ARTÍCULO Nº 731 (CVE: BOME-A-2023-731) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6101 - martes, 5 de septiembre de 2023 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE


Orden nº 0144, de fecha 30 de agosto de 2023, relativa a propuesta de resolución definitiva de la convocatoria de subvenciones institucionales por procedimiento de concurrencia competitiva, para el desarrollo de programas y actividades físicas saludables no competitivas en la Ciudad de Melilla, para el ejercicio 2023.

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El Excmo. Sr. Consejero, titular de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, mediante Orden de 30/08/2023, registrada al número 2023000144, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte ha dispuesto lo siguiente:

ASUNTO: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES INSTITUCIONALES POR PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS Y ACTIVIDADES FÍSICAS SALUDABLES NO COMPETITIVAS EN LA CIUDAD DE MELILLA, PARA EL EJERCICIO 2023.

I.- Que con fecha 16 de Junio de 2017, el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, mediante Decreto registrado al número 201700091, ha tenido a bien disponer lo siguiente:

Habiendo sido aprobadas inicialmente por el Consejo de Gobierno, en sesión ejecutiva ordinaria, celebrada el día 7 de Abril de 2017, las Bases reguladoras de las Subvenciones institucionales para entidades implantadas en Melilla para el desarrollo de Programas y Actividades Físicas Saludables No Competitivas y sus Anexos I A IV, y publicadas en el BOME  núm. 5437, de 25 de Abril de 2017, éstas han pasado a ser definitivas, (publicadas en el BOME  núm. 5454, de fecha 23 de Junio de 2017), ante la falta de alegaciones en el plazo de información  pública, por la aplicación de lo establecido en el artículo 77.2 del Reglamento de la Asamblea de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario núm.: 10, de fecha 19 de Mayo de 2012)

II.- Que con fecha 22 de Febrero de 2023, se procede, mediante Orden del Consejero de Infraestructura, Urbanismo y Deporte, registrada al número 2023000301,  a efectuar la Convocatoria correspondiente. (BOME Extraordinario número 8 de 28 de Febrero de 2023).

III.- Que, por parte del que suscribe, se ha procedido a informar sobre el cumplimiento de los requisitos de las correspondientes solicitudes presentadas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.-2.3. de las correspondientes Bases.

IV.- Que con fecha 13 de Julio de 2023, se procede a la evacuación de dictamen del Órgano colegiado sobre las solicitudes presentadas, evaluándolas de acuerdo con el artículo 4.-2.4. de las correspondientes Bases.

V.- Que con fecha 20 de Julio de 2023, y al amparo del artículo 4.-2.4. de las correspondientes bases, se procede a la Resolución provisional de las mismas.

VI.- Que con fecha  28 de Julio 2023, se procede a la publicación de la Resolución Provisional en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla, BOME núm  6090 (al amparo de lo dispuesto en el Artículo 4.-2.4. de las Bases y en el apartado Sexto de la correspondiente Convocatoria para el ejercicio 2023), habiéndose concedido un plazo de 10 días hábiles para presentar alegaciones..

VII.- Transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior, se presentan alegaciones que son estudiadas y resueltas por la Comisión de Valoración, con fecha  25  de Agosto de 2023. Expediente 91/2023

De acuerdo con lo anteriormente expuesto, y siendo, en virtud del artículo 4.-3. de las Bases correspondientes, el Excmo Sr. Consejero de Educación, Juventud y Deporte, el órgano competente para resolver, SE PROPONE:  

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 91/2023, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

1º) La concesión de la siguiente convocatoria de subvenciones institucionales por procedimiento de concurrencia competitiva, para el desarrollo de programas y actividades físicas saludables no competitivas en la ciudad de Melilla, para el ejercicio 2023.

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ADMITIDOS

 

ENTIDAD

ACTIVIDADES FÍSICAS SALUDABLES

D. PSICOMOTOR E INTRODUCTORES A LA ACT. DEPORTIVA

PARTICIPACIÓN PRUEBAS POPULARES

TOTAL EUROS

ENTIDAD

ACTIVIDADES FÍSICAS SALUDABLES

DESARROLLO PSICOMOTOR E INTRODUCTORES A LA ACTIVIDAD DEPORTIVA

PARTICIPACIÓN EN ACTIVIDADES DEPORTIVAS  NO COMPETITIVAS Y PRUEBAS POPULARES

EUROS SUBVENCIÓN

 

 

PUNTOS

EUROS

PUNTOS

EUROS

PUNTOS

EUROS

 

 

F.ML. HALTEROFILIA

32

2.828,00 €

6,5

331,78 €

 

 

3.159,78 €

 

C. TIRO CON ARCO ANFORA

17

1.474,65 €

1,8

90,56 €

*

*

1.565,21 €

 

 C.D. OLIMPO FENIX

30

2.608,78 €

6,2

318,41 €

 

 

2.927,18 €

 

F.ML. GIMNASIA

 

 

11,4

580,57 €

 

 

580,57 €

 

C.D. 16 ENTRENADORES

34

1.800,00 €

 

 

 

 

1.800,00 €

 

 C.D. JUAN CARO

25

2.177,64 €

*

*

 

 

2.177,64 €

 

C. ATLETISMO PLAYA MELILLA

35

3.054,54 €

33,4

1.701,33 €

 

 

4.755,87 €

 

9227 - C. SPARTAN MELILLA

21

1.799,11 €

**

**

 

 

1.799,11 €

 

C.GR VIRKA MELILLA

36

3.149,53 €

64,8

3.304,80 €

 

 

6.454,33 €

 

A.FEAFES MELILLA

20

1.781,08 €

 

 

 

 

1.781,08 €

 

A.C.D. SANTA RITA

30

650,00 €

 

 

47,43

663,05 €

1.313,05 €

 

C.D. LA SALLE

36

3.113,00 €

46,2

2.358,68 €

49,40

690,61 €

6.162,29 €

 

C. ARCOMELILLA

23

1.420,00 €

 

 

 

 

1.420,00 €

 

C. LPV MELILLA

28

2.481,63 €

 

 

 

 

2.481,63 €

 

A. MUJERES MENOPAUSICAS

42

3.484,00 €

 

 

 

 

3.484,00 €

 

C. MULTISPORT MELILLA

*

*

22,5

1.145,02 €

*

*

1.145,02 €

 

C. BALONMANO T-MARAVILLAS

22

1.958,41 €

 

 

70,00

978,60 €

2.937,01 €

 

G.A, MOTOR MELILLA

16

1.417,66 €

 

 

5,94

83,08 €

1.500,74 €

 

REAL CLUB MARÍTIMO DE MELILLA

 

 

51,2

2.613,27 €

 

 

2.613,27 €

 

C. TRAVELKAYAK

25

2.100,00 €

 

 

 

 

2.100,00 €

 

C.HTRAYNER

17

1.476,12 €

 

 

*

*

1.476,12 €

 

A.MINUSVALIDOD FÍSICOS

40

3.536,83 €

40,7

2.075,84 €

 

 

5.612,67 €

 

C. MURALLA

17

250,00 €

 

 

 

 

250,00 €

 

PEÑA REAL MADRID

 

 

18,5

943,09 €

 

 

943,09 €

 

F.ML. BALONCESTO

73

6.380,91 €

58,5

2.982,81 €

39,69

554,81 €

9.918,53 €

 

C. NATACIÓN MELILLA LA SALLE MELILLA

36

3.155,38 €

58,8

2.996,87 €

 

 

6.152,25 €

 

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C.PESKAYAK MELILLA

30

2.623,39 €

7,3

373,82 €

*

*

2.997,21 €

F.ML. BADMINTON

25

2.170,33 €

3,6

184,29 €

 

 

2.354,62 €

F.ML. CICLISMO

19

1.688,03 €

19,0

967,48 €

 

 

2.655,52 €

C. MILENIUM FÚTBOL SALA

 

 

32,5

1.657,22 €

 

 

1.657,22

F.ML. TRIATLON

18

1.609,11 €

18,0

915,79 €

 

 

2.524,91

C.ATLETICO MELILLA

25

2.230,25 €

25,3

1.290,44 €

40,23

562,40 €

4.083,08 €

C. DON BICI MELILLA

**

**

 

 

 

 

 

F.ML. PADEL

71

6.192,38 €

60,9

3.130,00 €

99,74

1.394,41 €

10.716,78 €

C. TIRO MOSQUETEROS

31

2.747,62 €

15,2

774,92 €

 

 

3522,54 €

F. ML. NATACIÓN

26

2.317,94 €

31,1

1.586,79 €

 

 

3.904,73 €

FUNDACIÓN F.ML. FÚTBOL

65

5.694,00 €

73,2

3.733,20 €

72,31

1.010,95 €

10.438,16 €

F. ML.ATLETISMO

41

3.555,83 €

25,2

1.283,13 €

 

 

4.838,96 €

C. UNION DEPORTIVA MELILLA

15

1.271,51 €

 

 

 

 

1.271,51 €

F.ML. TENIS

 

 

62,2

3.172,20 €

 

 

3.172,20 €

C. PEÑA SANTILLANA

26

2.279,94 €

37,4

1.905,88 €

 

 

4.185,82 €

C. CORREDORES

AFRICANUS

33

2.925,92 €

17,8

905,46 €

66,23

925,88 €

4.757,26 €

C. CEIP. REAL

26

2.259,48 €

8,7

443,42 €

2,74

38,35 €

2.741,25 €

A.J.A.ML. EL INVERNADERO

***

***

 

 

 

 

 

C. NTRA SRA. BUEN CONSEJO

 

 

22,0

1.122,41 €

42,71

597,15 €

1.719,56 €

A. ML. PORTEROS GURADIAN

10

835,98 €

2,1

107,79 €

*

*

943,77 €

C. TEAM FUSION

25

2.177,64 €

**

**

 

 

2.177,64 €

C. BALONMANO EL ACIRAS

21

1.815,18 €

**

**

 

 

1.815,18 €

 

ENTIDADES DEPORTIVAS QUE SUS ACTIVIDADES NO SE AJUSTAN A LO ESTABLECIDO EN ACTIVIDADES FÍSICAS SALUDABLES

* NO PROCEDE, ATENDIENDO AL PRECEPTO DEL ARTICULO 19 (LEY 38/2003, DE 17 DENOVIEMBRE, GENERAL DE SUBVENCIONES).

 

FINANCIACIÓN DE LA ACTIVIDADES SUBVENCIONADAS

** NO ES OBJETO  ATENDIENDO AL PRECEPTO DEL ARTÍCULO 3, 3.a

*** PROYECTO INVIABLE, SEGÚN EL PROGRAMA PRESENTADO, ATENDIENDO AL PRECEPTO DEL ARTICULO 3

 

EN DESARROLLOP PSICOMOTOR E INTRODUCTORES A LA ACTIVIDAD DEPORTIVA

* NO ES OBJETO DE ESTA SUBVENCIÓN ARTICULO 3.b)

** NO PROCEDE AL PRESENTAR BENEFICIARIOS NO CORRESPONDIENTES AL APROGRAMA, ATENDIENDO AL PRECEPTO DEL ARTICULO 3. b)

 

EN PARTICIPACIÓN EN ACTIVIDADES DEPORTIVAS NO COMPETITIVAS Y PRUEBAS POPULARES

* NO ES OBJETO, ATENDIENDO AL PRECEPTO DEL ARTICULO 3, d)

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2º) La denegación de las siguientes convocatoria de subvenciones institucionales por procedimiento de concurrencia competitiva, para el desarrollo de programas y actividades físicas saludables no competitivas en la ciudad de melilla, para el ejercicio 2023.

 

EXCLUIDOS

 

ENTIDAD

MOTIVO EXCLUSIÓN

A.ML. INTERVENCIÓN SOCIAL

NO CUMPLE ATENDIENDO AL PRECEPTO DEL  ARTÍCULO 2.a (BASES REGULADORAS SUBVENCIONES)

A. NEES MELILLA

NO CUMPLE ATENDIENDO AL PRECEPTO DEL  ARTÍCULO 2.a (BASES REGULADORAS SUBVENCIONES)

GRUPO. SPORTEC-MANAGER SC

NO CUMPLE ATENDIENDO AL PRECEPTO DEL  ARTÍCULO 2.a (BASES REGULADORAS SUBVENCIONES)

WOMAN FITNES MELILLA S.L.

NO CUMPLE ATENDIENDO AL PRECEPTO DEL  ARTÍCULO 2 (BASES REGULADORAS SUBVENCIONES)

JOSE A. PASCUAL SALAH

NO CUMPLE ATENDIENDO AL PRECEPTO DEL  ARTÍCULO 2 (BASES REGULADORAS SUBVENCIONES)

CLUB INTERNACIONAL MELILLA

NO CUMPLE ATENDIENDO EL PRECEPTO DEL ARTÍCULO 5.6 (BASES REGULADORAS SUBVENCIONES)

CLUB D. ENRIQUE SOLER

NO CUMPLE ATENDIENDO EL PRECEPTO DEL ARTÍCULO 5.6 (BASES REGULADORAS SUBVENCIONES)

AMLEGA

NO CUMPLE ATENDIENDO AL PRECEPTO DEL ARTICULO 11, 1.12 (BASES REGULADORAS SUBVENCIONES)

A. MELILLA IINTEGRA

NO CUMPLE ATENDIENDO AL PRECEPTO DEL ARTICULO 11, 1.12 (BASES REGULADORAS SUBVENCIONES)

 

Contra esta ORDEN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla 1 de septiembre de 2023,

El Secretario Técnico de Cultura, Patrimonio y del Mayor,

Juan León Jaén Lara