ARTÍCULO Nº 643 (CVE: BOME-A-2023-643) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6090 - viernes, 28 de julio de 2023 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA


Orden nº 0079, de fecha 21 de julio de 2023, relativa a la resolución definitiva de las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva de la Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública (antigua Consejería de Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal) de la Ciudad Autónoma de Melilla, destinadas a entidades sin ánimo de lucro, año 2023.

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RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE LAS SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE LA CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA (antigua Consejería de Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal) DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, DESTINADAS A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO, AÑO 2023.

La titular de la Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública, mediante Orden de fecha 21 de julio de 2023, registrada en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería con el núm. 2023000079, ha dispuesto lo siguiente:

ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS

I.              Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Ciudad de Melilla de fecha 6 de septiembre de 2017, se aprueban las Bases reguladoras de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva de la Consejería de Bienestar Social de la Ciudad Autónoma de Melilla, destinadas a entidades sin ánimo de lucro, disponiéndose su publicación mediante Decreto de Presidencia n.º 133 de fecha 20 de octubre de 2017 (BOMe núm 5490 de 27 de octubre de 2017).

II.             Por Orden nº 852 de 17 de marzo de 2023 de la Consejería de Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal, se efectúa la convocatoria de dichas subvenciones para el año 2023 (BOMe núm. 6053 de 21 de marzo de 2023).

III.            Las ayudas se financiarán con cargo a los créditos disponibles en la Aplicación Presupuestaria 05/23102/48000: RC SUBVENCIONES nº 12023000005842 de 23 de febrero de 2023 por importe de 224.302,35 €.. El porcentaje máximo de financiación de cada Entidad no podrá superar los 17.000 €, de acuerdo con lo previstos en las Bases que rigen la convocatoria.

IV.           Las entidades solicitantes de las ayudas han presentado las certificaciones correspondientes del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Asimismo, acreditan reunir el resto de los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones y de cumplimiento de las demás las obligaciones impuestas en el artículo 14 de la citada Ley respecto de las subvenciones concedidas en el ejercicio anterior por cualesquiera de las Administraciones Públicas.

V.            Con fecha 31 de mayo y 9 de junio de 2023, se reúnen los miembros de la Comisión Técnica de Valoración con objeto de evaluar las diferentes solicitudes presentadas. Los resultados  son recogidos en un acta que contiene el informe motivado de concesión y denegación de subvenciones, incluyendo las cuantías, las entidades beneficiarias y, en su caso, las causas de denegación de subvención.

VI.           A la vista del expediente y del informe de la  Comisión Técnica de Valoración, el Instructor formula propuesta de resolución provisional, comprensiva de las entidades admitidas y excluidas, así como las cuantías de las subvenciones propuestas. Con fecha 16 de junio de 2023, la Propuesta de Resolución provisional es publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad nº 6078, en el Tablón digital de Edictos y en la página web www.melilla.es, concediéndose un plazo de diez días de audiencia a los interesados para que las entidades que lo estimen conveniente presenten las alegaciones que crean oportunas en orden a la mejor defensa de sus intereses y derechos.

VII.          Dentro del periodo de alegaciones se han registrado pliegos de descargos formulados por las siguientes entidades:

-       Asociación Mare Nostrum, CIF G52021706

-       Asociación Familiares de Alzheimer, CIF G29962412

-       Cooperativa Maestros Melilla (COMAMEL) , CIF F29953296

-       Asociación Socioeducativa Meraki, CIF G16840019

-       Asociación Terapi Guaus, CIF G16692972

-       Asociación Animal Rescue Melilla, CIF G16692881

-       Asociación Melilla Integra, CIF G52035367

VIII. Examinadas las alegaciones presentadas, la Comisión Técnica de Valoración dictamina que los manifestaciones realizadas por estas entidades no desvirtúan ni alteran la valoración inicialmente realizada, ratificándose el órgano colegiado en los motivos de exclusión que se formulan en la propuesta de resolución provisional por los siguientes motivos:

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        ASOCIACIÓN MARE NOSTRUM.- Las actividades propuestas en el proyecto “Programa de corte y confección: Infantil y Ceremonia” van destinadas al colectivo de menores extranjeros no acompañados (MENAS), así como al colectivo de adultos con problemas de adicción. Para ambos colectivos existen otras convocatorias de ayudas y subvenciones específicas del área del Menor y de Salud Pública de esta Ciudad Autónoma con dotaciones presupuestarias propias ajenas al área de la Dirección General de Servicios Sociales que es el órgano responsable de la gestión de los programas incluidos en la presente convocatoria.     

              ASOCIACIÓN FAMILIARES DE ALZHEIMER (en adelante, AF ALZHEIMER).- La Comisión de Valoración se ratifica en la decisión de exclusión de la entidad adoptada en la anterior sesión de este órgano colegiado ya que, según establece la Base Cuarta aptdo. 1 que rige la presente convocatoria, no podrán para obtener la condición de entidad beneficiaria aquellas entidades que vencido el plazo establecido, tengan pendiente la justificación de cualquier otra subvención con la Ciudad Autónoma de Melilla. En el caso de AF ALZHEIMER, los gastos subvencionables correspondiente a la subvención de la anualidad 2022 han sido ejecutados en la anualidad de 2023.

        COOPERATIVA MAESTROS MELILLA (COMAMEL).- La Comisión de Valoración decide excluir a la entidad por no encontrarse la misma calificada en sus Estatutos como entidad “sin ánimo de lucro”. Frente a la decisión adoptada, la COMAMEL argumenta que la calificación de cooperativa sin ánimo de lucro se rige de acuerdo a la Disposición Adicional Primera de la Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas. Revisada por la Comisión la  legislación aplicable a las cooperativas se ha de indicar lo siguiente:

El artículo 106 de la Ley 27/1999, en su apartado 1, establece que serán calificadas como de iniciativa social aquellas cooperativas que, sin ánimo de lucro y con independencia de su clase, tienen por objeto social, bien la prestación de servicios asistenciales mediante la realización de actividades sanitarias, educativas, culturales u otras de naturaleza social, o bien el desarrollo de cualquier actividad económica que tenga por finalidad la integración laboral de personas que sufran cualquier clase de exclusión social y, en general, la satisfacción de necesidades sociales no atendidas por el mercado. Asimismo, el apartado 4 del citado artículo dispone que “las cooperativas de cualquier clase que cumplan con los requisitos expuestos en el apartado 1 del presente artículo expresarán además en su denominación, la indicación «Iniciativa Social»”. En este orden de cosas, la Comisión no considera que la COMEMEL cumpla con los requisitos establecidos en el apartado 1 del artículo 106 ni en su denominación se incluye la indicación de «Iniciativa Social», tal como exige el apartado 4 del mismo artículo. Por otro lado, y en aplicación de la Disposición Adicional Primera de la Ley, para que una cooperativa pueda ser calificada como entidad sin ánimo de lucro debe recoger expresamente en sus Estatutos lo siguiente:

a) Que los resultados positivos que se produzcan en un ejercicio económico no podrán ser distribuidos entre sus socios.

A este respecto, en el artículo 60 de los Estatutos de la COMAMEL se recoge que “el excedente disponible podrá destinarse a efectuar retornos cooperativos entre los socios, proporcionalmente al valor de las operaciones, servicios o actividad realizada”.

b)      Las aportaciones de los socios al capital social, tanto obligatorias como voluntarias, no podrán devengar un interés superior al interés legal del dinero, sin perjuicio de la posible actualización de las mismas.

Por un lado, el artículo 23 de los Estatutos de la COMAMEL dispone que “por sus aportaciones al Capital social los socios colaboradores devengarán el interés pactado, que no podrá ser inferior al percibido por los socios ni exceder en más de cinco puntos al tipo de interés básico del Banco de España”. Por otro lado, el artículo 50 de los Estatutos establece que “el interés a pagar a las aportaciones obligatorias al Capital Social será prefijado para los ejercicios siguientes por la Asamblea General a propuesta del Consejo Rector, no pudiendo exceder del tipo de interés básico del Banco de España incrementado en tres puntos”.

c)      El carácter gratuito del desempeño de los cargos del Consejo Rector, sin perjuicio de las compensaciones económicas procedentes por los gastos en los que puedan incurrir los consejeros en el desempeño de sus funciones.

d)      Las retribuciones de los socios trabajadores o, en su caso, de los socios de trabajo y de los trabajadores por cuenta ajena no podrán superar el 150 por 100 de las retribuciones que en función de la actividad y categoría profesional, establezca el convenio colectivo aplicable al personal asalariado del sector. 

Este último precepto, recogido en la letra d) no aparece reflejado en ninguno de los artículos de los Estatutos

Por lo expuesto anteriormente, la Comisión viene en ratificar la exclusión de la Cooperativa COMAMEL por no reunir los requisitos de entidad sin ánimo de lucro a los que se refiere el artículo 106 y la Disposición Adicional Primera de la Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas

        ASOCIACIÓN SOCIOEDUCATIVA MERAKI.- El programa presentado por la Asociación quedó excluido de propuesta de subvención por entender la Comisión de Valoración que para las actividades incluidas en el proyecto “Promoción del autocuidado para cuidadores familiares no profesionales”  existe cobertura pública o privada suficiente. Al respecto, se ha de señalar que existe un organismo de la Administración del Estado (IMSERSO) que ya ofrece cobertura suficiente para este tipo de necesidades específicas.

        ASOCIACIÓN TERAPI  GUAUS.- Las actividades del programa propuesto se encuentran ya atendidas con los medio propios de la Consejería de Políticas Sociales a través de contrataciones con terceros a los que la propia entidad ha podido y podrá concurrir cuando las mismas sean licitadas nuevamente.

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        ASOCIACIÓN ANIMAL RESCUE MELILLA.- Las actividades del programa propuesto se encuentran ya atendidas con los medio propios de la Consejería de Políticas Sociales a través de contrataciones con terceros a los que la propia entidad ha podido y podrá concurrir cuando las mismas sean licitadas nuevamente.

        ASOCIACIÓN MELILLA INTEGRA.- Las actividades propuestas en el proyecto “Taller de estética” van destinadas al colectivo de menores extranjeros no acompañados (MENAS), así como al colectivo de adultos con problemas de adicción. Para ambos colectivos existen otras convocatorias de ayudas y subvenciones específicas del área del Menor y de Salud Pública de esta Ciudad Autónoma con dotaciones presupuestarias propias ajenas al área de la Dirección General de Servicios Sociales que es el órgano responsable de la gestión de los programas incluidos en la presente convocatoria. Asimismo, se ha de indicar que las actividades del programa propuesto pertenece al ámbito de la formación reglada y requiere para el ejercicio de la profesión acreditación oficial expedida por las correspondientes autoridades educativas.

IX.           Mediante escrito de fecha 3 de julio de 2023, la Asociación por la Solidaridad y la Igualdad Social (en adelante, ASIS), CIF G52022019, renuncia a la subvención de 16.999,57 €, propuesta provisionalmente por el instructor para la realización del programa VECA: La ruta de la diversión de ASIS. Como consecuencia de ello, la Comisión de Valoración acuerda que dicha cuantía sea utilizada para incrementar de forma proporcional los importes de subvención inicialmente propuestos para la financiación de los programas de mantenimiento de las sedes sociales.

X.            La propuesta de resolución formulada por el instructor es coincidente con el contenido del informe (acta de fecha 6 de julio de 2023) emitido por la Comisión de Evaluación, el cual determina las entidades que cumplen los requisitos establecidos en la convocatoria, así como la valoración, el orden y la cuantía de las subvenciones propuestas para financiar los proyectos presentados.

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 6355/2023, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER:

Primero.- Conceder una subvención destinada a las entidades relacionadas en el Anexo I para la ejecución en 2023 de programas cuya finalidad, en general, sea la promoción de actuaciones de apoyo y fomento de acciones sociales en el ámbito territorial de Melilla y, en particular, la atención a situaciones de vulnerabilidad y/o exclusión social, la atención a personas mayores y dependientes y la atención a la discapacidad (incluidos los programas VECA), así como también aquellos gastos de mantenimiento de las sedes sociales de las entidades para mantener el funcionamiento ordinario, por importe total de DOSCIENTOS VENTICUATRO MIL TRESCIENTOS DOS EUROS CON TREINTA Y CINCO CÉNTIMOS (224.302,35 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 05/23102/48000 - Subv. Organismos sin ánimo de lucro.

Segundo.- Hacer público el Anexo II, relativo a los puntos asignados a los distintos programas de proyectos de actividades presentados de acuerdo con los criterios de valoración técnica establecidos en las Bases Reguladoras.

Tercero.- Hacer público el Anexo III, relativo a la relación de programas de proyectos de actividades calificados como prioritarios o positivos cuya puntuación ha sido igual o superior a 4,5 puntos.

Cuarto.- Hacer público el Anexo IV, relativo a relación de solicitudes excluidas de subvención con expresión de la causa de denegación.

ANEXO I

Listado de entidades propuestas para subvención con expresión de las cuantías totales por programas de actividades y por gastos de mantenimiento de sede.

 

Nº EXP

ENTIDAD

CIF

IMPORTE (€)

PROPUESTO PARA PROYECTO DE ACTIVIDADES

IMPORTE (€)

PROPUESTO PARA MANTENIMIENTO SEDE

TOTAL IMPORTE (€) 

PROPUESTO POR ENTIDAD SOLICITANTE

14202/2023

OBISPADO DE MALAGA (PARROQUIA S. AGUSTÍN)

R2900002C

2.250,00

11.089,50

13.339,50

14260/2023

ASOCIACION AUTISMO MELILLA

G52019189

 

2.600,00

2.600,00

14290/2023

A.  FEAFES MELILLA

G52006871

11.731,48

 

11.731,48

14291/2023

RELIGIOSAS DE MARIA INMACULADA (SERVICIO DOMÉSTICO)

R2900144C

 

13.345,00

13.345,00

14294/2023

A.  DIABETICOS DE MELILLA (ADIMEL )

G29963824

4.167,72

4.525,00

8.692,72

14303/2023

A.  DE SORDOS DE MELILLA (ASOME)

G29963915

11.000,00

 

11.000,00

14307/2023

ASOCIACIÓN CELIACA DE MELILLA (ACEME)

G52021946

 

15.585,00

15.585,00

15266/2023

TEAMA

G52030327

15.300,00

 

15.300,00

14320/2023

SOCIEDAD SAN VICENTE DE PAUL-ALBERGUE SAN VICENTE DE PAUL

G28256667

 

11.345,00

11.345,00

14320/2023

SOCIEDAD SAN VICENTE DE PAUL-CONFERENCIA VIRGEN DE LA LUZ

G28256667

 

2.540,00

2.540,00

14328/2023

A.  CUENTA CON NOSOTROS MELILLA

G52022258

6.500,00

 

6.500,00

14330/2023

ASOCIACION MELILLA ACOGE

G29957495

 

13.345,00

13.345,00

14335/2023

OXIGENO LABORATORIO CULTURAL

G52034238

15.000,00

 

15.000,00

14336/2023

HIJAS DE LA CARIDAD

R7800985I

 

13.345,00

13.345,00

14344/2023

AMLEGA

G52014347

12.000,00

 

12.000,00

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14363/2023

FUNDACION MARCELINO CHAMPAGNAT

G54618517

9.000,00

 

9.000,00

14367/2023

A.  PROYECTO ALFA

G52023231

15.298,65

 

15.298,65

14372/2023

A.  DE MINUSVALIDOS FISICOS

G29964038

16.850,00

 

16.850,00

14898/2023

VOLUNTARIADO DE ATENCION AL MAYOR

G52006210

4.140,00

 

4.140,00

19305/2023

CRUZ ROJA ESPAÑOLA

Q2866001G

 

13.345,00

13.345,00

TOTAL IMPORTES PARA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS DE ACTIVIDADES Y PARA MANTENIMIENTO DE LA SEDE:

224.302,35

ANEXO II

Puntos asignados a los distintos programas no excluidos de la fase de valoración de acuerdo con los criterios establecidos en las Bases Reguladoras.

 

Nº EXP

NOMBRE DE LA ENTIDAD

NOMBRE DEL PROYECTO DE ACTIVIDADES

Evaluación técnica del

proyecto 30% (3 ptos)

Incidencia social 40%  

(4 ptos)

Aportación ecónómica

entidad 10% (1 pto)

Carácter innovador 10%

 

(1 pto)

Grado cumplimiento 5%

(0

 

(0,5ptos)

Perspectiva de género

5

)

5% (0,5ptos)

TOTAL PUNTOS

14202/2023

OBISPADO DE MALAGA (PARROQUIA S. AGUSTÍN)

PROYECTO DE ATENCIÓN A LA INFANCIA, PARROQUIA SAN AGUSTÍN

3

4

1

0

0,5

0

8,5

14290/2023

A.  FEAFES MELILLA

CONSTRUYENDO EN SALUD MENTAL: FORMACIÓN, SENSIBILIZACIÓN Y VIDA INDEPENDIENTE

3

4

0

0

0,5

0

7,5

14294/2023

A.  DIABETICOS DE MELILLA (ADIMEL )

ATENCIÓN A LAS PERSONAS CON DIABETES EN MELILLA

3

4

0

0

0

0

7

14301/2023

ASOCIACIÓN CONSTRUYENDO FUTURO MELILLA

 LUNAS TINTADAS

0

1

1

0

0

0

2,0

14303/2023

A.  DE SORDOS DE MELILLA (ASOME)

VIDEO-ASISTENCIA Y ACOMPAÑAMIENTO PARA PERSONAS MAYORES SORDAS DE MELILLA

3

4

0

1

0,5

0

8,5

14327/2023

FUTURE WORLD

PASO A PASO: REHABILITACIÓN INTEGRAL PARA PERSONAS MAYORES EN MELILLA

0,5

1

0

0

0

0

1,5

15266/2023

TEAMA

PROGRAMA DE APOYO A LA UNIDAD CONVIVENCIAL

3

3

0,5

0

0,5

0

7

14328/2023

A.  CUENTA CON NOSOTROS MELILLA

DÍA MUNDIAL DE LAS ENFERMEDADES RARAS 2023

3

4

1

0

0,5

0

8,5

14335/2023

OXIGENO LABORATORIO CULTURAL

LA ESCUELA DE VERANO

3

4

1

0

0

0,5

8,5

14344/2023

AMLEGA

DIVERSIDAD, CONVIVENCIA, PARTICIPACIÓN Y ASOCIACIONISMO

3

4

0

0

0,5

0,5

8

14363/2023

FUNDACION MARCELINO

CHAMPAGNAT

ESCUELA SEGUNDA OPORTUNIDAD 3,0 - MELILLA

3

4

1

0

0,5

0,5

9

14367/2023

A.  PROYECTO ALFA

ACOMPAÑAMIENTO, PROMOCIÓN SOCIOEDUCATIVA Y FOMENTO DEL OCIO Y TIEMPO LIBRE EN MUJERES ADULTAS

3

4

1

0

0,5

0,5

9

14372/2023

A.  DE MINUSVALIDOS FISICOS

PROGRAMA SOCIOEDUCATIVO INFANTIL INSERCIÓN 2023

3

4

1

0,5

0

0,5

9

14898/2023

VOLUNTARIADO DE ATENCION AL MAYOR

MANTENIMIENTO Y ACTIVIDADES

3

4

0

0

0,5

0

7,5

 

Como resultado de los puntos obtenidos, los proyectos presentados por las entidades: ASOCIACIÓN CONSTRUYENDO FUTURO MELILLA (CIF G72959489) y ASOCIACIÓN FUTURE WORDL (CIF G44672160) quedan excluidos de propuesta de subvención al no alcanzar la puntuación mínima de 4,5 puntos en la fase de valoración.

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ANEXO III

Relación de programas de proyectos de actividades calificados como prioritarios o positivos cuya puntuación ha sido igual o superior a 4,5 puntos.

 

Nº EXP

C.I.F.

NOMBRE DE LA ENTIDAD

NOMBRE DEL PROYECTO DE ACTIVIDADES

CARÁCTER

14202/2023

R2900002C

OBISPADO DE MALAGA (PARROQUIA S. AGUSTÍN)

PROYECTO DE ATENCIÓN A LA INFANCIA, PARROQUIA SAN AGUSTÍN

Prioritario

14290/2023

G52006871

A.  FEAFES MELILLA

CONSTRUYENDO EN SALUD MENTAL: FORMACIÓN, SENSIBILIZACIÓN Y VIDA INDEPENDIENTE

Prioritario

14294/2023

G29963824

A.  DIABETICOS DE MELILLA (ADIMEL )

ATENCIÓN A LAS PERSONAS CON DIABETES EN MELILLA

Prioritario

14303/2023

G29963915

A.  DE SORDOS DE MELILLA (ASOME)

VIDEO-ASISTENCIA Y ACOMPAÑAMIENTO PARA PERSONAS MAYORES SORDAS DE MELILLA

Prioritario

15266/2023

G52030327

TEAMA

PROGRAMA DE APOYO A LA UNIDAD CONVIVENCIAL

Prioritario

14328/2023

G52022258

A.  CUENTA CON NOSOTROS MELILLA

DÍA MUNDIAL DE LAS ENFERMEDADES RARAS 2023

Prioritario

14335/2023

G52034238

OXIGENO

LABORATORIO

CULTURAL

LA ESCUELA DE VERANO

Prioritario

14344/2023

G52014347

AMLEGA

DIVERSIDAD, CONVIVENCIA, PARTICIPACIÓN Y ASOCIACIONISMO

Positivo

14348/2023

G52022019

ASIS

LA RUTA DE LA DIVERSIÓN DE ASIS

Prioritario

14363/2023

G54618517

FUNDACION MARCELINO CHAMPAGNAT

ESCUELA SEGUNDA OPORTUNIDAD 3,0 - MELILLA

Positivo

14367/2023

G52023231

A.  PROYECTO ALFA

ACOMPAÑAMIENTO, PROMOCIÓN SOCIOEDUCATIVA Y FOMENTO DEL OCIO Y TIEMPO LIBRE EN MUJERES ADULTAS

Positivo

14372/2023

G29964038

A.  DE MINUSVALIDOS FISICOS

PROGRAMA SOCIOEDUCATIVO INFANTIL INSERCIÓN 2023

Prioritario

14898/2023

G52006210

VOLUNTARIADO DE ATENCION AL MAYOR

MANTENIMIENTO Y ACTIVIDADES

Prioritario

 

ANEXO IV

Relación de solicitudes excluidas de ayudas con expresión de la causa de la denegación de subvención.

 

Núm. orden

Nº. EXP.    

C.I.F.

ENTIDAD           

PROYECTO EXCLUIDO DE LA CONVOCATORIA

MOTIVO DE

EXLUSIÓN

(1) Código

02

14219/2023

G52021706

ASOCIACION MARE NOSTRUM

PROGRAMA DE CORTE Y CONFECCIÓN: INFANTIL Y CEREMONIA

6

03

14248/2023

G29962412

ASOC. FAMILIARES DE ALZHEIMER

APRENDER A RECORDAR ESTANDO CÓMODOS

10

04

14260/2023

G52019189

ASOCIACION AUTISMO MELILLA

PROGRAMA DE ASESORAMIENTO Y ACOMPAÑAMIENTO ASMVO A FAMILIAS DE PERSONAS CON TEA PARA GARANTIZAR EL ACCESO A LOS RECURSOS

8

12

15269/2023

G52039658

ASOCIACIÓN TUTELAR Y ACCIÓN SOCIAL MELILLA (CAPACES)

OCIO Y TIEMPO LIBRE EN PERSONAL CON MODIFICACIÓN DE SU CAPACIDAD JURÍDICA POR DISCAPACIDAD

4

14

14323/2023

G52015443

BANCO DE ALIMENTOS DE MELILLA

CURSO FORMATIVO EN LIMPIEZA DE INSTALACIONES, EDIFICIOS Y VIVIENDAS

11

15

14324/2023

F29953296

COOPERATIVA MAESTROS MELILLA (COMAMEL)

PEQUES INFORMÁTIC@S

12

19

14332/2023

G16840019

ASOCIACION

PROMOCIÓN DEL AUTOCUIDADO

4

 

 

 

SOCIOEDUCATIVA MERAKI

PARA CUIDADORES FAMILIARES NO PROFESIONALES

 

22

14340/2023

G16692972

TERAPI GUAUS

DOG PARTY

4

23

14341/2023

G16692881

ANIMAL RESCUE MELILLA

COGE MI PATA

4

26

14353/2023

G52029147

ASOCIACION ALOLLAR ON CALO DE MELILLA

ADQUISICIÓN DE ORDENADOR PARA MANTENIMIENTO DE LA SEDE

2

27

14357/2023

G52035367

ASOCIACION MELILLA INTEGRA

TALLER DE ESTÉTICA

6 ; 13

31

14376/2023

G52033784

ASOCIACION MELILLENSE PARA LA INTERVENCION SOCIAL

MENTES ACTIVAS: TALLERES DE MEMORIA Y ESTIMULACIÓN COGNITIVA PARA PERSONAS MAYORES EN MELILLA

4 ; 11

32

14382/2023

G52026432

ASOCIACION EVOLUTIO

ORIENTA: ORIENTACIÓN LABORAL Y TRAMITACIONES ON-LINE

4

33

14386/2023

G52036126

ASOC. DE MADRES Y PADRES DEL CEIP LEON SOLA

INCLUSIÓN SOCIAL, CULTURAL Y EDUCATIVA EN LOS DISTRITOS IV y V

3 ; 4

 

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(1) Codificación de los motivos de exclusión:

 

Código

Motivo de la exclusión

1

La entidad no acredita encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y/o con la Seguridad Social

2

El programa o los gastos de material propuesto por la entidad no es objeto de la convocatoria

3

Los fines esenciales de la entidad no coinciden con el objeto de la convocatoria

4

Existe ya cobertura pública o privada suficiente para las actividades que se proponen

5

La entidad no aporta permiso del Centro para llevar a cabo las actividades o estas se proyectan con usuarios para los que no se cuenta con la previa autorización de la dirección o gerencia del Centro

6

El objeto del programa dirigido a menores tutelados en centros y a personas con adicciones no se encuentra recogido entre las competencias de la Consejería de Políticas Sociales, existiendo otras convocatorias específicas de la Consejería competente.

7

Las actividades propuestas ya se encuentran financiadas por otras Consejerías de la CAM

8

Las actividades propuestas en el programa ya se encuentran financiadas a través de otras subvenciones para su realización dentro de la misma anualidad

9

Los fines estatutarios de la entidad no se enmarcan dentro del sistema de servicios sociales al que se refiere el artículo 4.6 de la presente convocatoria

10

La entidad tiene pendiente de justificar el destino de fondos percibidos con anterioridad a través de otras subvenciones y/o convocatoria de ayudas públicas.

11

El proyecto o las actividades propuestas no se encuentra incluido entre los fines estatutarios de la entidad.

12

En los estatutos de la asociación no se recoge explícitamente que la misma se constituye como entidad sin ánimo de lucro.

13

El programa propuesto pertenece al ámbito de la formación reglada y requiere para el ejercicio de la profesión acreditación oficial expedida por las correspondientes autoridades educativas.

 

De conformidad con el artículo 63.2 del Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, Reglamento General de Subvenciones, la Orden que antecede pone fin a la vía administrativa, pudiendo ser recurrida potestativamente en reposición ante la Consejera de Políticas Sociales y Salud Pública, o ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con los artículos 123 Y 124 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Lo que se publica con efectos de notificación para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla 24 de julio de 2023,

El Secretario Técnico de Políticas Sociales y Salud Pública,

Victoriano Juan Santamaría Martínez