ARTÍCULO Nº 792 (CVE: BOME-A-2023-792) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6108 - viernes, 29 de septiembre de 2023 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA
Addenda al convenio de colaboración con D. Juan Manuel Fernández Nieto, titular de la licencia municipal de Auto-Taxi Nº3. Convenio de colaboración entre la Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública, y la entidad colaboradora seleccionada encargada de la gestión de las ayudas económicas para la implementación del uso del bono-taxis para personas con movilidad reducida.
Esta Consejería, por acuerdo del órgano competente,
ha procedido a la formalización de “ADDENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN CON D.
JUAN MANUEL FERNÁNDEZ NIETO, TITULAR DE LA LICENCIA MUNICIPAL DE AUTO-TAXI Nº 03
- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD
PÚBLICA Y LA ENTIDAD COLABORADORA SELECCIONADA ENCARGADA DE LA GESTIÓN DE LAS
AYUDAS ECONÓMICAS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL USO DEL BONO - TAXIS PARA PERSONAS
CON MOVILIDAD REDUCIDA ", habiendo sido inscrita en el Registro de
Convenios de la Ciudad Autónoma de Melilla con número CON2300145 y los
siguientes datos:
Consejería: CONSEJERIA DE POLITICAS SOCIALES Y SALUD
PUBLICA
Datos de Aprobación:
Órgano Consejo de Gobierno
Número 2023000582
Fecha 21/08/2023
Entidad: FERNANDEZ*NIETO,JUAN
Fecha de formalización: 22/09/2023
De acuerdo con la normativa vigente de aplicación
se procede a su publicación para su general conocimiento.
Melilla 27 de septiembre de 2023,
El Secretario Técnico de Políticas Sociales y
Salud Pública,
Victoriano Juan Santamaría Martínez
ANEXO
ADDENDA AL CONVENIO DE
COLABORACIÓN CON D. JUAN MANUEL FERNÁNDEZ NIETO, TITULAR DE LA LICENCIA
MUNICIPAL DE AUTO-TAXI Nº 03 - CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE
POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA Y LA ENTIDAD COLABORADORA SELECCIONADA
ENCARGADA DE LA GESTIÓN DE LAS AYUDAS ECONÓMICAS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL USO
DEL BONO - TAXIS PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA ".
En Melilla, a 22 de
septiembre de 2023
Las Partes firmantes de común acuerdo, y previamente autorizada su
suscripción por el Consejo de Gobierno en su reunión de 18 de agosto de 2023
(2023000582 de 21 de agosto de 2023, tal y como prevé el art. 16.8 del
Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla
(BOMe Extraord. nº 2, de 30/01/2017)
EXPONEN
Cláusula 1ª.- La presente Addenda deviene del Convenio de
Colaboración suscrito el 1 de agosto de 2022
entre la Ciudad Autónoma de Melilla y D. Juan Manuel Fernández Nieto,
titular de la licencia municipal de Auto-Taxi nº 03 - Convenio de Colaboración
entre la Consejería de Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal y
la Entidad Colaboradora seleccionada encargada de la gestión de las Ayudas
Económicas para la implementación del uso del Bono - Taxis para personas con movilidad
reducida.( BOMe Número 5.989, de 9 de agosto de 2022)
Cláusula 2ª.- Como consecuencia del aumento de la demanda
para la atención al colectivo de personas con movilidad reducida se ha
producido un consumo de la prestaciones que implica el agotamiento del crédito
destinado a su financiación antes del fin del periodo de vigencia del referido
Convenio de Colaboración
Cláusula 3ª.- Existe Informe del Técnico Coordinador
Contable de la Dirección General de
Servicios Sociales que señala como opción más adecuada para mantener la gestión
de las Ayudas Económicas para la implementación del uso del Bono - Taxis para
personas con movilidad reducida a través del Convenio que nos ocupa, el
incremento de quince mil euros (15.000, 00 €) atendiendo al incremento de la
utilización del usos de la prestación como consecuencia a su vez del incremento
de personas que presentan movilidad reducida en esta Ciudad, circunstancia que
corre paralela al aumento en la esperanza de vida.
Cláusula 4ª.- La adición del importe de 15.000,00 € al
importe para la vigencia prevista en la Cláusula Quinta del Convenio suscrito
el 1 de agosto de 2022, que supone una la alteración del coste económico del
Convenio de Colaboración requiriendo
Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Ciudad de Melilla.
Cláusula 5ª.- Existe
RC SUBVENCIONES nº º 12023000032108, de 20 de junio de 2023 por un importe de
15.000,00€, lo que supone un importe total de
25.000, 00 €, que permite llevar a cabo el gasto adicional que
conlleva la presente addenda, y que da lugar a la modificación de la Cláusula
Quinta del Convenio relativa a la compensación económica de la Entidad
Colaboradora.
Cláusula 6ª.- La justificación de los gastos que conlleva
la presente Addenda se realizará por la entidad beneficiaria seguirá los
trámites establecidos en la Cláusula Decimotercera del citado Convenio.
Cláusula 7ª.- En lo no modificado por la presente Addenda,
seguirá de aplicación lo establecido en el convenio de Colaboración suscrito el
1 de agosto de 2022 entre las partes intervinientes.
Y para que así conste y, en prueba de conformidad, las partes intervinientes
firman la presente Addenda del Convenio por triplicado ejemplar, en el lugar y
fecha señalados en el encabezamiento.
POR LA CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES POR LA ENTIDAD COLABORADORA
Y SALUD PÚBLICA
D. JUAN M. FERNÁNDEZ NIETO