ARTÍCULO Nº 435 (CVE: BOME-A-2023-435) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6066 - viernes, 5 de mayo de 2023 Ir al BOMEMINISTERIO DE JUSTICIA - JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1 - JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº1
Emplazamiento y remisión de expediente en procedimiento abreviado nº 69/2022, seguido a instancias de D. Li Huang.
N.I.G: 52001 45 3 2022 0000218
Procedimiento: PA PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000069
/2022 /
Sobre ADMINISTRACION DEL ESTADO
De D/ña: LI HUANG
Abogado: JOSE VICENTE MORENO SÁNCHEZ
Contra D/ña:
DIRECCION PROVINCIAL MEFP,
MINISTERIO DE EDUCACION Y CIENCIA ESTADO ESPAÑOL
Abogado: ,
ABOGADO DEL ESTADO
E D I C T O
DOÑA PURIFICACION PRIETO RAMIREZ,
LETRADO DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA DE LA UPAD DEL JUZGADO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO NUM 1 DE MELILLA.
DOY FE Y TESTIMONIO
Que en este órgano judicial se
tramita PROCEDIMIENTO ABREVIADO 69/2022 seguido a instancias de D. LI HUANG
contra MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACION PROFESIONAL sobre ADMINISTRACION DEL
ESTADO en los que, por resolución de fecha 18/04/2023 se ha acordado la
publicación por medio de edicto, del planteamiento de la cuestión de ilegalidad
en dicho procedimiento, acordada en Auto de fecha 30/03/2023, cuya parte
dispositiva es del tenor literal siguiente:
SE ACUERDA: la formulación de cuestión de ilegalidad ante la Sala de lo
ContenciosoAdministrativo de la Audiencia Nacional, con sede en Madrid, en
la medida en que dichos sendos Arts. 7,1
a) y 117,11 y 12 de dicha Orden ECD/724/2015, de 22 de Abril, están
asimismo viciados “ab radice” de nulidad, con arreglo al Art. 47,2 “ab initio” de dicha Ley núm. 39/15, de 1 de Octubre, en
cuanto prescribe que “también serán nulas de pleno derecho las disposiciones
administrativas que vulneren la Constitución, las leyes u otras disposiciones
administrativas…”, al posibilitar una insólita y estrafalaria contaminación
decisorio-normativa de carácter reglamentario por completo contraria no sólo a
dicho Art. 121,1 de dicha Ley núm.
39/15, de 1 de Octubre, sino inclusive al principio de jerarquía
normativa, plasmado por el Art. 128,2
“ab initio” y 3 de igual Norma legal procedimentaladministrativa
común, sin que desde luego proceda formular ahora singularizada imposición
de costas procesales.
Además, procédase a emplazar a aquellas
sendas Contrapartes de carácter público y privado de contrario otrora “a quo”
personadas en dichas actuaciones contenciosas, a fin de que en el improrrogable
plazo de QUINCE (15) DIAS -computado
a partir del día siguiente a la práctica de la correspondiente notificación-,
puedan comparecer y en su caso formular alegaciones ante la Sección que en su
caso corresponda de la Sala de lo ContenciosoAdministrativo de la Audiencia
Nacional, con sede en Madrid, sin que transcurrido dicho perentorio plazo
resulte ya admisible allí ulterior personación.
Notifíquese el presente Auto a las
Representaciones legales de aquellas sendas Contrapartes público y privada al
efecto personadas y signifíqueseles que conforme al expreso tenor del Art. 123,1 “in fine” de dicha Ley núm.
29/98, de 13 de Julio, no cabe formular recurso alguno al respecto.
Lo manda y firma S.Sª., de lo que la Sra.
Letrado de la Administración de Justicia, como titular en funciones de la
UPAD-1 aquí sita, doy fé.
Y para que sirva de notificación en forma,
mediante su publicación en el BoletÍn Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla,
expido el presente edicto.
En Melilla, a 26 de abril de 2023.
LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE
JUSTICIA
DOÑA PURIFICACION PRIETO RAMIREZ