ARTÍCULO Nº 656
(CVE: BOME-A-2023-656)
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BOME Nº 6092 - viernes, 4 de agosto de 2023 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA
Notificación a interesados para subsanación y mejora de solicitudes en el procedimiento de convocatoria para subvenciones de programas de interés general con cargo a la asignación del 0,7 por ciento del impuesto sobre la renta de las personas físicas, para el año 2023.

NOTIFICACIÓN
A INTERESADOS PARA SUBSANACIÓN Y MEJORA DE SOLICITUDES EN EL PROCEDIMIENTO DE
CONVOCATORIA PARA SUBVENCIONES DE PROGRAMAS DE INTERÉS GENERAL CON CARGO A LA
ASIGNACIÓN DEL 0,7 POR CIENTO DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS
FÍSICAS, PARA EL AÑO 2023.
I.- Mediante Orden de la Consejería de Políticas Sociales,
Salud Pública y Bienestar Animal registrada al número 1818 de 8 de junio de
2023, se procede a la aprobación de la CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2023 DE
SUBVENCIONES DESTINADAS A FINANCIAR LOS PROGRAMAS DE INTERÉS GENERAL CON CARGO
A LA ASIGNACIÓN DEL 0,7 POR 100 DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS
FÍSICAS, CON SUJECIÓN A LAS BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES A PROGRAMAS DE
INTERÉS GENERAL DIRIGIDAS A FINES DE INTERÉS SOCIAL A DESARROLLAR POR ENTIDADES
DEL TERCER SECTOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA
II.- El artículo 6.4 de las Bases que regulan estas
subvenciones establece: “Si
la solicitud de iniciación no reuniera los datos de identificación, tanto de la
entidad solicitante o de los programas a subvencionar, así como cualquiera de
los previstos en el artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se
requerirá a la entidad u organización solicitante, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 68 de la citada Ley, para que, en un plazo de diez
días hábiles, subsane las faltas o acompañe los documentos preceptivos, con
indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su
petición, previa notificación de la resolución que habrá de dictarse en los
términos previstos en el artículo 21 de la misma Ley”.
III.- De acuerdo con lo expuesto en el apartado anterior, y
una vez revisadas las solicitudes y los documentos que las acompañan, se
requiere a entidades que se relacionan a continuación para que subsanen la falta
o acompañen los documentos preceptivos en el plazo de 10 días
hábiles, apercibiéndoles que, de
no hacerlo, se entenderá que desisten de su solicitud, previa resolución
dictada en los términos del artículo 21 de la ley 30/2015, de 1 de octubre:
ASOCIACIÓN
FAMILIARES DE ALZHEIMER Y OTRAS DEMENCIAS DE LA CAM
a) Debe
proceder a la mejorar la solicitud mediante la presentación de un único
formulario de solicitud de subvención (ANEXO I) que incluya los cuatro
programas propuestos por la entidad.
ASOCIACIÓN
MELILLA INTEGRA
a) Para los
programas que así lo requieran, deberá aportar debidamente cumplimentado y
firmado por el responsable del Centro de Atención al Drogodependiente (CAD) y
por la entidad solicitante el formulario de “Declaración sobre autorización
para que entidades vinculadas puedan desarrollar el programa/proyecto/actividad
en las dependencias y/o con beneficiarios de la entidad autorizante” (ANEXO
VIII).
MOVIMIENTO
POR LA PAZ EL DESARME Y LA LIBERTAD (MPDL):
a) Los datos
del apartado 5 del Anexo II-Memoria explicativa de la entidad son idénticos a
los aportados en la convocatoria del año 2022 por lo que deberá aportar nuevo
Anexo II con los datos debidamente actualizados al ejercicio 2023.
ASOCIACIÓN
DE MELILLA INSERCIÓN
a)
Debe proceder a la
mejorar la solicitud mediante la presentación de un único formulario de
solicitud de subvención (ANEXO I) que incluya los cuatro programas propuestos
por la entidad.
b)
En el epígrafe de
“Medios técnicos”, apartado 6.2 de la Memoria explicativa de los programas
(ANEXO III), deberá indicar para cada uno de los programas presentados las
señas del local o instalación donde se llevarán a cabo las actividades
propuestas y, en caso de cesión o autorización del local por entidades
vinculadas (ludoteca, IES Enrique Nieto, club deportivos,…) deberá aportar
debidamente cumplimentado y firmado el formulario denominado “Declaración sobre autorización para que
entidades vinculadas puedan desarrollar el programa/proyecto/actividad en las
dependencias y/o con beneficiarios de la entidad autorizante”.
c)
Los datos del
apartado 5.1.2 y 7.2 del Anexo II-Memoria explicativa de la entidad hacen
referencia al año 2021 debiendo hacer referencia al ejercicio 2022 .
BANCO DE
ALIMENTOS DE MELILLA
a)
Habrá de
readaptarse la memoria del programa (ANEXO III) para que las actividades
propuestas den comienzo en el año 2024. Cualquier gasto imputable a una
temporalidad distinta de 2024 no será subvencionable con cargo a las ayudas
previstas en la presente convocatoria.

b)
Deberá aportar
autorización de la Dirección Provincial de Educación y Ciencia de Melilla para
implementar las actividades del programa en los centros educativos de la
ciudad.
ASOCIACIÓN
EVOLUTIO
a) Los datos
del apartado 5.1.2 y 7.2 del Anexo II-Memoria explicativa de la entidad hacen
referencia al año 2021 debiendo hacer referencia al ejercicio 2022.
ASOCIACIÓN
PROYECTO ALFA
a)
Deberá presentar
la “Memoria explicativa de la entidad” (ANEXO II)
ASOCIACIÓN
MELILLENSE PARA LA INTERVENCIÓN SOCIAL
a) Debe
proceder a la mejorar la solicitud mediante la presentación de un único
formulario de solicitud de subvención (ANEXO I) que incluya los dos programas
propuestos por la entidad.
SSVP-CONFERENCIA
VIRGEN DE LA LUZ
a)
Debe proceder a la
mejorar la solicitud mediante la presentación de un único formulario de
solicitud de subvención (ANEXO I) que incluya los cuatro programas propuestos
por la entidad.
b)
Deberá presentar
la “Memoria explicativa de la entidad” (ANEXO II) debidamente cumplimentada en
todos sus apartados.
c)
En el epígrafe de
“Medios técnicos”, apartado 6.2 de la Memoria explicativa de los programas
(ANEXO III), deberá indicar para los programas que así lo requieran las señas
del local/instalaciones donde se llevarán a cabo las actividades propuestas y,
en caso de cesión o autorización de estas deberá aportar debidamente
cumplimentado y firmado el formulario denominado “Declaración sobre autorización para que
entidades vinculadas puedan desarrollar el programa/proyecto/actividad en las
dependencias y/o con beneficiarios de la entidad autorizante”.
ASOCIACIÓN
POR LA AYUDA AL DESARROLLO AL FARABI
a) Habrán de
readaptarse las memorias de los programas (ANEXO III) para que las actividades
propuestas den comienzo en el año 2024. Cualquier gasto imputable a una
temporalidad distinta de 2024 no será subvencionable con cargo a las ayudas
previstas en la presente convocatoria.
d) En el
epígrafe de “Medios técnicos”, apartado 6.2 de las Memorias explicativas de los
programas (ANEXO III) deberá indicar las señas del local/instalaciones donde se
llevarán a cabo las actividades propuestas y, en caso de cesión o autorización
de estas deberá aportar debidamente cumplimentado y firmado el formulario
denominado “Declaración sobre
autorización para que entidades vinculadas puedan desarrollar el
programa/proyecto/actividad en las dependencias y/o con beneficiarios de la
entidad autorizante”.
IV.-
Toda entidad participante en la
presente convocatoria que afirme tener implantado un Sistema de Gestión de
Calidad (SGS), así como disponer de un control de cuentas mediante
Auditoría Externa (AE) de su gestión económica referida a la anualidad
inmediatamente anterior a la de la convocatoria, o prevé el concurso de
personal voluntario para la ejecución de los proyectos de actividades para
los que solicita subvención deberá aportar en un plazo no superior a 10
días hábiles justificación
fehaciente de dichos extremos mediante certificación expedida por el organismo
correspondiente en el caso de SGS y de AE, así como adjuntar recibo de la póliza de Seguro de
Accidentes y Responsabilidad Civil que cubra a los voluntarios conforme a lo
dispuesto en la Ley 45/2015, de 14 de octubre, del Voluntariado.
V.-
Para la valoración de las entidades
conforme a lo establecido en el artículo 8.1.g) de las Bases Reguladoras en lo
concerniente a presupuesto y financiación del año anterior (epígrafe 5 del
ANEXO II), estas deberán justificar sus ingresos, tanto propios como por otras
fuentes de financiación, mediante la aportación de al menos uno de los
siguientes documentos:
-
Auditoría
externa
-
Estados contables
-
Acta de la Junta
Directiva de la entidad en la que se haga constar la existencia de fondos propios y su procedencia.
VI.- A efectos de valoración objetiva de la entidad y
programas, y de conformidad con lo dispuesto el artículo 8 de las Bases
Reguladoras, la documentación presentada deberá encontrarse en vigor.
VII.-
La publicación del presente
requerimiento de subsanación y mejora de solicitud surtirá los efectos de
notificación a los interesados conforme dispone el artículo 45.1.b) de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Melilla 3
de agosto de 2023,
El
Coordinador del Centro de Servicios Sociales,
Alejandro
Román Linares