ARTÍCULO Nº 801 (CVE: BOME-A-2023-801) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6109 - martes, 3 de octubre de 2023 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD
Acuerdo de la Excma. Asamblea de Melilla, de fecha 27 de septiembre de 2023, relativo a la modificación de Plantilla Personal Eventual.
ANUNCIO
La Excma.
Asamblea de Melilla en sesión resolutiva Extraordinaria del 27 de septiembre de
2023 adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
PUNTO
TERCERO.- MODIFICACION DE PLANTILLA PERSONAL EVENTUAL.- La Comisión Permanente de Presidencia, Administración
Pública e Igualdad en sesión extraordinaria celebrada el pasado 13 de
septiembre, conoció el asunto citado y una vez sometida a votación, tras las
deliberaciones que constan en el acta, se dictaminó favorablemente por mayoría
absoluta de 7 votos a favor (los del Grupo Político Partido Popular) y cinco
votos en contra (dos del Grupo Político Coalición por Melilla, uno del Grupo
Político Partido Socialista, uno del Grupo VOX y uno del Grupo Mixto).
En virtud de
lo anterior se eleva propuesta al Pleno de la Asamblea el expediente de
MODIFICACIÓN DE PLANTILLA DE PERSONAL EVENTUAL EN LOS TÉRMINOS QUE CONSTAN EL
EXPEDIENTE QUEDANDO LA PLANTILLA CONFORMADA POR:
Orden |
Denominación plaza-puesto |
Dot. |
1 |
JEFE/A DE GABINETE DE PRESIDENCIA |
1 |
2 |
JEFE/A GABINETE DE COMUNICACIÓN |
1 |
3 |
JEFE/A GABINETE DE PROTOCOLO |
1 |
4 |
ASESOR/A |
7 |
5 |
ADMINISTRATIVO/A GABINETE DE PROTOCOLO |
1 |
6 |
ADMINISTRATIVO/A GABINETE DE COMUNICACIÓN |
2 |
7 |
AUXILIAR DE PROTOCOLO |
1 |
8 |
SECRETARIO/A DE CONSEJERIA |
11 |
|
TOTAL PERSONAL: |
25 |
De
conformidad con el artículo 126.3 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18
de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales
vigentes en materia de Régimen Local, el cual establece que: “La modificación de las plantillas durante la
vigencia del Presupuesto requerirá el cumplimiento de los trámites establecidos
para la modificación de aquél” y de
acuerdo con el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, dicho acuerdo se expone al público por 15 días durante los cuales los
interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. En caso de no presentarse, se considerará
definitivamente aprobado. En caso contrario, resolverá el Pleno de la Asamblea
en el plazo de un mes entrando en vigor una vez publicado.
Melilla 2
de octubre de 2023,
El
Técnico de Administración General,
Antonio
Jesús García Alemany