ARTÍCULO 461 - BOME-A-2023-461

BOME Nº 6069 del martes, 16 de mayo de 2023

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DEL MENOR Y LA FAMILIA - CONSEJERÍA DEL MENOR Y LA FAMILIA

Orden nº 0290, de fecha 12 de mayo de 2023, relativa a la propuesta de resolución definitiva de la convocatoria para la concesión mediante procedimiento de concurrencia competitiva de subvenciones de la Consejería del Menor y la Familia de la Ciudad Autónoma de Melilla, destinadas a ONG y Centros Colaboradores con Menores, año 2023.


/ 1501

La Excma. Sra. Consejera del Menor y la Familia, mediante Orden de 12 de mayo de 2023, registrada al número 2023000290, ha resuelto lo que a continuación se trascribe, remitiéndose para su publicación en el Boletín Oficial de Melilla, en aplicación del artículo 26 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

“Datos de Aprobación:

Órgano CONSEJERÍA DEL MENOR Y LA FAMILIA

Número de orden que aprueba la convocatoria:  2023000180

Fecha 20/03/2023

Número BDNS: 683091

Con fecha de 11 de mayo de 2023, se reunió el órgano colegiado referido en la CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE SUBVENCIONES DE LA CONSEJERÍA DEL MENOR Y LA FAMILIA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, DESTINADAS A ONG Y CENTROS COLABORADORES CON MENORES. AÑO 2023, emitiendo el acta que a continuación se trascribe:

“ACTA DE 11 DE MAYO DE 2023 RELATIVA A LA PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA, CONCERNIENTE A LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE SUBVENCIONES DE LA CONSEJERÍA DEL MENOR Y LA FAMILIA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, DESTINADAS A ONG Y CENTROS COLABORADORES CON MENORES AÑO 2023

Reunido, el 11 de mayo de 2023, en el despacho del Sr. Director General del Menor y la Familia, sito en la Calle Pablo Vallescá, 10, edificio Ánfora, Planta 2ª, Puerta 5, el órgano colegiado correspondiente a la CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE SUBVENCIONES DE LA CONSEJERÍA DEL MENOR Y LA FAMILIA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, DESTINADAS A ONG Y CENTROS COLABORADORES CON MENORES AÑO 2023, publicada en el BOME 6054, de 24 de marzo de 2023, con la asistencia de  D. Joaquín Ledo Caballero, Doña Alicia Albaladejo Lascano y D. Alejandro Casado Ruiz, actuando D. Juan Luis Villaseca Villanueva como secretario, formula la propuesta de resolución definitiva que a continuación se trascribe.

Se informa que con fecha de 25 de abril de 2023, se publicó, en el BOME Nº Extraordinario número 24, la propuesta de resolución provisional. En dicha propuesta, por parte del órgano colegiado referido en la convocatoria, se concedieron a todos los solicitantes de la presente convocatoria de subvenciones un plazo de 10 días, a fin de que hicieran las alegaciones y presentaran los documentos que estimasen oportunos.

Además de las alegaciones contra la Propuesta de Resolución Provisional publicada en el BOME Nº Extraordinario número 24, de 25 de abril de 2023, que más abajo se referirán, el órgano colegiado tiene conocimiento de que, antes de finalizar el plazo para presentar solicitudes, el día 11 de abril de 2023, hubieron tenido entrada cuatro solicitudes de las entidades que a continuación se citan y que por diversos errores de inclusión en el registro, no se tuvieron en cuenta:

-                     ASOCIACIÓN DE MINUSVÁLIDOS FÍSICOS. Nº de registro 2023028669, de fecha de 28 de marzo de 2023.

-                     ASOCIACIÓN SOCIOCULTURAL MUNDO AMAZIGH. Nº de registro 2023031933, de fecha de 05 de abril de 2023.

-                     ASOCIACIÓN MARE NOSTRUM:  Nº de registro 2023032006, de fecha de 07 de abril de 2023.

-                     ASOCIACIÓN  ANNOUR PARA LA SOLIDARIDAD Y OBRAS SOCIALES: Nº de registro 2023032022, de fecha de 08 de abril de 2023.

Además, se requirió la presentación de determinada documentación a las asociaciones que a continuación se citan, que en plazo concedido para ello, siendo el resultado del requerimiento el siguiente:

ASO. MILVER: se le requirió los certificados de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto estatales como locales y frente a la Seguridad Social. Con fecha de 28 de abril de 2023, mediante escrito registrado al número 2023039581, aporta toda la documentación requerida.


FUNDACIÓN RFMF:   se le requirió los certificados de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto estatales como locales y frente a la Seguridad Social. Con fecha de 27 de abril de 2023, mediante escrito registrado al número 2023039074, aporta toda la documentación requerida.

TERAPIS GUAUS MELILLA: se le requirió que  aportasen certificados de estar al corriente de cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto estatales como locales y frente a la Seguridad Social.  Con fecha de 09 de mayo de 2023, mediante escrito registrado al número 2023043783, aporta  los tres certificados requeridos

ASOCIACIÓN PORTEROS GUARDIÁN: se le requirió los certificados de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto estatales como locales y frente a la Seguridad Social. Con fecha de 26 de abril de 2023, mediante escrito registrado al número 2023038498, aporta toda la documentación requerida.

ACEFOME: se le requirió los certificados de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto estatales como locales y frente a la Seguridad Social. Con fecha de 5 de mayo de 2023, mediante escrito registrado al número 2023042423, aporta toda la documentación requerida.

ASO. MELILLENSE PARA LA INTERVENCIÓN SOCIAL: deberá acreditar que no tiene deudas con la Ciudad Autónoma de Melilla. No acredita ser una ONG ni cuáles son sus fines sociales. Deberá aportar los estatutos de la asociación. Con fecha de 3 de mayo de 2023, mediante escrito registrado al número 2023040513, aporta toda la documentación requerida.

ASO. ALOLLAR ON CALÓ: se le requirió  aportar el anexo III debidamente cumplimentado. Con fecha de 28 de abril de 2023, mediante escrito registrado al número 2023039104, aporta la documentación requerida.

ESCUELA FLAMENCO: se les requirió  los estatutos de la asociación a fin de acreditar sus fines sociales, aportando sus estatutos. Con fecha de 28 de abril de 2023, registrado al número 2023039217, aporta la documentación requerida.

COMAMEL: se les requirió la aportación de  lo  estatutos en los que acredite cuál es el fin social de esta cooperativa. Con fecha de 26 de abril de 2023, registrado al número 2023038495, aporta la documentación requerida.

ASO. DE PADRES Y MADRES LEÓN SOLÁ: se le requirió los certificados de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto estatales como locales y frente a la Seguridad Social. Además deberá aportar el Anexo III de esta convocatoria debidamente cumplimentado. Con fecha de 25 de abril de 2023, mediante escrito registrado al número 2023038127, aporta toda la documentación requerida.

FUTURE WORLD: se les requirió el certificado de estar al corriente de las deudas con la Ciudad Autónoma de Melilla. Con fecha 27 de abril de 2023, mediante escrito registrado al número 2023039088, aporta la información requerida.

Por parte del Órgano Colegiado, considera que ANIMAL RESCUE MELILLA según sus estatutos, los fines de la misma son “ el recate captura y adopción de animales “ . No se considera que la finalidad de la asociación solicitante, se enmarque en los servicios sociales, cuando el objeto social de la misma no tiene relación con la realización de actividades de carácter asistencial o benéfico establecido en el punto 3.2.6 de la convocatoria. Por ello, el órgano colegiado, por unanimidad, considera la exclusión definitiva.

Por todo ello, se acuerda:

-                     Computar 1 trabajador a la ASO. PADRES Y MADRES DEL LEÓN SOLÁ.

-                     Computar 2 trabajadores a la ASO. EVOLUTIO.

Por todo ello, el Órgano Colegiado al que se refiere la CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE SUBVENCIONES DE LA CONSEJERÍA DEL MENOR Y LA FAMILIA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, DESTINADAS A ONG Y CENTROS COLABORADORES CON MENORES AÑO 2023, emite la siguiente Propuesta de Resolución Definitiva, habiéndose considerado desistidas de su solicitud a una de las entidades solicitantes y teniendo en cuenta que tres de ellas aportan contratos de trabajo que han de ser valorados.

 

Asociación

Idoneidad de la memoria o proyecto presentado para el cumplimiento de los fines y objetivos definidos en el apartado 5 de esta convocatoria: Máximo 34 p.

Cada trabajador que esté contratado para el desarrollo del proyecto: Se valorará con 5,5 puntos cada contrato de trabajo. Máximo 66

SUMA DE PUNTOS

CUANTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN

ASO. MERAKI

34

38,5 (aporta siete contratos de trabajo)

72,5

20.586,81 €

MEDUCA

34

5,5 (aporta un contrato de trabajo)

39,5

11.216,262 €

ASO.  PROYECTO ALFA

34

5,5 (aporta un contrato de trabajo)

39,5

11.216,262 €

ASO. MILVER

34

0 (no aporta contratos de trabajo)

34

9.654,519 €

FUND. RFMF

34

11 (aporta dos contratos de trabajo)

45

12.778,02 €


TERAPIA GUAUS

34

0 (no aporta contratos de trabajo)

34

9.654,519 €

ANIMAL RESCUE

EXCLUIDO

 

 

 

AMLEGA

34

0 (no aporta contratos de trabajo)

34

9.654,519 €

ASO. PORTEROS GUARDIÁN

34

0 (no aporta contratos de trabajo)

34

9.654,519 €

ACEFOME

34

0 (no aporta contratos de trabajo)

34

9.654,519 €

CENTRO UNESCO

34

0 (no aporta contratos de trabajo)

34

9.654,519 €

COMENZAMOS

34

0 (no aporta contratos de trabajo)

34

9.654,519 €

ASO. MEL.INTER. SOCIAL

34

0 (no aporta contratos de trabajo)

34

9.654,519 €

ASO. EVOLUTIO

34

11            (aporta dos contratos de trabajo)

45

12.778,02 €

OXIGENO LABORATORIO

34

0 (no aporta contratos de trabajo)

34

9.654,519 €

HIJAS DE                 LA CARIDAD

34

0 (no aporta contratos de trabajo)

34

9.654,519 €

ASO. ALOLLAR ON CALÓ

34

0 (no aporta contratos de trabajo)

34

9.610 € (por ser la cantidad solicitada, les corresponderían 9.654,519 € por aplicación de puntos)

ESCUELA

FLAMENCO CAM

34

0 (no aporta contratos de trabajo)

34

9.654,519 €

TECHO ES UN DERECHO

34

11( aporta dos contratos)

45

12.778,02 €

CONF. VIRGEN DE LA LUZ

34

5,5 (aporta un contratos de trabajo)

39,5

11.216,262 €

ASO. CARIDAD VIRGEN DE LA LUZ

34

0 (no aporta contratos de trabajo)

34

9.654,519 €

COMAMEL

34

0 (no aporta contratos de trabajo)

34

9.654,519 €

ASO. PADRES Y MADRES  LEÓN SOLÁ

34

11 ( aporta dos contratos de trabajo)

45

12.778,02 €

ASO. INTEGRA

34

5,5 (aporta un contrato de trabajo)

39,5

11.216,262 €

FUTURE WORL

34

0 (no aporta contratos de trabajo)

34

9.654,519 €

ASO.  MIN. FISICOS

34

0 (no aporta contratos de trabajo)

34

9.654,519 €

ASO.  MARE NOSTRUM

34

0 (no aporta contratos de trabajo)

34

9.654,519 €

ASO.  MUNDO AMAZIGH

34

0 (no aporta contratos de trabajo)

34

9.654,519 €

ASO. ANNOUR

34

0 (no aporta contratos de trabajo)

34

9.654,519 €

TOTAL

952

104,5

1.556,5

299.955,292166 €

 

Valor del punto: 283,956 €”

 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 9374/2023, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER:

CONCEDER LAS SUBVENCIONES A LAS ENTIDADES POR LAS CUANTÍAS QUE A CONTINUACIÓN SE CITAN:

 

Asociación

Idoneidad de la memoria o proyecto presentado para el cumplimiento de los fines y objetivos definidos en el apartado 5 de esta convocatoria: Máximo 34 p.

Cada trabajador que esté contratado para el desarrollo del proyecto: Se valorará con 5,5 puntos cada contrato de trabajo. Máximo 66

SUMA DE PUNTOS

CUANTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN

ASO. MERAKI

34

38,5 (aporta siete contratos de trabajo)

72,5

20.586,81 €

MEDUCA

34

5,5 ( aporta un contrato de trabajo)

39,5

11.216,262 €

ASO.  PROYECTO ALFA

34

5,5 (aporta un contrato de trabajo)

39,5

11.216,262 €

ASO. MILVER

34

0 (no aporta contratos de trabajo)

34

9.654,519 €

FUND. RFMF

34

11 (aporta dos contratos de trabajo)

45

12.778,02 €

TERAPIA GUAUS

34

0 (no aporta contratos de trabajo)

34

9.654,519 €

ANIMAL RESCUE

EXCLUIDO

 

 

 

AMLEGA

34

0 (no aporta contratos de trabajo)

34

9.654,519 €

ASO. PORTEROS GUARDIÁN

34

0 (no aporta contratos de trabajo)

34

9.654,519 €

ACEFOME

34

0 (no aporta contratos de trabajo)

34

9.654,519 €


CENTRO UNESCO

34

0 (no aporta contratos de trabajo)

34

9.654,519 €

COMENZAMOS

34

0 (no aporta contratos de trabajo)

34

9.654,519 €

ASO. MEL. INTER. SOCIAL

34

0 (no aporta contratos de trabajo)

34

9.654,519 €

ASO. EVOLUTIO

34

11            (aporta dos contratos de trabajo)

45

12.778,02 €

OXIGENO

LABORATORIO

34

0 (no aporta contratos de trabajo)

34

9.654,519 €

HIJAS  DE  LA CARIDAD

34

0 (no aporta contratos de trabajo)

34

9.654,519 €

ASO. ALOLLAR ON CALÓ

34

0 (no aporta contratos de trabajo)

34

9.610 € (por ser la cantidad solicitada, les corresponderían 9.654,519 € por aplicación de puntos)

ESCUELA

FLAMENCO CAM

34

0 (no aporta contratos de trabajo)

34

9.654,519 €

TECHO ES UN DERECHO

34

11( aporta dos contratos)

45

12.778,02 €

CONF. VIRGEN DE LA LUZ

34

5,5 (aporta un contratos de trabajo)

39,5

11.216,262 €

ASO. CARIDAD VIRGEN DE LA LUZ

34

0 (no aporta contratos de trabajo)

34

9.654,519 €

COMAMEL

34

0 (no aporta contratos de trabajo)

34

9.654,519 €

ASO. PADRES Y MADRES LEÓN SOLÁ

34

11 ( aporta dos contratos de trabajo)

45

12.778,02 €

ASO. INTEGRA

34

5,5 (aporta un contrato de trabajo)

39,5

11.216,262 €

FUTURE WORL

34

0 (no aporta contratos de trabajo)

34

9.654,519 €

ASO. MIN. FISICOS

34

0 (no aporta contratos de trabajo)

34

9.654,519 €

ASO.  MARE NOSTRUM

34

0 (no aporta contratos de trabajo)

34

9.654,519 €

ASO. MUNDO AMAZIGH

34

0 (no aporta contratos de trabajo)

34

9.654,519 €

ASO. ANNOUR

34

0 (no aporta contratos de trabajo)

34

9.654,519 €

TOTAL

952

104,5

1.556,5

299.955,292166 €

 

Lo que se remite para su publicación, advirtiendo a los interesados que contra esta orden, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse el recurso de alzada en el plazo de un mes ante la Presidencia como órgano competente para resolverlo o ante la Excma. Sra. Consejera del Menor y la Familia, que deberá elevarlo junto con su informe a la Presidencia, de acuerdo con lo  establecido en los artículos 91 del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario nº 2 de 30 de enero de 2017) y 121 y 122 de la Ley 39/2015, pudiendo, no obstante, interponer cualquier otro recurso, bajo su responsabilidad.

 

Melilla, 12 de mayo de 2023,

El Director General del Menor y Familia,

Joaquín M. Ledo Caballero