Orden nº 1626, de fecha 26 de mayo de 2023, relativa a listas de entidades admitidas y excluidas en la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva de la Consejería de Economía y Políticas Sociales de la Ciudad Autónoma de Melilla, destinadas a entidades sin ánimo de lucro, año 2023.
ORDEN Nº 1626 DE FECHA 26 DE MAYO DE 2023, RELATIVA A LISTAS DE ENTIDADES ADMITIDAS Y EXCLUIDAS EN LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, DESTINADAS A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO, AÑO 2023.
La titular de la Consejería, mediante Orden de fecha 26 de mayo de 2023, registrada al número 2023001626 del Libro Oficial de Resoluciones No Colegiadas de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:
Vistos los expedientes de solicitud presentados por las Entidades que han concurrido a la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a entidades sin ánimo de lucro para el año 2023 (BOMe núm. 6053 de 21 de marzo de 2023), resulta:
I. Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Ciudad de Melilla de fecha 6 de septiembre de 2017, se aprueban las Bases reguladoras de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva de la Consejería de Bienestar Social de la Ciudad Autónoma de Melilla, destinadas a entidades sin ánimo de lucro, disponiéndose su publicación mediante Decreto de Presidencia n.º 133 de fecha 20 de octubre de 2017 (BOMe núm 5490 de 27 de octubre de 2017).
II. Por Orden nº 852 de 17 de marzo de 2023 de la Consejería de Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal, se efectúa la convocatoria de dichas subvenciones para el año 2023 (BOMe núm. 6053 de 21 de marzo de 2023).
III. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes al que se refiere el punto quinto, apartado 3 de la Convocatoria, el instructor del expediente procede, mediante publicación en el BOME núm. 6067 de 9 de mayo de 2023, a notificar a las entidades que no reúnen los requisitos necesarios para continuar con la tramitación de las solicitudes de subvención la subsanación o mejora de las mismas en los términos que establece el punto quinto, apartado 5 de la Convocatoria.
IV. Concluido el plazo de subsanación y mejora de las solicitudes el día 23 de abril de 2023, el instructor emite el presente informe comprensivo de la relación de solicitantes que reúnen todos los requisitos y han aportado la documentación exigida en la Convocatoria (ANEXO I), así como de aquellas otras solicitudes que, por las razones que se motivan, han de quedar excluidas de la misma (ANEXO II).
V. La inclusión de una asociación en la lista de entidades admitidas (Anexo I) en ningún caso implica que automáticamente sea considerada beneficiaria de subvención si no supera la consiguiente fase de valoración. Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24.6 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las propuestas de resolución provisional y definitiva que se formulen no crearán derecho alguno a favor del beneficiario propuesto frente a la Ciudad Autónoma de Melilla, mientras no se le haya notificado la resolución definitiva de la concesión.
VI. De acuerdo con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los actos integrantes de un procedimiento de concurrencia competitiva serán objeto de publicación, surtiendo ésta los efectos de la notificación.
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 6355/2023, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER:
Admitir a trámite las solicitudes de las entidades relacionadas en el Anexo I y excluir de la convocatoria las solicitudes de las entidades relacionadas en el Anexo II por los motivos que se especifican en el mismo.
Dar publicidad de la resolución de las listas de entidades admitidas y excluidas de la presente convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a entidades sin ánimo de lucro, año 2023, en el Boletín Oficial de la Ciudad, en el Tablón Digital de Edictos y en la web oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla.
ANEXO I - LISTA DE ENTIDADES ADMITIDAS EN LA CONVOCATORIA
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CIF |
NOMBRE DE LA ENTIDAD |
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R2900002C |
OBISPADO DE MALAGA (PARROQUIA S. AGUSTÍN) |
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G52021706 |
ASOCIACION MARE NOSTRUM |
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G29962412 |
ASOC. FAMILIARES DE ALZHEIMER |
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G52019189 |
ASOCIACION AUTISMO MELILLA |
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G52006871 |
ASOCIACION FEAFES MELILLA |
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R2900144C |
RELIGIOSAS DE MARIA INMACULADA (SERVICIO DOMÉSTICO) |
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G29963824 |
ASOCIACION DIABETICOS DE MELILLA (ADIMEL ) |
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G72959489 |
ASOCIACION CONSTRUYENDO FUTURO MELILLA |
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G29963915 |
ASOCIACION DE SORDOS DE MELILLA (ASOME) |
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G52021946 |
ASOCIACIÓN CELIACA DE MELILLA (ACEME) |
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G52030327 |
ASOCIACIÓN TRASTORNO DE ESPECTRO AUTISTA MELILLA AVANZA (TEAMA) |
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G52039658 |
ASOCIACIÓN TUTELAR Y ACCIÓN SOCIAL MELILLA (CAPACES) |
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G28256667 |
SOCIEDAD SAN VICENTE DE PAUL - ALBERGUE SAN VICENTE DE PAUL // CONFERENCIA VIRGEN DE LA LUZ |
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G52015443 |
BANCO DE ALIMENTOS DE MELILLA |
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F29953296 |
COOPERATIVA MAESTROS MELILLA (COMAMEL) |
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G44672160 |
FUTURE WORLD |
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G52022258 |
ASOCIACION CUENTA CON NOSOTROS MELILLA |
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G29957495 |
ASOCIACION MELILLA ACOGE |
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G16840019 |
ASOCIACION SOCIOEDUCATIVA MERAKI |
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G52034238 |
OXIGENO LABORATORIO CULTURAL |
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R7800985I |
HIJAS DE LA CARIDAD - ROMAN*RUIZ,CLARA |
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G16692972 |
TERAPI GUAUS |
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G16692881 |
ANIMAL RESCUE MELILLA |
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G52014347 |
AMLEGA |
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G52022019 |
ASOCIACION POR LA SOLIDARIDAD Y LA IGUALDAD SOCIAL (ASIS) |
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G52029147 |
ASOCIACION ALOLLAR ON CALO DE MELILLA |
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G52035367 |
ASOCIACION MELILLA INTEGRA |
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G54618517 |
FUNDACION MARCELINO CHAMPAGNAT |
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G52023231 |
ASOCIACION PROYECTO ALFA |
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G29964038 |
ASOCIACION DE MINUSVALIDOS FISICOS |
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G52033784 |
ASOCIACION MELILLENSE PARA LA INTERVENCION SOCIAL |
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G52026432 |
ASOCIACION EVOLUTIO |
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G52036126 |
ASOC. DE MADRES Y PADRES DEL CEIP LEON SOLA |
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G52006210 |
VOLUNTARIADO DE ATENCION AL MAYOR |
ANEXO II - ENTIDADES EXCLUIDAS DE LA CONVOCATORIA
NINGUNA ENTIDAD QUEDA EXCLUIDA DE LA FASE DE VALORACIÓN
Contra esta ORDEN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.
Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Melilla, 26 de mayo de 2023,
El Secretario Técnico de Políticas Sociales y Salud Pública,
Victoriano Juan Santamaría Martínez