ARTÍCULO Nº 641 (CVE: BOME-A-2023-641) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6090 - viernes, 28 de julio de 2023 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES - CONSEJERIA DE EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTES


Orden nº 0005, de fecha 25 de julio de 2023, relativa a la propuesta de resolución definitiva de la convocatoria de subvenciones institucionales por procedimiento de concurrencia competitiva, para Federaciones Deportivas Melillenses, para el ejercicio 2023.

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El Excmo Sr. Consejero de Educación, Juventud y Deporte, mediante Orden de 25/07/2023, registrada al número 2023000005, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería Educación, Juventud y Deporte, ha dispuesto lo siguiente:

ASUNTO: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES INSTITUCIONALES POR PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, PARA FEDERACIONES DEPORTIVAS MELILLENSES, PARA EL EJERCICIO 2023.

I.- Que con fecha 28 de Abril de 2017, el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, mediante Decreto registrado al número 2017000153, ha tenido a bien disponer lo siguiente:

Habiendo sido aprobadas inicialmente por el Consejo de Gobierno, en sesión ejecutiva ordinaria, celebrada el día 9 de Febrero de 2017, las Bases reguladoras de las subvenciones institucionales por procedimiento de concurrencia competitiva, para Federaciones Deportivas, y sus Anexos I A IV, y publicadas en el BOME extraordinario núm.5, de 2 de Marzo de 2017, éstas han pasado a ser definitivas, (publicadas en el BOME Extraordinario núm. 8, de fecha 4 de Mayo de 2017), ante la falta de alegaciones en el plazo de información  pública, por la aplicación de lo establecido en el artículo 77.2 del Reglamento de la Asamblea de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario núm.:

10, de fecha 19 de Mayo de 2012)

II.- Que con fecha 22 de Febrero de 2023, se procede, mediante Orden del Consejero de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte, registrada al número 2023000304,  a efectuar la Convocatoria correspondiente. (BOME Extraordinario número 8 de 28 de Febrero de 2023).

III.- Que, por parte del que suscribe, se ha procedido a informar sobre el cumplimiento de los requisitos de las correspondientes solicitudes presentadas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.-2.3. de las correspondientes Bases.

IV.- Que con fecha 12 de Junio de 2023, se procede a la evacuación de dictamen del Órgano colegiado sobre las solicitudes presentadas, evaluándolas de acuerdo con el artículo 4.-2.4. de las correspondientes Bases.

V.- Que con fecha 14 de Junio de 2023, y al amparo del artículo 4.-2.4. de las correspondientes bases, se procede a la Resolución provisional de las mismas.

VI.- Que con fecha 16 de Junio de 2023, se procede a la publicación de la Resolución Provisional en el

Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla, BOME  6078 (al amparo de lo dispuesto en el Artículo 4.-2.4. de las Bases y en el apartado Sexto de la correspondiente Convocatoria para el ejercicio 2023), se concederá un plazo de 10 días hábiles para presentar alegaciones, entre el día  19 de Junio de 2023 al  3 de Julio de 2023, ambos inclusive.

VII.- Transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior, se presentan alegaciones que son estudiadas y resueltas por la Comisión de valoración, con fecha 4 de Julio de 2023. Expediente 85/2023.

De acuerdo con lo anteriormente expuesto, y siendo, en virtud del artículo 4.3. de las Bases correspondientes, el Excmo. Sr. Consejero de Infraestructuras, Urbanismo y Deportes, el órgano competente para resolver, SE PROPONE:

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 85/2023, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

1º) La concesión de la siguiente convocatoria de Subvenciones institucionales por procedimiento de concurrencia competitiva, para Federaciones Deportivas, para el ejercicio 2023.

 

FEDERACIÓN

ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN

ORGANIZACIÓN CAMPEONATO AUTONOMICO

TECNIFICACIÓN DEPORTIVA

PROMOCIÓN DEPORTIVA

FORMACIÓN DEPORTIVA

TOTAL

PUNTOS

EUROS

PUNTOS

EUROS

PUNTOS

EUROS

PUNTOS

EUROS

PUNTOS

EUROS

EUROS

HALTEROFILIA

119

6.778,77 €

119

13.687,78 €

240

11.179,20€

233

2.823,17 €

294

1.837,50€

36.306,42 €

GIMNASIA

57

3.246,97 €

205

23.579,79 €

228

10.620,24€

386

4.677,02 €

317

1.981,25€

44.105,27 €

VOLEIBOL

240

13.671,46€

281

32.321,56 €

540

25.153,20€

129

1.563,04 €

154

962,50 €

73.671,77 €

TIRO CON ARCO

15

854,47 €

51

5.866,19 €

82

3.819,56 €

37

448,32 €

324

2.025,00€

13.013,53 €

CICLISMO

30

1.708,93 €

85

9.776,98 €

108

5.030,64 €

114

1.381,29 €

86

537,50 €

18.435,35 €

KARATE

39

1.600,00 €

75

8.500,00 €

48

2.235,84 €

 

 

390

2.437,50€

14.773,34 €

AJEDREZ

19

1.082,32 €

35

4.025,82 €

41

1.909,78 €

97

1.175,31 €

18

112,50 €

8.305,73 €

YUDO

43

2.449,47 €

96

11.042,24 €

77

3.586,66 €

99

1.199,55 €

162

1.012,50€

19.290,42 €

BALONCESTO

225

12.817,00€

327

37.612,64 €

806

37.543,48€

754

9.135,93 €

578

3.612,50€

100.721,55€

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BADMINTON

19

1.082,32 €

77

6.182,00 €

103

4.797,74 €

72

872,40 €

249

1.556,25€

14.490,71 €

MOTOCICLISMO

4

227,86 €

28

3.220,65 €

 

 

142

1.720,56 €

78

487,50 €

5.656,57 €

TRIATLON

35

1.993,75 €

100

11.502,34 €

230

10.713,40€

104

1.260,13 €

180

1.125,00€

26.594,62 €

PADEL

151

8.601,63 €

331

38.072,73 €

376

17.514,08€

849

10.287,01€

607

3.793,75€

78.269,20 €

PESCA Y CASTING

81

4.614,12 €

82

9.431,91 €

111

2.920,00 €

52

630,06 €

 

 

17.596,10 €

ACTIV. SUBACUATICAS

65

890,00 €

77

3.900,00 €

 

 

20

242,33 €

 

 

5.032,33 €

FUTBOL

1.000

45.450,00€

960

110.422,42€

596

27.761,68€

647

7.839,45€

437

2.731,25€

194.204,81€

TENIS

87

4.955,91 €

277

18.852,64 €

363

16.908,54€

665

8.057,55€

420

2.625,00€

51.399,64€

NATACION

59

3.360,90 €

122

14.032,85 €

126

5.869,08 €

373

4.519,50€

95

593,75 €

28.376,08€

ATLETISMO

74

4.215,37 €

132

15.183,08 €

111

5.170,38 €

182

2.205,23€

324

1.500,00€

28.274,06€

TIRO OLIMPICO

7

398,75 €

59

6.786,38 €

156

7.266,48 €

327

3.962,14€

491

3.068,75€

21.482,50€

 

2º) La denegación de la siguiente convocatoria de Subvenciones institucionales por procedimiento de concurrencia competitiva, para Federaciones Deportivas, para el ejercicio 2023.

EXCLUIDOS

 

ENTIDAD

MOTIVO DE LA EXCLUSIÓN

ASOCIACIÓN DE FÚTBOL VETERANOS MELILLA

Se informa que, de acuerdo con las Bases Reguladoras correspondiente a dicha Subvención, el artículo 2- literalmente dice, (En este sentido, podrán obtener la condición de beneficiario de estas subvenciones todas las federaciones deportivas de cualquier modalidad que , a la fecha de la publicación de la correspondiente convocatoria, se encuentren en situación que fundamenta la concesión de la subvención y que reúnan los siguientes requisitos: a) Que estén legalmente constituidas e inscritas en la Sección Tercera del Registro General de Asociaciones Deportivas de la Ciudad Autónoma de Melilla con una antigüedad mínima de dos años). en el Libro Registro General de Asociaciones Deportivas de la Ciudad Autónoma de Melilla en la Sección Tercera, no consta inscrita la “Asociación de Fútbol Veteranos Melilla”, por lo que el expediente referido al solicitante

indicado “NO CUMPLE” con los requisitos necesarios para acceder a la misma”.

FEDERACIÓN M. DE COLOMBICULTURA

“....

Consultados los datos obrantes en los archivos de la Dirección General de Deportes, así como en el propio Registro de Asociaciones Deportivas de la Ciudad Autónoma de Melilla, se comprueba que la FEDERACIÓN MELILLENSE DE COLUMBICULTURA, no ha realizado el proceso electoral fijado el mismo desde el 01 de febrero de 2020 hasta el 30 de septiembre de 2020, habiendo una ampliación del periodo de celebración de los procesos electorales de las Federaciones Deportivas Melillenses estableciendo el 15 de noviembre de 2020 como último día para convocar elecciones por parte de las diferentes federaciones deportivas. Como consecuencia de no haber realizado el proceso electoral, “no pueden ser beneficiarios” de subvenciones al carecer de órganos de gobierno y representación necesarios (de carácter electivo), que son el Presidente, y la Asamblea General, así como la Comisión Delegada, la Federación deportiva carece de capacidad jurídica exigible para el desempeño de las funciones que les son propias ni las funciones de carácter administrativo. Por todo lo expuesto, la Federación Melillense de Columbicultura no puede realizar funciones públicas de carácter administrativo, como emitir certificado a las entidades deportivas interesadas al objeto de cumplimentar lo establecido como “Obligaciones de los beneficiarios” de haber realizado actividad deportiva en los últimos dos años”        .

En atención al Certificado evacuado por la Secretaria Técnica Accidental de la Consejería de Infraestructuras, Urbanismo y Deportes, y Visto Bueno del Excmo. Sr. Consejero de Infraestructuras, Urbanismo y Deportes, de fecha 24 de Junio de 2022, la FEDERACIÓN MELILLENSE DE COLOMBICULTURA, NO REÚNE los requisitos necesarios para ser beneficiario de las Subvenciones Institucionales por procedimiento de concurrencia competitiva para Federaciones Deportivas Melillenses, para el ejercicio 2023

 

Contra esta ORDEN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla 26 de julio de 2023,

La Secretaria Técnica de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte,

Francisca Torres Belmonte