consejería de Presidencia y Administración Pública relativa a la convocatoria para la provisión de un puesto de Superintendente de la Policía Local.

Visto escrito del Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad y de conformidad con lo establecido en el apartado 5º de las bases de la convocatoria mencionada anteriormente, 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 35019/2022, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

Declarar desierto el puesto de Superintendente de la Policía Local.

Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se notifica para su publicación.

 

Melilla 26 de abril de 2023,

La Secretaria Técnica de Presidencia y Administración Pública,

Pilar Cabo León