ARTÍCULO Nº 782 (CVE: BOME-A-2023-782) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6108 - viernes, 29 de septiembre de 2023 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD


Orden nº 0796, de fecha 25 de septiembre de 2023, relativa al nombramiento como funcionario en prácticas de la Policía Local, Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, pertenecientes al Subgrupo C1, a D. Federico Daniel Romero, (Posición número 16 en el escalafón de funcionarios en prácticas) con efectos económicos y administrativos de 2 de octubre de 2023.

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La titular de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, mediante Orden de 25/09/2023, registrada al número 2023000796, en el Libro Oficial de Resoluciones de esta Consejería ha dispuesto lo siguiente:

Vista la propuesta del Tribunal calificador para la provisión en propiedad de 32 plazas de Policía Local, encuadradas en la escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, pertenecientes al Grupo C1 de la plantilla de funcionarios de la Ciudad Autónoma de Melilla, por el sistema de oposición libre a tenor de la convocatoria publicada en el BOE número 101 de fecha 27/04/2019, en concordancia con publicación en el BOME nª 5641 de 09/04/2019, y de conformidad con la Sentencia 034/22 de 21 de julio de 2021, Procedimiento: P.A. número 0008/22, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Andalucía (Sección de Málaga) Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Melilla, que textualmente dice: “Que se estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo “exparte” suscitado por la Representación legal y Defensa de DON FEDERICO DANIEL ROMERO y se revoca la desestimación presunta por el Excmo. Sr. Alcalde-Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla de su recurso de alzada contra aquella previa Resolución publicitada mediante anuncio de fecha 22 de febrero de 2021 por el Tribunal calificador del procedimiento concursal-competitivo por el sistema de oposición aplicable a la cobertura de TREINTA Y DOS (32) PLAZAS  de Policía Local, encuadradas en la Escala de Administración Especial-Subescala de Servicios Especiales, perteneciente al Grupo C1 de la plantilla de personal funcionarial de la Ciudad Autónoma de Melilla y por el que se le considerá “no-apto” en la fase de entrevista personal de la tercera prueba parte B), excluyéndosele por ende entonces de dicho proceso concursal-competitivo, amén de conferirse un plazo de TRES (3) MESES –computado a partir del día siguiente a la notificación de la firmeza de la presente Sentencia-,  a fin de que se proceda por dicha Administración Local aquí sita a la correspondiente retroacción procedimental y a la debida práctica –conforme a aquellos parámetros antes reseñados-, de la defectuosa prueba psicológica otrora realizada, amén en su caso del resto de pruebas las que no pudo concurrir al haber sido otrora indebidamente excluido, con el resultado y los efectos ulteriores que en dicho proceso concursal-competitivo resulten procedentes y sin que proceda la singularizada imposición de costas procesales”, estimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Don Federico Daniel Romero, con DNI XXX1978XX.

Y de conformidad con las Bases de la convocatoria, donde establece: segunda fase de la oposición, consistente en un CURSO SELECTIVO DE FORMACIÓN BÁSICA CON UNA DURACIÓN NO SUPERIOR A SEIS MESES; en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 136.1 del RD Legislativo 781/1986 en materia de Régimen Local, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 19/12/2019, relativo a la aprobación del Decreto de Distribución de Competencias entre las Consejerías (BOME extraordinario número 54 de 31/07/2023), a tenor de los artículos 30 y 31 de la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo Estatuto de Autonomía de Melilla y de conformidad con el artículo 24 del RD 364/1995 de 10 de marzo, y el artículo 1 del RD 456/1986 de 10 de febrero.

En Informe de la Dirección General de Presidencia y Seguridad Ciudadana, de fecha 06 de septiembre de 2023, comunica que “ ... la próxima formación para la realización de la fase práctica de acceso al cuerpo de la Policía Local tiene previsto su inicio el próximo día 2 de octubre del presente año.”

Existe crédito suficiente para hacer frente al gasto en RC GENÉRICO – Funcionarios P. Local- 2023, número 12023000005038 de fecha 16/02/2023.

Se adjunta documentación relacionada con el Curso de Formación, remitida por la Dirección General de Seguridad Ciudadana:

1.- RC genérico número 120230000 53594 de fecha 19/09/2023.

2.- Presupuesto.

3.- Contenido y duración del programa formativo de la Academia de Policía Local.

4.-Propuesta Orden nombramiento profesorado para impartir la formación de la Academia de Policía Local el 02 de octubre de 2023 al 28 de noviembre de 2023.

 De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 6063/2023, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

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Como funcionario en prácticas de la Policía Local, escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, pertenecientes al Subgrupo C1, a DON FEDERICO DANIEL ROMERO, (posición número 16 en el escalafón de funcionarios en prácticas) con efectos económicos y administrativos de 02 de octubre de 2023.

Contra esta ORDEN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla 27 de septiembre de 2023,

El Secretario Técnico Acctal. de Administración Pública,

Francisco José Rubio Soler