ARTÍCULO Nº 784 (CVE: BOME-A-2023-784) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6108 - viernes, 29 de septiembre de 2023 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD
Orden nº 0859, de fecha 26 de septiembre de 2023, relativa al nombramiento como funcionario en prácticas de la Policía Local, Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Pertenecientes al Subgrupo C1, a D. Jesús Real Alonso, con efectos económicos y administrativos de 2 de octubre de 2023.
La titular de la Consejería de Presidencia,
Administración Pública e Igualdad, mediante Orden de 26/09/2023, registrada al número 2023000859, en el Libro
Oficial de Resoluciones de esta Consejería ha dispuesto lo siguiente:
De conformidad con Auto número 48/2023 de 01 de septiembre de 2023, Procedimiento:
E.J.D. 005/23 – P. Abreviado 0223/21 de la Sala de lo ContenciosoAdministrativo
del T.S.J. de Andalucía (Sección de Málaga), Juzgado de lo
ContenciosoAdministrativo Número 1 de Melilla, que textualmente acuerda: “Declarar la nulidad “ab radice” tanto de
dicha Acta de fecha 16 de mayo del 2023,
de aquel Órgano administrativo-calificador aquí sito, como de aquella Resolución de fecha 23 de junio de 2023 de dicha otrora Iltma. Sra.
Vicepresidente-Consejera de Presidencia y Administración Pública de la Ciudad
Autónoma de Melilla, que quedan además desprovistas de efecto alguno, amén
de declararse en la presente vía indicental-judicial de postrer y exclusiva
índole jurisdiccional-ejecutoria asimismo otrora “ex-parte” interesada a DON JESÚS REAL ALONSO como personal
funcionarial en prácticas de la Policía Local de Melilla, con fecha y
baremación equivalente a aquélla obtenida por el opositor número 32 otrora
declarado “apto” en dicho precedente procedimiento concursal-competitivo con un
puntuación de SESENTA Y TRES CON SETENTA
(63,70) PUNTOS, otorgándosele además a dicha Administración local aquí sita
y, en particular, a dicha actual Iltma.
Sra. Consejera de Presidencia, Administración Pública e Igualdad y al Sr.
Director General de Función Pública, un residual y preclusivo plazo de DIEZ (10) DÍAS –al efecto computado a
partir del día siguiente a la práctica de la correspondiente notificación del
presente Auto-, a fin de que se lleve a debido y cumplido efecto dicho obligado
pormenor ejecutivo con los apercibimientos legalmente establecidos otrora
“ex-parte” interesados.
Además,
en igual plazo de DIEZ (10) DÍAS se
remitirá oportuno Informe por dicha
Autoridad local –o a su instancia por el Órgano administrativo-local que se
estime adecuado, mediante el que se significará a este Órgano jurisdiccional
contencioso-administrativo de carácter unipersonal y periférico número 1 aquí
sito previsible plazo ulterior de realización de la próxima fase práctica de
acceso al Cuerpo de Policía Local a la que deberá ser necesariamente convocado
aquel promovente otrora judicial y aún ahora inclusive
ejecutoria-jurisdiccionalmente estimado DON
JESÚS REAL ALONSO.
Sin
embargo, se debe desestimar por prematura la genérica alusión “ex-parte” de la
Representación legal de dicho promovente a que también se declare
jurisdiccionalmente su derecho a que le sean reconocidos todos sus derechos
económicos y administrativos con carácter retroactivo –salvedad materialmente
hecha de aquéllos que la deben ser conferidos con ocasión de su nombramiento
como policía local en prácticas-, en la medida en que su inequívoco derecho a
la igualdad y a la total equiparación a efectos de antigüedad, baremación
escalafonal y percepciones retributivas con aquellos terceros actualmente
integrados del Cuerpo de Policía Local de Melilla desde luego pende de que
dicho promovente DON JESÚS REAL ALONSO
sea ulteriormente convocado, participe y supere la fase práctica de dicho
procedimiento concursal-competitivo de acceso a dicho Cuerpo policial-local
antes aludido y sin que, sin embargo, proceda ahora formular expresa imposición
de las correspondientes costas procesales”
Y de conformidad con las Bases de la
convocatoria, publicada en el BOE número 101 de fecha 27/04/2019, en
concordancia con publicación en el BOME nª 5641 de 09/04/2019, donde establece:
segunda fase de la oposición, consistente en un CURSO SELECTIVO DE FORMACIÓN BÁSICA CON UNA DURACIÓN NO SUPERIOR A SEIS
MESES; en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 136.1 del RD
Legislativo 781/1986 en materia de Régimen Local, de conformidad con lo
dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 19/12/2019, relativo a
la aprobación del Decreto de Distribución de Competencias entre las Consejerías
(BOME extraordinario número 54 de 31/07/2023), a tenor de los artículos 30 y 31
de la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo Estatuto de Autonomía de Melilla y de
conformidad con el artículo 24 del RD 364/1995 de 10 de marzo, y el artículo 1
del RD 456/1986 de 10 de febrero.
En Informe de la Dirección General de
Seguridad Ciudadana, de fecha 06 de septiembre de 2023, comunica que “ ... la próxima formación para la
realización de la fase práctica de acceso al cuerpo de la Policía Local tiene
previsto su inicio el próximo día 2 de
octubre del presente año.”
Existe crédito suficiente para hacer frente
al gasto en RC GENÉRICO – Funcionarios P. Local- 2023, número 12023000005038 de
fecha 16/02/2023.
Se
adjunta documentación relacionada con el Curso de Formación, remitida por la
Dirección General de Seguridad Ciudadana:
1.- RC genérico número 120230000 53594 de
fecha 19/09/2023.
2.- Presupuesto.
3.- Contenido y duración del programa
formativo de la Academia de Policía Local.
4.-Propuesta Orden nombramiento profesorado
para impartir la formación de la Academia de Policía Local el 02 de octubre de
2023 al 28 de noviembre de 2023.
5.- Orden.
De acuerdo con lo anterior, y visto el
expediente 29729/2023, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
Como
funcionario en prácticas de la Policía Local, escala de Administración
Especial, Subescala de Servicios Especiales, pertenecientes al Subgrupo C1, a
DON JESÚS REAL ALONSO, con efectos económicos y administrativos de 02 de
octubre de 2023.
Contra esta ORDEN, que no agota la vía
administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a
partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.
Dicho recurso podrá presentarse ante esta
Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior
jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo
establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2
de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE
número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar y notificar la
resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga
resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro
recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se notifica para su conocimiento y
efectos oportunos.
Melilla 27 de septiembre de 2023,
El Secretario Técnico Acctal. de Administración
Pública,
Francisco José Rubio Soler