ARTÍCULO Nº 737 (CVE: BOME-A-2023-737) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6102 - viernes, 8 de septiembre de 2023 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACION TECNOLÓGICA, TURISMO Y DE FOMENTO - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACION TECNOLÓGICA, TURISMO Y DE FOMENTO


Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 6 de septiembre de 2023, relativo al nombramiento del funcionario en carrera D. Román Dobaño Laguna, como Director General Accidental de Arquitectura.

BOME-P-2023-2431 Descargar página

El Consejo de Gobierno, en sesión ejecutiva Extraordinaria de urgencia celebrada el día 6 de septiembre de 2023, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

PUNTO CUARTO.- NOMBRAMIENTO ACCIDENTAL DIRECTOR GENERAL DE ARQUITECTURA.- El Consejo de Gobierno acuerda aprobar la propuesta de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, instándole a que inicie los Trámites para cubrir el cargo por el procedimiento reglamentariamente establecido, con el siguiente contenido literal:

“PROPUESTA NOMBRAMIENTO COMO DIRECTOR GENERAL ACCTAL. DE ARQUITETURA DE D. ROMAN DOBAÑO LAGUNA

PRIMERO: El Consejo de Gobierno, mediante Decreto aprobado en la sesión extraordinaria de 28 de julio de 2023 (BOME extraordinario núm. 54, de 31 de Julio de 2023) estableció la distribución de competencias entre las diferentes Consejerías y la estructura básica de Direcciones Generales que corresponden a cada una de las Consejerías en las que se estructura la Administración de la Ciudad.

SEGUNDO: El Artículo 54.3 del REGA, establece el procedimiento a seguir para el nombramiento de Directores Generales, así como los requisitos necesarios para ocupar dichos cargos:

"(...)

3. El nombramiento de los Directores Generales, atendiendo a criterios de mérito, capacidad e idoneidad, se llevará cabo mediante procedimientos que garanticen la publicidad y concurrencia conforme al artículo 60 del presente Reglamento, y deberá efectuarse entre funcionarios de carrera del Estado, de las Comunidades Autónomas, de las Ciudades Autónomas, de las Entidades Locales o con habilitación de carácter nacional que pertenezcan a cuerpos o escalas clasificados en el Subgrupo Al o A2.

Asimismo y de forma excepcional y en atención a las características específicas de las funciones de tales órganos directivos, podrá recaer el nombramiento en personal laboral fijo del Estado, de las Comunidades Autónomas, de las Ciudades Autónomas y de las Entidades Locales encuadrados en los Grupos I y II. La designación habrá de efectuarse motivadamente y de acuerdo con criterios de mérito, capacidad, idoneidad y de competencia profesional en el desempeño de puestos de responsabilidad."

TERCERO: El artículo 56.1 del REGA dispone la sustitución de los Directores Generales para los casos de:".. ausencia, enfermedad u otro impedimento temporal de los Directores Generales, las competencias que tengan atribuidas los Directores Generales serán asumidas por otro Director General de la misma Consejería o por un empleado público de la misma u otra Consejería que reúna los requisitos establecidos en el artículo 54 del presente Reglamento, previa autorización o conformidad de los titulares de las Consejerías afectadas.

CUARTO: Con fecha 4 de septiembre de 2023, se recibe en esta Consejería, Propuesta del Excmo. Sr. Consejero de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y de Fomento.

"Con fecha 31/08/2023, se ha producido la jubilación del Director General de Arquitectura, D. Leonardo Luis García Jiménez, siendo necesario nombrar de manera inmediata un Director General accidental. para el normal desarrollo de los procedimientos y trámites establecidos, que deberán contar con su supervisión, aprobación y firma, en tanto no se provea dicho puesto por el procedimiento reglamentario establecido.

En virtud del Art. 33.5, letra o), del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Ext. Nº.2, de 30 de enero de 2017), corresponde formular al titular de esta Consejería la propuesta al Consejo de Gobierno para el nombramiento de Directores Generales y demás personal directivo de su Consejería que requieran la forma de Acuerdo, y a la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, en virtud de las competencias atribuidas a la misma "en materia de Función Pública", en el apartado 7.2.7, letra y), la tramitación de expedientes de designación y cese del personal directivo, conforme al Acuerdo del Consejo de Gobierno núm. 538, de distribución de competencias, de fecha 28/07/2023 (BOME Extraordinario número 54, de 31 de julio de 2023),

Por todo lo expuesto, y de acuerdo con los informes aportados al expediente el Consejero de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento PROPONE que se adopte la siguiente:

El nombramiento como Director General accidental de Arquitectura, al funcionario de carrera, D. Román Dobaño Laguna, reuniendo dicho funcionario los requisitos establecidos en el artículo 54 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla"

QUINTO: Consta en el Expediente la existencia de crédito en la partida presupuestada 03/91200/10701 de personal de Alta Dirección RC Genérico n.912023000008066 de 10/03/2023.

BOME-P-2023-2432 Descargar página

En vista de lo anteriormente expuesto y encontrándose vacante el puesto de alta dirección de Director/a General de Arquitectura, considerando la necesidad de cobertura inmediata del mismo, de cara a poder gestionar las competencias que son propias de dicha Dirección General, urgencia incompatible con la tramitación del procedimiento con "publicidad y concurrencia" establecido en el artículo 60 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla y de conformidad con el artículo 56 del Reglamento del Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, así como art. 13.1 de la Ley 40/2015 en el que se regula la suplencia de los órganos administrativos, en virtud de las competencias que tengo atribuidas,

Por todo lo anterior y de conformidad con los documentos aportados al expediente, vengo en proponer al Consejo de Gobierno lo siguiente:

El nombramiento de D. Roman Dobaño Laguna, funcionario de carrera de la Ciudad Autónoma de Melilla, perteneciente al Grupo A1, de la Escala de la Administración Especial, Subescala Técnica, como Director General accidental de Arquitectura, hasta que se cubra dicho cargo por el procedimiento reglamentariamente establecido de provisión del mismo.”

De conformidad con los arts. 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), y 93 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extra. Núm. 2, de 30 de enero de 2017) y demás concordantes, contra el presente Acuerdo del Consejo de Gobierno, que agota la vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición a interponer ante el propio Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla en el plazo de un mes a partir de su publicación o notificación, o bien, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contenciosa administrativa competente, en el plazo de dos meses desde la publicación o notificación, no obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se comunica para su conocimiento y efectos.

 

Melilla 7 de septiembre de 2023,

El Secretario Acctal. del Consejo de Gobierno,

Antonio Jesús García Alemany