Orden nº 0290, de fecha 12 de mayo de 2023, relativa a la propuesta de resolución definitiva de la convocatoria para la concesión mediante procedimiento de concurrencia competitiva de subvenciones de la Consejería del Menor y la Familia de la Ciudad Autónoma de Melilla, destinadas a ONG y Centros Colaboradores con Menores, año 2023.
La Excma. Sra. Consejera del Menor y la Familia, mediante Orden de 12 de
mayo de 2023, registrada al número 2023000290, ha resuelto lo que a
continuación se trascribe, remitiéndose para su publicación en el Boletín
Oficial de Melilla, en aplicación del artículo 26 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones
“Datos de Aprobación:
Órgano CONSEJERÍA
DEL MENOR Y LA FAMILIA
Número de orden que aprueba la convocatoria: 2023000180
Fecha 20/03/2023
Número BDNS: 683091
Con fecha de
11 de mayo de 2023, se reunió el órgano colegiado referido en la CONVOCATORIA
PARA LA CONCESIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE
SUBVENCIONES DE LA CONSEJERÍA DEL MENOR Y LA FAMILIA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
MELILLA, DESTINADAS A ONG Y CENTROS COLABORADORES CON MENORES. AÑO 2023,
emitiendo el acta que a continuación se trascribe:
“ACTA DE 11 DE MAYO DE 2023 RELATIVA A LA PROPUESTA DE
RESOLUCIÓN DEFINITIVA, CONCERNIENTE A LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA
COMPETITIVA DE SUBVENCIONES DE LA CONSEJERÍA DEL MENOR Y LA FAMILIA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, DESTINADAS A ONG Y
CENTROS COLABORADORES CON MENORES AÑO 2023
Reunido, el
11 de mayo de 2023, en el despacho del Sr. Director General del Menor y la
Familia, sito en la Calle Pablo Vallescá, 10, edificio Ánfora, Planta 2ª,
Puerta 5, el órgano colegiado correspondiente a la CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN MEDIANTE
PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE SUBVENCIONES DE LA CONSEJERÍA DEL
MENOR Y LA FAMILIA DE LA CIUDAD
AUTÓNOMA DE MELILLA, DESTINADAS A ONG Y CENTROS COLABORADORES CON MENORES AÑO
2023, publicada en el BOME 6054, de 24
de marzo de 2023, con la asistencia
de D. Joaquín Ledo Caballero, Doña
Alicia Albaladejo Lascano y D. Alejandro Casado Ruiz, actuando D. Juan Luis
Villaseca Villanueva como secretario, formula la propuesta de resolución
definitiva que a continuación se trascribe.
Se informa
que con fecha de 25 de abril de 2023, se publicó, en el BOME Nº Extraordinario
número 24, la propuesta de resolución provisional. En dicha propuesta, por
parte del órgano colegiado referido en la convocatoria, se concedieron a todos
los solicitantes de la presente convocatoria de subvenciones un plazo de 10
días, a fin de que hicieran las alegaciones y presentaran los documentos que
estimasen oportunos.
Además de las
alegaciones contra la Propuesta de Resolución Provisional publicada en el BOME
Nº Extraordinario número 24, de 25 de abril de 2023, que más abajo se
referirán, el órgano colegiado tiene conocimiento de que, antes de finalizar el
plazo para presentar solicitudes, el día 11 de abril de 2023, hubieron tenido
entrada cuatro solicitudes de las entidades que a continuación se citan y que
por diversos errores de inclusión en el registro, no se tuvieron en cuenta:
-
ASOCIACIÓN DE MINUSVÁLIDOS FÍSICOS. Nº de registro 2023028669, de fecha de 28 de marzo de
2023.
-
ASOCIACIÓN SOCIOCULTURAL MUNDO AMAZIGH. Nº de registro 2023031933, de fecha de 05 de abril de
2023.
-
ASOCIACIÓN MARE NOSTRUM: Nº de registro 2023032006, de
fecha de 07 de abril de 2023.
-
ASOCIACIÓN ANNOUR
PARA LA SOLIDARIDAD Y OBRAS SOCIALES:
Nº de registro 2023032022, de fecha de 08 de abril de 2023.
Además, se
requirió la presentación de determinada documentación a las asociaciones que a
continuación se citan, que en plazo concedido para ello, siendo el resultado
del requerimiento el siguiente:
ASO. MILVER: se le
requirió los certificados de estar al corriente en el cumplimiento de las
obligaciones tributarias, tanto estatales como locales y frente a la Seguridad
Social. Con fecha de 28 de abril de 2023, mediante escrito registrado al número
2023039581, aporta toda la documentación requerida.
FUNDACIÓN RFMF: se le requirió los certificados de estar al
corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto estatales
como locales y frente a la Seguridad Social. Con fecha de 27 de abril de 2023,
mediante escrito registrado al número 2023039074, aporta toda la documentación
requerida.
TERAPIS GUAUS MELILLA: se le requirió que aportasen
certificados de estar al corriente de cumplimiento de las obligaciones
tributarias, tanto estatales como locales y frente a la Seguridad Social. Con fecha de 09 de mayo de 2023, mediante
escrito registrado al número 2023043783, aporta
los tres certificados requeridos
ASOCIACIÓN PORTEROS GUARDIÁN: se le requirió los certificados de estar al corriente
en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto estatales como
locales y frente a la Seguridad Social. Con fecha de 26 de abril de 2023,
mediante escrito registrado al número 2023038498, aporta toda la documentación
requerida.
ACEFOME: se le
requirió los certificados de estar al corriente en el cumplimiento de las
obligaciones tributarias, tanto estatales como locales y frente a la Seguridad
Social. Con fecha de 5 de mayo de 2023, mediante escrito registrado al número
2023042423, aporta toda la documentación requerida.
ASO. MELILLENSE PARA LA INTERVENCIÓN SOCIAL: deberá acreditar que no tiene deudas con la Ciudad
Autónoma de Melilla. No acredita ser una ONG ni cuáles son sus fines sociales.
Deberá aportar los estatutos de la asociación. Con fecha de 3 de mayo de 2023,
mediante escrito registrado al número 2023040513, aporta toda la documentación
requerida.
ASO. ALOLLAR ON CALÓ:
se le requirió aportar el anexo III
debidamente cumplimentado. Con fecha de 28 de abril de 2023, mediante escrito
registrado al número 2023039104, aporta la documentación requerida.
ESCUELA FLAMENCO:
se les requirió los estatutos de la
asociación a fin de acreditar sus fines sociales, aportando sus estatutos. Con
fecha de 28 de abril de 2023, registrado al número 2023039217, aporta la
documentación requerida.
COMAMEL: se les
requirió la aportación de lo estatutos en los que acredite cuál es el fin
social de esta cooperativa. Con fecha de 26 de abril de 2023, registrado al
número 2023038495, aporta la documentación requerida.
ASO. DE PADRES Y MADRES LEÓN SOLÁ: se le requirió los certificados de estar al corriente
en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto estatales como
locales y frente a la Seguridad Social. Además deberá aportar el Anexo III de
esta convocatoria debidamente cumplimentado. Con fecha de 25 de abril de 2023,
mediante escrito registrado al número 2023038127, aporta toda la documentación
requerida.
FUTURE WORLD: se
les requirió el certificado de estar al corriente de las deudas con la Ciudad
Autónoma de Melilla. Con fecha 27 de abril de 2023, mediante escrito registrado
al número 2023039088, aporta la información requerida.
Por parte del
Órgano Colegiado, considera que ANIMAL RESCUE MELILLA según sus estatutos, los
fines de la misma son “ el recate captura y adopción de animales “ . No se
considera que la finalidad de la asociación solicitante, se enmarque en los
servicios sociales, cuando el objeto social de la misma no tiene relación con
la realización de actividades de carácter asistencial o benéfico establecido en
el punto 3.2.6 de la convocatoria. Por ello, el órgano colegiado, por
unanimidad, considera la exclusión definitiva.
Por todo
ello, se acuerda:
-
Computar 1
trabajador a la ASO. PADRES Y MADRES DEL LEÓN SOLÁ.
-
Computar 2
trabajadores a la ASO. EVOLUTIO.
Por todo
ello, el Órgano Colegiado al que se refiere la CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN
MEDIANTE PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE SUBVENCIONES DE LA
CONSEJERÍA DEL MENOR Y LA FAMILIA DE LA CIUDAD
AUTÓNOMA DE MELILLA, DESTINADAS A ONG Y CENTROS COLABORADORES CON MENORES AÑO
2023, emite la siguiente Propuesta de Resolución Definitiva, habiéndose
considerado desistidas de su solicitud a una de las entidades solicitantes y
teniendo en cuenta que tres de ellas aportan contratos de trabajo que han de
ser valorados.
|
Asociación |
Idoneidad
de la memoria o proyecto presentado para el cumplimiento de los fines y
objetivos definidos en el apartado 5 de esta convocatoria: Máximo 34 p. |
Cada
trabajador que esté contratado para el desarrollo del proyecto: Se valorará
con 5,5 puntos cada contrato de trabajo. Máximo 66 |
SUMA DE PUNTOS |
CUANTIFICACIÓN DE LA
SUBVENCIÓN |
|
ASO. MERAKI |
34 |
38,5 (aporta siete contratos de
trabajo) |
72,5 |
20.586,81 € |
|
MEDUCA |
34 |
5,5 (aporta un contrato de trabajo) |
39,5 |
11.216,262 € |
|
ASO. PROYECTO ALFA |
34 |
5,5 (aporta un contrato de
trabajo) |
39,5 |
11.216,262 € |
|
ASO. MILVER |
34 |
0 (no aporta contratos de trabajo) |
34 |
9.654,519 € |
|
FUND. RFMF |
34 |
11 (aporta dos contratos de
trabajo) |
45 |
12.778,02 € |
|
TERAPIA GUAUS |
34 |
0 (no aporta
contratos de trabajo) |
34 |
9.654,519 € |
|
ANIMAL RESCUE |
EXCLUIDO |
|
|
|
|
AMLEGA |
34 |
0 (no aporta contratos de trabajo) |
34 |
9.654,519 € |
|
ASO. PORTEROS
GUARDIÁN |
34 |
0 (no aporta contratos de trabajo) |
34 |
9.654,519 € |
|
ACEFOME |
34 |
0 (no aporta contratos de trabajo) |
34 |
9.654,519 € |
|
CENTRO UNESCO |
34 |
0 (no aporta contratos de trabajo) |
34 |
9.654,519 € |
|
COMENZAMOS |
34 |
0 (no aporta contratos de trabajo) |
34 |
9.654,519 € |
|
ASO. MEL.INTER. SOCIAL |
34 |
0 (no aporta contratos de trabajo) |
34 |
9.654,519 € |
|
ASO. EVOLUTIO |
34 |
11 (aporta
dos contratos de trabajo) |
45 |
12.778,02 € |
|
OXIGENO LABORATORIO |
34 |
0 (no aporta contratos de trabajo) |
34 |
9.654,519 € |
|
HIJAS DE LA CARIDAD |
34 |
0 (no aporta contratos de trabajo) |
34 |
9.654,519 € |
|
ASO. ALOLLAR ON CALÓ |
34 |
0 (no aporta contratos de trabajo) |
34 |
9.610 € (por ser la cantidad
solicitada, les corresponderían 9.654,519 € por aplicación de puntos) |
|
ESCUELA FLAMENCO CAM |
34 |
0 (no aporta contratos de trabajo) |
34 |
9.654,519 € |
|
TECHO ES UN DERECHO |
34 |
11( aporta dos contratos) |
45 |
12.778,02 € |
|
CONF. VIRGEN DE LA
LUZ |
34 |
5,5 (aporta un contratos de trabajo) |
39,5 |
11.216,262 € |
|
ASO. CARIDAD VIRGEN DE LA LUZ |
34 |
0 (no aporta contratos de trabajo) |
34 |
9.654,519 € |
|
COMAMEL |
34 |
0 (no aporta contratos de trabajo) |
34 |
9.654,519 € |
|
ASO. PADRES Y MADRES
LEÓN SOLÁ |
34 |
11 ( aporta dos contratos de
trabajo) |
45 |
12.778,02 € |
|
ASO. INTEGRA |
34 |
5,5 (aporta un contrato de trabajo) |
39,5 |
11.216,262 € |
|
FUTURE WORL |
34 |
0 (no aporta contratos de trabajo) |
34 |
9.654,519 € |
|
ASO. MIN. FISICOS |
34 |
0 (no aporta contratos de trabajo) |
34 |
9.654,519 € |
|
ASO. MARE NOSTRUM |
34 |
0 (no aporta contratos de trabajo) |
34 |
9.654,519 € |
|
ASO. MUNDO AMAZIGH |
34 |
0 (no aporta contratos de trabajo) |
34 |
9.654,519 € |
|
ASO. ANNOUR |
34 |
0 (no aporta contratos de trabajo) |
34 |
9.654,519 € |
|
TOTAL |
952 |
104,5 |
1.556,5 |
299.955,292166 € |
Valor del
punto: 283,956 €”
De acuerdo
con lo anterior, y visto el expediente 9374/2023, en virtud de las competencias
que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER:
CONCEDER LAS
SUBVENCIONES A LAS ENTIDADES POR LAS CUANTÍAS QUE A CONTINUACIÓN SE CITAN:
|
Asociación |
Idoneidad
de la memoria o proyecto presentado para el cumplimiento de los fines y
objetivos definidos en el apartado 5 de esta convocatoria: Máximo 34 p. |
Cada
trabajador que esté contratado para el desarrollo del proyecto: Se valorará
con 5,5 puntos cada contrato de trabajo. Máximo 66 |
SUMA DE PUNTOS |
CUANTIFICACIÓN DE LA
SUBVENCIÓN |
|
ASO. MERAKI |
34 |
38,5 (aporta siete contratos de
trabajo) |
72,5 |
20.586,81 € |
|
MEDUCA |
34 |
5,5 ( aporta un contrato de trabajo) |
39,5 |
11.216,262 € |
|
ASO. PROYECTO ALFA |
34 |
5,5 (aporta un contrato de trabajo) |
39,5 |
11.216,262 € |
|
ASO. MILVER |
34 |
0 (no aporta contratos de trabajo) |
34 |
9.654,519 € |
|
FUND. RFMF |
34 |
11 (aporta dos contratos de
trabajo) |
45 |
12.778,02 € |
|
TERAPIA GUAUS |
34 |
0 (no aporta contratos de trabajo) |
34 |
9.654,519 € |
|
ANIMAL RESCUE |
EXCLUIDO |
|
|
|
|
AMLEGA |
34 |
0 (no aporta contratos de trabajo) |
34 |
9.654,519 € |
|
ASO. PORTEROS
GUARDIÁN |
34 |
0 (no aporta contratos de trabajo) |
34 |
9.654,519 € |
|
ACEFOME |
34 |
0 (no aporta contratos de trabajo) |
34 |
9.654,519 € |
|
CENTRO UNESCO |
34 |
0 (no aporta contratos
de trabajo) |
34 |
9.654,519 € |
|
COMENZAMOS |
34 |
0 (no aporta contratos de trabajo) |
34 |
9.654,519 € |
|
ASO. MEL. INTER. SOCIAL |
34 |
0 (no aporta contratos de trabajo) |
34 |
9.654,519 € |
|
ASO. EVOLUTIO |
34 |
11 (aporta dos contratos de trabajo) |
45 |
12.778,02 € |
|
OXIGENO LABORATORIO |
34 |
0 (no aporta contratos de trabajo) |
34 |
9.654,519 € |
|
HIJAS DE LA
CARIDAD |
34 |
0 (no aporta contratos de trabajo) |
34 |
9.654,519 € |
|
ASO. ALOLLAR ON CALÓ |
34 |
0 (no aporta contratos de trabajo) |
34 |
9.610 € (por ser la cantidad solicitada, les
corresponderían 9.654,519 € por aplicación de puntos) |
|
ESCUELA FLAMENCO CAM |
34 |
0 (no aporta contratos de trabajo) |
34 |
9.654,519 € |
|
TECHO ES UN DERECHO |
34 |
11( aporta dos contratos) |
45 |
12.778,02 € |
|
CONF. VIRGEN DE LA
LUZ |
34 |
5,5 (aporta un contratos de
trabajo) |
39,5 |
11.216,262 € |
|
ASO. CARIDAD VIRGEN DE LA LUZ |
34 |
0 (no aporta contratos de trabajo) |
34 |
9.654,519 € |
|
COMAMEL |
34 |
0 (no aporta contratos de trabajo) |
34 |
9.654,519 € |
|
ASO. PADRES Y MADRES
LEÓN SOLÁ |
34 |
11 ( aporta dos contratos de trabajo) |
45 |
12.778,02 € |
|
ASO. INTEGRA |
34 |
5,5 (aporta un contrato de
trabajo) |
39,5 |
11.216,262 € |
|
FUTURE WORL |
34 |
0 (no aporta contratos de trabajo) |
34 |
9.654,519 € |
|
ASO. MIN. FISICOS |
34 |
0 (no aporta contratos de trabajo) |
34 |
9.654,519 € |
|
ASO. MARE NOSTRUM |
34 |
0 (no aporta contratos de trabajo) |
34 |
9.654,519 € |
|
ASO. MUNDO AMAZIGH |
34 |
0 (no aporta contratos de trabajo) |
34 |
9.654,519 € |
|
ASO. ANNOUR |
34 |
0 (no aporta contratos de trabajo) |
34 |
9.654,519 € |
|
TOTAL |
952 |
104,5 |
1.556,5 |
299.955,292166 € |
Lo que se
remite para su publicación, advirtiendo a los interesados que contra esta
orden, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse el recurso de
alzada en el plazo de un mes ante la Presidencia como órgano competente para
resolverlo o ante la Excma. Sra. Consejera del Menor y la Familia, que deberá
elevarlo junto con su informe a la Presidencia, de acuerdo con lo establecido en los artículos 91 del
Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME
extraordinario nº 2 de 30 de enero de 2017) y 121 y 122 de la Ley 39/2015,
pudiendo, no obstante, interponer cualquier otro recurso, bajo su
responsabilidad.
Melilla,
12 de mayo de 2023,
El
Director General del Menor y Familia,
Joaquín
M. Ledo Caballero