ARTÍCULO Nº 745 (CVE: BOME-A-2023-745) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6104 - viernes, 15 de septiembre de 2023 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - ASAMBLEA - Secretaría General
Acuerdo de la Excma. Asamblea de Melilla, de fecha 13 de septiembre de 2023, relativo a la concesión de la medalla de oro de la Ciudad Autónoma de Melilla a la institución de la Junta de Andalucía, como representante del pueblo andaluz.
ANUNCIO
La Excma.
Asamblea de Melilla en sesión ordinaria resolutiva del 13 de septiembre de 2023
adoptó el siguiente acuerdo:
“PUNTO TERCERO.- CONCESIÓN
DE LA MEDALLA DE ORO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA A LA INSTITUCIÓN DE LA
JUNTA DE ANDALUCÍA, COMO REPRESENTANTE DEL PUEBLO ANDALUZ.- La Comisión
Permanente de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor en sesión extraordinaria
y urgente celebrada el pasado 24 de agosto, conoció el asunto citado, a
propuesta de la Presidencia de la Ciudad y una vez sometida a votación, tras
las deliberaciones que constan en el acta, se dictaminó favorablemente por
mayoría absoluta de 8 votos a favor (7 del Grupo Político Partido Popular y 1 del Grupo
Político Vox) y 3 abstenciones ( 2 del Grupo Político Coalición por Melilla y 1
del Grupo Político del Partido Socialista).
En virtud de lo
anterior se eleva propuesta al Pleno de la Asamblea el expediente de CONCESIÓN DE LA MEDALLA DE ORO DE LA CIUDAD
AUTÓNOMA DE MELILLA A LA INSTITUCIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA, COMO
REPRESENTANTE DEL PUEBLO ANDALUZ.
Se hace constar
que el acuerdo que se alcance por el Pleno de la Asamblea, debe hacerse en
votación secreta y obtener, al menos la mitad más uno de los votos, de
conformidad con el artículo 18 del Reglamento para la Concesión de Honores y
Distinciones de la Ciudad Autónoma de Melilla.
En ese sentido
el artículo 62.3 del Reglamento de la Asamblea dispone que en la votación
secreta se utilizarán papeletas que serán recogidas y depositadas en la Mesa,
que practicará su escrutinio, siendo el texto del tenor literal siguiente:
“Primero: Con fecha 21 de agosto de 2023, se recibe en esta Dirección General,
propuesta del Excmo. Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla de concesión
de la Medalla de Oro de la Ciudad a la Institución de la Junta de Andalucía,
como representante del pueblo Andaluz, al amparo de lo establecido en el
Capítulo II y Artículo 15.a) del Reglamento de Honores y Distinciones de la
Ciudad Autónoma de Melilla (BOME nº4071, de fecha 23/03/2004).
Segundo: Por lo que se refiere al inicio del procedimiento, el artículo 16 de dicho
Reglamento dice:
“Los expedientes para la concesión de los
Honores y Distinciones descritos anteriormente, se incoarán por alguna de estas
vías:
a) De oficio, a
propuesta razonada del Presidente de la Ciudad Autónoma, de un Grupo Político,
con representación en la Asamblea o por cualquier miembro del Consejo de
Gobierno.
b) A instancia
de cualquier persona física o jurídica, pública o privada, mediante solicitud
dirigida a la Consejería de Cultura y Festejos o la que en cada momento sea
competente por razón de la materia, a la que se acompañaran los justificantes
de los méritos o circunstancias que motiven la petición.”
Tercero: Se propone para la Concesión de la Medalla de Oro de la Ciudad, a la
Institución de la Junta de Andalucía cuyos méritos y motivos se recogen a
continuación:
multiplicidad
de pueblos y de civilizaciones, dando sobrado ejemplo de mestizaje humano a
través de los siglos. La personalidad andaluza ha sido construida sobre valores
universales, nunca excluyentes. Andalucía constituye un nexo de unión entre
Europa y el continente africano. Un espacio de frontera que ha facilitado
contactos y diálogos entre norte y sur.
II.- Fruto de
esa especial relación mantenida entre nuestras comunidades vecinas que, se
retrotraen en el tiempo incluso al periodo previo al diseño del actual mapa
autonómico y, de la estrecha conexión de la Ciudad de Melilla con la región
entonces de Andalucía, nuestro Estatuto de Autonomía aprobado por Ley Orgánica
2/1995, de 13 de marzo estableció ya en su texto la importante previsión en su
Disposición Adicional Quinta, relativa a que la Ciudad Autónoma de Melilla
podría establecer con la Comunidad Autónoma de Andalucía relaciones de especial
colaboración.
De otra parte, tan importante previsión resultaría
incompleta de no contar con la reciprocidad Andaluza. Así, la Comunidad
Autónoma de Andalucía introdujo, tras la reforma estatutaria, en el artículo
228 del estatuto de Autonomía de Andalucía la importante previsión, -erigida en
mandato-reflejo de la hermandad de ambos territorios y de sus respectivos
pueblos, expresada con el tenor literal de que la Comunidad Autónoma de
Andalucía mantendrá unas especiales relaciones de colaboración, cooperación y
asistencia con la Ciudad Autónoma de Melilla.
III- Estas
sucintas pinceladas sirven para destacar que fruto del hermanamiento y de la
colaboración de ambos pueblos, sus máximos representantes firmaron el 13 de
marzo de 2019 un Protocolo General de Colaboración entre la Junta de Andalucía
y la Ciudad Autónoma de Melilla, con objeto de sentar las bases para el
establecimiento de un espacio estrecho de colaboración para la realización de
actuaciones en ámbitos de interés común.
Dicho Protocolo General de actuación no quedó en una
mera declaración programática sin valor jurídico o legal alguno sino que, en
fecha de 22 de abril de dicho año 2019, se suscribió nuevamente por los máximos
representantes de dichas instituciones “Adenda al Protocolo General de
Actuación” con el objeto de coordinar, definir y desarrollar los compromisos y
líneas de actuación que integran el ámbito de ese propósito de colaboración
referido nunca antes alcanzado con ninguna otra Comunidad Autónoma de nuestro
país.
Así, esta vasta
colaboración se plasmó en una multitud de importantísimas áreas como son la
Cultura, la Educación, Interior, Sanidad, Servicios Sociales y Políticas de
Inclusión, Igualdad y Violencia de Género, Fomento, Economía, Administración
Publica, Empleo, Deportes, Juventud, Turismo, Hacienda e Industria, entre otra
muchas más.
IV.- En
palabras del máximo representante institucional de la Junta de Andalucía,
Excmo. Sr. Don Juan Manuel Moreno Bonilla, con estos acuerdos se recupera un
vínculo que estaba dormido y se retoma una relación social, económica e
histórica y cultural. “Reavivamos una especial relación entre Andalucía y las
ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. No solo por todo lo que nos une como
pueblos. Sino que esta recogida en nuestro Estatuto de Autonomía” “Andalucía,
(...) y Melilla están llamadas a hacer grandes cosas juntas. Tenemos la
responsabilidad y el compromiso. Con la firma de estos acuerdos gana Andalucía,
(...), gana Melilla y Gana España”
Cuarto: Que de conformidad con el artículo 17 del citado Reglamento anteriormente
mencionado, se procederá a dar traslado al presidente de la Comisión Permanente
de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor, para su inclusión en el Orden del
Día de la siguiente sesión de dicha comisión.
Quinto: Con fecha 21 de agosto de 2023, se eleva propuesta de la Excma. Sra.
Consejera de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor, por la que se incoa el
procedimiento de Concesión de la Medalla de Oro de la Ciudad, a propuesta del
Excmo. Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Por todo lo
expuesto, y de acuerdo con los informes aportados al expediente se PROPONE
al Pleno de la Excelentísima
Asamblea, previo Dictamen de la Comisión Permanente de Cultura, Patrimonio
Cultural y del Mayor, la adopción del siguiente
ACUERDO
ÚNICO: Aprobación, a propuesta del Excmo. Presidente de la Ciudad Autónoma de
Melilla, D. Juan José Imbroda Ortiz, de la Concesión de la Medalla de Oro de la
Ciudad Autónoma de Melilla a la Institución de la Junta de Andalucía, como
representante del Pueblo Andaluz, en virtud de lo establecido en los artículos
15.a) y siguientes, del Reglamento para la Concesión de Honores y Distinciones
de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME nº 4071, de martes 23 de marzo de
2004).”
A petición de
la Sra. Diputada y Portavoz del Grupo Político Coalición por Melilla, Sra.
Dunia Al-Mansouri Umpierrez manifiesta a la Presidencia, que la votación
secreta no se efectúe ya que la intención de voto la han proclamado los grupos
en el tiempo de debate y se realice por votación ordinaria.
Admitida la
petición por la Presidencia, se somete a votación el expediente se aprueba la Concesión de la Medalla a la Institución de
la Junta de Andalucía como representante del Pueblo Andaluz, siendo
aprobada por 20 votos a favor (14 del Grupo Político Partido Popular, 3 del
Grupo Político Partido Socialista, 2 del Grupo Político Vox y 1 del Grupo Mixto
(por la Candidatura Somos Melilla) y 4 abstenciones de los integrantes del
Grupo Político Coalición por Melilla.
Por tanto,
mayoría absoluta de conformidad con el art. 58.3 del Reglamento de la Asamblea
y el artículo 18 del Reglamento para la Concesión de Honores y Distinciones de
la Ciudad Autónoma de Melilla.”
De conformidad
con los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de
octubre), y 93 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad
Autónoma de Melilla (BOME extra. núm. 2, de 30 de enero de 2017) y demás
concordantes, contra el presente acuerdo del Pleno de la Excma. Asamblea, que
agota la vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición a
interponer ante el propio Pleno de la Ciudad Autónoma de Melilla en el plazo de
un mes a partir de su publicación o notificación, o bien, podrá interponerse
recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción contenciosa
administrativa competente, en el plazo de dos meses desde la publicación o
notificación.
No obstante,
podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su
responsabilidad.
Lo que se
publica para general conocimiento.
Melilla, 14 de
septiembre de 2023,
El Secretario
P.A. El Secretario Acctal. del Consejo de Gobierno,
P.D. nº 323 de 6
de septiembre de 2019,
BOME 5685, de 10
de septiembre de 2019