ARTÍCULO 500 - BOME-A-2023-500

BOME Nº 6073 del martes, 30 de mayo de 2023

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR ANIMAL - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR ANIMAL

Orden nº 1626, de fecha 26 de mayo de 2023, relativa a listas de entidades admitidas y excluidas en la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva de la Consejería de Economía y Políticas Sociales de la Ciudad Autónoma de Melilla, destinadas a entidades sin ánimo de lucro, año 2023.


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ORDEN Nº 1626 DE FECHA 26  DE MAYO DE 2023, RELATIVA A LISTAS DE ENTIDADES ADMITIDAS Y EXCLUIDAS EN LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, DESTINADAS A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO, AÑO 2023.

La titular de la Consejería, mediante Orden de fecha 26 de mayo de 2023, registrada al número 2023001626 del Libro Oficial de Resoluciones No Colegiadas de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

Vistos los expedientes de solicitud presentados por las Entidades que han concurrido a la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a entidades sin ánimo de lucro para el año 2023 (BOMe núm. 6053 de 21 de marzo de 2023), resulta:

I.              Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Ciudad de Melilla de fecha 6 de septiembre de 2017, se aprueban las Bases reguladoras de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva de la Consejería de Bienestar Social de la Ciudad Autónoma de Melilla, destinadas a entidades sin ánimo de lucro, disponiéndose su publicación mediante Decreto de Presidencia n.º 133 de fecha 20 de octubre de 2017 (BOMe núm 5490 de 27 de octubre de 2017).

II.             Por Orden nº 852 de 17 de marzo de 2023 de la Consejería de Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal, se efectúa la convocatoria de dichas subvenciones para el año 2023 (BOMe núm. 6053 de 21 de marzo de 2023).

III.            Finalizado el plazo de presentación de solicitudes al que se refiere el punto quinto, apartado 3 de la Convocatoria, el instructor del expediente procede, mediante publicación en el BOME núm. 6067 de 9 de mayo de 2023, a notificar a las entidades que no reúnen los requisitos necesarios para continuar con la tramitación de las solicitudes de subvención la subsanación o mejora de las mismas en los términos que establece el punto quinto, apartado 5 de la Convocatoria.

IV.           Concluido el plazo de subsanación y mejora de las solicitudes el día 23 de abril de 2023, el instructor emite el presente informe comprensivo de la relación de solicitantes que reúnen todos los requisitos y han aportado la documentación exigida en la Convocatoria (ANEXO I), así como de aquellas otras solicitudes que, por las razones que se motivan, han de quedar excluidas de la misma (ANEXO II).

V.            La inclusión de una asociación en la lista de entidades admitidas (Anexo I) en ningún caso implica que automáticamente sea considerada beneficiaria de subvención si no supera la consiguiente fase de valoración. Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24.6 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las propuestas de resolución provisional y definitiva que se formulen no crearán derecho alguno a favor del beneficiario propuesto frente a la Ciudad Autónoma de Melilla, mientras no se le haya notificado la resolución definitiva de la concesión.

VI.           De acuerdo con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los actos integrantes de un procedimiento de concurrencia competitiva serán objeto de publicación, surtiendo ésta los efectos de la notificación.

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 6355/2023, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER:

Admitir a trámite las solicitudes de las entidades relacionadas en el Anexo I y excluir de la convocatoria las solicitudes de las entidades relacionadas en el Anexo II por los motivos que se especifican en el mismo.

Dar publicidad de la resolución de las listas de entidades admitidas y excluidas de la presente convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a entidades sin ánimo de lucro, año 2023, en el Boletín Oficial de la Ciudad, en el Tablón Digital de Edictos y en la web oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla.

 

ANEXO I - LISTA DE ENTIDADES ADMITIDAS EN LA CONVOCATORIA

 

CIF

NOMBRE DE LA ENTIDAD

R2900002C

OBISPADO DE MALAGA (PARROQUIA S. AGUSTÍN)

G52021706

ASOCIACION MARE NOSTRUM

G29962412

ASOC. FAMILIARES DE ALZHEIMER

G52019189

ASOCIACION AUTISMO MELILLA


G52006871

ASOCIACION FEAFES MELILLA

R2900144C

RELIGIOSAS DE MARIA INMACULADA (SERVICIO DOMÉSTICO)

G29963824

ASOCIACION DIABETICOS DE MELILLA (ADIMEL )

G72959489

ASOCIACION CONSTRUYENDO FUTURO MELILLA

G29963915

ASOCIACION DE SORDOS DE MELILLA (ASOME)

G52021946

ASOCIACIÓN CELIACA DE MELILLA (ACEME)

G52030327

ASOCIACIÓN TRASTORNO DE ESPECTRO AUTISTA MELILLA AVANZA (TEAMA)

G52039658

ASOCIACIÓN TUTELAR Y ACCIÓN SOCIAL MELILLA (CAPACES)

G28256667

SOCIEDAD SAN VICENTE DE PAUL - ALBERGUE SAN VICENTE DE PAUL // CONFERENCIA VIRGEN DE LA LUZ

G52015443

BANCO DE ALIMENTOS DE MELILLA

F29953296

COOPERATIVA MAESTROS MELILLA (COMAMEL)

G44672160

FUTURE WORLD

G52022258

ASOCIACION CUENTA CON NOSOTROS MELILLA

G29957495

ASOCIACION MELILLA ACOGE

G16840019

ASOCIACION SOCIOEDUCATIVA MERAKI

G52034238

OXIGENO LABORATORIO CULTURAL

R7800985I

HIJAS DE LA CARIDAD - ROMAN*RUIZ,CLARA

G16692972

TERAPI GUAUS

G16692881

ANIMAL RESCUE MELILLA

G52014347

AMLEGA

G52022019

ASOCIACION POR LA SOLIDARIDAD Y LA IGUALDAD SOCIAL (ASIS)

G52029147

ASOCIACION ALOLLAR ON CALO DE MELILLA

G52035367

ASOCIACION MELILLA INTEGRA

G54618517

FUNDACION MARCELINO CHAMPAGNAT

G52023231

ASOCIACION PROYECTO ALFA

G29964038

ASOCIACION DE MINUSVALIDOS FISICOS

G52033784

ASOCIACION MELILLENSE PARA LA INTERVENCION SOCIAL

G52026432

ASOCIACION EVOLUTIO

G52036126

ASOC. DE MADRES Y PADRES DEL CEIP LEON SOLA

G52006210

VOLUNTARIADO DE ATENCION AL MAYOR

 

ANEXO II - ENTIDADES EXCLUIDAS DE LA CONVOCATORIA

NINGUNA ENTIDAD QUEDA EXCLUIDA DE LA FASE DE VALORACIÓN

Contra esta ORDEN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

 

Melilla, 26 de mayo de 2023,

El Secretario Técnico de Políticas Sociales y Salud Pública,

Victoriano Juan Santamaría Martínez