ARTÍCULO Nº 643 (CVE: BOME-A-2023-643) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6090 - viernes, 28 de julio de 2023 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA
Orden nº 0079, de fecha 21 de julio de 2023, relativa a la resolución definitiva de las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva de la Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública (antigua Consejería de Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal) de la Ciudad Autónoma de Melilla, destinadas a entidades sin ánimo de lucro, año 2023.
RESOLUCIÓN
DEFINITIVA DE LAS SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE LA
CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA (antigua Consejería de
Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal) DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
MELILLA, DESTINADAS A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO, AÑO 2023.
La titular de la Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública,
mediante Orden de fecha 21 de julio de 2023, registrada en el Libro Oficial de
Resoluciones de la Consejería con el núm. 2023000079, ha dispuesto lo
siguiente:
ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS
I.
Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Ciudad de Melilla de
fecha 6 de septiembre de 2017, se aprueban las Bases reguladoras de
subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva de la Consejería de Bienestar
Social de la Ciudad Autónoma de Melilla, destinadas a entidades sin ánimo de
lucro, disponiéndose su publicación mediante Decreto de Presidencia n.º 133 de
fecha 20 de octubre de 2017 (BOMe núm 5490 de 27 de octubre de 2017).
II.
Por Orden nº 852 de 17 de marzo de 2023 de la Consejería de Políticas
Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal, se efectúa la convocatoria de
dichas subvenciones para el año 2023 (BOMe núm. 6053 de 21 de marzo de 2023).
III.
Las ayudas se financiarán con cargo a los créditos disponibles en la
Aplicación Presupuestaria 05/23102/48000: RC SUBVENCIONES nº 12023000005842 de
23 de febrero de 2023 por importe de 224.302,35 €.. El porcentaje máximo de
financiación de cada Entidad no podrá superar los 17.000 €, de acuerdo con lo
previstos en las Bases que rigen la convocatoria.
IV.
Las entidades solicitantes de las ayudas han presentado las
certificaciones correspondientes del cumplimiento de sus obligaciones
tributarias y frente a la Seguridad Social. Asimismo, acreditan reunir el resto
de los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones y de
cumplimiento de las demás las obligaciones impuestas en el artículo 14 de la
citada Ley respecto de las subvenciones concedidas en el ejercicio anterior por
cualesquiera de las Administraciones Públicas.
V.
Con fecha 31 de mayo y 9 de junio de 2023, se reúnen los miembros de la
Comisión Técnica de Valoración con objeto de evaluar las diferentes solicitudes
presentadas. Los resultados son
recogidos en un acta que contiene el informe motivado de concesión y denegación
de subvenciones, incluyendo las cuantías, las entidades beneficiarias y, en su
caso, las causas de denegación de subvención.
VI.
A la vista del expediente y del informe de la Comisión Técnica de Valoración, el Instructor
formula propuesta de resolución provisional, comprensiva de las entidades
admitidas y excluidas, así como las cuantías de las subvenciones propuestas. Con
fecha 16 de junio de 2023, la Propuesta de Resolución provisional es publicada
en el Boletín Oficial de la Ciudad nº 6078, en el Tablón digital de Edictos y
en la página web www.melilla.es, concediéndose un plazo de diez días de
audiencia a los interesados para que las entidades que lo estimen conveniente
presenten las alegaciones que crean oportunas en orden a la mejor defensa de
sus intereses y derechos.
VII.
Dentro del periodo de alegaciones se han registrado pliegos de descargos
formulados por las siguientes entidades:
-
Asociación Mare Nostrum, CIF G52021706
-
Asociación Familiares de Alzheimer, CIF G29962412
-
Cooperativa Maestros Melilla (COMAMEL) , CIF F29953296
-
Asociación Socioeducativa Meraki, CIF G16840019
-
Asociación Terapi Guaus, CIF G16692972
-
Asociación Animal Rescue Melilla, CIF G16692881
-
Asociación Melilla Integra, CIF G52035367
VIII. Examinadas las alegaciones
presentadas, la Comisión Técnica de Valoración dictamina que los
manifestaciones realizadas por estas entidades no desvirtúan ni alteran la
valoración inicialmente realizada, ratificándose el órgano colegiado en los
motivos de exclusión que se formulan en la propuesta de resolución provisional
por los siguientes motivos:
•
ASOCIACIÓN MARE NOSTRUM.- Las actividades propuestas en el proyecto
“Programa de corte y confección: Infantil y Ceremonia” van destinadas al
colectivo de menores extranjeros no acompañados (MENAS), así como al colectivo
de adultos con problemas de adicción. Para ambos colectivos existen otras
convocatorias de ayudas y subvenciones específicas del área del Menor y de
Salud Pública de esta Ciudad Autónoma con dotaciones presupuestarias propias
ajenas al área de la Dirección General de Servicios Sociales que es el órgano
responsable de la gestión de los programas incluidos en la presente
convocatoria.
•
ASOCIACIÓN FAMILIARES DE ALZHEIMER (en adelante, AF ALZHEIMER).- La Comisión
de Valoración se ratifica en la decisión de exclusión de la entidad adoptada en
la anterior sesión de este órgano colegiado ya que, según establece la Base
Cuarta aptdo. 1 que rige la presente convocatoria, no podrán para obtener la
condición de entidad beneficiaria aquellas entidades que vencido el plazo establecido,
tengan pendiente la justificación de cualquier otra subvención con la Ciudad
Autónoma de Melilla. En el caso de AF ALZHEIMER, los gastos subvencionables
correspondiente a la subvención de la anualidad 2022 han sido ejecutados en la
anualidad de 2023.
•
COOPERATIVA MAESTROS MELILLA (COMAMEL).- La Comisión de Valoración
decide excluir a la entidad por no encontrarse la misma calificada en sus
Estatutos como entidad “sin ánimo de lucro”. Frente a la decisión adoptada, la
COMAMEL argumenta que la calificación de cooperativa sin ánimo de lucro se rige
de acuerdo a la Disposición Adicional Primera de la Ley 27/1999, de 16 de
julio, de Cooperativas. Revisada por la Comisión la legislación aplicable a las cooperativas se
ha de indicar lo siguiente:
El artículo 106 de la Ley 27/1999, en su apartado 1, establece que serán
calificadas como de iniciativa social aquellas cooperativas que, sin ánimo de
lucro y con independencia de su clase, tienen por objeto social, bien la
prestación de servicios asistenciales mediante la realización de actividades
sanitarias, educativas, culturales u otras de naturaleza social, o bien el
desarrollo de cualquier actividad económica que tenga por finalidad la
integración laboral de personas que sufran cualquier clase de exclusión social
y, en general, la satisfacción de necesidades sociales no atendidas por el
mercado. Asimismo, el apartado 4 del citado artículo dispone que “las
cooperativas de cualquier clase que cumplan con los requisitos expuestos en el
apartado 1 del presente artículo expresarán además en su denominación, la
indicación «Iniciativa Social»”. En este orden de cosas, la Comisión no
considera que la COMEMEL cumpla con los requisitos establecidos en el apartado
1 del artículo 106 ni en su denominación se incluye la indicación de
«Iniciativa Social», tal como exige el apartado 4 del mismo artículo. Por otro
lado, y en aplicación de la Disposición Adicional Primera de la Ley, para que
una cooperativa pueda ser calificada como entidad sin ánimo de lucro debe
recoger expresamente en sus Estatutos lo siguiente:
a) Que los resultados positivos que se produzcan en un ejercicio
económico no podrán ser distribuidos entre sus socios.
A este respecto, en el artículo 60 de los Estatutos de la COMAMEL se
recoge que “el excedente disponible podrá destinarse a efectuar retornos
cooperativos entre los socios, proporcionalmente al valor de las operaciones,
servicios o actividad realizada”.
b)
Las aportaciones de los socios al capital social, tanto obligatorias
como voluntarias, no podrán devengar un interés superior al interés legal del
dinero, sin perjuicio de la posible actualización de las mismas.
Por un lado, el artículo 23 de los Estatutos de la COMAMEL dispone que
“por sus aportaciones al Capital social los socios colaboradores devengarán el
interés pactado, que no podrá ser inferior al percibido por los socios ni
exceder en más de cinco puntos al tipo de interés básico del Banco de España”.
Por otro lado, el artículo 50 de los Estatutos establece que “el interés a
pagar a las aportaciones obligatorias al Capital Social será prefijado para los
ejercicios siguientes por la Asamblea General a propuesta del Consejo Rector,
no pudiendo exceder del tipo de interés básico del Banco de España incrementado
en tres puntos”.
c)
El carácter gratuito del desempeño de los cargos del Consejo Rector, sin
perjuicio de las compensaciones económicas procedentes por los gastos en los
que puedan incurrir los consejeros en el desempeño de sus funciones.
d)
Las retribuciones de los socios trabajadores o, en su caso, de los
socios de trabajo y de los trabajadores por cuenta ajena no podrán superar el
150 por 100 de las retribuciones que en función de la actividad y categoría
profesional, establezca el convenio colectivo aplicable al personal asalariado
del sector.
Este último precepto, recogido en la letra d) no aparece reflejado en
ninguno de los artículos de los Estatutos
Por lo expuesto anteriormente, la Comisión viene en ratificar la
exclusión de la Cooperativa COMAMEL por no reunir los requisitos de entidad sin
ánimo de lucro a los que se refiere el artículo 106 y la Disposición Adicional
Primera de la Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas
•
ASOCIACIÓN SOCIOEDUCATIVA MERAKI.- El programa presentado por la
Asociación quedó excluido de propuesta de subvención por entender la Comisión
de Valoración que para las actividades incluidas en el proyecto “Promoción del
autocuidado para cuidadores familiares no profesionales” existe cobertura pública o privada suficiente.
Al respecto, se ha de señalar que existe un organismo de la Administración del
Estado (IMSERSO) que ya ofrece cobertura suficiente para este tipo de
necesidades específicas.
•
ASOCIACIÓN TERAPI GUAUS.- Las
actividades del programa propuesto se encuentran ya atendidas con los medio
propios de la Consejería de Políticas Sociales a través de contrataciones con
terceros a los que la propia entidad ha podido y podrá concurrir cuando las
mismas sean licitadas nuevamente.
•
ASOCIACIÓN ANIMAL RESCUE MELILLA.- Las actividades del programa
propuesto se encuentran ya atendidas con los medio propios de la Consejería de
Políticas Sociales a través de contrataciones con terceros a los que la propia
entidad ha podido y podrá concurrir cuando las mismas sean licitadas
nuevamente.
•
ASOCIACIÓN MELILLA INTEGRA.- Las actividades propuestas en el proyecto
“Taller de estética” van destinadas al colectivo de menores extranjeros no
acompañados (MENAS), así como al colectivo de adultos con problemas de
adicción. Para ambos colectivos existen otras convocatorias de ayudas y
subvenciones específicas del área del Menor y de Salud Pública de esta Ciudad
Autónoma con dotaciones presupuestarias propias ajenas al área de la Dirección
General de Servicios Sociales que es el órgano responsable de la gestión de los
programas incluidos en la presente convocatoria. Asimismo, se ha de indicar que
las actividades del programa propuesto pertenece al ámbito de la formación
reglada y requiere para el ejercicio de la profesión acreditación oficial
expedida por las correspondientes autoridades educativas.
IX.
Mediante escrito de fecha 3 de julio de 2023, la Asociación por la
Solidaridad y la Igualdad Social (en adelante, ASIS), CIF G52022019, renuncia a
la subvención de 16.999,57 €, propuesta provisionalmente por el instructor para
la realización del programa VECA: La ruta de la diversión de ASIS. Como
consecuencia de ello, la Comisión de Valoración acuerda que dicha cuantía sea
utilizada para incrementar de forma proporcional los importes de subvención
inicialmente propuestos para la financiación de los programas de mantenimiento
de las sedes sociales.
X.
La propuesta de resolución formulada por el instructor es coincidente
con el contenido del informe (acta de fecha 6 de julio de 2023) emitido por la
Comisión de Evaluación, el cual determina las entidades que cumplen los
requisitos establecidos en la convocatoria, así como la valoración, el orden y
la cuantía de las subvenciones propuestas para financiar los proyectos presentados.
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 6355/2023, en virtud
de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER:
Primero.-
Conceder
una subvención destinada a las entidades relacionadas en el Anexo I para la ejecución en 2023 de programas cuya
finalidad, en general, sea la promoción de actuaciones de apoyo y fomento de
acciones sociales en el ámbito territorial de Melilla y, en particular, la
atención a situaciones de vulnerabilidad y/o exclusión social, la atención a
personas mayores y dependientes y la atención a la discapacidad (incluidos los
programas VECA), así como también aquellos gastos de mantenimiento de las sedes
sociales de las entidades para mantener el funcionamiento ordinario, por
importe total de DOSCIENTOS VENTICUATRO MIL TRESCIENTOS DOS EUROS CON TREINTA Y
CINCO CÉNTIMOS (224.302,35
€), con
cargo a la aplicación presupuestaria 05/23102/48000 - Subv. Organismos sin
ánimo de lucro.
Segundo.-
Hacer
público el Anexo
II,
relativo a los puntos asignados a los distintos programas de proyectos de
actividades presentados de acuerdo con los criterios de valoración técnica
establecidos en las Bases Reguladoras.
Tercero.-
Hacer
público el Anexo
III,
relativo a la relación de programas de proyectos de actividades calificados como
prioritarios o positivos cuya puntuación ha sido igual o superior a 4,5 puntos.
Cuarto.-
Hacer
público el Anexo
IV,
relativo a relación de solicitudes excluidas de subvención con expresión de la
causa de denegación.
ANEXO I
Listado de entidades propuestas para subvención con expresión de las
cuantías totales por programas de actividades y por gastos de mantenimiento de
sede.
Nº EXP |
ENTIDAD |
CIF |
IMPORTE (€) PROPUESTO PARA PROYECTO DE ACTIVIDADES |
IMPORTE (€) PROPUESTO PARA MANTENIMIENTO SEDE |
TOTAL IMPORTE (€) PROPUESTO POR ENTIDAD SOLICITANTE |
14202/2023 |
OBISPADO DE
MALAGA (PARROQUIA S. AGUSTÍN) |
R2900002C |
2.250,00 |
11.089,50 |
13.339,50 |
14260/2023 |
ASOCIACION AUTISMO
MELILLA |
G52019189 |
|
2.600,00 |
2.600,00 |
14290/2023 |
A. FEAFES MELILLA |
G52006871 |
11.731,48 |
|
11.731,48 |
14291/2023 |
RELIGIOSAS DE MARIA INMACULADA
(SERVICIO DOMÉSTICO) |
R2900144C |
|
13.345,00 |
13.345,00 |
14294/2023 |
A. DIABETICOS DE MELILLA (ADIMEL ) |
G29963824 |
4.167,72 |
4.525,00 |
8.692,72 |
14303/2023 |
A. DE SORDOS DE MELILLA (ASOME) |
G29963915 |
11.000,00 |
|
11.000,00 |
14307/2023 |
ASOCIACIÓN
CELIACA DE MELILLA (ACEME) |
G52021946 |
|
15.585,00 |
15.585,00 |
15266/2023 |
TEAMA |
G52030327 |
15.300,00 |
|
15.300,00 |
14320/2023 |
SOCIEDAD SAN
VICENTE DE PAUL-ALBERGUE SAN VICENTE DE PAUL |
G28256667 |
|
11.345,00 |
11.345,00 |
14320/2023 |
SOCIEDAD SAN VICENTE
DE PAUL-CONFERENCIA VIRGEN DE LA LUZ |
G28256667 |
|
2.540,00 |
2.540,00 |
14328/2023 |
A. CUENTA CON NOSOTROS MELILLA |
G52022258 |
6.500,00 |
|
6.500,00 |
14330/2023 |
ASOCIACION MELILLA
ACOGE |
G29957495 |
|
13.345,00 |
13.345,00 |
14335/2023 |
OXIGENO
LABORATORIO CULTURAL |
G52034238 |
15.000,00 |
|
15.000,00 |
14336/2023 |
HIJAS DE LA CARIDAD |
R7800985I |
|
13.345,00 |
13.345,00 |
14344/2023 |
AMLEGA |
G52014347 |
12.000,00 |
|
12.000,00 |
14363/2023 |
FUNDACION MARCELINO CHAMPAGNAT |
G54618517 |
9.000,00 |
|
9.000,00 |
14367/2023 |
A. PROYECTO ALFA |
G52023231 |
15.298,65 |
|
15.298,65 |
14372/2023 |
A. DE MINUSVALIDOS FISICOS |
G29964038 |
16.850,00 |
|
16.850,00 |
14898/2023 |
VOLUNTARIADO
DE ATENCION AL MAYOR |
G52006210 |
4.140,00 |
|
4.140,00 |
19305/2023 |
CRUZ ROJA ESPAÑOLA |
Q2866001G |
|
13.345,00 |
13.345,00 |
TOTAL IMPORTES PARA FINANCIACIÓN
DE PROYECTOS DE ACTIVIDADES Y PARA MANTENIMIENTO DE LA SEDE: |
224.302,35 |
ANEXO II
Puntos asignados a los distintos programas no excluidos de la fase de
valoración de acuerdo con los criterios establecidos en las Bases Reguladoras.
Nº EXP |
NOMBRE DE LA ENTIDAD |
NOMBRE DEL PROYECTO DE ACTIVIDADES |
|
|
|
|
|
|
|
||||||||||||||||||
14202/2023 |
OBISPADO DE
MALAGA (PARROQUIA S. AGUSTÍN) |
PROYECTO DE
ATENCIÓN A LA INFANCIA, PARROQUIA SAN AGUSTÍN |
3 |
4 |
1 |
0 |
0,5 |
0 |
8,5 |
||||||||||||||||||
14290/2023 |
A. FEAFES MELILLA |
CONSTRUYENDO EN
SALUD MENTAL: FORMACIÓN, SENSIBILIZACIÓN Y VIDA INDEPENDIENTE |
3 |
4 |
0 |
0 |
0,5 |
0 |
7,5 |
||||||||||||||||||
14294/2023 |
A. DIABETICOS DE MELILLA (ADIMEL ) |
ATENCIÓN A LAS
PERSONAS CON DIABETES EN MELILLA |
3 |
4 |
0 |
0 |
0 |
0 |
7 |
||||||||||||||||||
14301/2023 |
ASOCIACIÓN CONSTRUYENDO
FUTURO MELILLA |
LUNAS TINTADAS |
0 |
1 |
1 |
0 |
0 |
0 |
2,0 |
||||||||||||||||||
14303/2023 |
A. DE SORDOS DE MELILLA (ASOME) |
VIDEO-ASISTENCIA
Y ACOMPAÑAMIENTO PARA PERSONAS MAYORES SORDAS DE MELILLA |
3 |
4 |
0 |
1 |
0,5 |
0 |
8,5 |
||||||||||||||||||
14327/2023 |
FUTURE WORLD |
PASO A PASO: REHABILITACIÓN
INTEGRAL PARA PERSONAS MAYORES EN MELILLA |
0,5 |
1 |
0 |
0 |
0 |
0 |
1,5 |
||||||||||||||||||
15266/2023 |
TEAMA |
PROGRAMA DE
APOYO A LA UNIDAD CONVIVENCIAL |
3 |
3 |
0,5 |
0 |
0,5 |
0 |
7 |
||||||||||||||||||
14328/2023 |
A. CUENTA CON NOSOTROS MELILLA |
DÍA MUNDIAL DE LAS ENFERMEDADES
RARAS 2023 |
3 |
4 |
1 |
0 |
0,5 |
0 |
8,5 |
||||||||||||||||||
14335/2023 |
OXIGENO LABORATORIO
CULTURAL |
LA ESCUELA DE
VERANO |
3 |
4 |
1 |
0 |
0 |
0,5 |
8,5 |
||||||||||||||||||
14344/2023 |
AMLEGA |
DIVERSIDAD,
CONVIVENCIA, PARTICIPACIÓN Y ASOCIACIONISMO |
3 |
4 |
0 |
0 |
0,5 |
0,5 |
8 |
||||||||||||||||||
14363/2023 |
FUNDACION
MARCELINO CHAMPAGNAT |
ESCUELA
SEGUNDA OPORTUNIDAD 3,0 - MELILLA |
3 |
4 |
1 |
0 |
0,5 |
0,5 |
9 |
||||||||||||||||||
14367/2023 |
A. PROYECTO ALFA |
ACOMPAÑAMIENTO,
PROMOCIÓN SOCIOEDUCATIVA Y FOMENTO DEL OCIO Y TIEMPO LIBRE EN MUJERES ADULTAS |
3 |
4 |
1 |
0 |
0,5 |
0,5 |
9 |
||||||||||||||||||
14372/2023 |
A. DE MINUSVALIDOS FISICOS |
PROGRAMA SOCIOEDUCATIVO
INFANTIL INSERCIÓN 2023 |
3 |
4 |
1 |
0,5 |
0 |
0,5 |
9 |
||||||||||||||||||
14898/2023 |
VOLUNTARIADO DE
ATENCION AL MAYOR |
MANTENIMIENTO Y
ACTIVIDADES |
3 |
4 |
0 |
0 |
0,5 |
0 |
7,5 |
Como resultado de los puntos obtenidos, los proyectos presentados por
las entidades: ASOCIACIÓN CONSTRUYENDO FUTURO MELILLA (CIF G72959489) y
ASOCIACIÓN FUTURE WORDL (CIF G44672160) quedan excluidos de propuesta de
subvención al no alcanzar la puntuación mínima de 4,5 puntos en la fase de
valoración.
ANEXO III
Relación de programas de proyectos de actividades calificados como
prioritarios o positivos cuya puntuación ha sido igual o superior a 4,5 puntos.
Nº EXP |
C.I.F. |
NOMBRE DE LA
ENTIDAD |
NOMBRE DEL
PROYECTO DE ACTIVIDADES |
CARÁCTER |
14202/2023 |
R2900002C |
OBISPADO DE MALAGA (PARROQUIA S. AGUSTÍN) |
PROYECTO DE ATENCIÓN A LA INFANCIA, PARROQUIA SAN AGUSTÍN |
Prioritario |
14290/2023 |
G52006871 |
A. FEAFES MELILLA |
CONSTRUYENDO EN SALUD MENTAL: FORMACIÓN, SENSIBILIZACIÓN Y VIDA INDEPENDIENTE |
Prioritario |
14294/2023 |
G29963824 |
A. DIABETICOS DE
MELILLA (ADIMEL ) |
ATENCIÓN A LAS PERSONAS CON DIABETES EN MELILLA |
Prioritario |
14303/2023 |
G29963915 |
A. DE SORDOS DE MELILLA (ASOME) |
VIDEO-ASISTENCIA Y ACOMPAÑAMIENTO PARA PERSONAS MAYORES SORDAS DE MELILLA |
Prioritario |
15266/2023 |
G52030327 |
TEAMA |
PROGRAMA DE APOYO A LA UNIDAD CONVIVENCIAL |
Prioritario |
14328/2023 |
G52022258 |
A. CUENTA CON NOSOTROS MELILLA |
DÍA MUNDIAL DE LAS ENFERMEDADES RARAS 2023 |
Prioritario |
14335/2023 |
G52034238 |
OXIGENO LABORATORIO CULTURAL |
LA ESCUELA DE VERANO |
Prioritario |
14344/2023 |
G52014347 |
AMLEGA |
DIVERSIDAD, CONVIVENCIA, PARTICIPACIÓN Y ASOCIACIONISMO |
Positivo |
14348/2023 |
G52022019 |
ASIS |
LA RUTA DE LA DIVERSIÓN DE ASIS |
Prioritario |
14363/2023 |
G54618517 |
FUNDACION MARCELINO CHAMPAGNAT |
ESCUELA SEGUNDA OPORTUNIDAD 3,0 - MELILLA |
Positivo |
14367/2023 |
G52023231 |
A. PROYECTO ALFA |
ACOMPAÑAMIENTO, PROMOCIÓN SOCIOEDUCATIVA Y FOMENTO DEL
OCIO Y TIEMPO LIBRE EN MUJERES ADULTAS |
Positivo |
14372/2023 |
G29964038 |
A. DE MINUSVALIDOS FISICOS |
PROGRAMA SOCIOEDUCATIVO INFANTIL INSERCIÓN 2023 |
Prioritario |
14898/2023 |
G52006210 |
VOLUNTARIADO DE ATENCION AL MAYOR |
MANTENIMIENTO Y ACTIVIDADES |
Prioritario |
ANEXO IV
Relación de solicitudes excluidas de ayudas con expresión de la causa de
la denegación de subvención.
Núm. orden |
Nº. EXP. |
C.I.F. |
ENTIDAD |
PROYECTO
EXCLUIDO DE LA CONVOCATORIA |
MOTIVO DE EXLUSIÓN (1) Código |
02 |
14219/2023 |
G52021706 |
ASOCIACION MARE NOSTRUM |
PROGRAMA DE CORTE Y CONFECCIÓN: INFANTIL Y CEREMONIA |
6 |
03 |
14248/2023 |
G29962412 |
ASOC. FAMILIARES DE ALZHEIMER |
APRENDER A RECORDAR ESTANDO CÓMODOS |
10 |
04 |
14260/2023 |
G52019189 |
ASOCIACION AUTISMO MELILLA |
PROGRAMA DE ASESORAMIENTO Y ACOMPAÑAMIENTO ASMVO A FAMILIAS
DE PERSONAS CON TEA PARA GARANTIZAR EL ACCESO A LOS RECURSOS |
8 |
12 |
15269/2023 |
G52039658 |
ASOCIACIÓN TUTELAR Y ACCIÓN SOCIAL MELILLA (CAPACES) |
OCIO Y TIEMPO LIBRE EN PERSONAL CON MODIFICACIÓN DE SU CAPACIDAD
JURÍDICA POR DISCAPACIDAD |
4 |
14 |
14323/2023 |
G52015443 |
BANCO DE ALIMENTOS DE MELILLA |
CURSO FORMATIVO EN LIMPIEZA DE INSTALACIONES, EDIFICIOS Y
VIVIENDAS |
11 |
15 |
14324/2023 |
F29953296 |
COOPERATIVA MAESTROS MELILLA (COMAMEL) |
PEQUES INFORMÁTIC@S |
12 |
19 |
14332/2023 |
G16840019 |
ASOCIACION |
PROMOCIÓN DEL AUTOCUIDADO |
4 |
|
|
|
SOCIOEDUCATIVA MERAKI |
PARA CUIDADORES FAMILIARES NO PROFESIONALES |
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22 |
14340/2023 |
G16692972 |
TERAPI GUAUS |
DOG PARTY |
4 |
23 |
14341/2023 |
G16692881 |
ANIMAL RESCUE MELILLA |
COGE MI PATA |
4 |
26 |
14353/2023 |
G52029147 |
ASOCIACION ALOLLAR ON CALO DE MELILLA |
ADQUISICIÓN DE ORDENADOR PARA MANTENIMIENTO DE LA SEDE |
2 |
27 |
14357/2023 |
G52035367 |
ASOCIACION MELILLA INTEGRA |
TALLER DE ESTÉTICA |
6 ; 13 |
31 |
14376/2023 |
G52033784 |
ASOCIACION MELILLENSE PARA LA INTERVENCION SOCIAL |
MENTES ACTIVAS: TALLERES DE MEMORIA Y ESTIMULACIÓN COGNITIVA
PARA PERSONAS MAYORES EN MELILLA |
4 ; 11 |
32 |
14382/2023 |
G52026432 |
ASOCIACION EVOLUTIO |
ORIENTA: ORIENTACIÓN LABORAL Y TRAMITACIONES ON-LINE |
4 |
33 |
14386/2023 |
G52036126 |
ASOC. DE MADRES Y PADRES DEL CEIP LEON SOLA |
INCLUSIÓN SOCIAL, CULTURAL Y EDUCATIVA EN LOS DISTRITOS
IV y V |
3 ; 4 |
(1) Codificación de los motivos de exclusión:
Código |
Motivo de la
exclusión |
1 |
La entidad no acredita encontrarse al corriente de sus
obligaciones tributarias y/o con la Seguridad Social |
2 |
El programa o los gastos de material propuesto por la entidad no es
objeto de la convocatoria |
3 |
Los fines esenciales de la entidad no coinciden con el
objeto de la convocatoria |
4 |
Existe ya cobertura pública o privada suficiente para las actividades
que se proponen |
5 |
La entidad no aporta permiso del Centro para llevar a
cabo las actividades o estas se proyectan con usuarios para los que no se
cuenta con la previa autorización de la dirección o gerencia del Centro |
6 |
El objeto del programa dirigido a menores tutelados en centros y a
personas con adicciones no se encuentra recogido entre las competencias de la
Consejería de Políticas Sociales, existiendo otras convocatorias específicas
de la Consejería competente. |
7 |
Las actividades propuestas ya se encuentran financiadas
por otras Consejerías de la CAM |
8 |
Las actividades propuestas en el programa ya se encuentran financiadas a
través de otras subvenciones para su realización dentro de la misma anualidad
|
9 |
Los fines estatutarios de la entidad no se enmarcan
dentro del sistema de servicios sociales al que se refiere el artículo 4.6 de
la presente convocatoria |
10 |
La entidad tiene pendiente de justificar el destino de fondos percibidos
con anterioridad a través de otras subvenciones y/o convocatoria de ayudas
públicas. |
11 |
El proyecto o las actividades propuestas no se encuentra
incluido entre los fines estatutarios de la entidad. |
12 |
En los estatutos de la asociación no se recoge explícitamente que la
misma se constituye como entidad sin ánimo de lucro. |
13 |
El programa propuesto pertenece al ámbito de la formación
reglada y requiere para el ejercicio de la profesión acreditación oficial
expedida por las correspondientes autoridades educativas. |
De conformidad con el artículo 63.2 del Real Decreto 887/2006 de 21 de
julio, Reglamento General de Subvenciones, la Orden que antecede pone fin a la
vía administrativa, pudiendo ser recurrida potestativamente en reposición ante
la Consejera de Políticas Sociales y Salud Pública, o ser impugnada
directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de
conformidad con los artículos 123 Y 124 de la Ley del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ley 39/2015, de 1 de
octubre.
Lo que se publica con efectos de notificación para su conocimiento y
efectos oportunos.
Melilla 24 de julio de 2023,
El Secretario Técnico de Políticas Sociales y Salud Pública,
Victoriano Juan Santamaría Martínez